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Gaceta oficial de la República de Cuba

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Title:
Gaceta oficial de la República de Cuba
Creator:
Cuba
Place of Publication:
Habana
Publisher:
Publisher not identified
Publication Date:
Frequency:
daily
regular
Language:
Spanish
Physical Description:
v. : ; 32 cm.

Subjects

Subjects / Keywords:
Politics and government -- Cuba ( lcsh )
Genre:
serial ( sobekcm )
federal government publication ( marcgt )
periodical ( marcgt )
Publicaciones periódicas ( pana )

Notes

Dates or Sequential Designation:
1902-
Numbering Peculiarities:
Includes extraordinary numbers.
Numbering Peculiarities:
May-Dec. 1957 wrongly called año 60.

Record Information

Source Institution:
University of Florida
Holding Location:
University of Florida
Rights Management:
The University of Florida George A. Smathers Libraries respect the intellectual property rights of others and do not claim any copyright interest in this item. This item may be protected by copyright but is made available here under a claim of fair use (17 U.S.C. §107) for non-profit research and educational purposes. Users of this work have responsibility for determining copyright status prior to reusing, publishing or reproducing this item for purposes other than what is allowed by fair use or other copyright exemptions. Any reuse of this item in excess of fair use or other copyright exemptions requires permission of the copyright holder. The Smathers Libraries would like to learn more about this item and invite individuals or organizations to contact Digital Services (UFDC@uflib.ufl.edu) with any additional information they can provide.
Resource Identifier:
000304738 ( ALEPH )
04205418 ( OCLC )
ABT1322 ( NOTIS )
07018353 ( LCCN )

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Gaceta de la Habana

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Caribbean Newspapers, dLOC
IUF:
University of Florida
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Cuban Newspapers & Periodicals

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GAC]



DE LA REPUBLICA DE CUBA

ISSN 0864-0799



MINISTERIO DE JUSTICIA

EDICION ORDINARIA LA HABANA, LUNES 13 DE NOVIEMBRE DEL 2000

ANO XCVIII

SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Calle O No. 216 entre 23 y 25, Plaza, Codigo Postal 10400.
Teléf.: 55-34-50 al 59 ext. 220

Numero 85 — Precio $0.10

MINISTERIOS
FINANZAS Y PRECIOS-COMERCIO EXTERIOR
RESOLUCION CONJUNTA N?® 41/2000
MINISTERIO DE FINANZAS Y ERED E ISS ERIG
DEL COMERCIO EXTERIOR

POR CUANTO: La Reptiblica de Cuba y la Republica
del Ecuador suscribieron el 10 de mayo del 2000 en Mon-
tevideo, Uruguay, el Acuerdo de Complementacién Eco-
némica n® 46 en el marco de la Asociacién Latinoame-
ricana de Integracién (ALADI), cuyos anexos I y II
quedaron incluidos en dicho Acuerdo.

POR CUANTO: Ha sido cumplido el trdmite admi-
nistrativo de aprobacién previsto en el Decreto-Ley 191
de 8 de marzo de 1999 “De los Tratados Internacionales”.

POR CUANTO: El Decreto-Ley 124, relativo al Aran-
cel de Aduanas de la Reptiblica de Cuba de 15 de octu-
bre de 1990, en su articulo 12, inciso b), en relacién con
lo dispuesto en el Decreto-Ley 147, de la reorganizacién
de los organismos de la Administracién Central del
Estado, de 21 de abril de 1994, ha facultado a los que
resuelven para dictar de conjunto disposiciones, a fin
de modificar los derechos de aduanas, de conformidad
con los acuerdos internacionales que suscriba la Rept-
blica de Cuba.

“Pagina 1653

POR TANTO: En uso de las facultades que nos estén
conferidas,

Resolvemos:

PRIMERO: Poner en vigor las concesiones arancela-
rias otorgadas por la Republica de Cuba a la Republica
del Ecuador en virtud del Acuerdo de Complementacién
Econémica n° 46 suscrito en Montevideo, Uruguay, el 10
de mayo del 2000, por los representantes de los gobier-
nos de ambos paises antela ALADI —

SEGUNDO: Los anexos I y II referidos a las conce«
siones otorgadas entre la Republica de Cuba y la Repu-
blica del Ecuador, correspondientes al méncionado Acuer-
do de Complementacién Econémica, se adjuntan a la
presente Resolucién Conjunta.

Comuniquese la presente Resolucién a la Aduana Ge-
neral dela Republica de Cuba y al Ministerio de Rela
ciones Exteriores. Publiquese en la Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivense los originales de la
misma en las direcciones juridicas de ambos ministerios,

Dada en Ciudad de La Habana, a 10 de noviembre
del 2000.

Manuel Millares Rodriguez
Ministro
de Finanzas y Precios

Ratil de Ja Nuez Ramfrez
Ministro
del Comercio Exterior

ANEXO 1 :
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA A ECUADOR

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/ k
{SA DESCRIPCION

0302 Pescado fresco 9 refrigerado, excepto los
filetes y demds carne de pescado de la
partida n® 03.04,

0302.1 Salménidos, excepto los higados, huevas
y lechas: “

0302.11.00 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita,
Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus
apache y Oncorhynchus chrysogaster.)

- Pore.

REGIMEN elle ACUERDO.
‘Pref.

OBSERVACION

100



1654

GACETA OFICIAL | 13 de noviembre del 2000

IAEA SET BST I DNS SPS EPS TSS PTY TE BM RO TREY PSPC BRESCIA RSRISTED,

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/

{Sa

0302.19.00
0303

0303.2

0303.21.00

0303.29.00
0709

0709.5
0709.51.00

0713

0713.3
0713.33

0713.33.90

0803
0803.00.00

0810
0810.10.00

0902

0902.20.00 -

0902.40.00

1005
1005.90
1005.90.90

1008
1006.30

1006.30.10
1006.30.20
1008

1008.90.00
1102

1102.90

DESCRIPCION
Los demas.

Pescado congelado, excepto los filetes y
demas carne de pescado de la partida
numero 03.04.

Los demas salménidos, excepto los
higados, huevas y lechas:

fruchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss, Oncorhynchus clarki,

“Oncorhynchus aguabonita,

Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus
apache y Oncorhynchus chrysogaster.)

Los demas,

Las demas hortalizas (incluso silvestres),

frescas o refrigeradas.
Setas y demas hongos; trufas:
Setas y demas hongos.

Hortalizas (incluso silvestres) de vaina
seca, desvainadas, aunque estén
mondadas o partidas.

Porotos (frijoles, fréjoles, alubias,
judias)* (Vigna spp., Phaseolus spp.):
Poroto (frijol, fréjol, alubia, judia)*
tomtin (Phaseolus vulgaris.)

Los demas.

Bananas o platanos, frescos o secos,
Bananas o platanos, frescos o secos,.

Las demas frutas u otros frutos, frescos.
Frutillas (fresas)*. _ ;

Té, incluso aromatizado.
Té. verde (sin fermentar) presentado de
otra forma.

