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Documentos legislativos ..

Material Information

Title:
Documentos legislativos ..
Series Title:
Colección Trujillo centenario de la república, 1844-1944. 3-12. Ser. II, vol. I-X
Creator:
Peña Batlle, Manuel Arturo
Dominican Republic -- Congreso Nacional
Dominican Republic -- Congreso Constituyente, (1844)
Dominican Republic -- Congreso constituyente, 1857-1858
Dominican Republic -- Senado Consultor
Dominican Republic
Place of Publication:
Santiago
Publisher:
República dominicana, Editorial El Diario
Publication Date:
Language:
Spanish
Physical Description:
10 v. : ; 24 cm.

Subjects

Subjects / Keywords:
Politics and government -- Dominican Republic ( lcsh )
Spatial Coverage:
Dominican Republic

Notes

General Note:
Cover-title; each volume has special t.p.
General Note:
Series title in part at head of t.p.
General Note:
"Esta colección ha sido nominada y dirigida por el licenciado Manuel Arturo Peña Batlle."
General Note:
Reports of the various ministries included in the appendices of v. 4-5.
Statement of Responsibility:
Edición del gobierno dominicano.

Record Information

Source Institution:
University of Florida
Holding Location:
University of Florida
Rights Management:
All applicable rights reserved by the source institution and holding location.
Resource Identifier:
01878642 ( OCLC )
45016290 ( LCCN )

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COLECCION TRUJILLO
PUBLICACIONES DEL CENTENARIO DE LA REPBLICA

DOCUMENTS LEGISLATIVOS





REFORM CONSTITUTIONAL
1854


SENADO CONSULTOR
1855


EIION DEL GOBIERNO DOMINICANO
, 1944


~7~3
~9I
















UNIVERSITY
OF FLORIDA
LIBRARIES





















COLECCION TRUJILLO














COLECCION TRUJILLO


CENTENARIO DE LA REPUBLICAN
1844 1944





















SERIES U
DOCUMENTS LEGISLATIVOS


VOLUME VI


COLECCION


T R U J I L L 0













REFORM CONSTITUTIONAL
(ACTAS DE NOVIEMBRE A DICIEMBRE DE 1854)


y


SENADO CONSULTOR
(ACTAS, RESOLUTION a B ENCIAS)







Biblioteca la
allfersidad de SaRt, Decllge
041u. Trujire, Be eD
CANJE
*


EDICION DEL GOBIERNO DOMINICANO
1944














AM*RICA










ESTA COLECCION HA SIDO NOMINADA Y DIRIGIDA

POR EL LICENCIADO MANUEL ARTURO PEA BATTLE,
SECRETARIO DE ESTADO DE LO INTERIOR Y POLICIA.































EDITORIAL EL DIARIO
SANTIAGO, REPUBLICAN DOMINICANA

























INDICE


PROCEDENCIA DE LAS FUENTES XV


REFORM CONSTITUTIONAL
ACTAS DE NOVIEMBRE A DICIEMBRE DE 1854


Sesin extraordinaria del da 13 de noviembre 3
Sesin del da 16 de noviembre 6
Sesin del da 2 de diciembre 11
Sesin del da 5 de diciembre 15
Sesin del da 7 de diciembre 18
Sesin del da 11 de diciembre 21
Sesin del da 14, 15 y 16 de diciembre 23
Sesin del da 20 de diciembre 32


SENADO CONSULTOR
ACTAS, RESOLUCIONES Y PROVIDENCIAS
AO 1855

Sesin del da 26 de febrero 37
Sesin del da 27 de febrero 38
Sesin del da 19 de marzo 42
Sesin del da 2 de marzo 43
Sesin del da 13 de marzo 44














INDICE


Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del
Sesin del


14 de marzo
15 de marzo
16 de marzo
17 de marzo
19 de marzo
20 de marzo
21 de marzo
22 de marzo
23 de marzo
24 de marzo
27 de marzo


Sesin del da 28 de marzo
Sesin extraordinaria del da 2
Sesin del da 29 de marzo
Sesin del da 30 de marzo
Sesin del da 2 de abril
Sesin del da 3 de abril
Sesin del da 4 de abril
Sesin del da 9 de abril
Sesin del da 10 de abril
Sesin del da 13 de abril
Sesin del da 18 de abril
Sesin del da 19 de abril
Sesin del da 20 de abril
Resolucin del da 20 de abril
Sesin del da 23 de abril
Sesin del da 24 de abril
Sesin del da 25 de abril
Sesin del da 26 de abril
Sesin del da 27 de abril
Sesin del da 28 de abril
Sesin del da 30 de abril
Sesin del da 19 de mayo
Sesin del da 7 de mayo
Sesin del da 8 de mayo
Sesin del da 9 de mayo
Sesin del da 10 de mayo


8 de marzo














INDICE


Sesin del da 11
Sesin del da 12
Sesin del da 14
Sesin del da 15
Sesin del da 16
Sesin del da 18
Sesin del da 19
Sesin del da 21
Sesin del da 22
Sesin del da 23
Sesin del da 24
Sesin del da 25
Sesin del da 26
Sesin del da 28
Sesin del da 29
Sesin del da 30
Sesin del da 31
Sesin del da 19
Sesin del da 2
Sesin del da 4
Sesin del da 5
Sesin del da 6
Sesin del da 8
Sesin del da 9
Sesin del da 11
Sesin del da 12
Sesin del da 13
Sesin del da 14
Sesin del da 15
Sesin del da 16
Sesin del da 18
Sesin del da 19
Sesin del da 20
Sesin del da 21
Sesin del da 22
Sesin del da 25
Sesin del da 26


de mayo
de mayo
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de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior
de junior













INDICE


Sesin del da 27 de junior
Sesin del da 28 de junio
Sesin del da 30 de junio
Sesin del da 2 de julio
Sesin del da 3 de julio
Sesin del da 4 de julio
Sesin del da 5 de julio
Sesin del da 6 de julio
Sesin del da 12 de julio
Sesin del da 13 de julio
Sesin del da 14 de julio
Sesin del da 16 de julio
Sesin del da 20 de julio
Sesin del da 23 de julio
Sesin del da 24 de julio
Sesin del da 25 de julio
Sesin del da 30 de julio
Sesin del da 2 de agosto
Sesin del da 6 de agosto
Sesin del da 9 de agosto
Sesin del da 13 de agosto
Sesin del da 14 de agosto
Sesin del da 20 de agosto
Sesin del da 23 de agosto
Sesfn del da 28 de agosto
Sesin del da 20 de setiembre
Sesin del da 27 de setiembre
Sesin del da 19 de octubre
Sesin del da 4 de octubre
Sesin del da 8 de octubre
Sesin del da 10 de octubre
Sesin del da 15 de octubre
Sesin del da 18 de octubre
Sesin del da 22 de octubre
Sesin del da 12 de noviembre
Sesin del da 28 de noviembre
Sesin del da 29 de noviembre


200
202
205
206
210
213
215
219
220
223
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256
257
259
259
261
262
263
264













INDICE


Sesin del da 11 de diciembre 264
Sesin del da 17 de diciembre 265
Sesin del da 29 de diciembre 266


APENDICE

DOCUMENT NM 1

Mensaje del Presidente Santana acerca de la Re-
forma constitutional (13 de noviembre de 1854) 271
DOCUMENT NM 2

Decreto del Congreso Nacional sobre la Revisin de
la Constitucin. (16 de noviembre de 1854) 275
DOCUMENT NM 3

Discurso pronunciado por el Honorable Seor D. To-
ms Bobadilla al comenzarse la discusin del pro-
yecto de Constitucin propuesto por el Ejecutivo
al Congress Nacional. (7 de diciembre de 1854) 277
DOCUMENT NM 4

Manifiesto del Congreso Nacional al Pueblo. (20 de
diciembre de 1854) 283
DOCUMENT NM 5
Decreto del Congreso Nacional declarando cerra-
das sus sesiones de Congreso Revisor. (21 de diciem-
bre de 1854) 285
DOCUMENT NM 6

Reglamento Interior del Senado Consultor 287





















PROCEDENCIA DE LAS FUENTES


El material correspondiente a la Reforma Constitucional pro-
cede en su totalidad de los documents originales, insertos en el
Registro de las Actas del Congreso Nacional, en la parte consagra-
da a las sesiones de la Convocatoria extraordinaria de esta Asam-
blea. (13 de noviembre a 20 de diciembre de 1854). El libro se
halla depositado en el Archivo General de la Nacin.
Dentro del mismo volume, a continuacin de la sesin del
Congress del 20 de diciembre de 1854, se abre un nuevo libro
con el ttulo Registro de las Actas del Senado Consultor, cuyos
documents se extienden desde la primera sesin, en 26 de fe-
brero del 1855, hasta la del 19 de mayo del mismo ao. Con estos
originales se inicia la parte que se refiere al Senado Consultor.
Del libro Sesiones Consultivas, Resoluciones y Providencias
del Senado Consultor, conservado tambin en el Archivo Gene-
ral de la Nacin, se han tomado las actas de este mismo organismo
en sus funciones consultivas y, cronolgicamente, se han incluido
en el present volume. Llega el material hasta la sesin del 29
de diciembre del 1855, pgina 83 del indicado Registro.
El volume VII recoge el resto de las actas de las sesioncs
del Senado Consultor hasta su disolucin, como consecuencia del
triunfo de la Revolucin del 7 de julio del 1858.


























REFORM CONSTITUTIONAL
(Noviembre a Diciembre de 1854)




















SESSION EXTRAORDINARIA DEL 13 DE
NOVIEMBRE DE 1854
Presidencia del Honorable Benigno Filomeno de Rojas


Benigno Filomeno de
Rojas
Cristbal Jos de Moya
Flix Morilla
Federico Peralta
Luis Martnez
Ramn Fernndez
Guillermo Tejera
Pedro Pablo de Bonilla
Jos Mara Perdomo
Joaqun Lluberes
Pedro Valverde
Francisco Fauleau
Jos Antonio Pina


Jos del Rosario Bernal
Jos Roman
Toms Bobadilla
Jos Mara Morales
Jos Alfonso Rodrguez
Flix Mercenario
Felipe Perdomo
Jos Antonio Batista
Teodoro Stanley Henekerr
Basilio Echavarra
Jos Velasco
Ildefonso Mella
Pedro Toms Garrido
Nicols Urea


En la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la Repbli-
ca, a los 13 das del mes de Noviembre de 1854 y 119 sien-
do las nueve, tres cuartos de la maana, se reunieron en la
sala destinada para las sesiones del Congreso los Honorables
miembros anotados al margen; los que constituyendo la ma-
yora, se declar abierta la sesin.
El HONORABLE PRESIDENTE: En virtud de las facultades
extraordinarias que el Congreso ha concedido al Poder Ejecu-
tivo, ste, segn la 11a atribucin del Art. 77 de la Consti-











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lucin, nos ha convocado por su Decreto del 25 de Setiembre
ltimo.
Se ley un oficio del Poder Ejecutivo, manifestando al
Congress que hoy a las 10 de la maana se presentara a la
Representacin Nacional en sesin secret, a cuyo efecto el
Honorable Presidente del Congreso nombr una Comisin
compuesta de los Honorables Rodrguez, Bobadilla, Morilla,
Felipe Perdomo, Bonilla, Mella y Valverde, que iran al
Palacio Nacional en solicitud del Presidente de la Repbli-
ca, y otra Comisin compuesta de los Honorables Moya, Mer-
cenario y Fauleau, que lo recibieran segn costumbre al pie
de la escalera. Se suspendi por un moment la sesin hasta
que se presentase el Poder Ejecutivo que compareci me-
dia hora despus, a cuyo efecto se reinstal el Congreso.
El President de la Repblica ocup la derecha del Ho-
norable Presidente del Congreso, y el Vice-Presidente y los
Ministros tomaron sus" asientos correspondientes.
El President de la Repblica, dirigindose a la Repre-
sentacin Nacional, manifest por escrito el objeto que ha-
ba tenido para convocar, al Congreso por su Decreto del 25
de Setiembre ltimo. (*)
El MINISTRO DE HACIENDA ley lo que sigue: Puesto al
frente de los negocios pblicos, etc., y acompaando un pro-
yecto de mejora, etc., que se puso sobre la mesa, etc. (**)
El Honorable Peralta manifest que deseaba se leyse
el proyecto de mejora presentado por el Seor Presidente de
la Repblica.
Se someti a votacin si se deba leer en esta sesin el
proyecto constitutional presentado por el Poder Ejecutivo al
Congress o si deba posponerse. La mayora decidi que se
leyera en la sesin de hoy.
El Honorable Urelia ley el proyecto de reform consti-
tucional, y es como sigue, etc. (**) Ledos los 72 artculos

(*) Vase Apndice N9 1, Mensaje del General Santana.
**) Omitido el proyecto en el original.











REFORM CONSTITUTIONAL 5

del nuevo proyecto de Constitucin, el Presidente del Con-
greso manifest que para la prxima sesin se sometera en
consideracin el proyecto de reform.
En seguida se retir el Poder Ejecutivo acompaado de
la Comisin que lo introdujo al Congreso, y se volvi a sus-
pender la sesin hasta que regres la Comisin de su seno. Se
reinstal la sesin 15 minutes despus.
El Honorable Presidente ley el Art. 25 del Reglamen-
to interior, etc.
Manifest, adems, de qu modo deban empezar los
trabajos sobre la revision de la Constitucin, que fu el ob-
jeto de la reunin de hoy y convocatoria del Poder Ejecuti-
vo; despus consult al Congreso, etc.
El Honorable Morales pregunt si la sesin deba o no,
seguir secret, segn haba empezado.
El Honorable Mella manifest que no era otro el obje-
to de esta sesin mas que la Cmara se imponga de dicho
proyecto y lo tome o no en consideracin.
El Honorable Bobadilla opin que la sesin deba se-
guirse secret como empez.
El Honorable Valverde pidi que siguiese pblica la
sesin, pues siendo una material que interesaba al pueblo
deba presenciarla.
El Honorable Bobadilla opin sometiendo otras razo-
nes, del mismo modo que el Honorable Mella; es decir, que
deba imponerse la Cmara del proyecto y tomarlo o no en
consideracin.
El Honorable Presidente someti al Congreso si se de-
ba trasmitir el proyecto a la Cmara o no; la mayora, a
unanimidad, decidi que se remitiese a la Cmara.
Se cerr la sesin siendo las once y media del da.
El President: Benigno F. de Rojas. Flis Mercenario.-
Bobadilla. wMoya. Jos Romn. Felis Morilla. Jos Ma.
Morales. F. Peralta. Rodrguez. Luis Martnez. R. Fer-
nndez. J. A. Batista. J. M. Perdomo. Pedro P. de Boni-











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lla. F. Perdomo. Faiuleau. T. S. Heneken. N. Urea. -
B. Echavarra Jos R. Bernal. J. Lluberes. 1. Anto. Pi-
na. Y. Mella. Gmo. Tejera. Pedro Valverde. J. Velasco.-
Objio.


SESSION DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Benigno Filomeno de Rojas


Benigno Filomeno de
Rojas
Cristbal Jos de Moya
Flix Morilla
Federico Peralta
Lus Martnez
R. Fernndez
Guillermo Tejera
Pedro Pablo de Bonilla
Joaqun Lluberes
Pedro Valverde
Francisco Fauleau
Jos del Rosario Bernal


Ildefonso Mella
Toms Bobadilla
Jos Mara Morales
Jos Alfonso Rodrguez
Flix Mercenario
Felipe Perdomo
Jos Antonio Batista
Teodoro Stanley Heneken
Jos Velasco
Basilio Echavarra
Jos Antonio Pina
Nicols Ureia.


Siendo las 10 de la maana, y a presencia de la mayo-
ra de los miembros de la Representacin Nacional, compues-
ta de los Honorables anotados al margen, se declar abierta
la sesin.
No se di lectura del acta de la sesin anterior por no
estar todava redactada.
Se ley un oficio de la Cmara de Representantes cu-
yas dos terceras parties tomaban en consideracin el proyecto
de revision de la Constitucin.
El Honorable Presidente lo someti a la consideracin
del Congreso, acordando la palabra a todos los miembros
sobre su contenido y la referida material.












REFORM CONSTITUTIONAL


El Honorable Bobadilla observ que habiendo la C-'
mara pedido la revision y siendo de las atribuciones del Con-
:greso decretarla y fijar el lugar, no tena por el moment
el Congress que hacer otra cosa ms que cumplir con lo pre-
visto por la Constitucin.
El Honorable Morilla observ que, segn el Art. 150
de la Constitucin, no trata sino de si se adoptaba o no.
El HONORABLE FAULEAU: A mi modo de entender, yo
-creo que hoy el Congreso no debe ocuparse de otra cosa sino
de decidir si ha lugar o no a la revision, segn lo prescribe
la Constitucin.
El HONORABLE MELLA: Yo deseo saber si de lo que se
trata es de una reform o revision de la Constitucin.
El Honorable Presidente contest haciendo leer el ofi-
.cio de la Cmara y observando que lo mismo quera decir
reform que revision.
El Honorable Moya observ que haba una gran dife-
rencia entire la reform y la revision de la Constitucin, pues
la reform era de un todo y la revision de los principios es-
tablecidos.
El Honorable Bobadilla retir su opinion.
El Honorable Presidente someti a votacin si se deba
acoger la revision de la Constitucin, segn lo peda la C-
mara de Representantes, o no deba acogerse. La mayora
de las dos terceras parties adopt que se revisase.
El Honorable Presidente di lectura del Art. 150 de la
Constitucin y abri la discusin sobre el decreto de revi-
sin.
El HONORABLE BONILLA: Ya decretada la revision no
hay ms que formular el decreto segn los trmites de cos-
tumbre.
El Honorable Morilla apoy la opinion anterior.
El HONORABLE UREA: Lo que debe discutirse es si se
ha de revisar una parte de la Constitucin o los principios de
ella, etc.












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El HONORABLE MOYA: Repetir lo que he dicho, que re-
visar la Constitucin es de un todo.
El HONORABLE MELLA: Yo creo que cuando se trata
de tocar el pensamiento poltico de la Constitucin es refor-
marla en sus principios; as entiendo yo la palabra reform
y no una revision, segn explic con much acierto el Hono-
rable Moya.
El HONORABLE FELIPE PERDOMO: Yo creo que el Con-
greso est hoy en aptitud de decretar si se ha de reformar o
revisar para saber de qu modo se deber observer en con-
formidad a la situacin del pais. Yo creo que la Cmara ha
cumplido con el texto de la Constitucin: pedir la revision
de la Constitucin. Toca ahora al Congreso determinar lo
que debe hacer sobre el particular.
El HONORABLE FAULEAU: Segn el Art. 68, en su p-
rrafo 32 dice: (aqu ley) y segn el Tt. XIII, Art. 150
(etc.) (*). Por consiguiente, opino que el Congreso no debe
sino dar el decreto e indicar el lugar de la revision, lo mis-
mo que los artculos revisados.
El HONORABLE BOBADILLA: Revisar quiere decir volver
a ver; as es que la Cmara est en su derecho, pues debe
revisarse la Constitucin, o reformar, que es lo mismo; en-
tendiendo que el todo de la Constitucin, segn lo pide la C-
mara y hoy el Congreso, nombrando una Comisin al efecto
para formular el Decreto.
El HONORABLE MOYA: Nombrada la Comisin, sta de-
be indicar el lugar, la poca, el por qu y la utilidad de la
revision, etc. Todos sabemos a que hemos venido, segn el
Decreto de convocatoria. Ya la Cmara decret la revision;
el Congress la apoy; no hay ms que formular el Decreto
y someterle al Congreso.
El Honorable Morilla fu de opinion que se retardara
(*) Vase la Constitucin de 25, de Febrero de 1854. Vol. I.
Serie I. ("Constitucin Poltica y reforms constitucionales") de
esta Coleccin.