Té negro (fermentado) y té parcialmente

‘fermentado, presentados de otra forma.

Maiz. Ee:
Los demas.
Los demas.

Arroz. _ ee
‘Arroz semiblanqueado o blanqueada,
incluso pulido o glaseado,

Sin pulir ni glasear.

Pulido o giaseado,

Alforfén, mijo y alpiste; los demas
cereales.
Los demas cereales,

Harina de cereales, excepto de trigo o
de morcajo (tranqui!lén),
Las demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref,
Porc. OBSERVACION

100

100

100

50 FRESCOS.

100
100

100

100

100

100

100
100

100 — QUINUA,



13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
[SA

1102.80.90

1103
1103.1
1103.13.00

1106

1106.30.00

~ 1108
1108.1
1108.12.00

1108.14.00
1201

1201.00.90
1208

1208.90
1208.90.90

1302

1302.1
1302.14

1302.14.10
1507

1507.10.00
1507.90.00

1511

1511.10.00
1511.80.00
1512

1512.1

1512.19
1512.19.10

DESCRIPCION
Las demas.

Grafiones, sémola y “pellets”, de cereales.
Grafiones y sémola:
De maiz.

Harina, sémola y polvo de las hortalizas ©

(incluso silvestres) de la partida n° 07.13,
de sagt o de las raices o tubérculos de
Ja partida n® 07.14 6 de los productos
del capitulo 8.

De los productos del capitulo 8.

Almidén y fécula; inulina.
Almidén y fécula:
Almidén de maiz,

Fécula de mandioca (yuca)*.

Habas (porotos, frijoles, fréjoles)* de
soja (soya), incluso quebrantadas.
Las demas,

Harina de semillas o de frutos
oleaginosos, excepto la harina de
mostaza.

Las demas,

Las demas.

Jugos y extractos vegetales; materias
pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar
y demas mucilagos y espesativos
derivados de los vegetales, incluso
modificados.

Jugos y extractos vegetales:

De piretro (pelitre)* o de raices que
contengan rotenona.

De piretro (pelitre)*.

Aceite de soja (soya) y sus fracciones,
4ncluso refinado, pero sin modificar
quimicamente.

Aceite en bruto, incluso desgomado.

Log demas,

Aceite de palma y sus fracciones,
4ncluso refinado, pero sin modificar
quimicamente, :

Aceite en bruto.

Los demas.

Aceites de girasol, cartamo o algodén, y
sus fracciones, incluso refinados, pero
sin modificar quimicamente.

Aceites de giraso] o cartamo, y sus
fracciones:

Los demas.

De girasolL

‘GACETA OFICIAL 1655

REGIMEN DEL ACUERDO,
Pref, :
Pore. OBSERVACION

100

100 MAICENA,

100 HARINA DE BANANOS © PLATANOS,

100
100

100

100

100

100

100

100

100

100



1656

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2600

a al

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

1515

1515.2
1515.29.00

1515.30
1515.30.10

1515.30.90

1516

1516.20

1516.20.1
1516.20.19

1517

1517.10.00

1517.90
1517.90.90

1518

1518.00.00

DESCRIPCION

- Las demds grasas y aceites vegetales

fiJos (incluido el aceite de jojoba), y sus
fracciones, incluso refinados, pero sin
modificar quimicamente. 2

Aceite de maiz y sus fracciones: .

Los demas,

_Aceite de ricino y sus fracciones.

Aceite en bruto.

Los demas.

Grasas y aceites, animales 0 vegetales, y
sus fracciones, parcial o totalmente
hidrogenados, interesterificados,
reesterificados o elaidinizados, incluso
refinados, pero sin preparar de otro
modo. :

Grasas y aceites, vegetales, y sus
fracciones.

Que no presentan el cardcter de ceras:
Los demas.

Margarina; mezclas o preparaciones
alimenticias de grasas o aceites, animales
© vegetales, o de fracciones de diferentes
grasas o aceites, de este capitulo, excepto
las grasas y aceites alimenticios y sus

" fracciones, de la partida n? 15.16.

Margarina, excepto la margarina liquida,

Las demas.
Las demas,

Grasas y aceités, animales o vegetales, y
sus fracciones, cocidos,. oxidados,
deshidratados, sulfurados, soplados,
polimerizados por calor en vacio o
atmosfera inerte (“estandolizados”), o
modificados quimicamente de otra forma,
excepto los de la partida n° 15.16;
mezclas o preparaciones no alimenticias °
de grasas o de aceites, animales o
vegetales, o de fracciones de diferentes
@rasas 0 aceites de este capitulo, no
expresadas ni comprendidas en otra
parte,

Grasas y aceites, animales o vegetales, y
sus fracciones, cocidos, oxidados,
deshidratados, sulfurados, sop!ados,
Ppolimerizados por calor en vacio o
atmosfera inerte (“estandolizados”), o
modificados quimicamente de otra forma,
excepto los de la partida n° 15.16;
mezclas o preparaciones no alimenticias
de grasas go aceites, animales o

vegetales, o de fracciones de diferentes

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100

100
100

100

100

100

OBSERVACION

MANTECA,

MEZCLAS DE GRASAS O DE ACEITES
ANIMALES O VEGETALES.



13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

1604,

1604.1

1604.13
1604.13.10

1604.15.00
1604.20

1604.20.9
1604.20.94

1605

1605.20.00

’

1704

1704.10.00

1704.90
1704.90.20

1704.90.30

1801

1801.00.10
1801.00.20
1802

1802.00.10
1802.00.20

1803
1803.10.00

, 1803.20.00

1804
1804.00.00

1805

1805.00.00

DESCRIPCION

grasas o aceites de este capitulo, no
expresadas ni comprendidas en otra
parte.

Preparaciones y conservas de pescado;
caviar y sus suceddneos preparados con
huevas de pescado.

Pescado entero o en trozos, excepto el
pescado picado:

Sardinas, sardinelas y espadines.
Sardinas.

Caballas.

Las demas preparaciones y conservas de
pescado,

Las demas:

De sardinas, de sardinelas o de espadines,

Crustaceos, moluscos y demas
invertebrados acuaticos, preparados o
conservados. ;
Camarones, langostinos y demas
Decapodos natantia.

Articulos de confiteria sin cacao
(incluido el chocolate blanco).
Chicles y demas gomas de mascar,
incluso recubiertos de azticar.

Los demas,
Bombones, caramelos, confites y
pastillas. Che :

Jaleas y pastas de frutos presentados
como articulos de confiteria.

Cacao en grano, entero o partido, crudo
o tostado,
Crudo.

Tostado.

Cascara, peliculas y demas residuos de
cacao.
Cascara y peliculas (cascarillas).

Tortas residuales.

Pasta de cacao, incluso desgrasada.
Sin desgrasar.

Desgrasada total o parcialmente.

Manteca, grasa y aceite de cacao. .
Manteca, grasa y aceite de cacao.