REFORM CONSTITUTIONAL


un poco la revision, a fin de que el decreto llegara a los
pueblos antes que la misma Constitucin reformada.
El HONORABLE FAULEAU: Yo creo que el Honorable
Morilla est muy fundado, pero de lo que debemos ocupar-
nos, repetir, es de formular el decreto e indicar el lugar,
la poca, etc.
El HONORABLE BOBADILLA: Yo creo que sobre lo que
se ha determinado por la Cmara y el Congreso no hay ms
discusin sobre la revision; lo nico que falta es formular
el decreto de dicha revision. Toda discusin es intil.
El HONORABLE BONILLA: Yo creo, sin embargo, que el
Congress, antes de que se nombre la Comisin para formular
el decreto, debe indicar el tiempo y el lugar.
El HONORABLE MORILLA: Segn me he explicado, re-
petir que se acuerde un tiempo, sean quince das antes de
la revision.
El HONORABLE MOYA: Yo creo que ocho das es bas-
tante.
Peralta apoy los ocho; Jos Mara Morales ocho; el
Honorable Urea, ocho das, y que hoy mismo se le enve al
Ministro de Interior el proyecto para su impresin y repar-
tirlo entire los miembros.
El HONORABLE BOBADILLA: Yo me limitar a decir que
en el decreto se fijar el tiempo de la revision.
Se someti a votacin si se fijara un plazo de ocho
das para la reunin del Congreso extraordinario para (re-
visar) la Constitucin, o de quince das, y la mayora apro-
b los ocho das, despus del decreto de revision.
El Honorable Presidente abri la discusin sobre el
lugar.
El Honorable Moya propuso que fuera la sala del Con-
greso Nacional, y la mayora, segn la votacin, corrobor
a unanimidad con la opinion del Honorable Moya.
El Honorable Valverde apoy la opinion del Honorable
Prefia sobre la impresin de dicha Constitucin antes del
trmino fijado.












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El Honorable Presidente nombr una Comisin para
redactar el Decreto, compuesta de los Honorables Bobadi-
la, Morilla, Moya y Peralta, y otra Comisin para la im-
presin del Decreto, compuesta de los Honorables Bonilla y
Urefia que, al mismo tiempo, se haran cargo de tan precio-
so document.
El Honorable Valverde pidi que se impriman 300
ejemplares para el Congreso y los Ministros y se facultara al
Director de imprenta que imprimiese todos los que quisiera
y los vendiera por su cuenta.
El Honorable Moya fu por 500, y Rodrguez tam-
bin. Urea por 100, y Federico Peralta y Toms Bobadilla.
El HONORABLE PRESIDENTE: Los que fueren de opinion
por 100 ejemplares se quedarn sentados; los que sean por
500 se pararn.
La mayora decidi para que se imprimieran 500.
Se suspendi la sesin para que la Comisin encargada
del Decreto en cuestin lo redactara en su intermedio.
Se reinstal el Congreso media hora despus y, segui-
damente, uno de los Secretarios di lectura del Decreto de
revision, que se manifest y se someti a la consideracin de
todos los miembros, y, despus de una pequea observacin
del Honorable Morales y otra del Honorable Bonilla, y so-
metindose a votacin si sera para el 24 o el 27 del corrien-
te, la mayora decidi que fuera el 27.
Se someti a votacin la redaccin del Decreto con esta
modificacin y la mayora lo aprob a unanimidad.
El Honorable Presidente dirigindose a los miembros,
manifest que iquedaba cerrado el Congreso desde hoy y con-
vocado extraordinariamente para el 27 del corriente, segn
el referido Decreto.
No ocurriendo nada ms y siendo las 12 del da, se
cerr la sesin.
El President, B. F. de Rojas. Bobadilla. Moya. -
Flis Mercenario. N. Urefa. Felix Morilla. Jos Ma. Mo-
rales. F. Peralta. Rodrguez. R. Fernndez. Fauleau. -











REFORM CONSTITUTIONAL


Luis Martnez. Y. Mella. 1. A. Batista. Pedro P. de Bo-
nilla. T. S. Heneken. B. Echavarra. 1. Lluberes. J. Ve-
lasco. Gmo. Tejera. Fe. Perdomo. Pedro Valverde. -
Jos R. Bernal. Objo. J. Anto. Pina.



SESSION DEL 2 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla


Toms Bobadilla
Benigno F. de Rojas
Flix Morilla
Jos Mara Morales
Luis Martnez
Ramn Fernndez
Teodoro Stanley Heneken
Basilio Echavarra
Jos Velasco
1 Idefonso Mella
J. Antonio Pina
!'edro Pablo de Bonilla
Nicols Urea.


Jos Romn
Cristbal Jos de Moya
Federico Peralta
Jos Alfonso Rodrguez
Flix Mercenario
Jos Antonio Batista
Jos Mateo Perdomo
Felipe Perdomo
Pedro Valverde
Francisco Fauleau
Jos R. Bernal
Guillermo Tejera


A presencia de la mayora anotados al margen, se de-
clar abierta la sesin.
Leyse un oficio del Poder Ejecutivo con fecha de los
corrientes, remitiendo 36 ejemplares del Tratado de Amistad
y Comercio con los Estados Unidos del Norte Americano
para los efectos que haya lugar.
El PRESIDENTE dijo: Honorables Seores, el Poder Eje-
cutivo, tiene un gran inters en que este Tratado se discuta
por el Congreso Nacional para que el Pueblo se informed de
l porque algunas palabras mal intencionadas han llamado
la atencin, no slo de los nacionales slo de algunas poten-
cias extranjeras, y nada se opone a que el Congreso se apode-












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re del referido Tratado, lo discuta y apruebe o resuelva lo
que mejor convenga a los intereses de la Nacin.
El Ejecutivo en su convocatoria al Congreso manifest
que era para diferentes objetos de grande inters national, y
aunque uno de ellos fu la revision del Pacto Fundamental,
y aunque ya se haba fijado para el efecto una sesin, esto
no quiere decir que el Congreso no tenga la plenitud de de-
rechos y facultades necesarios para darle prioridad a este
negociado y posponer la sesin para despus que haya un
resultado para lo que puede darse un decreto, o una resolu-
cin, porque las cosas se deshacen de la misma manera que
se hacen. En consecuencia los Honorables miembros que
quieran tomar la palabra le ser concedida.
El Honorable Jos Mateo Perdomo manifest que sien-
do ste un asunto grave y de grande entidad, crea que deba
drsele al Congreso un tiempo moral necesario para exami-
nar el Tratado y reflexionar lo que mejor convenga.
El Honorable F. Fauleau dijo, despus de haber obtenido
la palabra, que sin embargo de no existir ningn canon en
nuestro Pacto Fundamental que se oponga a que el Congreso
Nacional se ocupe del Tratado americano, como expone el
Seor Presidente; creo que de ningn modo puede hoy el
Congress ocuparse de este Tratado ni de ningn otro asun-
to que no sea la revision de la Constitucin, porque convo-
cadas las Cmaras extraordinariamente por el Poder Ejecu-
tivo, segn su Decreto de 25 de Setiembre pasado para el 19
de Noviembre, reunidos en Congreso el 13 ltimo, el Se-
or Presidente de la Repblica por su alocucin manifesto
el objeto de su convocatoria (la revision de la Constitucin),
que las Cmaras tuvieron por convenient determinar, y se-
gn el Decreto del 16 del mismo, la sesin extraordinaria
convocada por el Poder Ejecutivo, el Senado y Cmara de
Representantes, qued disuelta desde ese da, fijando el 27
del mismo mes para reunirse en sesin extraordinaria para
llevar a efecto la revision de la Constitucin, designando la
Capital de la Repblica y el Palacio del Congreso para sus












REFORM CONSTITUTIONAL


sesiones; de consiguiente, desde ese da el Congreso Cons-
tituyente deber tener lugar, especial y sealadamente, para
el objeto determinado: la revision de la Constitucin; cual-
quier otro negocio que no sea ste, es y ser incompetent,
y toda decision que d que no sea sta de incompetencia, lle-
var en ella misma el sello de nulidad como tambin de
cuanto en su consecuencia se ocupe.
El HONORABLE F. PERALTA pidi la palabra y obtenida
dijo: Yo difiero de la opinion del Honorable Fauleau; es
muy cierto que el Honorable Congreso haba sido convocado
para el 27 de los corrientes con el objeto de ocuparse de la
revision de la Constitucin; mas no habindoie efectuado
aquella reunin, y en ese intervalo ha sometido el Poder
Ejecutivo el Tratado entire nuestra Repblica y la de los Es-
tadlos Unidos para que sea discutido. Siendo de la mayor
importancia para la Repblica, soy de sentir que el Honora-
ble Congreso posponga la revision de la Constitucin y se
ocupe del Tratado como negocio de prioridad.
El President repiti de nuevo que ningn canon consti-
tucional se opona a que en la actual sesin, y no estando an
abierta la discusin sobre la revision del Pacto Fundamental,
se pudiese ocupar el Congreso de examiner y decidir sobre el
Tratado, porque el Congreso estaba en la plenitud de sus de-
rechos, y nadie podra juzgar sobre su omnipotencia sobera-
na; que cualquiera duda quedaba salvada con una resolu-
cin previa que se diese prioridad a la discusin del Tratado
que es de grande inters para la Nacin.
El Honorable Fauleau sostuvo su opinion, apoyndose
en el Decreto del Congreso, fecha 16 del prximo pasado, y
en las mismas razones ya aducidas.
El HONORABLE PERALTA repuso de nuevo: Yo creo que
la nulidad que nos present el Seor Fauleau queda sal-
vada con un decreto que d el Honorable Congreso, del mis-
mo que ya le haba manifestado, pues repito que consider la
admisin hoy del Tratado como asunto del ms grande inte-
rs para la Repblica.











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Se someti a votacin si el Congreso deba apoderarse
o no del Tratado, discutirlo y decidir lo que fuese ms con-
veniente a la Nacin, y la mayora decidi que el Congreso
puede ocuparse del Tratado y decidir lo que ms convenga,
dando previamente un decreto y proponiendo la revision del
Pacto Fundamental para cuando se haya decidido lo pri-
rnero.
El President nombr a los Honorables Seores Rojas,
Bonilla y Morilla para la redaccin del Decreto, y se suspen-
di la sesin, quedando en receso hasta que la Comisin d
cuenta de haber llenado su encargo.
Como media hora despus, el Presidente convoc a los
Honorables miembros del Congreso, se di la lectura del re-
ferido Decreto, el que fu sancionado por la mayora, (*)
y se acord su remisin al Ejecutivo para los efectos consti-
tucionales.
Se distribuyeron entire los Honorables miembros del
Congress los ejemplares impresos del Tratado, y el Hono-
rable Heneken propuso que le pareca bien se nombrase una
comisin que abriese concept sobre el Tratado; y el Hono-
rable Urea pidi la palabra y, obtenida, manifest que has-
ta ahora no haba sido practicado en iguales casos de nom-
brar comisiones y por tanto difera de esa opinion.
Sometida la cuestin a votacin, qued resuelto que se
nombrase la Comisin, y que luego que sta hubiese con-
cluido los trabajos avisase al Presidente, para que ste con-
,,ocase al Congreso, a fin de dar la primera lectura constitu-
cional del Tratado y para que se abriese la discusin en la
forma reglamentaria.
En esta virtud el Presidente nombr para la referida
Comisin a los Honorables Seores Peralta, Bonilla, Jos
Mateo Perdomo y Heneken.
El Honorable Presidente llam la atencin del Congre-
so sobre algunos artculos del Reglamento interior que fi-

(*) Vase el Decreto en "Coleccin de Leyes" 1854, doc. 367.











REFORM CONSTITUTIONAL


jan los das y horas en que el Congreso debe reunirse, e hizo
present que debiendo ocuparse constantemente de las tareas
a que es llamado, le pareca oportuno que se diese una reso-
lucin sobre el particular; y como aqu era por una decision
anterior ya se haban tocado estos inconvenientes, qued re-
suelto que el Honorable Presidente poda convocar para ta-
les das y horas que fuesen convenientes, segn los casos de
urgencia.
Con lo que agotadas las materials del present da se ce-
rr la sesin.
El President, Bobadilla. Cristbal Jos de MVoya. -
Felis Mercenario. Jos Romn. Pedro Valverde. J. Anto.
Pina. N. Urea. F. Peralta. 1. Velasco. Rodrguez. -
Luis Martines. Flix Morilla. B. F. de Rojas. 1. Llube-
res. B. Echavarra. Jos Ma. Morales. J. A. Batista. -
Jos R. Bernal. R. Fernndez. Gmo. Tejera. Objo. Pe-
dro P. de Bonilla. Secret.



SESSION DEL DIA 5 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla


Toms Bobadilla
Flix Morilla
Jos Mara Morales
J. A. Rodrguez
Flix Mercenario
J. A. Batista
Jos Mateo Perdomo
Joaqun Lluberes
Pedro Valverde
Francisco Fauleau
Jos R. Bernal
Pedro Pablo de Bonilla


Benigno Rojas
Telsforo Objo
Federico Peralta
Luis Martines
Ramn Fernndez
Teodoro Stanley Heneken
Basilio Echavarra
Jos Velasco
Ildefonso Mella
J. Antonio Pina
Guillermo Tejera











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A presencia de la mayora anotados al margen se di
lectura de la lista nominal, y siendo suficiente el nmero de
los presents se declar abierta la sesin.
Leyse el acta de la sesin pasada, la que fu sanciona-
da a unanimidad.
El PRESIDENTE dijo: El Congreso est llamado a or el
informed de la Comisin sobre el Tratado de los Estados Uni-
dos.
El HONORABLE ROJAS pidi la palabra, y obtenida di-
jo: Creo que es del deber y uso de darse lectura al Tratado
en primer lugar.
El Honorable Mella apoy la opinion del preopinante.
El PRESIDENTE entonces, dijo: Se va a dar lectura del
Tratado y principiando por el Honorable Flix Morilla, como
Secretario, ley algunos artculos, y despus lo pas al Ho-
norable Secretario Pedro Pablo de Bonilla, el que los ley
basta la conclusion del referido Tratado.
Acto continue el Honorable Bonilla, como miembro de
la Comisin, di lectura del informed cuyo tenor es el que
sigue: (aqu el informe) (*)
El PRESIDENTE dijo: Despus de concluida la lectura,
la discusin est abierta y la palabra le ser acordada a to-
dos los que quieran tomarla.
Se discuti en primer lugar el artculo 39 del reterido
Tratado y la opinion de la Comisin, en cuya discusin to-
maron parte los Honorables Valverde, Heneken, Fauleau,
Jos Mateo Perdomo, y bien dilucidada la material se some-
ti a votacin, y la mayora aprob la opinion de la Comi-
sin.
En seguida se discuti la objecin propuesta a los ar-
tculos 9, 16, 17 y 19 uno por uno, dndosele lectura a los
artculos por separado, y al concept que la Comisin ha
emitido sobre cada uno de ellos, result la mayora a favor
de la opinion de la Comisin, que qued aprobada.

(*) Omitido en el Libro de Actas y en La Gaceta.











REFORM CONSTITUTIONAL


Se leyeron los artculos 23, 24, 25 y 26 que tambin
fueron objetados por la Comisin, y despus de una larga
discusin, el Congreso en mayora decidi desechar la opi-
nin de la Comisin, y que los referidos artculos podan
prevalecer y tener su fuerza y vigor, tal como se encuentran
en el Tratado.
Se discuti igualmente el artculo 27 del referido Tra-
tado, dndose lectura de l y de las modificaciones, aclhra-
ciones propuestas por la Comisin, y habindose reducido a
votacin, por la mayora del Congreso qued adoptada y
prevaleci la opinion de la Comisin.
En consecuencia de lo que, a unanimidad, qued resuel-
to por el Congreso de devolver al Poder Ejecutivo el referi-
do Tratado, a fin de que por los mismos o nuevos plenipoten-
ciarios se reduzca a discusin las objeciones propuestas, y
aprobadas por el referido Congreso, quien por ahora suspen-
di su sancin; pues aunque le animan los mayores deseos
de estar en relaciones de amistad y comercio con los Estados
Unidos de Amrica, no lo har sino bajo el pie de una per-
fecta reciprocidad y de igualdad, como con las dems nacio-
nes con quienes ha celebrado iguales tratados.
Habindose agotadas las materials del present da se ce-
rr la sesin.
El President: Bobadilla. J. Lluberes. Flix Merce-
nario. Pedro Valverde. J. Ant. Pina. Jos Romn. Luis
Martnez. Gmo. Tejera. Jos Velasco. Rodrguez. F-
lix Morilla. B. F. de Rojas. B. Echavarra. Jos Ma. Mo-
rales. J. A. Batista. F. Peralta. R. Fernndez. Pedro P.
de Bonilla. Jos R. Bernal. Cristbal Jos de Moya. -
Objo.











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


SESSION DEL 7 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla


Toms Bobadilla
Benigno F. de Rojas
Federico Peralta
Ramn Fernndez
Telsforo Objo
Luis Martnez
Teodoro Stanley Heneken
Basilio Echavarra
Joaqun Lluberes
Pedro Valverde
Francisco Fauleau-
Jos R. Bernal
Pedro Pablo Bonilla.


Jos Romn
Cristbal Jos de Moya
Jos Mara Morales
Flix Morilla
Flix Mercenario
Jos Antonio Batista
Jos Mateo Perdomo
Nicols Urefia
Jos Velasco
Ildefonso Mella
J. Antonio Pina
Guillermo Tejera


A presencia de la mayora anotados al margen, se de-
clar abierta la sesin. El Presidente pronunci un discurso
que dice: (aqu el discurso) (*) Y despus expuso que se
iba a dar lectura del proyecto de la Constitucin, artculo
por artculo, para que se discutiese pudiendo los Honorables
miembros que gusten tomar la palabra.
El Honorable Ildefonso Mella manifest que la lectu-
ra del proyecto de Constitucin deba ser no para entrar en
la discusin, sino para saber si se tomaba o no en considera-
cin porque deba de seguirse en este particular la misma
forma que las mociones que se hacen para la formacin de
las leyes.
El President manifest que habindose ya practicado
la primera lectura para tomar el proyecto en consideracin,
y que estando declarada por un Decreto del Congreso que ya
estaba en posesin del proyecto, de ninguna manera poda
(*) Vase Apndice N9 3.











REFORM CONSTITUTIONAL


reducirse la lectura de hoy sino a la primera discusin, que
es el objeto de la convocatoria, y a lo que debe procederse;
cn lo que estuvo de acuerdo la mayora.
El Honorable Ildefonso Mella pidi entonces que se le
permitiese dar su opinion por escrito, y di lectura de un
discurso que dice as: (aqu el discurso) (*)
Concluido, lo que manifest fu que todos los miembros
q cin, y as lo hicieron los Honorables Jos Mateo Perdomo,
Jos Antonio Batista, Teodoro Stanley Heneken, Nicols Ure-
fa, Guillermo Tejera, Pedro Pablo de Bonilla, Ramn Fer-
Wnndec, Jos Rosario Bernal, Jos Velasco y Jos Romn.
El President manifest entonces que ninguna determi-
nacin poda prevalecer contra el texto de la Constitucin;
que llamado el Congreso a discutir el Pacto Fundamental,
cada miembro tiene la libertad de emitir su opinion con la
independencia de un hombre libre, teniendo a la vista los in-
tereses y la conveniencia del pas; y que el proyecto poda
ser susceptible de alguna mejora o modificacin, y estando
la mayora porque se discutiese deba continuarse en la lec-
tura, como en efecto se continue.
El Honorable Pedro Valverde manifest que la respon-
sabilidad hoy pesa sobre los Representantes de la Nacin;
que si el proyecto es bueno y hace la felicidad pblica, la
gloria ser para el Ejecutivo y el Congreso, y si al contrario
resultare un mal, la execracin y la indignacin pblica pe-
sar sobre todos.
Continuada la lectura del proyecto de Constitucin con
un intervalo suficiente de un artculo a otro, para que el
miembro que quisiese tomar la palabra le fuera concedida,
y se abriese una discusin sobre el particular, reservando
para la ltima lectura la aprobacin, y tomndose slo notas
de las discusiones. El Honorable Pedro Valverde a la lectura
del artculo 30 opin que l no era de parecer que el Vice-

(*) Omitido en el original.












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President de la Repblica presidiese el Senado Consultor,
porque llamado ste a ejercer las funciones del Poder Legis-
lativo, parece que esta acumulacin de poderes se opone a
lo que dice el artculo 49: que los Poderes son independien-
tes y que se ejercen separadamente; los Honorables Federi-
co Peralta, Flix Mercenario y Jos Mara Morales apoya-
ron esta proposicin y abundaron en el mismo sentido.
El Honorable Rojas manifest que l disenta de esta
proposicin y que no hara ninguna objecin al proyecto de
Constitucin presentado por el Ejecutivo, porque supone en
l un plan poltico y que al alterarlo con cualquiera modifi-
cacin, se destruira el objeto que se propone el Ejecutivo.
De todo lo que se acord tomar nota para la decision
que haya lugar en la ltima lectura, y antes de la sancin
correspondiente y habindose continuado la lectura ntegra
del proyecto, artculo por artculo, con intervalos suficientes
de uno a otro, y no habiendo ningn otro miembro que to-
mara la palabra ni hecho objecin alguna, concluida la lec-
tura, el Presidente declar estar agotada la material y se sus-
pendi la sesin para continuarla el Lunes prximo, que se
contar once del present mes.
El President: Bobadilla. Jos Romn. Flix Merce-
nario. Pedro Valverde. N. Urea. Luis Martnez. J. Ve-
lasco. Flix Morilla. B. F. de Rojas. B. Echavarra. -
1. Lluberes. J. A. Batista. Jos Ma. Morales. Pedro P. de
Bonilla. Cristbal Jos de Moya. Gmo. Tejera. Jos R.
Bernal. R. Fernndez. Objo.












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SESSION DEL 11 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla


Toms Bobadilla
Cristbal Jos de Moya
Flix Morilla
Jos Mara Morales
J. A. Rodrguez
Flix Mercenario
Pedro Valverde
J. A. Batista
Joaqun Lluberes
Jos R. Bernal
Nicols Urea
Guillermo Tejera


Jos Romn
Benigno Filomeno de Rojas.
Telsforo Objo
Federico Peralta
Luis Martnez
Ramn Fernndez
Felipe Perdomo
Basilio Echavarra
Jos Velasco
Ildefonso Mella
J. Antonio Pina
Pedro Pablo de Bonilla


A presencia de la mayora anotados al margen, se di
lectura de la lista nominal, y siendo suficiente el nmero de
los presents se declar abierta la sesin.
Dise lectura del acta anterior, y con algunas observa-
ciones hechas por los Honorables Pedro Valverde y Ramn
Fernndez qued sancionada.
Se ley un oficio del Honorable Heneken, solicitando
una licencia por veinte das para restablecer su salud algo.
q:iebrantada, y en atencin a que la Sesin debe de concluir-
se antes de este trmino, se acord contestarle que si se en-
cuentra indispuesto poda muy bien tomar el trmino nece-
sario para restablecerse.
Se procedi en seguida a dar la segunda lectura al pro-
yecto de Constitucin, artculo por artculo, desde el 19 has-
ta el 71, ltimo artculo, con un intervalo suficiente de un
artculo a otro para que los Honorables miembros que gus-
tasen pudiesen tomar la palabra, y no sufri ninguna obje-
cin ni discusin.











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


Concluida la lectura del proyecto, el Honorable Federi-
co Peralta pidi la palabra y, despus de obtenida, ley por
escrito lo que sigue. Mocin N9 2 (*)
El President invit de nuevo a los Honorables miem-
bros para que el que quisiese poda tomar la palabra sobre
las proposiciones hechas por el Honorable Peralta, y des-
pus de un gran rato de silencio el Honorable Rojas pidi
la palabra y dijo que l peda se declarase por concluida la
segunda lectura del proyecto de Constitucin.
El Honorable Presidente volvi a reiterar de instar a
los Honorabjes miembros para que el que gustase tomara la
palabra, y no habiendo ninguno de los miembros presents
que quisiese tomar la palabra declar que la segunda lectu-
ra del proyecto de Constitucin est concluida, y el Congre-
so deber reunirse el Jueves, que se contar 14 del corrien-
te mes, para dar la tercera y ltima lectura, con lo que se
levant la sesin del present da.
El President: Bobadilla. Jos Romn. Rodrguez. -
Felis Mercenario. J. Antonio Pina. N. Urea. Pedro Val-
verde. J. Velasco. Luis Martnez. B. F. de Rojas. Flix
Morilla. J. Lluberes. Jos Ma. Morales. B. Echavarra. -
1. A. Batista. Pedro P. de Bonilla. F. Peralta. R. Fernn-
dez. Cristbal Jos de Moya. Jos R. Bernal. Gmo. Te-
jera. T. Objo.


(*) Omitido en el Libro de Actas y en La Gaceta.











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SESSION DEL 14, 15 Y 16 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla


Toms Bobadilla
Cristbal Jos de Moya
Flix Morilla
Jos Mara Morales
J. A. Rodrguez
Flix Mercenario
Pedro Valverde
J. A. Batista
Joaqun Lluberes
Francisco Fauleau
Ildefonso Mella
Nicols Urea
Guillermo Tejera


Jos Romn
Benigno Filomeno de Rojas
Telsforo Objo
Federico Peralta
Luis Martnez
Ramn Fernndez
Felipe Perdomo
Basilio Echavarra
Jos Velasco
Jos R. Bernal
Jos Mateo Perdomo
J. Antonio Pina
Pedro Pablo de Bonilla


A presencia de la mayora compuesta de los Honora-
bles miembros anotados al margen, y siendo las 10 de la
maana, se declar abierta la sesin.
El Honorable Presidente manifest que el objeto que
nos ocupaba el da de hoy sera dar la tercera y ltima lec-
tura al proyecto de Constitucin.
Se procedi a la lectura del Art. 19, y despus de un
intervalo de tiempo, el Honorable Mateo Perdomo pidi la
palabra, y despus de admitida, pronunci un discurso, que
dice as: (aqu el discurso.) (*)
El Honorable Presidente habl sobre la lectura del pri-
mer artculo, y no habiendo quien le hiciera objecin algu-
na, se sancion a unanimidad.
Se procedi a la lectura de los artculos 2 a 8 inclusive,
con intervalos suficientes de uno a otro, para que el Honora-

(*) Omitido en el Libro de Actas y en la Gaceta del Gobierno.












DOCUMENTS LEGISLATIVOS


ble miembro que quisiese tomase la palabra, y no habiendo
quien la pidiese, se sancion por la mayora, segn las re-
glas establecidas, observando solamente el Honorable Rojas
que al Art. 89 en su 59 inciso, deba aadrsele en donde di-
ce: que se garantiza la libertad de imprenta y la de publicar
libremente sus ideas, cuya proposicin faltaba. El Honorable
Urea apoy esta mocin, y fu adoptada por la mayora.
Seguidamente se poocedi a la lectura de los Arts. 9, 10 y
11, y aunque el Honorable Morilla tom la palabra y pidi
que se fijase la edad de los sufragantes en las Asambleas
primaries; despus de una larga discusin en que tomaron
parte los Honorables Presidente, Fauleau y otros miembros
para hacer aclaraciones al ltimo artculo y dar las razones
de conveniencia, fu desechada la dicha proposicin y san-
cionado el artculo, segn su texto. Se continue la lectura de
los Arts. 12, 13, 14 y 15, y fueron sancionados, pues aun-
que el Honorable Ureia manifest que en lugar de nmina
de que trata el 49 inciso, se diga: la lista de los individuos
que reunan las cualidades exigidas para ser Ministros de la
Suprema Corte, etc; esta proposicin fu rechazada. Se si-
gui la lectura de los Arts. 16, 17 y 18, y fueron sanciona-
dos los dos primeros sin ninguna observacin; en cuanto al
ltimo, el Honorable Peralta observ que en lugar de Senado
Consultor, se dijese Senado Consulto, y que se aumentase el
nmero de un Senador ms por la Provincia de Santiago.
Sometida a discusin esta proposicin, tomaron la palabra
diferentes miembros, y el Honorable Jos Alfonso Rodrguez
opin que en lugar de siete Senadores fuesen once, dos por
cada Provincia y tres por la Capital. Sometida esta proposi-
cin y aqulla a votacin, qued sancionado el artculo de
este modo: que no variase el ttulo de Senado Consultor, y
que ste se compusiese de dos Senadores por la Provincia Ca-
pital, dos por la de Santiago y uno por cada una de las de-
ms Provincias.
Los Arts. 19 y 20 fueron sancionados. Al Art. 21, des-
pus de ledo, dijo el Honorable Peralta que era de opinion












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que el Senado Consultor nombrase su Presidente de su seno,
y que se le quitase al artculo del proyecto lo siguiente: pre-
sidirlo interinamente a falta de su Presidente nato; y des-
pus de una larga discusin qued sancionada la primera
parte del artculo; en cuanto a la segunda, se acord que
fuese en estos trminos: nombrar un individuo de su seno pa-
ra que le presida, nombrar as mismo los empleados de su
mesa, etc., etc., tal como est lo dems del proyecto, con cuya
reform fue sancionado a unanimidad. Continuse la lectu-
ra de los Arts. 22, 23, 24 y 25 en la forma de costumbre,
quedando sancionados. Sigui la lectura del Art. 26, que
suf ri varias discusiones y qued sancionado, que la atri-
bucin duodcima del Senado Consultor fuese en estos tr-
minos: Escoger los Arzobispos y Obispos de la Repblica, de
la terna que le comunique el Poder Ejecutivo para que ste
los present despus a S. S.. La 32a atribucin qued sancio-
nada en estos trminos: Usar de las leyes y decretos en la si-
guiente formula: El Senado Consultor en nombre de la Re-
pblica Dominicana, ha dado la Ley o el siguiente Decreto
s.obre tal cosa, etc., y todo lo dems contenido en el referido
artculo fu sancionado en todas sus parties. Siendo las dos
de la tarde se suspendi la present sesin para continuarse
a las tres.
Siendo las 3 de la tarde comparecieron los Honorables
Toms Bobadilla, Jos Romn, Flix Morilla, Moya, Mart-
nez, Objio, Peralta, Rojas, Echavarra, Jos R. Bernal, Jos
Velasco, J. A. Batista, Ildefonso Mella, Joaqun Lluberes,
Bonilla, J. Antonio Pina y Guillermo Tejera y no habiendo
mayora por la falta de los dems miembros que asistieron
por la maana, y a pesar de esperarse hasta las 5 de la tar-
de, se retiraron los miembros presents, y el Honorable Pre-
sidente dispuso que el siguiente da, a las 9 de la maana,
se continuara la sesin.
El da 15, segn disposicin de la vspera, siendo las
10 de la maana se reunieron los miembros anotados en la
sesin pasada, los que constatando la mayora se abri la se











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sin, empezndose por la lectura de los Arts. 27, 28 y 29
que fueron sancionados por la mayora en la forma ordena-
da. Procedise a la lectura del Art. 30: el Honorable Peral-
ta tom la palabra y dijo que era de opinion que el Vice-Pre-
sidente de la Repblica no presidiese el Senado Consultor,
porque siendo miembro del Poder Ejecutivo le pareca que
estaba en oposicin a lo requerido por el Art. 49: que los
Poderes se ejerzan separadamente y con independencia unos
de otros. El Honorable Presidente habl en el mismo senti-
do y el Honorable Flix Mercenario desde la sesin en que
el Honorable Mella present y ley un discurso opin del
mismo modo que el Honorable Peralta, y otros miembros
fueron tambin de la misma opinion. Sometida la cuestin a
votacin qued decidido y sancionado que el artculo dijese
as: Habr un Vice-Presidente que deber reunir las mismas
cualidades requeridas en el artculo anterior, y ser elegido
con las mismas formalidades que el Presidente de la Rep-
blica, 'y durar 6 aos en sus sesiones.
El President y Vice-Presidente se elegirn con diferen-
cia de tres aos el uno del otro, y el Vice-Presidente no po-
dr ser elegido Presidente para el perodo inmediato, cuan-
do haya ejercido el Poder Ejecutivo por la mitad del pero-
do constitutional del Presidente.
Leyse el Art. 31 y el Honorable Peralta propuso que
se reformara el artculo diciendo que el Vice-Presidente en
los casos de muerte, dimisin, destitucin o impedimento
temporal del Presidente, se diese un Decreto de Convocato-
ria a los Colegios Electorales para que se nombrase el Pre-
sidente de la Repblica. El Honorable Rojas tom la pala-
bra y difiri de la proposicin en cuanto a que se nombra-
se un Presidente de la Repblica, pues llamado el Vice-Pre-
sidente a ejercer sus funciones, slo deberan convocarse los
Colegios Electorales para la nominacin de Vice-Presidente
de la Repblica. El Honorable Presidente del Congreso di-
firi en parte de ambas opinions, y despus de una larga
discusin se convino levantar por un moment la sesin, pa-











REFORM CONSTITUTIONAL


ra que los tres Honorables miembros referidos se pusiesen
de acuerdo en la redaccin del artculo. Verificada la redac-
cin, y despus de algn tiempo, los Honorables miembros
ocuparon sus puestos respectivos y qued sancionado el Art.
31 en estos trminos: En caso de muerte, dimisin, destitu-
cin o impedimento temporal del Presidente de la Repbli-
ca, el Vice-Presidente ejercer el Poder Ejecutivo y en los
tres primeros casos, expedir dentro de 48 horas un Decre-
to de Convocatoria a los Colegios Electorales para que se
reunan y procedan a la eleccin de un nuevo Vice-Presiden-
te. Los Colegios Electorales debern reunirse lo ms tarde
dentro de treinta das de la fecha del Decreto de Convocato-
ria, y uno y otro Magistrado ejercern sus funciones sola-
mente por el tiempo que faltaba a sus predecesores para
cumplir sus respectivos perodos.. . Se procedi a la lec-
tura del Art. 32, y sufri alguna reform, quedando sancio-
nado en los trminos siguientes: Las mismas formalidades
se llenarn para reemplazar al Vice-Presidente en caso de
muerte, dimisin o destitucin: el Decreto de Convocc. ,,. a,
ser expedido por el Presidente de la Repblica. A falta del
President y Vice-Presidente de la Repblica a la vez, el
Consejo de Ministros ejercer las funciones del Poder Ejecu-
tivo y estar obligado a dar el Decreto de convocatoria con
las formalidades expresadas en el Art. 31. El Art. 33 fu
ledo y sancionado sin observacin. Ledo el 34 qued san-
cionado con slo la diferencia' de que el Presidente y Vice-
Presidente prestaran ante el Senado Consultor como Poder
Legislative el Juramento requerido. Siguise la lectura del
35 y a la 10a atribucin, expuso el Honorable Morilla que
se dijese que el Presidente de la Repblica estara obligado
a dar cuenta de su Mensaje al Poder Legislativo de la situa-
cin interior y exterior de la Repblica, lo que fu aproba-
do. La 26' atribucin sufri una observacin del Honorable
Pedro Valverde, pidiendo ste que se suprimiese toda, por-
que le pareca que el Gobierno no deba ocuparse de las Bu-
las y Breves pontificios que expidiese el Papa. El Honorable











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


President fu de parecer que la atribucin dijese solamente:
dar a las Bulas y Breves que traten de disposiciones genera-
les, el pase correspondiente, siempre que no sean contrarias
a la Constitucin, a las Leyes o a las prerrogativas de la Na-
cin, o a la jurisdiccin temporal: lo que qued sancionado
por la mayora. Leyronse los Arts. 36, 37, 38 y 39, que
fueron sancionados sin oposicin, habindose observado las
reglas establecidas por la Constitucin y los Reglamentos.
Levse el Art. 40. El Honorable Morilla expuso que la fa-
cultad concedida a los Ministros de reformar los actos de los
Agentes inferiores le pareca muy lata porque podra dar
lugar a que el Ministro de Justicia reformase tambin las
sentencias de los tribunales. Que era de necesidad hacer una
excepcin a la regla general que se estableca; qued acor-
dado por la mayora aadir despus de las frases, cuando
sean contrarias a la Constitucin, Leyes o Reglamentos, sal-
vo los actos que correspondan por la Constitucin o la Ley a
los Tribunales de Justicia. El Art. 41 qued sancionado en
la forma establecida; y siendo muy avanzada la hora se sus-
pendi la sesin para continuarla el siguiente da a las 9 de
la maana, quedando al efecto convocados los Honorables
miembros del Congreso.
El 16 a las 10 de la maana, a presencia de la mayo-
ra, se declar abierta la sesin para continuar la ltima lec-
tura del proyecto de Constitucin. Se principi por los Arts.
42 a 62 inclusive, que fueron sancionados en la forma esta-
blecida, sin ninguna objecin. Ledo el Art. 63, el Honora-
ble Urea pidi la palabra y propuso que el pabelln de gue-
rra llevara adems en el centro el escudo de armas de la Re-
pblica, lo que fu aprobado. Siguise la lectura de los ar-
tculos 64 a 68, y fueron sancionados por la mayora. Di-
se lectura al Art. 69, y el Honorable Presidente propuso su
redaccin de este modo: El Poder Ejecutiv queda autoriza-
do para solicitar de la Santa Sede Apostlica un concordato
para el arreglo de los negocios de la Iglesia, impetrando a
la vez la confirmacin del patronato; fu sancionado por la











RE.FORIMi (CONSTITUC. ON AL


mayora. Ledo el Art. 70, fu sometido a discusin. El Ho-
norable Morilla propuso que era de parecer que dijese: que
deberan estar presents por lo menos las dos terceras par-
tes para todo acuerdo de revision, lo que fu sancionado.
Dise lectura al Art. 71 y el Honorable Presidente manifes-
t que se expresase: que slo quedaban permanentes los Tri-
bunales Justicias Mayores de esta Capital y Santiago, para
evitar articulaciones despus de publicada la Constitucion,
y la mayora sancion el artculo con dl referida adicin. El
Honorable Presidente propuso en seguida que se agregase
otro artculo, fijando la duracin en sus funciones del actual
President de la Repblica diciendo: que era de opinion se
fijase slo por seis aos a contar desde el 19 de Abril del
ao prximo venidero, y que las razones que tena para esto
eran, que como haba venido el proyecto del Poder Ejecuti-
vo parece bien alejar la idea de que l pretend o ha queri-
do perpetuarse en el mando; que, adems, fijando la dura-
cin del perodo por seis aos y los dos que ya haba ejer-
cido de presidencia hacan los ocho que le daba la Constitu-
cin pasada; esta proposicin fu apoyada por los Honora-
bles Romn, Morilla, Morales y Felipe Perdomo. Pero el
Honorable Valverde pidi la palabra y dijo: que l era de
parecer que se nombrase el Presidente por dos perodos con-
secutivos de seis aos, cada uno, en atencin a sus eminentes
servicios; esta proposicin fu apoyada por los Honorables
Rodrguez y Tejera; puestas a votacin las dos proposicio-
nes, la mayora aprob la del Honorable Valverde, quedan-
do redactado el artculo de este modo: Art. 72. El actual
President de la Repblica ejercer sus funciones por dos
perodos consecutivos de seis aos cada uno, que comenza-
rn a contarse desde el 19 de Abril del prximo ao venide-
ro, etc.
El Honorable Morales pidi la palabra y expuso que
era de parecer que as como el Presidente de la Repblica
haba sido nombrado por dos perodos consecutivos, se le
concediese lo mismo al Vice-Presidente, cuya proposicin