Cacao en polvo sin adicién de azticar ‘ni
otro edulcorante.
(Cacao en polvo sin adicién de aztcar ni
otro edulcorante.

GACETA OFICIAL | 1657

REGIMEN DEL ACUERDO,
Pref. ae
Pore. OBSERVACION

100 GRASAS Y ACEITES ANIMALES O
VEGETALES Y SUS FRACCIONES,

100
100

180 DE SARDINAS. hig ‘

100

100

100

100

100
100

100
100

400

"100

100

100



dea _GACETA OFICIAT 19 de noviembre’ det 2000




PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

_* REGIMEN DEL ACUERDO.

' NALADI/ 5 | Pret,
ISA DESCRIPCION Por. «= OBSERVACION
1806 Chocolate y demas preparaciones | oe
alimenticias que coritengan cacao.
1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azicar u
otro edulcorante. 100
1806.20 Las demas preparaciones, bien en bloques

o barras con peso superior a 2kg, bien
en. forma liquida o pastosa, o en polvo,
granulos o formas similares, én

recipientes o envases inmediatos con un

( contenido superior a 2 kg. 100 i EN BLOQUE Oo BARRAS, PESO SUPE-
4806.20.10 Chocolate, RIOR A 2KG.

. 1806.3 Los demas, en bloques, tabletas 6 barras: i say bee '
1806.31.00 Rellenos. - 60 CHOCOLATES, ieee
1806.32 Sin rellenar. ; : t
1806.32.10 Chocolate. 100
1806.90 Los demas. :
2806.90.90 Los demas. ; : 100
1902 Pastas alimenticias, incluso cocidas o

rellenas (de carne u otras sustancias)
© preparadas de otra forma, tales como:
. espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, .
7 . lasafias, fiouis, ravioles, canelones;
cuscus, incluso preparado. :
1902.1 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni

preparar de otra forma:
1902.11.00 Que contengan huevo. - - 100
1902.19.00 Las demas. 100
1902.20.00. Pastas alimenticias rellenas, incluso

cocidas o preparadas de otra forma. . ~ 100
1902.30.00 Las demas pastas alimenticias. 100
. 1904 Productos a base de cereales obtenidos

por inflado o tostado (por ejemplo:
hojuelas o copos de maiz); cereales
(excepto el maiz) en grano'o en forma

de copos u otro grano trabajado (excepto

# la harina y sémola), precocidos o

A preparados de otro modo, no expresados

: : ni.comprendidos en otra parte.
1904.90.00 Los demas. 100

2001 ' Hortalizas (incluso silvestres), frutas u
otros frutos y demas partes comestibles
de plantas, preparados ‘9 conservados en

: vinagre o en acido acético.

2001.90 Los demas.

2001.90.30 . Palmitos. . ; 100
2002 Tomates preparados o conservados

(excepto en vinagre o en acido acético).
2002.90.00 Los demas. 100





13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAD ta 1659

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ._ Pref.

ISA DESCRIPCION 5 Porc. OBSERVACION

2003 Setas y demas hongos, y trufas,
: preparados 9 conservados (excepto en
vinagre o en acido acético), :
2003.10.00 Setas y demas hongos. 50

2005 Las demas hortalizas (incluso
silvestres) preparadas o conservadas
(excepto en vinagre o en acido ‘acético),
sin congelar, excepto los productos de la
partida n° 20.06.

2005.40.00 Arvejas (chicharos, guisantes)* (Pisum
sativum.) : 100
2005.60.00 Esparragos. 100
2005.80.00 Maiz dulce (Zea mays var. saccharata.) 100
2005.90 Las demas hortalizag (incluso silvestres)
y las mezclas de hortalizas (incluso
silvestres),
2005.90.10 Alcachofas (alcauciles), 100
2005.90.90 Las demas. 100
2007 ‘ Confituras, jaleas y mermeladas, purés
y pastas de frutas u otros frutos,
obtenidos por cdcciédn, incluso con
adici6n de azucar u otro edulcorante.
2007.9 Los demas:
2007.91 De agrios (citricos).
2007.91.10 Confituras, jaleas y mermeladas, 100
2007.99 Los demas.
2007.99.10 Confituras, jaleas y mermeladas. : 100
2008 : Frutas u otros frutos y demas partes
comestibles de plantas, preparados o
_conservados de otro modo, incluso con
adicién de aztcar u otro edulcorante o
alcohol, no expresados ni comprendidos
en otra parte.
2008.1 Frutos de cascara, manies (cacahuates,
: cacahuetes)* y demas semillas, incluso
mezclados entre si: :
2008.11.00 Manies (cacahuates, cacahuetes)*, 50 MANTECA, _
100 LOS DEMAS, EXCEPTO TOSTABOS.
2008.20 Pifias (anandas).
2008.20.10 En agua con adicién de azticar u otro
edulcorante, o en jarabe. 100 INCLUSO COMPOTAS.
2008.70 Duraznos (melocotones)*.
2008.70.10 En agua con adicion de azucar u otro
: edulcorante, o en jarabe. 100
2008.9 Los demas, incluidas las mezclas, excepto

ae las mezclas de la subpartida n® 2008.19:
2008.91.00 Palimitos. : ~ 100



x

1660 GACETA OFICIAL: 13 de noviembre del 2000

en nena

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
‘ REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ ¥ as) Glee, :
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
2008.99.00 Los demas, oa "400 EN AGUA EDULCORADA, EXCEPTO
: : CIRUELAS, MAMEY, MANGOS, MAN-
ZANAS Y PAPAYAS.
2009 Jugog de frutas u otros frutos (incluido

el mosto de uva) o de hortalizas (incluso
silvestres) sin fermentar y sin adicidn de
alcohol, incluso con adicién de azticar u
otro edulcorante.:

2009.1 Jugo de naranja:
2009.19.00 Los demas. 50
2009.20.00 Jugo de toronja o pomelo. i 50
2009.50.00 Jugo de tomate, , 100 ey
2009.80 . | Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u
hortaliza (incluso silvestre). ;
2009.80.10 De frutos. ; 100 CONCENTRADO DE MARACUYA,
100 LOS DEMAS, ee
2102 Levaduras (vivas o muertas); los demas
microorganismos monocelulares’ muertos
(excepto las vacunas de la partida
numero 30.02); polvos de levantar
preparados.
2102.10 Levaduras vivas.
2102.10.10 Levaduras madres de cultivo. 100
2102.20 . Levaduras muertas; los demas
microorganismogs monocelulares muertos.
2102.20.10 Levaduras muertas. i 100
‘2103 Preparaciones para salsas y salsas
preparadas; condimentos y sazonadores,
compuestos; harina de mostaza y mostaza ;
, preparada.
2103.20 “Ketchup” y demas salsas de tomate.
2103.20.10 | “Ketchup”. 50
2103.30 Harina de mostaza y mostaza preparada,
2103.30.20 Mostaza preparada. BU
2103.90 Los demas. 4
- 2103.90.10 Mayonesa. SE 100
2103.90.90 Los demas, tates 100 CONDIMENTOS Y SAZONADORES
; COMPUESTOS. '
2106 Preparaciones alimenticias no expresadas
ni comprendidas en otra parte.
2108.90 Las demas.
2106.90.30 Polvos, incluso con adiciédn de azticar u
otro edulcorante, para la fabricacién de
budines, cremas, helados, flanes, 4
gelatinas o preparaciones similares, 100 DE BUDINES.
2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 100 CONCENTRADOS A BASE DE EXTRAC-
utilizadas para la: elaboracion de TOS VEGETALES DE LA PARTIDA