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fu apoyada por los Honorables Moya, Rodrguez, Bernal,
Valverde y Echavarra. El Honorable Bonilla present un ar-
tculo redactado en esta forma: Art. 73. El Vice-Presidente
actual debiendo ejercer sus funciones por tres aos comenza-
rn stos a contarse el 19 de Abril de 1855 y terminarn el
19 de Abril de 1858. En caso de muerte, dimisin o destitu-
cin del actual Presidente, el actual Vice-Presidente lo reem-
plazar en sus funciones por el trmino que faltare para
cumplir el primer perodo que establece el Art. 28; someti-
das ambas proposiciones a votacin, qued admitida la del
Honorable Bonilla. El Honorable Presidente propuso que era
de necesidad autorizar al Poder Ejecutivo no slo para con-
vocar los actuales Colegios Electorales para la nominacin
del Senado Consultor, sino tambin para que la Constitucin
fuese impresa, publicada y ejecutada; quedaron acordados
y sancionados a mayora de votos los Arts. 74 y 75 del mo-
do siguiente: Art. 74: El Poder Ejecutivo proceder inme-
diatamente a dar un decreto convocando los actuales Cole-
gios Electorales para la nominacin del Senado Consultor a
fin de que pueda instalarse el 27 de Febrero de 1855; sin
perjuicio de que en lo adelante se arreglen a lo prescrito por
esta Constitucin; Art. 75. La present Constitucin ser en-
viada al Poder Ejecutivo para que sea impresa, publicada y
ejecutada.
Con lo que habindose concluido la tercera y ltima
lectura del proyecto de Constitucin, qued aprobado y san-
cionado como Ley Fundamental de la Repblica Dominica-
na, habindose observado todos los requisitos prescritos por
la Constitucin.
En este estado, el Honorable Ildefonso Mella expuso
que habiendo opinado contra la revision de la Constitucin,
y adoptando ms tarde integralmente el proyecto de Cons-
titucin, parecera esto ridculo si no manifestase por escri-
to el motivo de esa aparente contrariedad, por lo que supli-
caba al Honorable Congreso le permitiese dar lectura de su
manifestacin, y habindosele concedido la palabra, dijo











REFORM CONSTITUTIONAL


(aqu su opinion escrita) (*); y despus de haber concluido,
dijo que respect a dar por sancionado el proyecto de Cons-
titucin desde su primera lectura, no haba sido ms que lle-
var hasta la exageracin lo dispuesto que estaba a adoptar
dicho proyecto, tal cual lo haba sometido el Poder Ejecuti-
vo. Y qued acordado que se consignara en esta acta lo ex-
puesto por el Honorable Mella para su satisfaccin. El Ho-
norable Felipe Perdomo observ tambin los motivos que tu-
vo para opinar en el mismo sentido que el Honorable Mella
y deseaba que esta opinion constase en el acta del da.
El Honorable Mella propuso tambin que se pusiese a
votacin si se encabezaba o no la Constitucin con el Mensa-
je del Presidente Santana. El Honorable Presidente dijo que
l crea que la Constitucin deba encabezarse con una alo-
cucin del Congreso al Pueblo, adecuada a las circunstancias..
Puestas ambas proposiciones a votacin prevaleci la del
Honorable Seor Presidente; nombrse al efecto una Comi-
sia compuesta de los Honorables Rojas, Peralta, Rodrguez
y Moya.
Con lo que se cerr la present sesin, convocando el
Honorable Presidente para el Lunes 18 de los corrientes, a
fin de arreglar y terminar definitivamente los trabajos pen-
dientes de la present sesin, antes de dar el Decreto de clo-
tura.
El Lunes 18, reunido el Congreso Nacional se ley el
acta de la sesin anterior. Concluida que fu, el Honorable
1'residente llam la atencin sobre la frase del discurso del
lHonorable Mella en que deca: que una mayora de 14 miem-
bros haba apoyado su mocin, y que se aclarase cuanto fue-
se esta circunstancia; en efecto, se aclar otra vez que quince
miembros opinaron que se adoptase el proyecto tal como lo
haba presentado el Poder Ejecutivo, pero habindose obser-
\ado que este modo de proceder era inconstitucional y que el
proyecto deba recibir sus tres lectures, artculo por artcu-

(*) Omitido en el original.











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lo, y discutirse cada uno como se hizo con entera libertad,
exponiendo cada miembro su opinion, la mayora estuvo por-
que se siguiese el texto constitutional, con cuya aclaracin
todos quedaron satisfechos.
El Honorable Federico Peralta pidi la palabra, que le
fu acordada por el Honorable Presidente del Congreso; en-
tonces dijo que se haba omitido insertar la alocucin que
hizo y la reform que propuso de algunos artculos del pro-
yecto de Constitucin, reclamando que se estampara en el
acta correspondiente: lo que fu acordado.
Y no ocurriendo nada ms de que ocuparse el Congreso
National, y siendo las dos de la tarde, se cerr la present
sesin.
El President, Bobadilla.- J. Velasco.- F. Peralta.-
Luis Martnez.- Flix Morilla.- N. Urea.- Objo.- J. Ant.
Pina.- J. A. Batista.- Jos Ma. Morales.- Jos R. Bernal.-
Rodrguez.


SESSION DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1854

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

A presencia de la mayora y despus de la lectura de la
lista nominal, se declar abierta la sesin. Se di lectura al
acta que tuvo lugar en las sesiones de los das 14, 15, 16 y
18. y fu aprobada y sancionada.
El Honorable Presidente requiri a los miembros de la
Comisin encargada de redactar la alocucin que debe ha-
cerse al pueblo por el Congreso, y el Honorable Peralta di
lectura de un proyecto que dice as: (aqu el discurso) (*)
El cual fu sancionado por la mayora.
El Honorable Presidente propuso que deba darse un
decreto para la clotura del Congreso por haber terminado
(*) Vase Apndice NI 4.












REFORM CONSTITUTIONAL


sus sesiones, y concluida la revision para que haba sido con-
vocado, debiendo enviarse al Ministro del Interior para que
diese las providencias necesarias para que se pongan en fiel
custodia y depsito, no slo los libros y papeles de las C-
maras sino tambin los de las Diputaciones Provinciales que
quedan extinguidas, recaudando y depositando los fondos
de stas en la Tesorera Nacional con las cuentas respectivas,
hasta que la nueva legislature determine, y habindose pre-
sentado el proyecto de Decreto, fu aprobado y sancionado
por la mayora. (*)
Con lo que habindose agotado las materials se ceir la
present sesin.
El President: Bobadilla. Luis Martnez. Pedro P.
de Bonilla. F. Peralta. 1. Velasco. N. Urea. Jos R.
Bernal. Flix Morilla. Obfio. Rodrguez. J. Ant. Pina. -
1. A. Batista. Jos Ma. Morales.


(*) Vase Apndice N9 5.


























ACTAS, RESOLUCIONES Y PROVIDENCIAS
DEL SENADO CONSULTOR
1855




















SESSION DEL 26 DE FEBRERO DE 1855


Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

Hoy veinte y seis de Febrero de 1855 y 119 de la Pa-
tria, siendo las cuatro de la tarde, se reunieron en el Palacio
Nacional y lugar de las sesiones legislativas en junta prepa-
ratoria los Seores Toms Bobadilla, Felipe Alfau, Jos Ma-
ra Morales y Felipe Perdomo, miembros del Senado Con-
sultor, los dos primeros nombrados por la Provincia Capital,
y el tercero por la Provincia de Santa Cruz del Seibo y el
cuarto por la de Compostela de Azua, y habiendo ocupado la
Presidencia el Seor Bobadilla como mayor de edad, y el
Seor Felipe Perdomo ejerciendo las funciones de Secreta-
rio, no habiendo comparecido hasta esta hora ninguno de
los Honorables Senadores de las Provincias del Cibao, re-
conocindose que existe la mayora que require la Consti-
tucin, y que el da de maana est por ella prefijo para la
instalacin del Cuerpo, se constituy el bufete provisional
para reconocer los respectivos nombramientos, y habiendo
cada uno de los Honorables miembros exhibido el suyo, se
encontraron todos en buena y debida forma.
Se procedi en seguida por medio de un escrutinio a la
nominacin del Presidente y result electo el Honorable To-
ms Bobadilla por la mayora absolute. Se procedi al nom-
bramiento del Secretario y del mismo modo result electo
el Honorable Felipe Perdomo.
Acto continue el referido Presidente acept el nombra-
miento, lo mismo que el Secretario, y qued acordado que











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


se reuniran el da de maana para la instalacin solenme
(a las 7 de ella) y los juramentos respectivos; con lo que se
concluy este acto que firmaron los presents junto conmi-
go el Secretario que certifico: T. Bobadilla.- F. AlIau.- Jos
Ma. Morales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 27 DE FEBRERO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la Rep-
blica, a los veinte y siete das del mes de Febrero del ao de
gracia de mil ochocientos cincuenta y cinco y duodcimo de
la Patria, siendo las siete de la maana se reunieron en el
Palacio Nacional, lugar de las sesiones legislativas, los Ho-
norables Seores Toms Bobadilla, Felipe Alfau, Felipe Per-
domo y Jos Mara Morales, miembros del Senado Consul-
tor, con el objeto de proceder a su solemne instalacin en vir-
tud de lo que previene la Constitucin poltica del Estado,
y habindose dado lectura de la acta preparatoria del da de
ayer de la que resultan electos: Presidente: el citado Boba-
dilla y Secretario el Honorable Perdomo, sancionada y apro-
bada segn uso y costumbre; presents el Seor Vice-Presi-
dente de la Repblica, encargado del Poder Ejecutivo, los
Seores Ministros Secretarios de Estado y del Despacho, el
Cuerpo Consular, los miembros de la Suprema Corte de Jus-
ticia, y los diferentes cuerpos de empleados de la Adminis-
tracin pblica, el comercio y un numeroso concurso de ciu-
dadanos, con motivo de la celebracin que se hace de nuestra
Independencia poltica, estando todos reunidos en la sala de
las sesiones en sus respectivos lugares, segn el program
establecido, se levant el referido Presidente del Senado, y
a presencia de los dems Honorables miembros, pronunci el
juramento siguiente: Juro ante Dios ser fiel a la Nacin,













SENADO CONSULTOR 1855


guardar y hacer guardar la Constitucin del Estadol y respe-
tar las leyes y los derechos del Pueblo Dominicano. Si as
lo hiciere, que Dios me ayude, y si no que me lo demand y
castigue.
Los dems Honorables miembros, puestos de pie ante
el referido Presidente, prestaron el mismo juramento, y en
seguida declar ste que el Senado Consultor cumpliendo
con el voto d la Constitucin estaba instalado.
El Seor Vice-Presidente encargado del Poder Ejecu-
tivo pronunci en seguida un discurso que dice as:

Honorables Seores: La Patria se congratula hoy y el Poder
Ejecutivo con ella, porque al instalarse el Senado Consultor, y al
verlo compuesto de patriots ilustres, servidores del pueblo que
merecen su confianza, se abren las esperanzas de todos en un
porvenir que satisfar las exigencias de la actualidad, march de
los negocios pblicos y asegurar la conservacin y prosperidad
future de la Nacin que fu el solo objeto que di lugar a la re-
forma de nuestro Pacto Fundamental.
No olvidemos que establecido este Pacto, el primer deber de
un pueblo es su conservacin: que el acuerdo de todos los inte-
reses forma en los asociados el inters comn: que la reunin de
todas las voluntades constitute la fuerza: que el peligro de la
seguridad individual o de las libertades particulares ha creado la
libertad pblica y que el deber de servir y socorrer al Estado da
el derecho de llamar a su socorro. Este inters, esta fuerza, esta
libertad pblica y este derecho, es lo que constitute la base del bien
pblico, nico objeto en que debemos ocuparnos con mcho acuer-
do, para que todas las parties tiendan a un centro comn y sirvan
a un mismo fin; porque as como el universe y los entes organiza-
dos no viven sino por un solo principio que es el del orden ge-
neral, as cuando las parties que componen un cuerpo no obran ni
se encaminan al bien comn, a la conservacin y a la existencia
del todo la division las extingue y destruye.
No es necesario recurrir a las pginas de-la historic ni a los
sucesos de fuera, cuando tenemos a la mano el 27 de Febrero de
1844, da para siempre memorable en que el Pueblo, sin ms
elements que la unin y el querer, arroj las cadenas que le de-
gradaban, proclam su libertad y con valenta y admiracin se
ha elevado al rango de Nacin libre, independiente y soberana.
Tal es la potencia de la unin; pero a este pensamiento crea-
dor, a esta fuente de bien, es de necesidad que para sostener el













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edificio social, que hemos levantado, caminemos de acuerdo por
las sendas del progress y de las mejoras de que es susceptible el
pas.
El ilustre Libertador, el Caudillo de nuestra Independencia,
el que est dispuesto siempre a sacrificarse por el bien de la Pa-
tria, al remover los obstculos que presentaba en su ejecucin la
march de los negocios pblicos, concibi grandes ideas y vastos
planes que se desarrollarn en su oportunidad. Es sensible que
en tan augusto da ligeras indisposiciones no le hayan permitido
estar present; porque nada ms just que el que corre todos los
peligros del triunfo participe de la gloria y de los das de jbilo
y satisfaccin para la Patria y para los buenos Ciudadanos. Su
corazn hoy est agitado de emociones patriticas, y en su nombre
saludo a la Nacin y a sus dignos representantes, y les convido a
una cooperacin simultnea para la ejecucin de las mejoras que
el Ejecutivo se propone para el bien y felicidad comn. Santo
Domingo, Febrero 27 de 1855. Firmado: Manuel de Regla Mota.
Y el Honorable Presidente del Senado contest en los
trminos siguientes:
Seor Vice-Presidente de la Repblica, encargado del Poder
Ejecutivo; Seores Ministros y dems Ciudadanos:
El Senado Consultor acoge con el ms alto aprecio las demos-
traciones y congratulacin que Uds. le hacen, y est muy dis-
puesto a hacer todos sus esfuerzos para satisfacer en cuanto pueda,
a las esperanzas que induce en la Nacin la nueva era poltica que
en la actualidad se abre delante de nosotros, en virtud de las re-
formas constitucionales.
Le es sensible al Senado Consultor el gran vaco que deja en
este da la ausencia del Exmo. Seor Libertador, Presidente de
la Repblica, que tan constantemente ha defendido la Patria, su
libertad y su existencia.
El Ejecutivo encontrar siempre en el Senado Consultor una
franca y leal cooperacin, para todo lo que convenga al bien
pblico, a la estabilidad, esplendor y gloria de la Nacin. Pro-
curar que en todos sus actos resplandezca la verdad que es la
sola luz; la justicia que es el primer deber, y la felicidad pblica
que es la brjula que debe guiar a los que merecen la alta con-
fianza de reunir, organizer y darle vida a la Nacin. Comprende
el Senado Consultor que slo la Ley puede defender la Ley, y que
se deben de coordinar de modo que unas a otras se sostengan mu-
tuamente y que partiendo de un mismo principio se dirijan a un
solo fin: a acumular la mayor suma de bienes posibles sobre los
gobernados.













SENADO CONSULTOR 1855


Constituido el Senado Consultor con un principio y un fin,
fijos, con una march constant, y un objeto determinado, har.
todos sus esfuerzos para hacerse siempre dignos de la confianza
del pueblo, en quien desea que se multiplique el espritu de na-
cionalidad que en poltica reemplaza algunas veces las costumbres,.
o sase el modo de pensar, de vivir, y que constitute un carcter
peculiar que hace emprender grandes acciones con valor y soportar
las desgracias con dignidad. Persuadido de los sentimientos que
animan a los dominicanos, y que produjeron la noble resolucin
del 27 de Febrero de 1844, los Representantes de la Nacin, ani-
mados de una confianza que no ser jams desmentida, reiteran
ante Dios y a la faz del mundo, el solemne juramento que hici-
mos en aquellos das de gloria, de defender nuestra libertad, nues-
tra independencia, la integridad de nuestro territorio y de
no pertenecer jams a ninguna potencia extranjera, y los dems
derechos consignados despus por la voluntad unnime y legal-
mente expresada en nuestro Pacto Fundamental, que traza la
creacin del Estado, su Soberana, su conservacin, y la voluntad
imperecedera que le ha constituido.
Tales son los votos del Senado Consultor, pero es muy sabidoa
que por muy grandioso que sea el objeto que se proponga un go-
bierno, necesita de empleados que le auxilien y que cumplan fiel y
exactamente sus respectivas obligaciones, debiendo haber tambin
una cooperacin en todas las dems classes que forman la escala
social. Los Magistrados, administrando imparcialmente la Justi-
cia conforme a las leyes. Los sacerdotes, maestros de la moral,
predicando la paz, la unin, y enseando el respeto que se debe a
las leyes y a las autoridades que son sus rganos. Los adminis-
tradores de Hacienda, cuidando de la fiel y legal recaudacin e in-
versin de los fondos pblicos. Los militares, defendiendo la Pa-
tria y el orden pblico con estricta subordinacin y discipline. Los
labradores y habitantes de los campos, beneficiando la tierra, fuen-
te permanent de la riqueza pblica. Los comerciantes, atrayendo,
con buena fe el cambio de nuestras producciones, la industrial y la
abundancia. Los padres de familiar, cuidando de la educacin reli-
giosa y poltica de sus hijos para darle buenos ciudadanos a la
Patria; y todos en general secundando francamente los pensamien-
tos del Gobierno y desplegando un celo ardiente por el bien y la
felicidad pblica.
De esta manera reunidos de buena fe, relegando al olvido mez-
quinos resentimientos, poniendo cada uno la parte que le corres-
ponda en la obra de la edificacin, no slo se pueden superar las
faltas que nos rodean, sino tambin triunfar de ellas por los gran-
des recursos que se pueden desplegar y hacer que reine la prospe-











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ridad, la confianza y el bienestar. La Patria es de todos, y lo que
es de todos a todos toca. He dicho.
Y concluido todo esto se retiraron todas las autoridades
al Altar de la Patria, donde el encargado del Poder hizo una
pequea alocucin al pueblo y al Ejrcito, y en seguida se
dirigieron a la Santa Iglesia Catedral, donde se celebr misa
solemne y Te Deum en accin de gracias.
Y para que conste se extendi este acto que firman los
ieferidos Honorables miembros del Senado Consultor, de
que certifico:- T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.-
F. Perdomo.


SESSION DEL 19 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

Present la mayora compuesta de los Seores Toms
Bobadilla, Felipe Alfau, Jos Mara Morales y Felipe Per-
domo, se declar abierta la sesin.
Dise lectura del acta del da 27, la que fu debida-
mente sancionada.
En seguida se ley un oficio del Seor Ministro del In-
terior, por el que remita nueve ejemplares de cada uno de
los nmeros de la Gaceta de Gobierno desde el N9 52 hasta
el 57 inclusive cuyo oficio le fu inmediatamente -contestado,
encomendando se le pusiese el Archivo del Congreso a la dis-
posicin del Honorable Secretario del Senado Consultor,
previo el correspondiente inventario.
Acto continue se ofici a los Honorables Benigno Filo-
meno de Rojas y Domingo Daniel Pichardo, Senadores por
la Provincia de Santiago, y al Honorable Jos Mara Medra-
no, Senador por la Provincia de La Vega, requirindoles ace-
lerasen cuanto antes su venida pues haba una muy estricta
mayora y se ofrecan materials de suma importancia pa-
ra los que se necesitaba la cooperacin de todos.