bebidas, __. . 1302, NO ALCOHOLICOS 0 DE GRADO



13 de noviembre del 2000

GACETE OFICIAT ‘ 1661

ER SRLS TS DS TRIOS DLO LEE DE IIIT IE TET TT ETE TE IEE IC SIT OTE TIES IO TTT EE LOI EI

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

2207

2207.10.00

2208

2208.40.00

2208.70
2208.70.10

2301

2301.20

2301.20.10

2513

2513.1
2513.11.00

2817
2817.00.10

2905 -

2905.4
2905.44.00

2916

2916.20

DESCRIPCION

Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohdlico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.; alcohol etilico y
aguardiente desnaturalizados, de
cualquier graduacion.
Alcoho]. etilico. sin. desnaturalizar con
grado alcohdlico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.

Alcohol etilico sin desnaturalizar con
grado alcohdlico volumétrico inferior al
80% vol.; aguardientes, licores y demas
bebidas espirituosas.
Ron y demas aguardientes de cafia.

Licores.
De anis.

Harina, polvo y “pellets”, de carne,
despojos, pescado o de crustaceos,
moluscos o demas invertebrados .
acuaticos, impropios para la alimentacién

. humana; chicharrones.’

Harina, polvo y “pellets”, de pescado o
de crustaceos; moluscos o demas
invertebrados acuaticos.

. De pescado.

Piedra pomez; esmeril; corindén natural,
granate natural -y demas abrasivos
naturales, incluso tratados térmicamente.
Piedra pomez:

En bruto o en trozos irregulares.
incluida la quebrantada (grava de piedra
pomez o “bimskies’”). :

Oxido de cinc; perdxido de cine,
Oxido de cine (blanco de cinc).

Alcoholes aciclicos y sug derivados
halogenados, sulfonados, nitrados o
nitrosados.

Los demas polialcoholes:

D-glucitol (sorbitol).

Acidos monocarboxilicos aciclicos no
saturados y acidos monocarboxilicos
ciclicos, sus anhidridos, haJogenuros,
perdxidos y peroxidcidos; sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados 0
nitrosados.

Acidos Tena Ne ites ciclanicos,
ciclénicos o cicloterpénicos, sus .

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
ALCOHOLICO INFERIOR O IGUAL AL
05% VOL.
100 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
AL 0,5 % VOL.
50
50
50
100 HARINA.
. 100
50
50





PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

2916.20.20
2916.20.90
2918

2918.2

2918.21
2918.21.10

2918.21.20
2918.21.30
2918.22

2918.22.10
2918.23

2918.23.10
2918.23.30
2825

2925.1

2925.19.00
2926
2926.90.00
2932

2932.1

2932.19.00

2935
2935.00.90

2939

‘2939.90
2939.90.50

2939.90.9
2939.90.99

DESCRIPCION

anhidridos, halogenuros, peréxidos,

peroxidcidos y sus derivados. ee
Aletrinas. ae
Los demas.

Acidos carboxilicos con funciones
oxigenadas suplementarias y sus
anhidridos, halogenuros, peréxidos y
peroxiacidos; sus derivados halogenados,
sulfonados, nitrados o nitrosados.
Acidos carboxilicos con funcién fenol,
pero sin otra funcién oxigenada, sus
anhidridos, halogenuros, peréxidos,
peroxidcidos y sus derivados:

Acido salicilico y sus sales,

Acido salicflico.

Salicilato de sodio.
Salicilato de bismuto.

‘Acido O-acetilsalicilico, sus sales y sus
ésteres,

Acido O-acetilsalicilico (aspirina).

Los demas ésteres del Acido salicilico y
sus sales. ; :
Salicilato de metilo.

Salicilato de fenilo.

Compuestos con funcién carboxiimida
\(incluida la sacarina y sus sales) o con
funcién imina,

Imidas y sus derivados; sales de estos
productos:

Los demas.

Compuestos con funcién nitrilo.
Los demas.

Compuestos heterociclicos con
heterodtomo (s) de oxigeno
exclusivamente.

Compuestos cuya estructura contenga
ciclo furano (incluso hidrogenado), sin
condensar: |

Los demas.

Sulfonamidas.
Las demas.

' Alcaloides vegetales, naturales o

reproducidos por sintesis, sus sales,
éteres, ésteres y demas derivados.

Los demas. :

Escopolamina y sus derivados; sales de
estos productos.

Los demas:
Los demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref.

Pore. ~ OBSERVACION

50.
50 ACIDOS MONOCARBOXILICOS.

50
50
50

- 100

50
50.

13 de noviembre: del. 2000:

ee

50) aes TETRAMETRINA, NEOPINAMINA.

50

50

50

50 . ESCOPOLAMINA.

50 COLQUICINA (CONCHICINA).

50 VERATRINA,





13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL. © 1663

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.

/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

3003 Medicamentos (excepto los productos de
~ Jas partidas n® 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados
entre si, preparados para usos
terapéuticos o profilacticos, sin dosificar
ni acondicionar para la venta al por
menor. ;

3003.10 Que contengan penicilinas 9 derivados
de estos productos con la estructura del
acido penicildnico, o estreptomicinas o i
derivados de estos productos.

3003.10.20 Que contengan penicilinas o sus ;
derivados. 100 - A BASE DE PENICILINAS,.

3003.20.00 Que contengan otros antibidticos, 100

3003.90 Los demas. ;

- 3003.90.20 Que contengan vitaminas o demas

productos de la partida n? 29.36. 100 A BASE DE COMPLEIO B.

3004 Medicamentos (excepto los productos de

f las partidas n° 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados ‘ =

o sin mezclar, preparados. para usos
eee terapéuticos o profilacticos, dosificados o
Set acondicionados para la venta al por

: menor.

3004.10 . Que contengan penicilinas o derivados
de estos productos con la estructura del
acido peniciladnico, o estreptomicinas 0
derivados de estos productos.

3004.10.20 Que contengan penicilinas o sus :

derivados. 100 A BASE DE PENICILINAS.
3004.50.00: .. . Los demas medicamentos que contengan

vitaminas u otros productos de la :

partida n® 29.36. 100 A BASE DE COMPLEJO B.
3005 . Guatas, gasas, vendas y articulos analogos

(por ejemplo: apésitos, esparadrapos,
sinapismos), impregnados o recubiertos.
de sustancias farmacéuticas o
"i" aeondicionados para la venta al por -
Pas saree menor con fines médicos, quimirgicos,
odontoldgicos o veterinarios.