SENADO CONSULTOR 1855


En seguida se acord nombrar archivista al Seor Ni-
cols Urea de Mendoza, y copista a los Seores Manuel de
Jess Galvn y Federico Prez con la asignacin, el primero,
de quinientos pesos nacionales al mes y cada uno de los co-
pistas con la de tres cientos cincuenta, determinando redu-
cir por ahora a los tres el personal del bufete del Senado
Consultor. Adems se nombr mensajero el Seor Jos Anto-
nio Sard con el sueldo de cien pesos nacionales y portero al
Seor Marcos del Rosario con el sueldo de ochenta pesos;
cuyos gastos ascienden a la suma de mil trescientos ochenta
pesos, que era la misma que se inverta en el pago de los em-
pleados del Senado y de la Cmara de Representantes; de-
terminndose as por no gravar con ms gastos al Erario.
En este estado y siendo las doce del da, el Presiden-
te declar terminada la present sesin. De que doy fe y cer-
tifico.- T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.- F. Per-
Jdme.


SESSION DEL 2 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En presencia de la mayora compuesta de los Honora-
bles Toms Bobadilla, Felipe Alfau, Jos Mara Morales y
Felipe Perdomo, siendo las diez de la maana se declar
abierta la sesin.
Leda el acta de la sesin anterior fu sancionada a
unanimidad.
El President expuso la necesidad que haba de for-
mular cuanto antes el Reglamento interior de la Corpora-
cin, y la mayora cometi el encargo de redactar el pro-
yecto.
En seguida se ofici al Seor Ministro del Interior, pi-
dindole designase la persona que deba entregar el Archi-
vo del Senado y Cmara de Representantes, previo un inven-











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tario detallado de todos los documents importantes existen-
tes en dicho Archivo.
Con lo que se concluy la sesin siendo las once y me-
dia de la maana. De que yo, el Secretario, certifico. T. Bo-
badilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 13 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los trece das del
mes de Marzo de 1855, siendo las once de la maana, se
abri la sesin del Senado Consultor en presencia de la ma-
yora compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Felipe
Alfau, Felipe Perdomo y Jos Mara Morales.
El President expuso a la Honorable Corporacin que
la convocatoria no tena otro objeto que el de or el Mensa-
je del Poder Ejecutivo, segn se le haba anunciado en un
oficio del da anterior, y en seguida nombr al Honorable
Jos Mara Morales, y al Secretario archivista seor Nicols
Urea, para que recibiesen al Poder Ejecutivo en la puerta
del Palacio.
Pocos instantes despus se present el Vice-Presidente
de la Repblica en la sala donde el Senado Consultor cele-
bra sus sesiones, acompaado del Ministro de Justicia e Ins-
truccin Pblica, del de el Interior y Polica, del de Hacien-
da y Comercio y de una gran parte del Estado Mayor.
Despus que el Vice-Presidente, encargado actualmente
del Poder Ejecutivo, hubo tomado asiento a la derecha del
President del Senado Consultor, y despus que los funcio-
narios ocuparon los asientos que les correspondian, el Mi-
nistro de Hacienda y Comercio principi la lectura del Men-
saje diciendo:













SENADO CONSULTOR 1855


Honorables Senadores:
Me es muy satisfactorio, como encargado del Poder Ejecutivo,
someter al juicio de los Representantes de la Nacin los actos del
Poder despus de la ltima Legislatura, y poner en su conocimiento
la situacin interior y exterior de la Repblica; porque todos fun-
dan sus esperanzas de mejora y de progress en la actual Adminis-
tracin, y aun el Ejecutivo abunda en este sentir; porque habierdo
manifestado en la revision de la Constitucin el deseo de remover
los obstculos que se presentaban para la march de los negocios
pblicos, y cooperado al efecto con los elegidos del Pueblo, cree que
no se frustrarn sus esperanzas, y que el Senado har sus mejores
esfuerzos para elaborar las leyes que aseguren la mejor organiza-
cin del pas, y que echen los fundamentos de progress que alta-
mente reclaman las circunstancias y el bienestar comn.
Ninguna circunstancia ha alterado hasta hoy la paz y tran-
quilidad interior del pas; ha existido el orden y seguridad que ga-
rantizan las leyes en la persona y bienes de los Ciudadanos.
Los haitianos, a pesar del estado de guerra en que nos encon-
tramos, no han emprendido ninguna invasion, y se ha conservado
por nuestra parte el mejor orden possible en las fronteras, habin-
dose dictado las medidas que este Gobierno ha credo converientes
al efecto.
La Francia y la Inglaterra continan interviniendo en esta
cuestin. y aunque hasta hoy no se han podido ajustar las bases de
un arreglo honroso para la Repblica, aquellas magnnimas na-
ciones estn siempre dispuestas a hacer respetar y a mantener la
independencia de este pas de la dominacin de Hait. As lo ex-
plican las relaciones reiteradas de aquellos gobiernos, y as debe
esperarse de la amistad sincera que han ofrecido a la Repblica
desde el moment casi de su emancipacin poltica. No obstante,
este Gobierno toma las medidas que cree necesarias para la guerra,
y est preparado para toda eventualidad.
La Memorias adjuntas de los respectivos Ministerios informa-
rn al Senado Consultor de las diferentes medidas que se han to-
mado en la Administracin general, y ellas reclaman, como se ve-
r, leyes sobre la organizacin* judicial, instruccin pblica, la de
una Cmara de Cuentas, la de Ayuntamientos, la del gobierno de
las Provincias, la de polica rural, una que reform la recaudacin
de los derechos de importacin y exportacin, y que pueda niejorar
la condicin d los empleados, y una sobre inmigracin, y otra sobre
la organizacin del Ejrcito y de la Guardia Cvica.
No he querido detenerme en la necesidad y ventajas que de-
ben resultar al pas de estas medidas, porque sobre estar ya indi-
cadas en las Memorias, no dejarn de presentarse a la ilustrada













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comprensin y al patriotism del Senado Consultor. El Ejecutivo
esta pronto a cooperar en cuanto pueda a tan importantes trabajos.
Surgen de la revision del Pacto Fundamental la elaboracin de
otras leyes que tambin recomiendo al Senado Consultor, a quien
no puedo esconder que las leyes son las reglas de vida para la
sociedad, y por consiguiente la necesidad que sn tiene de ellas.
Tiempo es ya de que el Senado se ocupe de hacer que los C-
digos de la legislacin francesa que rigen en el pas, se traduzcan
al idioma del Pueblo, y que se pongan al alcance de todos con una
reform convenient segn nuestra localidad, nuestros usos y cos-
tumbres, y el personal de nuestros Tribunales, creando al efecto una
Comisin que se ocupe de tan til e important material, pues se
presentan de bulto las dificultades de continuar como hasta aqu
con unas leyes que no estn a la comprensin de la mayor parte
de los Jueces y de los ciudadanos.
Nuestras relaciones con las Potencias con quienes hemos cele-
brado tratados de amistad y de comercio, no se han alterado en ma-
nera alguna, y el Ejecutivo est muy dispuesto a estrecharlas y a
hacer que reine siempre la mejor inteligencia.
La Espaa, nuestra antigua Metrpoli, acaba de enviar a la
Repblica un Agente Comercial, y este paso no slo denota una
disposicin al reconocimiento de nuestra Independencia, cuanto
que conduce a unir las simpatas recprocas de uno y otro pas, li-
gados por el mismo origen, religion, usos y costumbres. Otras ra-
zones no menos poderosas han hecho career a este Gobierno que la
Espaa estaba inclinada a reconocer la Independencia de la Rep-
blica y a estrechar con ella sus relaciones de amistad y de comer-
cio; y por tanto ha acreditado para este efecto un Plenipotenciario
cerca de aquella Corte, con las debidas instrucciones.
Los Estados Unidos de Amrica solicitaron en el mes de Julio
del ao pasado un tratado de amistad y comercio que lleg a ex-
tenderse por los respectivos plenipotenciarios; pero habindolo so-
metido al Congreso para su sancin, no tuvo ste efecto por algu-
nas observaciones que se le hicieron. Inmediatamente fueron co-
municadas stas a aquel Gobierno, manifestndole al mismo tiempo
el deseo de nuestra parte de ajustarlo bajo las bases de reciproci-
dad e igualdad que existen en los dems tratados ya celebrados.
Las simpatas que atrae la Repblica Dominicana en el extran-
jero, hace aumentar diariamente sus relaciones de amistad; y ade-
ms de los tratados existentes celebrar otros con los Estados de
la Confederacin Germnica, teniendo ya convenidas y ajustadas las
bases de los que tendrn lugar entire poco con Hamburgo y Bre-
men.













SENADO CONSULTOR 1855


S. M. el Rey de Cerdea ha admitido las observaciones hechas.
por el Congreso Nacional al tratado que se haba celebrado, y se ha
prorrogado el trmino de su ratificacin hasta el 30 de Diciembre
del corriente ao.
Admitidas por el Congreso de la Repblica las observaciones
hechas al Tratado con Holanda, slo depend su condicin del nom-
bramiento de un Plenipotenciario por parte de este Gobierno.
El Ejecutivo estar siempre pronto a dar al Senado Consultor
todas las aclaraciones e informes que sean conducentes para la di-
reccin de los negocios pblicos con la armona y el acierto que
es de desear para que todas las medidas que se tomen lleven por
objeto el bien y la felicidad de la Nacin. He dicho.
Santo Domingo, etc. Firmado. Manuel de Regla Mota.

Despus de un moment de silencio, el Presidente del
Senado Consultor contest al Vice-Presidente con esta peque-
fla alocucin:
Seor Vice-Presidente de la Repblica.
El Senado Consultor aprecia en alto grado el Mensaje que
el Poder Ejecutivo le present, dndole cuenta de su administra-
cin en el ao pasado. Cree encontrar en l el plan de mejoras
que clama la situacin-actual del pas, y el Cuerpo Legislativo no
omitir medios para marchar en armona con el Poder, a fin de
que todas las medidas que se tomen cedan en favor del bien p-
blico, y en honor y gloria de la Nacin.
H]asta ahora se encuentra el Senado en su estricta mayora,
porque los Honorables Senadores de las Provincias del Cibao aun
no han comparecido, y deseara que aquellos lugares no careciesen
de representacin en el Cuerpo Legislativo, porque ellos constitu-
yen parte muy esencial de la Repblica y aunque se les ha escrito
para que aceleren su venida, hasta ahora no se ha presentado nin-
guno de ellos, lo que no deja de ser sensible al Senado, porque
por un principio de delicadeza tiene que esperar hasta que aquellas
Provincias sean representadas legtimamente.

Cuando el Honorable Bobadilla concluy el discurso,
el Vice-Presidente se despidi de los miembros del Senado,
y acompaado de su squito y de la comitiva que le recibi,
regres al Palacio de Gobierno.
El President del Senado Consultor consult entonces-
a los dems miembros si se proceda a la lectura de las Me-
morias de los Ministros Secretarios de Estado, que junto con











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el Mensaje estaban depositadas sobre la mesa, y habindose
la mayora pronunciado por la afirmativa, el Secretario Ure-
fia principi la lectura de la Memoria del Ministro de Justi-
cia, y concluida sta, continue con la del Ministro del Inte-
rior y Polica.
Despus de concluida su lectura, el Honorable Presi-
,dente, en consideracin a lo avanzado de la hora, convoc al
Senado Consultor para el da de maana a las diez, para
proseguir la lectura de las otras Memorias.
Con esto se concluy la sesin de este da, siendo las
-doce de la maana.- T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jols &a. Mlo-
rales.- F. Perdomo.


SESSION DEL 14 DE MARZO DE 185.5

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 14 das del mes
de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana se abri la
sesin del Senado Consultor, en presencia de los Honorables
Toms Bobadilla, Felipe Alfau, Jos Maria Morales y Feli.
pe Perdomo.
Dise lectura al acta de la sesin anterior, la que fu
.sancionada sin observacin alguna.
Prosiguise la lectura de la Memoria del Ministro de
Hacienda y Comercio; y concluida sta, continuse con la
del Ministro de Guerra y Marina. Todas fueron tomadas en
consideracin por el Poder Legislativo, ofreciendo ocuparse
.gradualmente en la elaboracin de las leyes indicadas, tanto
en el Mensaje como en las Memorias de los diferentes Secre-
tarios de Estado, y que a juicio del Poder Ejecutivo son in-
'dispensables para el mantenimiento del orden, para el ade-
lanto del pas, y, sobre todo, como uno de los medios ms po-
sibles y seguros que pueden mejorar la condicin de los aso-
.ciados.











SENADO CONSULTOR 1855


El Honorable Felipe Perdomo present al Senado un
proyecto de ley sobre Cmara de Cuentas, que tambin me-
reci la consideracin del Poder Legislativo quedando fija-
do el da de maana para dar a dicho proyecto la primera
de las tres lectures exigidas por la Constitucin.
Con esto, y siendo la hora algo avanzada se concluy la
sesin de este da.- T. Bobadilla.. F. Alfau.- Jos Ma. Mo-
rales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 15 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Tomas Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los quince das del
mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana, se
abri la sesin del Senado Consultor, en presencia de una
estricta mayora, compuesta de los Honorables Toms Bo-
Ladilla. Jos Mara Morales, Felipe Perdomo y Felipe Al-
fau.
Dise lectura al acta de la sesin anterior y fu debida-
mente sancionada.
Dise lectura de la Ley de Cmara de Cuentas, segn lo
dispuesto en la orden del da.
Ledo el primer artculo, el Honorable Perdomo propu-
so que la Cmara de Cuentas se compusiese de cinco miem-
bros, y no de cuatro como estableca el proyecto. Esta mo-
dificacin fu admitida a unanimida'd.
Los artculos 2, 3, 4, 5, 6 fueron aprobados por ahora.
Ledo el artculo 7, el Honorable Felipe Alfau opin
se suprimiera la idoneidad y aptitud necesaria para el mejor
desempeo de ese encargo, porque siendo el Senado Consul-
tor el que haba de nombrar los miembros de la Cmara de
Cuentas, no deba l mismo dictarse reglas, pues estaba per-












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suadido que no entrara a former parte de esa Cmara nin-
gn individuo que no reuniese todas esas cualidades.
Esta modificacin fu admitida.
El artculo 8 fu aprobado. El artculo 9 fue aproba-
do tambin con algunas ligeras modificaciones hechas al in-
ciso cuarto.
Los artculos 10 y 11 fueron aprobados. El artculo
12, sufri una ligera modificacin hecha por el Honorable
Perdomo.
El artculo 13 fu aprobado sin ninguna alteracin.
Ledo el artculo 14, hubo divergencia de opinions res-
pecto a si la Cmara deba firmar los billetes de Caja, o con-
irasellar tanto stos como el papel sellado, y al fin se re-
solvi redactarlo en sentido diferente de como estaba en el
proyecto.
El artculo 15 fu modificado por el Honorable Felipe
Alfau en estos trminos: y si la excusa no se estima legti-
ma, lo enviar al Tribunal competence, por conduct del Mi-
nistro de Hacienda, para que sea juzgado conforme a dere-
cho.
Los artculos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25,
fueron aprobados.
Concluida la lectura del proyecto, el Honorable Jos
Mara Morales record que en las disposiciones transitorias
de la Ley se haba dispuesto adicionar un artculo que dije-
se: que las cuentas generals de la Repblica del ao pasa.
do, antes de su aprobacin definitive por el Senado Consul-
tor, se pasasen a la Cmara de Cuentas para que las exami-
nara y diese su opinion sobre ellas; a fin de proceder de
acuerdo con lo que dispone el Pacto Fundamental.
Los dems Honorables miembros abundaron en el mis-
mo sentido pues aunque les parece que la media tomada
por el Poder Ejecutivo de remitir las Cuentas para su exa-
men al Consejo Administrativo, a falta de la Cmara de
Cuentas, y de una ley que designase sus atribuciones, fu una
media de orden de conveniencia, estando ya en su fuerza











SENADO CONSULTOR 1855


y vigor la Constitucin, y tratndose lo primero de dar la
ley que organize la Cmara de Cuentas; todos fueron de opi-
nin que es de necesidad que la Cmara las examine y se
proceda en todo, conforme a los cnones constitucionales.
Con lo que habindose agotado la material, se concluy
la sesin siendo las doce del da, y quedaron convocados los
Honorables miembros para el da de mafiana a la hora de
costumbre, a fin de ocuparse de los Reglamentos interiores
que deben regir a la Corporacin.- T. Bobadilla.- F. Alfau.-
Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 16 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 16 das del mes
de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana, se abri la
sesin del Senado Consultor, en presencia de la mayora
compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Al-
fau, Jos Mara Morales y Felipe Perdomo.
Se ley el acta de la sesin anterior, la que fu sancio-
nada despus de una ligera observacin hecha por el Ho-
norable Morales.
El President present al Senado el proyecto del Re-
glamento interior, cuya redaccin le fu encomendada cn la
sesin del da dos. (*)
Disele lectura a dicho proyecto y despus de habrse-
le hecho algunas modificaciones fu aprobado a unanimi-
dad, y qued sealado el da veinte para darle la segunda
lectura.
Se convoc el Senado Cons~ para maana a la ho-


(*) Vase Apndice N9 6.











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


ra de costumbre, a fin de leer y discutir por segunda vez la
Ley de Cmara de Cuentas.
Con esto se concluy la sesin siendo las doce del da.-
T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.-
Secrt0.


SESSION DEL 17 MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los diez y siete das
del mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana, se
abri la sesin del Senado Consultor, en presencia de la
mayora, compuesta de los Honorables Toms Bobadilla,
Felipe Perdomo, Felipe Alfau y Jos Mara Morales.
Se ley y aprob el acta de la sesin anterior.
Dise principio a la segunda lectura de la Ley de C-
mara de Cuentas, segn lo dispuesto en la orden del da.
Los artculos 19, 29, 39 y 40 fueron aprobados.
El artculo 59 sufri una pequea modificacin intro-
ducida por el Honorable Perdomo, y consista en que las Co-
misiones auxiliares que nombrara la Cmara de Cuentas,
fueran compuestas de comerciantes indistintamente naciona-
les o e.tranjeros. En esta virtud se suprimi la palabra na-
cionales.
Los artculos 69, 79, 89, 90, 109 y 119, fueron aproba-
dos sin observacin alguna. El artculo 12 sufri una peque-
a alteracin, propuesta por el Honorable Perdomo, y fu:
que los Comandantes de resguardo e intrpretes de puertos re-
mitieran los estados de que habla dicho artculo, en los tres
primeros das de cada mes. Al artculo 14 se le adicion el
siguiente prrafo: un mes despus de instalada la Cmara
de Cuentas, todos los billetes de Caja que se emitan y el pa-
pel sellado que se haga, debern llevar el sello de la Cma-











SENADO CONSULTOR 1855


ra de Cuentas, y las Comisiones creadas para firmar los re-
feridos billetes de Caja, estarn bajo la inspeccin de la re-
ferida Cmara de Cuentas, para que pueda llevar una noti-
cia exacta del nmero de billetes emitidos, sus valores, co-
menzando a numerarlos por una nueva series, para todo lo
cual se entender con el Ministro de Hacienda, o con la per-
sona que ste designare, a fin de remover cualquier emba-
razo.
Los artculos 15, 16, 17, 18, 19 y 20 fueron aprobados.
Ledo el artculo 21, el Honorable Jos Mara Morales
pidi se suprimiese la palabra malversacin, y as fu apro-
bado por la mayora.
Los artculos 22 y 23 fueron aprobados. El artculo 24.
fu redactado en estos trminos: Instalada la Cmara de
Cuentas, el Ministro de Hacienda har que se le pasen todas
las Cuentas de la Repblica, del ao pasado, para que sean
examinadas inmediatamente y que con el estado de ellas se
d cuenta al Senado Consultor, para su aprobacin o lo de-
ms a que haya lugar, en los trminos expresados por la
Constitucin y la present Ley. Dicho artculo fu aprobado
lo mismo que el 25 y 26.
Terminada la lectura del proyecto, y agotada la orden
del da, el Presidente convoc al Senado Consultor para el
Lunes 19, a fin de leer y discutir por tercera vez dicho pro-
yecto de ley.- T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.-
F. Perdomo.