3005.10.00 .. Apdédsitos y demas articulos, con una capa
adhesiva. 100
3005.90 Los demas. t
3005.90.90 Los demas. 100 VENDAS NO ADHESIVAS.
3202 ‘Productos curtientes organicos sintéticos;

productos curtientes inorgdnicos;
preparaciones curtientes, incluso con
productos curtientes naturales;
preparaciones enzimaticas para



precurtido?
3202.90 ’ Los demas, sage
3202.90.20 Preparaciones curtientes. 50



y

1664 : GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. on
: REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Lae «Pref. |
ISA DESCRIPCION 5 Pore. OBSERVACION
8203. Materias colorantes' de origen vegetal o
animal (incluidos los extractos tintdreos,
excepto los negros de origen animal), (

aunque sean de constitucién quimica

definida; preparaciones a que ge refiere

la nota 3 de este capitulo a base de

materias colorantes de origen vegetal o

animal, . : (

3203.00.12 Materias colorantes de origen vegetal y

preparaciones a que se refiere la nota 3

de este capitulo, a base de dichas a
Materias colorantes:

3203.00.12 Bixina (achiote). 100
3203.00.19 Las ‘demas. 100 COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL. —
3208 Pinturas y barnices a base de polimeros

sintéticos 9 naturales modificados,
dispersos o disueltos en un medio no
acuoso; disoluciones definidas en la
nota 4 de este capitulo.

3208.90 Los demas. yeaa a
’ 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS.

3208.90.10 Pinturas. Bible.
3208.90.20 Barnices. "y : 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS.
3302 Mezclas de sustancias odoriferas y

mezclas (incluidas las disoluciones
alcohlicas) a base de una o varias de
estas sustancias, del tipo de las utilizadas

He como materias basicas para la industria;

ee las demas preparaciones a base de
h sustancias odoriferas, del tipo de las

utilizadas para la elaboracién de bebidas, -
3302.10 Del tipo de las utilizadas en las

industrias alimentarias o de bebidas, _
3302.10.10 Preparaciones de] tipo de las utilizadas

para la elaboracién de bebidas, 50-
3302.10.90 Las demas. 50
3305, Preparaciones capilares.
3305.90.00 Las demas. 50
3403 Preparaciones lubricantes (incluidos los

aceites de corte, las preparaciones para
aflojar tuercas, las preparacioneg ;
antiherrumbre 9 anticorrosion y las
preparaciones para el desmoldeo, a base
de lubricantes) y preparaciones del tipo
de las utilizadas para el ensimado de:
materias textiles o el aceitado o engrasado
de cueros y pieles, peleteria u otras
materias, excepto las que contengan como
componente basico 70.% o mas en peso
de aceites de petréleo o de mineral
_bituminoso.
3403.1 Que contengan aceites de petrdleo o de
; ** mineral bituminoso;





13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

3403.11

3403.11.90

3405

3405.10.00

3405.40.00

3802

3802.10.00
3808

3808.10
3808.10.9
3808.10.91

3808.20
3808. 20.9
3808.20.99

3808.30

3808. 30.2
3808.30.29

3808.40
3808.40.20

3823

3823.1

3823.11.00

DESCRIPCION

Preparaciones para el tratamiento de
materias textiles, cueros y pieles,
peleteria u otras materias.

Las demas.

Betunes y cremas para el calzado,
encausticos, abrillantadores (lustres) para
earrocerias, vidrio 0 metal, pastas y
polvos para fregar y preparaciones
similares (incluso papel, guata, fieltro,
tela sin tejer, plastico o caucho celulares,
impregnados, recubiertos 9 revestidos de
estas preparaciones), excepto las ceras de
la partida n° 34.04,

Betunes, cremas y preparaciones
similares para el calzado o para cueros
y pieles.

Pastas, polvos y demas preparaciones
para fregar. ji

Carbén activado; materias minerales
naturales activadas; negro. de origen
animal, incluido el agotado.

‘Carbon activado.

Insecticidas, raticidas y demas
antirroedores, fungicidas, herbicidas,
inhibidores de germinacién y reguladores
del crecimiento de las. plantas,
desinfectantes y productos similares,
presentados en formas 0 en envases para
la venta al por menor, o como
preparaciones o articulos tales como:
cintas, mechas y velas, azufradas y
papeles matamoscas.

Insecticidas.

Los demas:

A base de piretro.

Fungicidas.
Los demas:
Los demas.

Herbicidas, inhibidores de germinacién y
reguladores del crecimiento de las
plantas.

Herbicidas, presentados de otro modo:
Los demas.

Desinfectantes,
Presentados de otro modo.

Acidos grasos monocarboxilicos
industriales; aceites dcidos del refinado;
alcoholes grasos industriales.

Acidos grasos monocarboxilicos
industriales; aceites Acidos del refinado:
Acido estedrico,

GACETA OFICIAL 1665
IC ADR NRT



REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
50 PARA EL TRATAMIENTO DE CUEROS,
50
50
50 DE ORIGEN VEGETAL, APTOS PARA
PURIFICAGION DE AGUA.
50
100
50
50 A BASE DE PIRETRO.
100



1666 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ _ Pref.

(SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
3823.12.00 Acido oleico. 100
3907 Poliacetales, los demas poliéteres y

resinas epoxi, en forrhas primarias;
policarbonatos, resinas alcidicas,
poliésteres alilicos y demas poliésteres,
en formas primarias.

3907.50.00 Resinas alcidicas. 50

3909 Resinas aminicas, resinas fendlicas y
poliuretanos, en formas primarias.

3809.40.00 Resinas fendlicas. : 50

3918 - Revestimientos de plistico para suelos,

incluso autoadhesivos, en rollos o
losetas; revestimientos de pladstico para
paredes o techos, definidos en la nota 9
de este capitulo.

3918.90 De los demas plasticos.
3918.90.10 Revestimientos para suelos. . \ ~ 50
3921 "Las demas placas, laminas, hojas y tiras,
ech de plastico.
3921.90.00 Los demas. : 100
‘ ‘
3923 ‘Articulos para el transporte o ertvasado,

de pldstico; tapones, tapas, capsulas y
f demas dispositivos de cierre, de plastico. las
3923.90.00 Los demas. 50 PARA ENVASADO.

3924 Vajilla y demas articulos de uso
doméstico y articulos de higiene 0
tocador, de plastico.

3924.10.00 Vajilla y demas articulos para ai servicio ae
de-mesa o de cocina. 50 BIBERONES DE POLICARBONATO.

3924.90 Los demas.

3924.90.10 Articulos de higiene o tocador. be 50

3924.90.90 Los demas. 50

4008 ’ Placas, hojas, tiras, varillas y perfiles,

es de caucho vulcanizado sin endurecer.

4008.1 De caucho celular:

4008.11.00 Placas, hojas y tiras. t 50

4008 .'19.00 Los demas. . 50

4008.2 De caucho no celular: ;

4008.21.00 Placas, hojas y tiras. ~ 50

4008.29.00 Los demas. : 50

4016 Las demas manufacturas de caucho
vulcanizado sin endurecer.

4016.9 Las demas:

4016.91.00 Revestimientos para el sueio y alfombras. 50

4202 Batiles, maleias (valijas), maletincs,

incluidos ies de aseo y los |
_portadocumentos, portafolios (carteras ae



13 de noviembre del 2000 |

_ en LAE EPO ETH SA ST TIS TS A IS ESS PEE HARD PS A TN PS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

4202.1

4202.11.00

4202.12.00

4202.19.00
4407

4407.2

4407.24.00

4408

4408.3
4408.31

4403.31.10

4408.39
4408.39.10

DESCRIPCION

mano), cartapacios, fundas y estuches
para gafas (anteojos), binoculares,
camaras fotograficas 9 cinematograficas,
instrumentos musicales 0 armas y
continentes similares; sacos de viaje,
bolsag de aseo, mochilas, bolsos de mano
(carteras), bolsas para la compra,
billeteras, portamonedas, portamapas,
petacas, pitilleras y bolsas para tabaco,
bolsas para herramientas y para
articulos de deporte, estuches para
frascos y botellas, estuches para joyas,
polveras, estuches para orfebreria y
continentes similares, de cuero natural o
regenerado, hojas de plastico, materia
textil, fibra vulcanizada o cartén, o
recubiertos totalmente o en su mayor
parte con estas materias o papel.

Batles, maletas (valijas) y maletines,
incluidos los de aseo y los
portadocumentos, portafolios (carteras de
mano), cartapacios y continentes
similares:

Con la superficie exterior de cuero
natural, cuero regenerado o cuero
charolado.

Con la superticie exterior de plastico o
materia textil.

Los demas.

Madera aserrada o desbastada
longitudinalmente, cortada o
desenrollada, incluso cepillada, lijada o
unida por entalladuras multiples, de
espesor superior a 6mm.

De las maderas tropicales citadas en la
nota de Ja subpartida 1 de este capitulo:
Virola, Mahogany (Swietenia spp),
Imbuia y Balsa.

Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas) y demas maderas
aserradas longitudinalmente, cortadas, 0
desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas
o unidas por entalladuras multiples, de
espesor inferior o igual a 6mm.

De las maderas tropicales citadas en la
nota de subpartida 1 de este capitulo:
Dark Red Meranti, Light Red Meranti y
Meranti Bakau. :
Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas).

Las demas.
Hojas para chapade 9 contrachapado
(incluso unidas),

GACETA OFICIAL

1667

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100
100

100

100
106

OBSERVACION

BAULES,. MALETAS Y SIMILARES,

MALETAS Y SIMILARES CON’SUPER-—
FICIE DE PLASTICO,

MALETAS, MALETINES Y SIMILARES.

BALSA, |

MERANTI BAKAY.

ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN,
ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE,

. AZOBE, BALAU, BALSA; BOSSE



1668

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

ann nn A SSS STOLEN A TPP RIP PES EEE SOTA IO LE NE ET TT

y

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

4408.90
4408.90.10

4409

4409.10
4409.10.90

4409.20
4409.20.10

4410

4410.1
4410.11.00

4410.19.00
4412

4412.1

4412.13.00

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION Pore.

Las demas. ;
Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas). - 100

Madera (incluidas las tablillas y frisog
para parqués, sin ensamblar) perfilada
longitudinalmente (con lengtietas,

' ranuras ,rebajes, acanalados, biselados,

con juntas en v, moldurados,

redondeados o similares) en una 0

varias caras o cantos, incluso cepillada,

lijada o unida por entalladuras

multiples.

De coniferas. ; ,
Las demas. ‘ 100

Distinta de la de coniferas,
Tablillas y frisos para parqués, sin

‘ensamblar, 50

Talbleros de particulas y tableros
similares, de madera u otras materias
lefiosas, incluso aglomeradas con

resinas 0 demas aglutinantes organicos.
De madera:

Tableros llamados “waferboard”,
incluidos los llamados “oriented strand

board”, : 100

Los demas, 100

Madera contrachapada, madera chapada

y madera estratificada similar.

Madera contrachapada constituida 100
exclusivamente por hojas de madera de
espesor unitario inferior o igual a 6mm:

Que tenga, por lo menos, una hoja.

externa de las maderas tropicales citadas

en la nota de subpartida 1-de este

capitulo.

OBSERVACION

CLAIR, BOSSE FONCE, CATIVO, CE-
DRO, DABEMA, DIBETOU, DOUSSIE,
FRAMIRE, FREIJO, FROMAGER, FUMA,
GERONGGANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE,
IROKO, JABOTY, JELUTONG, JEQUI-
TIBA, JONGKONG, KAPUR, KEMPAS,
KERUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO,
LOURO, MACARANDUBA, MAKORE,
MANSONIA, MENGKULANG, MERA-
WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA-
WA, MOABI, NIANGON, NYATOH,, ON-
ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO,
PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE
GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA-
RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH,
RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, 'SU-
CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA,
WHITE MERANTI, WHITE SERAYA,
YELLOW MERANTI.

.

_ MADERA MOLDURADA.

ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN,
ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE, AZO-
BE, BALAU, BALSA, BOSSE CLAIR,

BOSSE FONCE, CATIVO, CEDRO, DA-
BEMA ,DIBETOU; DOUSSIE, FRAMIRE,
FREIJO, FROMAGER, FUMA, GERONG-
GANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE, IROKO,

\



13, de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/

4412.

4412.

4412.

4412.

4412.
4412.

4412.
4412.

4412.

4414

4414.

4417

4417.

4418

4418.10.

14.

23

23.

92

92.
92.

99.

00.

00.1

/SA

00

90

99
00

00

00

DESCRIPCION

Las demas, que tengan, por lo menos,
una hoja e&terna de madera distinta de
la de coniferas.

Lag demas, que tengan, por lo menos
una hoja externa de madera distinta de
la de coniferas:

Las demas, que contengan, por lo menos,
un tablero de particulas,

Las demas.

Las demas:

Que tengan, por lo menos, una hoja de
las maderas tropicales citadas en la
nota de subpartida 1 de este capitulo.
Las demas:

Las demas.

Las demas.

Marcos de madera para cuadros,
fotografias, espejos u objetos similares.
Marcos de madera para cuadros,
fotografias, espejos u objetos similares.

Herramientas, monturas y mangos de
herramientas, monturas y mangos de
cepillos, brochas o escobas, de madera;
hormas, ensanchadores y tensores para
el calzado, de madera,

Herramientas, monturas y mangos de
herramientas,

Obras y piezas de carpinteria para
construcciones, incluidos los tableros ~
celulares, los tableros para parqués y
tablillas para cubierta de tejados o
fachadas (“‘shingles” y “shakes”), de
madera.

Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos
y contramarcos.