SESSION DEL 19 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 19 das del mes
de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana, se abri la
la sesin del Senado Consultor en presencia de la estricta











DOCUMENTS LEGISLATIVOS


mayora compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Jo-
s Mara Morales, Felipe Alfau y Felipe Perdomo. Se ley
y aprob el acta del da anterior.
En seguida procedise a dar la tercera lectura al proyec.
to de la Ley sobre Cmara de Cuentas. Ledo el artculo 19
fu aprobado por la mayora. El artculo 29 y subsecuentes,
hasta el 13 inclusive, fueron aprobados sin observacin al-
guna.
El artculo 14 fu modificado conforme la opinion del
Honorable Perdomo, esto es, que en vez de sellar la Cmara
los billetes de Caja un mes despus de su instalacin lo hi-
cieran inmediatamente que se instalara.
Los artculos 15, 16, 17, 18 y 19 fueron aprobados.
El Honorable Perdomo pidi que el artculo 20 se mo-
dificara en estos trminos: que en vez de remitir la Cmara
de Cuentas al Senado Consultor, un double de las Cuentas ge-
nerales, se dijese un double del estado general de las Cuentas.
Esta modificacin fu admitida.
Los artculos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 fueron aprobados.
Concluida la lectura, el Presidente manifest al Senado
Consultor la necesidad que haba de leer, discutir y sancio-
nar cuanto antes la Ley sobre Organizacin Judicial, segn
lo recomendaba en su Mensaje el Poder Ejecutivo y el Mi-
nistro de Justicia en su Memoria.
En esta virtud, qued sealado el da 22, para dar a
dicho proyecto de ley, la primera de las lectures, exigidas
por la Constitucin.
Agotada la material para que fu convocada la Corpo-
racin, se concluy la sesin siendo las doce y media del da.-
T. Bobadilla.- F. Alfau.- Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.











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SESSION DEL 20 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte das del
mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maana se
abri la sesin del Senado Consultor con asistencia de los
Seores Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Jos Maria Mo-
rales y Felipe Alfau.
Procedise a la verificacin de los poderes del Seor
Jos Mara Medranp, electo Senador por la Provincia de La
Vega, y habindose encontrado en buena y debida forma
prest, ante el Presidente del Senado, el juramento exigido
por la Constitucin.
Dise lectura al acta de la sesin anterior y se firm
lo que en aqulla se aprob.
En conformidad a la orden del da se di la segunda
lectura al Reglamento interior y despus de algunas modifi-
caciones y adiciones fu aprobado.
Concluida la lectura del proyecto del Reglamento el
Honorable Presidente hizo la siguiente mocin: Seores: De-
biendo el Senado corresponder a la confianza que los pue-
blos han depositado en sus elegidos, es preciso poner en
prctica todos los medios que se crean conducentes al bien
y felicidad de los asociados. Yo soy de sentir que para me-
jorar cuanto antes la condicin de los empleados y la de los
defensores de la Patria, es indispensable se reformen los
Aranceles de Aduana vigentes y se reduzca el nmero del
Ejrcito, como el de los empleados en los diversos ramos de-
la Administracin Pblica. Para el efecto creo muy oportuno
dirigirnos al Ministro de Hacienda para que bien sea por s,
o por medio de una comisin nombrada al efecto, formule y
present al Senado Consultor un proyecto de dichos Aran-
celes, con todas las reforms que l crea convenient intro-
ducir. Propongo tambin se pida al Poder Ejecutivo un es-











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tado de todos los sueldos que actualmente abona el Erario,
con la clasificacin de aquellos que se pagan en moneda
fuerte.
El Honorable Medrano apoy y corrobor la mocin
hecha por la Presidencia.
El HONORABLE PERDOMO: Yo creo que lo primero que
debe pedirse al Ejecutivo, es la reduccin de los empleados,
y del Ejrcito para tener nosotros un punto de partida. El
Poder Ejecutivo es el nico hbil a fijar el nmero del Ejr-
cito, porque es al que est encomendada la seguridad p-
blica, y es tambin el que mejor puede indicarnos el nmero
de empleados que crea indispensable para facilitar el pron-
to despacho de los negocios.
Presntenos el Poder Ejecutivo el program que se pro-
pone seguir y nosotros secundaremos su deseo prestndole
nuestra cooperacin. Si se estancan algunos artculos de con-
sumo, si se aumenta el pago de los derechos de Aduana y si
se fija precio a la onza, dbese inmediatamente remunerar,
del mejor modo possible, a la clase sueldista y a los milita-
res, no slo porque as lo reclama la razn y el deber, sino,
lo que es ms, para justificar esa media y para que el p-
blico se convenza que el Senado, al proceder de ese modo,
no tuvo otro objeto que el bien y felicidad de la Repblica;
digo de la Repblica, Seores, porque casi todos los que la
componen son empleados o militares y que hasta hoy han
servido a la Patria sin retribucin, si se atienen al sueldo in-
significante que perciben.
El HONORABLE MEDRANO: En todo estoy de acuerdo
con la mocin presentada por la Presidencia, porque creo
que debemos tomar prontas medidas, a fin de mejorar la si-
tuacin actual.
El HONORABLE BOBADILLA: Como creo que el Senado
est dispuesto a marchar en todo de acuerdo con el Poder
Ejecutivo sera muy til combinar con l un plan de mejo-
ras, y ver el mejor modo de reducir el Ejrcito, de organizer
la Guardia Cvica, de procurar hacer todas las economas











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posibles y de aumentar las rentas del Estado, bien sea es-
tancando algunos artculos de general consumo como la ha-
rina, la sal y otros que indica el Ministro de Hacienda en su
Memoria, o bien sea estableciendo que los impuestos de
Aduana se cobren en moneda fuerte o su equivalent en pa-
pel moneda, al precio corriente de la onza; creo tambin que
estancando el tabaco, producira un bien, tanto al Erario
como a los cultivadores, haciendo que se aumentara el n-
mero de stos.
El HONORABLE ALFAU: Yo creo que la reorganizacin
del Ejrcito no debe hacerse tan imperfecta como otras ve-
ces, pues creo que con un Ejrcito de dos mil hombres de in-
fantera ligera, bien retribuidos, se regularizara mejor el
servicio, y se efectuara lo ms pronto la organizacin de la
Guardia Cvica; en esta virtud propongo que para realizar
esta media, y otras que interesan al inters pblico, pida-
mos al Gobierno que nos indique la hora en que pueda tener
lugar una conferencia, a fin de evitar tropiezos en nuestra
march.
Esta opinion fu acogida por la mayora del Sena-
do, y se dispuso oficiar al Gobierno en este sentido.
Con esto, y siendo avanzada la hora, se concluy la se-
sin siendo las doce del da.- T. Bobadilla.- J. M. Medrano.-
Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 21 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 21 das del mes
de Marzo de 1855, siendo las diez y media de la maana se
abri la sesin del Senado Consultor, con asistencia de los
Honorables Toms Bobadilla, Felipe Alfau, Jos Mara Mo-
rales, Felipe Perdomo y Jos Mara Medrano.












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Dise lectura a una comunicacin del encargado del Po-
der Ejecutivo en contestacin a la que el Senado le haba
dirigido el da anterior por la que decia estar dispuesto a
,contribuir a todo lo que tuviera relacin con la felicidad de
la Repblica, y a recibir con gusto a los miembros del Sena-
do a las once de esa misma mafiana en la casa de Gobierno,
por no poder verificarse la reunin en el Palacio del Con-
greso, con la reserve que exiga la importancia de las ma-
terias.
A la hora indicada por el Poder Ejecutivo el Senado
Consultor se transport al Palacio de Gobierno donde se ha-
llaba reunido el Consejo de Ministros, presidido por el Vice-
Presidente de la Repblica.
El Honorable Bobadilla tomando la palabra se express
.en estos trminos:
Seor Vice-Presidente: El Senado Consultor ha acogido con
alto aprecio las diferentes medidas que en sus Memorias se le han
sometido por los Seores Secretarios de Estado; y comprende que
cuando un pueblo est sumido en la calamidad general, los que
han sido llamados a regir los destinos deben lanzarse con intrepi-
dez y firmeza para remediar el mal que les abruma.
Las fluctuaciones del papel moneda y el espantoso agiotaje que
ha tenido durante su circulacin, sin entrar por ahora en otras cau-
-sas, ha sido un mal que ha afectado a la generalidad de los habitan-
tes, y que ha pesado y pesa directamente sobre la clase sueldista
que puede decirse que es la que ms ha sufrido, porque recibiendo
del Tesoro pblico por su valor nominal los billetes de Caja, al ha-
cer uso de ellos, han sufrido la aumentacin del cambio, y puede
decirse que todos han estado sirviendo sin una just y debida re-
tribucin.
Las medidas que el Gobierno tom para mejorar la posicin
de algunos empleados, concedindoles a unos sus sueldos en moneda
fuerte, a otros una parte y a otros un sobresueldo, lejos de haber
remediado el mal, no habr podido menos de excitar murmuracio-
nes y descontentos de parte de los que no han sido nivelados o
igualados en esta media, que no teniendo por base la igualdad no
puede decirse que es just, ni es possible tampoco continuar gober-
nando con ella por las grandes dificultades que se presentan.
Por el Poder Ejecutivo se ha dicho al Senado Consultor que
se requieren leyes para que la recaudacin de los derechos de Adua-














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na se haga en moneda fuerte a un 25 por ciento o su equivalent en
papel moneda, a como corran otras para estancar la harina, la sal,
y la plvora, para crear recursos nuevos y aumentar los sueldos de
los empleados pblicos o mejorarlos con algn aumento, sin enu-
merar otras leyes de organizacin y de utilidad pblica en que
actualmente se ocupa.
Como estas medidas envuelven una complicacin porque los
recursos que han de crearse deben estar en armona con los gastos
que hayan de hacerse, el Senado Consultor se encuentra en una
grande perplejidad y queriendo marchar de acuerdo con el Poder
Ejecutivo para que todas las medidas que se tomen cedan en el
mayor bien possible, pide al Ejecutivo:
1---Que se sirva disponer que el Ministro Secretario de Ha-
cienda, por s o nombrando una comisin de comerciantes al efecto,
proceda a la reformacin de los aranceles de Aduana, clasificando
y fijando el precio de los efectos y mercancas a la que deba ser,
para en su vista, estatuir el Senado lo que corresponda sobre este
particular.
29-Que se proceda inmediatamente por el Ministro de la Gue-
rra a presentar el plan de reforms sobre el Ejrcito, que se ha
pedido, fijando el pie de l, conforme a las circunstancias actuales
y a la necesidad de la defense y seguridad del pas a cargo del Po-
der Ejecutivo.
39-Que asimismo se le d al Senado el plan de la nueva or- *
ganizacin que haya de hacerse en la Guardia Cvica para poder
former la ley de su creacin.
49-Que tambin se proceda a former un proyecto de ley so-
bre los sueldos de los empleados en general que la Repblica para
con los ingresos y egresos y las economas que se hagan, poder
combinar lo que se pueda dar a cada uno en moneda fuerte o su
equivalent en papel a como corra, y el resto en moneda papel
por su valor nominal.
59-Que se le present al Senado Consultor el plan que se ha
propuesto de reduccin de empleados en las diferentes oficinas co-
mo medio de economa.
El Senado Consultor cree que estas noticias le son del todo
indispensables para las mejoras que se propone el Gobierno y para
el acierto con que debe proceder secundando los pensamientos del
Poder Ejecutivo.
Sin embargo, el Senado cree que el ramo del tabaco, si pudie-
ra lograrse colocar su producido en algunos de los mercados de
Europa a un precio fijo y convenient, podra tambin estancarse
y esta media no slo aumentara los recursos, sino que tambin
producira un gran bien para el pas, porque comprndose a los












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cosecheros a un precio regular, estimara su cultivo y dejara muy
buenos resultados.
Este ramo, que es uno de los ms importantes, podra propor-
cionar no slo para ir amortizando el papel moneda, sino para va-
riar nuestro sistema monetario, presentando una garanta a los
billetes de caja, que se sustituyeran a los que se retiraran de la
circulacin aumentando la de monedas extranjeras que tienen cur-
so legal en el territorio de la Repblica.
El Senado Consultor ha credo de su deber someter todo esto
a la consideracin del Poder Ejecutivo y est dispuesto a hacer en
el acto todas las aclaraciones que se crean necesarias para el acierto
debido, animndole solamente el gran deseo de remediar los males
que aquejan la situacin actual, y en cumplimiento de sus deberes.
Despus que se dieron verbalmente a los miembros del
Poder Ejecutivo, tanto por el Presidente como por los de-
ms miembros del Senado Consultor, diferentes aclaracio.
nes sobre los puntos y observaciones que se les haban some-
tido; los Seores que componen el Poder Ejecutivo acogie-
ron las proposiciones hechas por el Senado Consultor, y el
Seor Ministro de Hacienda ofreci que se ocupara inme-
diatamente de nombrar una Comisin para la reform del
Arancel de Aduana; y que presentara lo ms pronto possible
un estado de los sueldos en general de los empleados de la
Repblica y de las rebajas de los empleados que deban ha-
cerse en las diferentes oficinas, para que queden fijadas de
un modo convenient y positive. Tambin ofreci presentar
un proyecto de ley sobre Hacienda Pblica por adolecer la
que actualmente rige de algunos vicios esenciales.
El encargado del Ministerio de Guerra y Marina ofre-
ci tambin ocuparse de presentar el plan de la organizacin
del Ejrcito, y en cuanto a las proposiciones hechas sobre el
estanco del tabaco, el Seor Ministro de Hacienda manifes-
t que ya haba hecho algunas proposiciones a la adminis-
tracin general de tabaco en Francia, porque le pareca que
el estanco de este ramo poda producer ventajas muy favo-
rales a la Repblica y a sus habitantes, dando un impulso
general al cultivo, y asegurando a los cosecheros una venta
fija de su fruto con ventajas muy positivas.











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Y siendo como la una del da los Honorables miembros
del Senado se retiraron al Palacio, lugar ordinario de sus

Se ley el acta de la sesin anterior y fu aprobada sin
observaciones. Redactse la orden del da de maana, con el
objeto de discutir por primera vez el proyecto de Ley sobre
Cmara de Cuentas. Se le acord un permiso al Honorable
Felipe Alfau para pasar a la Comn de Higey y en consi-
deracin a lo avanzado de la hora se concluy la present
sesin siendo la una del da.- T. Bobadilla.- J. M. Medrano.-
Jos Ma. Morales.- F. Alfau.- F. Perdomo.


SESSION DEL 22 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Tomas Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 22 das del mes
de Marzo de 1855. se abri la sesin del Senado Consultor
siendo las diez de la maana, en presencia de los Honorables
Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Jos Mara Morales, Jos
Mara Medrano, y estando excusado el Honorable Felipe Al-
fau. Dise lectura al acta de la sesin anterior, y se firm lo
que en aqulla fu aprobado.
El Honorable Presidente manifest que se iba a proce-
der a la primera discusin de la Ley de Cmara de Cuentas
y de consiguiente el Seor Secretario archivista Urea em-
prendi la lectura de ella.
El artculo 19 fu aprobado sin observacin.
El artculo 29, que atribua a la Cmara el nombra-
miento de su Presidente, a proposicin del Honorable Mo-
rales se le adicion tambin el nombramiento de un Vice-
Presidente y un Secretario.
Al artculo 39, a proposicin del Honorable Bobadilla,
que objet la necesidad que tena de economizar, se le refor-
m, fijando un Secretario archivista en vez de los dos Se-











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cretarios que determinaba el artculo para los trabajos de la
Cmara.
Los artculos 49, 59 y 69 fueron aprobados.
El artculo 79, a proposicid del Honorable Perdomo,
se modific haciendo extensive la incompatibilidad del car-
go de miembro de la Cmara con todo otro empleo pblico
except el de Defensor.
El artculo 89 se aprob.
Al discutir el artculo 99, el Honorable Bobadilla ma-
nifest la conveniencia que haba en que la Cmara exami-
nase las cuentas de la Administracin, no atendindose rgi-
damente a los presupuestos anuales, sino que tambin admi-
tiese los gastos extraordinarios que el Poder Ejecutivo se
viese en la necesidad de hacer. Opinin que fu rebatida por
el Honorable Perdomo y apoyada por el Honorable Medra.
no, haciendo present que slo de lo votado por la Ley de
Presupuestos poda disponer el Poder Ejecutivo segn la
Constitucin. El artculo permaneci tal como estaba, de
acuerdo con este ltimo parecer.
Todos los dems artculos, desde el 10 hasta el ltimo
inclusive, fueron unnimemente aprobados.
Acabada la primera discusin de la Ley de Cmara de
Cuentas, el Honorable Presidente fij su segunda discusin
para el Martes 27 de los corrientes.
En seguida el Honorable Bobadilla, apoyado por el
Honorable Morales, present un proyecto de ley sobre la ad-
ministracin provincial y el Senado le tom en consideracin
y design el Sbado 24 de los corrientes, para darle la pri-
mera de las lectures exigidas por la Constitucin.
El Honorable Presidente fij el da de maana 23 de
los corrientes para la primera lectura de la Ley de Organiza-
cin Judicial y el veinte y cuatro para la tercera lectura del
Reglamento interior.
Con lo que se concluy la sesin, siendo las doce del
da.- T. Bobadilla.- 1. M. Medrano.- Jos Ma. Morales.- F.
Perdomo..











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SESSION DEL 23 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y tres das
del mes de Marzo de 1855, se abri la sesin del Senado
Consultor, siendo las diez de la maana, en presencia de la
mayora, compuesta de los Honorables Toms Bobadilla,
Felipe Perdomo, Jos Mara Morales, y Jos Mara Me-
drano.
Dise lectura y aprobse el acta de la sesin anterior.
Despus el Honorable Presidente advirti que se iba a
dar la primera lectura de la Ley de Organizacin Judicial,
sobre lo que el Honorable Morales pidi aclaraciones, di-
ciendo que si era iniciacin de un proyecto lo que se haca,
o si se consideraba como una ley ya iniciada por la Legisla-
cin pasada, sometida al Poder Ejecutivo y devuelta por s-
te con observaciones.
A lo que satisfizo el Honorable Perdomo diciendo que
el Senado deba considerarla o como un proyecto sometido
de nuevo para decretarla segn el parecer del Senado, o co-
mo objetada por el Poder Ejecutivo y en ese caso sera ne-
cesario discutir limitadamente los artculos objetados, segn
la Constitucin.
El Honorable Bobadilla aadi que debe considerarse
como un proyecto de ley, en razn de que segn la nueva
Constitucin hay variedades muy sustanciales, y que adems
deben agregarse muchas cosas importantes a este proyecto,
que no tena el anterior; fu apoyada esta opinion por el Ho-
norable Medrano y todos se adhirieron a ella.
El Secretario comenz la lectura de la Ley de Organi-
zacin Judicial; y concluida que fu, el Honorable Presiden-
te pregunt a los Honorables miembros si no tenan alguna
mocin que hacer. No habindose ofrecido ms nada, el Ho--











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norable Presidente levant la sesin siendo la una y media
del da.- T. Bobadilla.- J. M. Medrano.- Jos Ma. Morales.-
F. Perdomo.