GACETA OFICIAD

5 RS SS CUES WSUS 2 STI rn

1669

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore,

100

100

50

50

50

OBSERVACION

JABOTY, JELUTONG, JEQUITIBA,
JONGKONG, KAPUR, KEMPAS, KE-
RUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO,
LOURO, MACARANDUBA, MAKORE,
MANSONIA, MENGKULANG, MERA-
WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA-
WA, MOABI, NIANGON, NYATOH, ON-
ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO
PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE
GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA-_
RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH,
RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, SU-
CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA,_.
WHITE MERANTI, WHITE SERAYA,
YELLOW MERANTI.

MADERA CONTRACHAPADA.

CON UNA HOJA EXTERNA POR LO
MENOS DE OTRAS CONIFERAS,
EXCEPTO DE PINO.



1670

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

SAA RS ET SE EET ET NS SS EI LTT I LP TE EA I OT ES LOT ER TE IO EL LID TE TE TEBE I Te EA EN EAE TSIEN

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADY/

ISA

4418.20.00
4418.30.00
4419

4419.00.00

4420

4420.10.00
4420.90.00

4421
4421.90
4421.90.90

4601

4601.20

4601.20.10
4602

4602.10.00
4602.90.00
4814

4814.90
4814.90.1 .

4814.90.19

4818 .

DESCRIPCION

Puertas y sus marcos, contramarcos y
umbrales.

Tableros para parqués.

Articulos de mesa o de cocina, de
madera.
Articulos de mesa o de cocina, de
madera.

Marqueteria y taracea; cofrecillos y
estuches para joyeria u orfebreria y
manufacturas similares, de madera;
estatuillas y demas objetos de adorno,
de madera; articulos de mobiliario, de
madera, no See en el

Capitulo 94.

Estatuillas y demds objetos de adorno,
de madera.

Los demas.

Las demas manufacturas de. madera,
Las demas.
Las demas.

Trenzas y articulos similares de materia
trenzable, incluso ensamblados en tiras;
materia trenzable, trenzas y articulos
similares de materia trenzable, tejidos o
paralelizados, en forma plana, incluso
terminados (por ejemplo: esterillas,
esteras, Cafiizos). ;

Esterillas, esteras y cafiizos, de materia
vegetal.

Tejidos.

Articulos de cesteria obtenidos
directamente en su forma con materia
trenzable o confeccionados con articulos
de la partida n® 46.01; manufacturas de
esponja vegetal (paste o “lufa”),

De materia vegetal.

Los demas.

Papel para decorar y revestimientos
similares de paredes; papel Dare
vidrieras.

Los demas. ’

Papeles para decorar y revestimientos
similares de paredes:

Los demas.

Papel del tipo de los utilizados para
papel higiénico y papeles similares,

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Porc.

50

50

50

50

50

50

50

50
50

50

OBSERVACION

ARTICULOS DE MARQUETERIA Y DE
PEQUENA EBANISTERIA.

PALILLOS DE DIENTES.

PALITOS Y CUCHARITAS PARA DUL-
CES Y HELADOS.

DE PAJA TOQUILLA Y MOCORA.

ARTICULOS DE CESTERIA.
ARTICULOS DE CESTERIA.

PARA DECORAR HABITACIONES,



13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL . - 1671

PREFERENCIAS OTORGADAS POR, CUBA.

: REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.
ISA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION

guata de celulosa o napa de fibras de
celulosa, del tipo de los utilizados para
fines domésticos © sanitarios, en bobinas
(rollos) de una anchura inferior o igual
a 36cm o cortados en formato; pafiuelos,
toallitas, de desmaquillar, toallas,
manteles, servilletas, pafiales para bebés,
compresas y tampones higiénicos,
sabanas y articulos similares para uso
doméstico, de tocador, higiénico o de
hospital, prendas y complementos
(accesorios), de vestir, de pasta de papel,
papel, guata de celulosa o napa de

fibras de celulosa. ;

4818.40.00 Compresas y tampones higiénicos,
pafiales para bebés-y articulos higiénicos 50 PANALES, TAMPONES HIGIENICOS Y
similares. ARTICULOS HIGIENICOS SIMILARES.
4901 Libros, folletos e impresos similares,
incluso en hojas sueltas.
4901.9 Los demas: ;
4901.99.00 Los demas. 100
5204 Hilo de coser de algod6n, incluso
acondicionado para la venta al por
menor.
5204.1 Sin acondicionar para la venta al por
-menor:
5204.11.00 Con un contenido de algodén superior o
igual al 85 % en peso. 50
5208 Tejidos de algodén con un contenido de

algodén superior o igual al 85 % en peso,
de peso inferior 9 igual a 200 g/m’.

5208.1 Crudos:
5208.11.00 De ligamento. tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m’. 50
5208.12.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.13.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5208.19.00 Los demas tejidos. : 50
5208.2 Blanqueados:
5208.21.00 De ligamento tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m?, 50
5208.22.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.23.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior 0 igual a 4. 50
5208.29.00 Los demas tejidos. 50

5208.3 Tefnidos:

5208.31.00 De ligamento tafetan, de peso inferior }

o igual a 100 g/m?. 50



1672 > GACETA OFICIAL ' 13:-de noviembre del 2000
arene pegs eemmnr nrg On A Sa ES EA OE 2 SS

“PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ * . : Pref.
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

5208.32.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.33.00 De ligamento sarga; incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5208.39.00 Logs demas tejidos. He 50
5208.4 Con hilados de distintos colores:
5208.41.00 De ligamento tafetan, de gramaje inferior

o igual a 100 g/m’. 50)
5208.42.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.49.00 Los demas tejidos. 50
5208.5 Estampados:
5208.51.00 De ligamento tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m?. 50
5208.52.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m’. 50
5208.53.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4, 50
5208.59.00 Los demas tejidos. ; 50
5209 Tejidos de algodon con un contenido de

algodon superior o igual al 85 % en peso,
de peso superior a 200 g/m’.

5209.1 Crudos:
5209.11.00 De ligamento tafetan. 50
5209.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, > 50
5209.19.00 Los demas tejidos. - 50 £
5209.2 Blanqueados:
5209.21.00 De ligamento tafetan. 50
5209 22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, 50

de curso inferior o igual a 4,

5209.29.00 . Los demas tejidos. 50
5209.3 Tenidos: :
5209.32.00 De ligamento sarga, incluide el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5209.39.00 Los demas tejidos. 50
5209.4 ~ Con hilados de distintos colores:
5209.41.00 De ligamento tafetan. 50
5209.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50°
5209.43.00 Los demas tejidos de ligamento sarga,

incluido el cruzado, de curso inferior o

igual a 4, 50

5209.49.00 Los demas tejidos. : 50



13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1673

ee ES TT SSS SSE AS SSS ART AS SD
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA,
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
/SA ; DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

5209.5 Estampados: 50
5209.51.00 De ligamento tafetan.
5209.52.00 De ligamento sarga, incluido el ecruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5209.59.00 Los demas tejidos. 50
5210 Tejidos de algodén con un contenido de

algod6n inferior al 85 % en peso,
mezclado exclusiva o principalmente con
fibras sintéticas o artificiales, de peso
inferior o igual a 200 g/m?.