SESSION DEL 24 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y cuatro
das del mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maa-
na se abri la sesin del Senado Consultor, a presencia de la
mayora compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, fe-
lipe Perdomo, Jos Mara Medrano y Jos Mara Morales.
Se ley el acta de la sesin del da anterior y fu apro-
bada despus de algunas observaciones.
El President orden la primera lectura del proyecto de
ley sobre administracin provincial, la cual, no habiendo
quien observara nada, fu efectuada por el Secretario. En
seguida y de acuerdo con la orden del da el Presidente
anunci que iba a procederse a la tercera lectura y sancin
del Reglamento interior.
El Honorable Perdomo tomando la palabra dijo que si
se iba a sancionar el Reglamento interior, lo dejaran para el
Lunes 26 de los corrientes, a fin de que el Honorable Do-
mingo Pichardo que se hallaba en esta Capital asistiera a
esa sesin, y tomara parte en la discusin y sancin del Re-
glamento.
Los Honorables Morale- ? Medrano opinaron en contra y
se determine por la mayora que fuera discutido y sanciona-
do en la present sesin.
Ledo que fu el artculo 19, fu sancionado. Lo mismo
que los artculos 29 hasta el 57 inclusive.
El artculo 58 sufri la siguiente modificacin hecha
por el Honorable Felipe Perdomo: Las sesiones ordinarias











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tendrn lugar todos los das no feriados de la semana, ex-
cepto el Sbado que se dejar franco para arreglar los traba-
os del Despacho; dicha modificacin fu admitida a una-
nimidad.
Ledos que fueron los artculos 59 hasta el 66 inclusi-
ve, fueron sancionados.
Concluida que fu la lectura del Reglamento interior,
la mayora determine que el Martes 27 de los corrientes se
nombrara el Vice-Presidente del Senado Consultor.
Agotada que fu la orden del da, se concluy la sesin
siendo las once y media de la maana.- T. Bobadilla.- 1. M.
Medrano.- Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.



SESSION DEL 27 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y siete
das del mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maa-
na se abri la sesin del Senado Consultor con asistencia de
los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Jos Ma-
ra Morales y Jos Mara Medrano.
Procedise a la verificacin de los poderes del Honora-
ble Domingo Pichardo, electo Senador por la Provincia de
Santiago, y habindose encontrado en buena y debida forma,
la Presidencia le invit a prestar el juramento exigido por la
Constitucin, lo que se efectu en la forma acostumbrada.
En seguida redactse la orden del da de maana, fi-
jando en ella la eleccin del Vice-Presidente del Senado, y
la segunda discusin del proyecto de ley de Cmara de Cuen-
tas, y habiendo recibido una invitacin del Poder Ejecutivo
para que el Senado se transportara al Palacio de Gobierno
por la necesidad que tena aqul de or su dictamen acerca
de algunos negocios importantes, deliber trasladarse inme-











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diatamente cerca del Poder, y se suspendi la sesin siendo
las once y media de la maana.- T. Bobadilla.- J. M. Medra-
no.- Jos Ma. Morales.- F. Perdomo.


SESSION DEL 28 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y ocho
das del mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la maa-
na se abri la sesin del Senado Consultor en presencia de
los Honorables Toms Bobadilla, Jos Mara Medrano, Fe-
lipe Perdomo y Domingo Pichardo.
Se ley el acta de la sesin anterior y fu aprobada sin
observaciones.
En conformidad a lo dispuesto en la orden del da, se
procedi a la segunda discusin de la Ley de Cmara de
Cuentas. Ledo el artculo 19 fu aprobado. El Honorable
Perdomo propuso un artculo redactado en estos trminos:
Los miembros de la Cmara de Cuentas durarn en sus fun-
ciones cinco aos, pudiendo ser reelectos indefinidamente,
y no podrn ser removidos sino por el Senado Consultor; ni
suspendidos o destitudos sino por acusacin legalmente in-
tentada y admitida o por sentencia judicial. Dicho artculo
fu aprobado.
El artculo 39 sufri una pequea adicin propuesta
por el Honorable Pichardo; esto es: que a ms del archivista
hubiera un official meritorio que est exento de todo otro ser-
vicio pblico, para facilitar mejor los trabajos de la Cmara.
Los artculos 49, 59, 69, 79 y 89 fueron aprobados.
La segunda atribucin del artculo 99 fu modificada
por el Honorable Pichardo en los trminos siguientes: Los
Sub-delegados particulares de Hacienda debern dentro de
los seis primeros das de cada mes, remitir a los Administra-
dores de Provincias las cuentas del mes anterior, para que











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stos, el da diez de cada mes a ms tardar, las remitan al
Contador General de Hacienda, con todos los comprobantes
y estados necesarios, a fin de que el Contador General pue-
da examinarlas, arreglarlas y centralizarlas cada tres me-
ses. Exceptunse de estas disposiciones las Administracio-
nes de Puerto Plata y Saman, que a principios de cada mes
debern remitir sus cuentas a la Contadura General.
Los artculos 10 hasta el 19 inclusive fueron aprobados.
El artculo 20 sufri una ligera alteracin introducida
por el Honorable Bobadilla, esto es, que en vez de aprobar
o desaprobar el Senado Consultor, las cuentas del ao ante-
rior, se dijera: aprobar o desaprobar por un decreto el to-
do, o parte de las cuentas del ao anterior.
Los artculos 21, 22 y 23 fueron aprobados. El artculo
24, fu aprobado tambin con una pequea adicin propues-
ta por el Honorable Pichardo.
Los artculos 25 y 26 fueron aprobados.
El Honorable Perdomo propuso se adicionara un artcu-
lo fijando el uniform que deban usar los miembros de la
Cmara de Cuentas y fu redactado en estos trminos: El
vestido de los miembros de la Cmara de Cuentas es casaca
cuadrada azul, con cuello y botas de terciopelo carmes, bor-
dadas de oro del ancho de doce lneas, y este mismo borda-
do en las carteras; espada y sombrero apuntado, con la cu-
carda national y con llores de caneln.
El artculo 28 y ltimo fue aprobado.
Terminada la lectura y discusin del proyecto, el Pre-
sidente consult al Senado si se difera la eleccin del Vice"
President hasta la prxima sesin en que quiz se encontra-
ra mayor nmero de Senadores y as fu dispuesto por la
mayora.
En esta virtud y habindose agotado la material, se re-
dact la orden del da de maana a fin de proceder a la se-
gunda lectura de la Ley sobre Organizacin Judicial, y se
concluy la sesin siendo las doce del da.- T. Bobadilla.-
J. M. Medrano.- Domingo D. Pichardo.- F. Perdomo.











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SESSION EXTRAORDINARIA DEL 28 DE
MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y ocho
das del mes de Marzo de 1855, y 129 de la Patria, siendo
las cuatro de la tarde, se reunieron en sesin extraordinaria
los miembros del Senado Consultor:
Toms Bobadilla, Presidente, Felipe Perdomo, Jos
Mara Morales, Jos Mara Medrano y Domingo Daniel Pi-
chardo, para ocuparse sobre una nota official del Ministro
del Interior y Polica, con fecha del da 26 de los corrientes
en que pone en su conocimiento que el 25 de los corrientes,
en la noche, fu descubierta en esta Capital una conspiracin
que tena por objeto derrocar al Gobierno, excitando a los
dominicanos a que se armasen unos contra otros, pero que
la accin pronta y enrgica del Gobierno, sostenida por los
verdaderos amantes del orden, sofoc la conspiracin y se
pudieron capturar algunos de los principles cabecillas y
otros se refugiaron en algunos consulados extranjeros: que
desde entonces no ha cesado el Poder Ejecutivo de tomar
todas las medidas necesarias para conservar la tranquili-
dad y seguridad pblica, y para que se persiga a los cons-
piradores; que no obstante que por el pargrafo nico del
Art. 35 de la Constitucin las medidas que tome el Poder
Ejecutivo en los casos previstos por el inciso 22 deben ser de
acuerdo con el Senado Consultor, por las circunstancias
apremiantes las medidas que se han tomado, no han permiti-
do consultarlos previamente a reserve de dar cuenta en me-
jores circunstancias.
Despus de haber visto y examinado detenidamente esta
comunicacin, el Senado Consultor resolvi que se contes-
tase al Ministro del Interior y Polica que el Senado Consul-











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tor ha estado y est muy dispuesto a cooperar con el Poder
Ejecutivo todas las medidas que sean indispensables para la
conservacin de la Repblica, y a darle su opinion en todos
los casos de inters y orden pblico, as como lo ha verifi-
cado en los das 26 y 27 de los corrientes; y que no duda
que en tan important material el Poder Ejecutivo obrar
siempre con la exactitud y acierto que corresponda a tan im-
portante fin.
Todos fueron tambin de acuerdo que se hiciese pre-
sente al Poder Ejecutivo la disposicin del Art. 35, inciso
28 de la Constitucin, que dice: que el Poder Ejecutivo pue-
de conmutar la pena capital, por apelacin hecha a su gra-
cia, la cual produce suspension de la ejecucin, porque como
el Decreto de 18 de Enero de 1845 que se ha mantenido, ha-
blando de los conspiradores dice que seran ejecutadas las
sentencias de muerte sin apelacin, debiendo imperar el tex-
to de la Constitucin se hace de necesidad advertirlo, para
que el Ejecutivo lo comunique a quien corresponda, a fin de
que si resultaren condenados a muerte en la causa de cons-
piracin de que se trata, no se les impida este recurso en gra-
cia, pudiendo mantenerse los reos en segura custodia, hasta
que se decide del modo que prescribe la Constitucin; y que
en estos trminos se contest la nota official ya citada, acom-
pandosele copia de esta acta.
Con lo que se concluy la sesin siendo las cinco y me-
dia de la tarde.- T. Bobadilla.- Domingo D. Pichardo.- 1. M.
Medrano.- F. Perdomo.



SESSION DEL 29 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los veinte y nueve
das del mes de Marzo de 1855, siendo las diez de la mafia.











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na, se abri la sesin del Senado Consultor, con asistencia de
los Honorables Toms Bobadilla, Jos Mara Morales, Do-
mingo Daniel Pichardo, Felipe Perdomo y Jos Mara Me-
drano.
Se ley y aprob el acta de la sesin anterior sin obser-
vacin alguna. Procedise a la eleccin del Vice-Presidente
del Senado, segn lo dispuesto en la orden del da, y result
el electo, por mayora absolute, el Honorable Felipe Alfau,
e inmediatamente fu proclamado Vice-Presidente del Sena-
do Consultor.
En seguida se dispuso participar dicha eleccin al Ho-
norable Alfau, hacindole present que en las circunstancias
actuales se haca necesaria su presencia en el Senado, no obs-
tante el permiso que le fu acordado en estos ltimos das.
En este mismo sentido se dispuso escribir al Honorable Be-
nigno Filomeno de Rojas, Senador por la Provincia de San-
tiago.
Dise principio a la segunda lectura del proyecto de ley
sobre organizacin judicial, y vista su extension y lo avanza-
do de la hora, se suspendi la sesin para continuar el da
de maana la lectura de dicho proyecto de ley, y sancionar
definitivamente la ley de Cmara de Cuentas.
Con lo que se concluy la sesin siendo las doce del da.
T. Bobadilla.- Domingo D. Pichardo.- J. M. Medrano.- F.
Perdomo.



SESSION DEL 30 DE MARZO DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los treinta das del
mes de Marzo de 1855, siendo las nueve y media de la ma-
liana se abri la sesin del Senado Consultor, estando pre-
sente la mayora compuesta de los Honorables Toms Bo-













SENADO CONSULTOR 1855 71

badilla, Felipe Perdomo, Domingo Daniel Pichardo, Jos
Mara Medrano y Jos Mara Morales.
Se di lectura al acta de la sesin anterior y fu san-
cionada.
En conformidad a lo dispuesto en la orden del da,
continuse la lectura del proyecto de ley sobre Organizacin
Judicial.
En seguida se sancion artculo por artculo la siguien-
te Ley sobre Cmara de Cuentas:
EL SENADO CONSULTOR
Previas las tres lectures Constitucionales y en virtud de su
iniciativa, en nombre de la Repblica Dominicana, ha dado la
siguiente
LEY QUE ESTABLECE UNA CAMERA DE CUENTAS
CAPTULO 1

De la Organizacin
Articulo 19- Se establecer una Cmara de Cuentas perma-
nente, compuesta de cinco miembros nombrados por el Senado
Consultor, segn lo dispuesto en el Art. 59 de la Constitucin.
Art. 29- La permanencia de los miembros de la Cmara de
Cuentas es en la Capital de la Repblica: durarn en sus funciones
cinco aos, y pueden ser reelectos indefinidamente; no podrn ser
removidos sino por el Senado Consultor; ni suspendidos o destitu-
dos sino [por] acusacin legalmente intentada y admitida, o por
sentencia judicial.
Art. 39-La Cmara nombrar un Presidente, un Vice-Presi-
dente y un Secretario de los miembros de su seno, por escrutinio
formal, los cuales durarn en sus funciones un ao, pudiendo ser
reelectos indefinidamente.
Art. 49- Habr un Secretario archivista y un official meritorio
que estar exento de todo otro servicio pblico, y un portero para
los trabajos de la Cmara, quien los nombrar procurando que la
eleccin recaiga en personas aptas para el mejor desempeo.
Art. 59-Los miembros de la Cmara de Cuentas, el Secretario
archivista y el portero, gozarn de los sueldos que les asigne la ley.
Art. 69-La Cmara puede nombrar Comisiones auxiliares
.en los casos que lo juzgue convenient, bien sea para comprobar los
precious corrientes cuando parezcan excesivos o fraudulentas las ad-













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quisiciones hechas por los agents de la administracin, bien para
ilustrar su juicio sobre cualquier material, para verificacin, reco-
nocimiento y dems casos que juzgue necesario: dichas Comisiones
sern compuestas de comerciantes, artesanos u otras personas en
quienes concurra la aptitud necesaria.
Como estas Comisiones son transitorias, honorficas, gratuitas
y obligatorias, ningn dominicano puede excusarse sin una causa
legitima.
Art. 79- Para el rgimen interior de la Cmara har sta un
reglamento que establezca las reglas convenientes para la regulari-
dad de sus trabajos.
Art. 89- Para ser miembro de la Cmara de Cuentas se nece-
sita estar en el goce de los derechos civiles y polticos y tener la
edad de veinte y cinco aos cumplidos.
El cargo de miembro de la Cmara de Cuentas es incompati-
ble con el empleo de Ministro Secretario de Estado, empleado de
Hacienda, de Justicia y todo otro empleo pblico except el de
Defensor.
Art. 90- La Cmara de Cuentas en las ceremonies pblicas,
tomar lugar a la cabeza del Cuerpo Administrativo.

CAPTULO II '
Atribuciones de la Cmara de Cuentas

Art. 10.- Son atribuciones de la Cmara de Cuentas:
la-Examinar y controlar las cuentas de la Contadura gene-
ral, la de las Administraciones particulares y subalternas de Hacien-
da Pblica, las de las Administraciones de Correos, Aduanas, Alma-
cenes de Estado, Arsenales, Hospitales, Ayuntamientos y cuales-
quiera otras oficinas de Hacienda, que haya establecidas o que pue-
dan establecerse en adelante, cual que sea su denominacin. Las
cuentas de la Administracin de Hacienda sern examinadas con-
forme a los presupuestos anuales, y leyes votadas por el Poder
Legislative.
2a- Los subdelegados particulares de Hacienda debern dentro
de los seis primeros das de cada mes, remitir sus cuentas a los
administradores de Provincias del mes anterior, para que stos,
el da diez de cada mes a ms tardar, las remitan al Contador de
Hacienda con todos los comprobantes y estados necesarios, a fin de
que el referido Contador General pueda examinarlas, arreglarlas y
centralizarlas cada tres meses.
Exceptundose de esta disposicin las Administraciones de
Puerto Plata y Saman, que a principio de cada mes debern remi-
tir sus cuentas a la Contadura General













SENADO CONSULTOR 1855


34- Participar al Ministro de Hacienda la inexactitud de sus
empleados, o las cuentas que adolezcan de vicios o informalidades,.
y que presented dificultades en su arreglo, a fin de que inmediata-
mente los haga comparecer ante la Cmara, si sta lo estima nece-
sario, para todas las aclaraciones o dems fines que convengan.
4k-- La Cmara pondr en conocimiento del Poder Ejecutivo,.
por conduct del Ministro de Hacienda, las faltas justificadas o le-
galmente apoyadas que cometan los empleados del ramo, por ne-
gligencia, descuido o incapacidad y que deban ser removidos de sus
destinos, lo mismo que los de aquellos que, por malversacin, frau-
de, torpes manejos o faltas graves, deban ser perseguidos o casti-
gados conforme a las leyes, sin que por esto quede sujeta la Cmara
a ninguna responsabilidad.
5a- La Cmara debe dentro del mes de Enero de cada ao,
finiquitar las cuentas parciales de la Repblica, presentando al Se-
nado Consultor un estado que incluya la noticia general de todas
las cuentas de las diferentes Administraciones, dndole un infor-
me de las mejoras que se crean convenientes, y de todas las obser-
vaciones tiles y necesarias para el mejor arreglo de la Contabi-
lidad; y su opinion precisa sobre su aprobacin o desaprobacin de
las referidas cuentas.
6a- La Cmara de Cuentas corresponde directamente con el
Ministro Secretario y de Hacienda, con el Contador General, y de-
ms empleados del Fisco, en todo lo que sea concerniente al servicio.
7.a- Examinar los estados parciales de las diferentes Contadu-
ras, el estado central de la Contadura General y de las dems
oficinas que se sometan a su examen, averiguando la exactitud de
los guarismos y partidas, los respectivos comprobantes, la legalidad
de stos y la legitimidad de los ingresos y egresos.
Art. 11.- Transcurridos quince das despus de un trimestre
sin que se haya verificado la remisin a la Cmara de las cuentas
del anterior, y su centralizacin por la Contadura General, la C-
mara dar cuenta al Ministro Secretario de Estado y de Hacienda
para los fines convenientes.
Art. 12.- La Cmara de Cuentas llevar un double del Catastro
General de todos los bienes nacionales, as urbanos como rurales,
con designacin de su situacin y products.
Art. 13.- Los Comandantes de Resguardo e Intrpretes de
Puertos remitirn de oficio en los tres primeros das de cada mes:
a la Cmara de Cuentas, los primeros, un estado de los movimientos
del Puerto, de las entradas y salidas de los buques tanto extranje-
ros como nacionales que hagan el comercio de Ultramar y del cabo--
taje, y de las cajas, bultos y dems que hayan verificado en cada bu-
que al acto del desembarque y embarque; y los Intrpretes remiti-













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rn un double de las declaraciones que hayan recibido a la entrada
de los buques, para las aclaraciones y confrontaciones convenientes,
-sin perjuicio de lo que dispone la Ley de Hacienda sobre esta ma-
teria, y siendo personalmente responsables y sujetos a juicio por
descuido o fraude cometido en el cumplimiento de estas forma-
lidades.
Art. 14.- La Cmara de Cuentas puede pedir, no slo a los
-empleados del ramo de Hacienda, sino a cualquiera otro del ser-
vicio pblico, todos los informes que crea convenientes para facili-
tar la aclaracin de los hechos y la exactitud de su servicio.
Art. 15.- La Cmara de Cuentas verificar las operaciones del
Registro, las relatives a la explotacin de minas por lo que co-
rresponde a los intereses nacionales, la fabricacin de monedas, y
.todo lo que sea concerniente a las rentas pblicas.
Art. 16.- En caso de desaparicin de los fondos pblicos de
una administracin por robos u otros hechos, la Cmara de Cuentas
ser slo hbil para apreciar las pruebas del hecho y admitir la
excusa del empleado responsible; y si sta no se estima legtima,
lo enviar al Tribunal competent por conduct del Ministro de
'Hacienda, para que sea juzgado conforme a derecho.
Art. 17.- La Cmara de Cuentas llevar un libro general del
-activo y pasivo de la Administracin central de Hacienda, en que se
asentarn, por columns, las partidas de ingresos y egresos de cada
Administracin segn aparezca de los resmenes centrales que ca-
da tres meses haga la Contadura General, luego que sean lien
verificadas.
Esta disposicin no contrara cualquier otro sistema de escri-
tura y contabilidad que la Cmara, de acuerdo con el Secretario de
Estado y de Hacienda juzgue convenient introducir como mejora
para la mayor claridad, exactitud y regularidad de las cuentas que
se le sometan.
Art. 18.- Adems del Libro Mayor que prescribe el artculo
antecedente, la Cmara usar de los libros auxiliares, necesarios
para insertar o copiar los Catastros, las correspondencias y dems
notas que juzgue convenient, ya como activos ya como pasivos.
Art. 19.- Son igualmente de las atribuciones de la Cmara de
Cuentas, el conocimiento de los movimientos de las cajas de
Hacienda Pblica, las de los Ayuntamientos y dems Admi-
-nistraciones Comunales o de cualquiera naturaleza que sean
y de los cortes y tanteos mensuales, tanto de la Capital como de las
dems Administraciones, pudiendo exigir esta formalidad y asistir
-a estas operaciones, o nombrar personas que la represented, y pedir
los resultados de ellas para las verificaciones y dems usos conve-
.nientes.













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Art. 20.- Luego que se haya efectuado la verificacin de un
trimestre, y su transcripcin al Libro Mayor de la Cmara, los
comprobantes y piezas de contabilidad sern devueltos a la Conta-
dura General para ser archivados y custodiados.
Art. 21.- Al fin del ao, la Cmara de Cuentas remitir al Mi-
n;stro de Hacienda, un estado general de la Contabilidad ya centra-
lizada para que decrete su impresin.
Si el Ministro de Hacienda observare alguna irregularidad, de-
ber dirigirse al Senado Consultor, hacindole un informed conve-
niente, no slo para evitar en lo sucesivo irregularidades, sino para
los dems fines que puedan convenir. Al mismo tiempo, y como
ya queda ordenado en el artculo 9, inciso 59, la Cmara remitir
al Senado Consultor un double del estado general de las Cuentas,
con su opinion precisa, sobre su aprobacin o desaprobacin y con
el informed del Ministro de Hacienda, ya expresado, el Senado
segn lo dispuesto en el 39 inciso del artculo 26 de la Constitucin,
aprobar o desaprobar por un decreto, el todo o parte de las cuen-
tas del ao anterior, o decidir lo que mejor corresponda segn las
circunstancias.
CAPTULO III

De la responsabilidad de la Cmara de Cuentas
Art. 22.- Los miembros de la Cmara de Cuentas, son respon-
sables en el ejercicio de sus funciones:
19- Por descuido, omisin o negligencia culpable.
29- Por soborno, cohecho o infraccin a la Constitucin y a
las Leyes.
Art. 23.- Los miembros de la Cmara de Cuentas, sern juz-
gados ante la Suprema Corte de Justicia, luego que el Senado Con-
sultor declare en virtud de las denuncias, o quejas justificadas que
se le hagan, que ha lugar a la formacin de causa.
Art. 24.- A la instalacin de la Cmara, la Contaduria General
le dar cuenta detallada del papel sellado existente en toda la Re-
pblica, e igualmente de los billetes de Caja emitidos desde 1844,
con indicacin de sus respectivas pocas o series, de las cantidades
,amortizadas, y de las operaciones de amortizacin que se efecten
en adelante, para que lo inscriba en sus libros para la debida cons-
tancia.
Inmediatamente despus de instalada la Cmara de Cuentas,
todos los billetes de Caja que se emitan y el papel sellado que se
haga, debern llevar el sello de la Cmara de Cuentas, y las Comi-
siones creadas para firmar los referidos billetes de Caja, estarn
bajo la inspeccin de la susodicha Cmara de Cuentas para que













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pueda llevar una noticia exacta del nmero de billetes emitidos y
sus valores, comenzando a numerarlos por una nueva series, para
todo lo cual se entender con el Ministro de Hacienda, o con la
persona que ste design, a fin de remover cualquier embarazo.
CAPTULO IV
Disposiciones transitorias
Art. 25.- A la publicacin de esta Ley, el Senado Consultor,
proceder al nombramiento de los miembros que han de compo-
ner la Cmara de Cuentas para que se instale inmediatamente.
Por esta vez debern prestar el juramento constitutional, an-
tes de entrar en el ejercicio de sus funciones, ante el Gobernador
Poltico de la Capital, y en lo sucesivo se prestar el mismo jura-
mento ante el Presidente de la Cmara o el que lo reemplace.
Art. 26.- Instalada la Cmara de Cuentas, el Ministro de
Hacienda har que se le pasen todas las cuentas de la Repblica,
del ao pasado, para que sean examinadas inmediatamente, y que
con el estado de ellas, se d cuenta al Senado Consultor, para su
aprobacin o lo dems a que haya lugar, en los trminos expresa-
dos por la Constitucin y la present Ley.
Art. 27.- EA Ministro de Hacienda queda autorizado para
proveer a la Cmara de Cuentas del local convenient, de libros
a propsito, y dems enseres necesarios para la cumplida ejecu-
cin de esta Ley, que queda encomendada a su especial diligencia.
Art. 28.- El vestido de los miembros de la Cmara de Cuen-
tas es casaca cuadrada de pao azul, con cuello y botas de tercio-
[pelo] carmes, bordado de oro del ancho de doce lneas y este mis-
mo bordado en las carteras; espada y sombrero apuntado con la cu-
carda national y con flores de caneln.
Art. 29.- La present Ley deroga cualquiera disposicin que
le sea contraria y especialmente las disposiciones atribuidas por
las Leyes de Hacienda en vigor, al Consejo Administrativo, y ser
enviada al Poder Ejecutivo para su promulgacin y ejecucin den-
tro del trmino constitutional.

Disele la segunda lectura al proyecto de ley sobre go-
Ihernacin de las Provincias, y se fij el Lunes dos del mes
de Abril para darle la tercera lectura.
Habindose agotado la material para que fue convocado
el Senado Consultor, se concluy la sesin siendo las doce
del da.- T. Bobadilla.- Domingo D. Pichardo.- J. M. Medra-
no.- F. Perdomo.












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SESSION DEL 2 DE ABRIL DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los dos das del mes
de Abril, siendo las diez de la maana se abri la sesin del
Senado Consultor, en presencia de la mayora compuesta de
los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Jos Ma-
ra Morales, Jos Mara Medrano y Domingo Daniel Pi-
chardo.
Se ley y aprob el acta de la sesin anterior sin obser-
vacin alguna.
En conformidad al orden del da, el Secretario proce-
di a la tercera lectura del proyecto de ley sobre Goberna-
cin de Provincias.
Leyronse en seguida 85 artculos de la Ley de Orga-
nizacin Judicial, suspendindose en ese punto por lo avan-
zado de la hora.
Oficise al Poder Ejecutivo, remitindole la Ley de C-
mara de Cuentas, sancionada en la sesin del 30 de Marzo
expirado; y se fij el Mircoles 4 de los corrientes para pro-
ceder a su discusin.
Con lo que se concluy la sesin, siendo la una y media
del da.- T. Bobadilla.- Domingo D. Pichardo.- 1. M. Medra-
no.- F. Perdomo.



SESSION DEL 3 DE ABRIL DE 185.5

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los tres das del mes
de Abril de 1855, siendo las diez de la maana se abri la
sesin del Senado Consultor con asistencia de los Honora-











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bles Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Jos Mara Morales,
Jos Mara Medrano, y Domingo Daniel Pichardo.
Se di lectura y fu sancionada a unanimidad el acta
de la sesin anterior.
Continuse la tercera lectura del proyecto de ley sobre
Organizacin Judicial, y se fij el da nueve de los corrientes
para su primera discusin.
Y siendo- muy avanzada la hora, se levant la sesin
siendo las doce del da.- T. Bobadilla.- Domingo D. Pichar-
do.- J. M. Medrano.- F. Perdomo.



SESSION DEL 4 DE ABRIL DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los cuatro das del
mes de Abril de 1855, siendo las diez de la maana, se abri
la sesin del Senado Consultor con asistencia de los Honora-
bles Toms Bobadilla, Felipe Perdomo, Domingo Daniel Pi-
chardo, Jos Mara Medrano y Jos Mara Morales.
Se ley y aprob el acta de la 'sesin anterior sin obser-
vacin alguna.
En conformidad al orden del da, se procedi a la pri-
mera discusin de la ley de Gobernacin de Provincias. Le-
do los artculos 19 y 29 fueron aprobados.
El Art. 39, sufri la siguiente modificacin, introducida
por el Honorable Morales: Para poderse erigir un Puesto
Military de una o ms secciones, se necesita que haya un ve-
cindario de mil almas a lo menos, un ayuda de parroquia,
y las dems circunstancias de conveniencia ya expresada.
El Art. 49 fu aprobado. Ledo el Art. 59 el Honorable
Pichardo opin porque a San Carlos se le diera el ttulo de
Comn, y no de Puesto Militar, pues adems de tener una
poblacin de ms de tres mil almas, figuraba en la Ley de











SENADO CONSULTOR 1855


Patentes, de primera clase. Los Honorables Morales, Medra.
no y Bobadilla, corroboraron esta opinion. El Honorable
Perdomo manifest lo inconvenient que seria erigir en Co-
mn a San Carlos, pues habra entonces que nombrar all
Suib-delegados de Hacienda, Ayuntamientos, Comandantes
de Armas, etc., y porque siendo una gran parte de los regi-
minientos de la Capital, compuesta de militares residents de-
la jurisdiccin de San Carlos, no prestaran sus servicios en
e-a Ciudad, ni dependera tan directamente del Comandan-
te de Armas de la Capital.
El Honorable Morales contest que ese mismo inconve-
niente se haba vencido muy fcilmente en la Comn de Ha-
to Mayor, disponiendo que en cuanto a lo military dependiera
de la Comn del Seibo. El Honorable Medrano corrobor
esta manifestacin diciendo que no vea ninguna dificultad
en que San Carlos dependiera de Santo Domingo en cuanto
a lo military; que, respect a los dems ramos de Administra-
cin, no vea inconvenient alguno para no poderse erigir
en Comn, que all haba un Oficial del Estado Civil, un Al-
calde, un Comandante de Armas, un Cura, y por ltimo, que
la cuestin slo era de ttulo.
Puesto a votacin, Ja mayora, except el Honorable
Perdomo, se pronunci por la opinion del Honorable Pichar-
do, y fu declarada Comn la Villa de San Carlos.
Los Arts. 69 y 79 fueron aprobados. Ledo el Art. 89 el
Honorable Pichardo propuso que se le diera a Guayubn el
ttulo de Comn, por haberlo declarado as, aunque implci-
lamente, la misma Constitucin.
El Honorable Perdomo opin en el mismo sentido, pero-
propuso que fuese por un decreto del Senado.
Puesta a votacin la opinion del Honorable Pichardo-
fut acogida por la mayora, y qued erigido en Comn el,
Puesto Militar de San Lorenzo de Guayubn.
El Art. 99 fu aprobado, sustituyendo la palabra resi-
dencia a la de domicilio, segn la opinion del Honorabler
Perdomo.











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Ledo el Art. 10 y las I', 2a, 3a, 49 y 5a atribuciones
fueron aprobados.
El Honorable Medrano pidi se modificara la 6a atri-
bucin en cuanto a que el Jefe Poltico no presidiera las Ar-
-tes y Ciencias.
El Honorable Perdomo opinando en el mismo sentido
.dijo que si se dispona que los Gobernadores Polticos presi-
dieran las sociedades, sera se un obstculo para que se
desarrollara en el pas ese espritu de asociacin que tanto
ha contribuido al engrandecimiento y prosperidad de otras
naciones.
El Honorable Morales apoy en todo al Honorable Me-
drano, y corrobor lo expuesto por el Honorable Perdomo.
Los Honorables Pichardo y Bobadilla sostuvieron la 6a
atribucin tal cual estaba redactada en el proyecto.
Puesta a votacin, la mayora se declar en favor de
la opinion del Honorable Medrano, y se sustituy el derecho
de presidir las sociedades, con el de inspeccionarlas y prote-
gerlas.
Las atribuciones 7V y 8a fueron aprobadas.
El Honorable Pichardo propuso que la 91 atribucin se
modificara, a fin de que los Gobernadores Polticos no pu-
dieran instruir otros process que los que les estn designa-
dos por el Cdigo Penal Militar, y que en otros casos requie-
ra a la autoridad competent para la formacin de los su-
:marios.
Esta opinion fu apoyada por la mayora.
La 10a atribucin sufri una prolongada discusin sus-
citada por el Honorable Medrano, que opinaba contra la fa-
cultad que ella otorgaba a los Gobernadores Polticos de im-
poner penas de arrest hasta cinco das, sin llenar alguna
formalidad de las prescritas por la Ley sobre ese punto, y
-apoyaba su modo de pensar diciendo que la libertad indi-
vidual de la ciudadana no tena garanta alguna'desde que
-se conceda esa facultad a un Gobernador Poltico.











SENADO CONSULTOR 1855


El Honorable Perdomo fu del mismo parecer y opin
para que no se les concediese facultad de arrestar a nadie
sin que algn Tribunal competent calificase su falta como
digna de tal castigo, pues de lo contrario cualquier hombre
de bien, sin haber dado motivo, podra verse atropellado so-
lamente por prevenciones antipticas de un Jefe Poltico,
con declarada mengua de la libertad.
Rebati esta opinion el Honorable Bobadilla, diciendo
que la verdadera libertad exista solamente en el corazn del
hombre de bien, y que para el malvado, cualesquiera que
fueran las garantas y franquicias, nunca haba libertad po-
sible; y que de consiguiente sostena la atribucin, tal como
se hallaba.
El Honorable Pichardo dijo que opinaba porque pudie-
sen los Gobernadores Polticos arrestar a quien les faltase el
debido respeto, tan slo por tres das a lo sumo. De comn
acuerdo, se resolvi modificar la atribucin para la prxima
discusin.
Los artculos siguientes hasta el 17 y ltimo, fueron
aprobados con muy ligeras modificaciones.
Y concluida la primera discusin de la ley de Gober-
nacin de Provincias, el Honorable Presidente levant la se-
si4n siendo la una y media del da.- T. Bobadilla.- Domingo
D. Pichardo.- J. M. Medrano.- F. Perdomo.


SESSION DEL 9 DE ABRIL DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 9 das del mes
de Abril de 1855, siendo las 10 de la maana, se abri la
sesin del Senado Consultor, en presencia de la mayora
compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Per-
domo, Jos Mara Morales, Jos Mara MedranoY Domingo
Daniel Pichardo.











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Se ley el acta anterior y despus de unas ligeras ob-
servaciones hechas por los Honorables Bobadilla y Pichardo,
fu unnimemente aprobada.
En seguida, conforme a la ordefi del da, se comenz la
primera discusin de la ley de Organizacin Judicial de la
cual fueron aprobados los artculos 19, 29, 39, 49 y 59. En el
Art. 69, a proposicin del Honorable Pichardo, se determine
quin nombra, de quin dependent y ante quin prestan ju-
ramento los Comisarios de Polica, Intrpretes y dems ofi-
ciales municipales subalternos.
Los Arts. 79, 89, 99 y 100, fueron aprobados sin alte-
racin.
El Art. 11, a proposicin del Honorable Bobadilla, su-
fri una modificacin sobre el grado de parentesco, que po-
dra restringir la simultaneidad en la composicin de un
mismo Tribunal.
El prrafo nico de este artculo f modificado a pro-
posicin del Honorable Pichardo, y a pesar de la contraria
opinion del Honorable Morales, prohibindose en l a todo
Juez actuar como abogado ante su mismo Tribunal.
El Art. 12 fu aprobado.
En el 13 se especific, a proposicin del Honorable
Pichardo, que los jueces del lugar donde se haya cometido
el delito, sean los que prevalezcan en el derecho de conocer
de la causa para juzgar al prevenido.
Los Arts. 14 y 15 fueron aprobados.
El Art. 16, a proposicin del Honorable Pichardo, apo-
yado por la mayora, y no obstante el contrario parecer del
Honorable Morales, suprimi el derecho que las parties tie-
nen para hacerse representar por apoderados.
En este punto el Honorable Presidente suspendi la dis-
cusin de la ley, para imponer a los Senadores de una co-
municacin del Poder Ejecutivo en que peda el dictamen
del Senado sobre si se concedan pasaportes a los conspirado-
res refugiados en el Consulado britnico, segn lo solicitaba











SENADO CONSULTOR 1855


el Cnsul ingls, o si persista en reclamarlos y pedir su ex-
tradicin del Consulado, para someterlos a debido juicio.
Con esto se suspendi la sesin legislative siendo la una
del da.- T. Bobadilla.- Domingo D. Pichardo.- J. M. Me-



SESION DEL 10 DE ABRIL DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 10 das del mes
de Abril de 1855, siendo las diez de la maana, se abri la
sesin del Senado Consultor, en presencia de la mayora
compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Per-
domo, Domingo Daniel Pichardo, Jos Mara Medrano y
Jos Maria Morales.
Se ley y fu aprobada el acta de la sesin anterior.
Y hecho lo cual el Presidente suspendi la sesin legis-
lativa para continuarla como consultiva, con motivo de ha-
ber pedido el Poder Ejecutivo el dictamen del Senado Con-
sultor, sobre materials de alta e important trascendencia.
Concluyndose la sesin, a la una y media del da.- Es
copia.- F. Perdomo.



SESSION DEL 13 DE ABRIL DE 1855

Presidencia del Honorable Toms Bobadilla

En la Ciudad de Santo Domingo, a los 13 das del mes
de Abril de 1855, siendo las 10 de la maana se abri la
sesin del Senado Consultor, en presencia de la mayora











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compuesta de los Honorables Toms Bobadilla, Felipe Per-
domo, Domingo Daniel Pichardo y Jos Mara Medrano.
Se ley y aprob el acta de la sesin anterior.
En .seguida orden el Honorable Presidente la conti-
nuacin de la primera discusin de la ley de Organizacin
Judicial, conforme a la orden del da.
De consiguiente, emprendise la discusin, y fueron
aprobados los Arts. 16 y 17.
El Art. 18 fu suprimido a proposicin del Honorable
Pichardo.
Al 19 se le hizo una anotacin, para examiner si su
texto estaba acorde con el Cdigo de Procedimiento Civil, a
proposicin del Honorable Pichardo. Los Arts. 20 y 21 fue-
ron aprobados con muy ligeras modificaciones.
Los Arts. 23 y 24 fueron aprobados sin observacin.
El prrafo 29 del Art. 25, sufri una substantial supre-
sin, de acuerdo con el parecer del Honorable Pichardo, por.
que, como se hallaba, transfera a los Alcaldes funciones
atribuidas por los Cdigos a los Escribanos pblicos.
Los Arts. 26, 27 y 28 fueron aprobados tales cuales se
hallaban. El Art. 29 sufri una pequea modificacin, segn
la proposicin del Honorable Pichardo.
Los artculos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 fue-
ron aprobados todos sin la ms mnima observacin.
Y en este punto suspendi el Honorable Presidente la
primera discusin de la ley de Organizacin Judicial, aten-
diendo a lo avanzado de la hora.
Se concluy la sesin siendo la una y media del da.-
T. Bobadilla.- 1. M. Medrano.- Domingo D. Pichardo.- F.
Perdomo.-