5210.1 Crudos:
* 5210.11.00 De ligamento tafetan. 50
5210.12.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, 50
5210.19.00 Los demas tejidos. 50
5210.2 Blanqueados:
5210.21.00, De ligamento tafetan. 50
5210.22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, 50
5210.29.00 Los demas tejidos. 50 ‘
5210.3 Tefiidos:
5210.31.00 De ligamento tafetan. 50
5210.32.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.39.00 Los demas tejidos. 50
5210.4 Con hilados de distintos colores:
5210.41.00 De ligamento tafetan, ; 50
5210.42.00. De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.49.00 . Los demas tejidos. 50
5210.5 Estampados: °
5210.51.00 De ligamento tafetan. ete)
5210.52.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.59.00 Los demas tejidos. 50
5211 Tejidos de algodén con wn contenido de

algodon inferior al 85 % en peso,
mezclado exclusiva o principalmente con
fibras sintéticas o artificiales, de peso
superior a 200 g/m”. -

5211.1 Crudos:
5211.11.00 De ligamento tafetan. 50
* §211.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inférior 0 igual a 4, 50



1674 : GACETA OFICIAL — 13 de noviembre del 2000
(enc NN a a

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA, ae
REGIMEN DEL ACUERDO.



NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION

5211.19.00 Los demas tejidos. 50
5211.2 Blanqueados: Bee ies 50
5211.21.00 De ligamento tafetan,
5211.22.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50 ; ;
5211.29.00 Los demas tejidos. 50
5211.3 Tefiidos:
5211.31.00 De ligamento tafetan. ‘50
5211.39.00 - Los demas tejidos. 50
5211.4 Con hilados de distintos colores:
5211.41.00 De ligamento tafetan. : ie 250
5211.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50
5211.43.00 Log demas tejidos de ligamento sarga,

incluido el eruzado, de curso inferior

o igual a 4. 50
5211.49.00 ‘Los demas tejidos. 50
5211 aD Estampados:
5211.51.00 De ligamento tafetan. 4 50
§211.52.00 De ligamento sarga, ineluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5211.59.00 Los demas tejidos. 50
5212 Los demas tejidos de algodon.
5212.1 — De peso inferior o igual a 200:g/m?:
5212.11.00 Crudos. ee "BO

' 5212.12.00 Blanqueados. 50

5212.13.00 Teflidos. see 50
5212.14.00 Con hilados de distintos colores. 50
§212.15.00 Estampados. 00
5212.2 De peso superior a 200 g/m’:
6212.21.00 Crudos, 50
5212.22.00 Blanqueados. : 50.
5212.23.00 Tefiidos. : 50
5212.24.00 = Con hilddos de distintos colores. ' 50
5212.25.00 Estampados. _ 50
5305 _ Coco, abaca [cafiamo de Manila (Musa
textilis Nee)], ramio y demas fibras
\ textiles vegetales no expresadas ni

comprendidas en otra parte, en bruto o
trabajados, pero sin hilar; estopas y
desperdicios de estas fibras (incluides
los desperdicios de hilados y las

¢ hilachas).



13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA,

NALADI/ it CY

: /jSSA â„¢ DESCRIPCION

5305.2 De abaca:

5305.21.00 En bruto.

95607 Cordeles, cuerdas y cordajes, estén o no

trenzados, incluso impregnados,
recubiertos, revestidos o enfundados con
caucho o plastico.

5607.10.00 De yute o demas fibras textiles del liber
de la partida n? 53.03. :

5607.30.00 De abaca [cafamo de Manila (Musa
textilis. Nee)] 9 demas fibras duras de
hojas. :

5701 Alfombras de nudo de materia textil,

s incluso confeccionadas.

5701.10.00 De lana o Delo fino.

5702 Alfombras y demas revestimientos para
el suelo, de materia textil, tejidos,
excepto los de mechon insertado y los
flocados, aunque estén confeccionados,
incluidas las alfombras llamadas
“Kelim” o “Kilim’”, “Schumacks” o
“Soumak”, “Karamanie” y alfombras
similares tejidas a mano.

5702.3 Los demas, aterciopelados, sin.
confeccionar:

5702.31.00 De lana o pelo fino,

5702.32.00 De materia textil sintética o artificial.

5806 Cintas, excepto los articulos de la
partida n°? 58.07; cintas sin trama, de
hilados o fibras paralelizados y
aglutinados.

5806.3 Las demas cintas:

5806.31.00 De algoddn.

5806.39 De las demas materias textiles,

5806.39.30 De seda.

5806.39.90 Los demas.

6103 Trajes (ambos o ternos), conjuntos,
chaquetas (sacos), pantalones largos,
pantalones con peto, pantalones cortos
(calzones) y “shorts” (excepto de bamio),
de punto, para hombres o nifios.

6103.4 Pantalones largos, pantalones con peto,

: pantalones cortos (calzones) y “shorts”:

6103.41.00 De lana o pelo fino.

6103.42.00 De algodon.

6103.43.00 De fibras sintéticas.

6104 Trajes sastre, conjuntos, chaquetas

(sacos), vestidos, faldas, faldas pantalon,
pantalones largos, pantalones con peto,

mer

GACETA OFICIAL

1675

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
100

50

50 CORDELES.

50 ARTESANALES.

AN SN
50 ALFOMBRAS ¥ 'TAPICES ARTESANA-
LES.

50 ALFOMBRAS Y TAPICES.

50

50

60

J

50 PANTALONES Y CALZONES.
50 PANTALONES Y CALZONES.
50 PANTALONES Y CALZONES.



1676 3 . GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.’

NALADI/ : ;
/SA DESCRIPCION
pantalones cortos (calzones) y “shorts”
7s (excepto de bafio), de punto, para
%. mujeres o nifias.

6104.4 Vestidos:

6104.42.00 De algodon.

6105 Camisas de punto para hombres o nifios,

6105.10.00 De algodon. ‘

6105.20.00 De fibras sintéticas o artificiales.

_ 6106 Camisas, blusas y blusas camiseras, de
punto, para mujeres o nifias,

6106.10.00 De algod6én.

6107 Calzoncillos .(incluidos los largos y los
“slips”), camisones, pijamas, albornoces
de bafio, batas de casa y articulos
similares, de punto, para hombres 0°

; niflos.

6107.1 Calzoncillos (incluidos logs largos y los
“slips’’):

6107.12.00 De fibras sintéticas o artificiales.

6107.9 Los demas:

6107.91.00 . De algodon.

6109 “T-shirts” y camisetas interiores, de
punto.

6109.10.00 De algodoén.

6109.90 De las demas materias textiles.

6109.90.90 Las demas.

6111 Prendas y complementos (accesorios), de

- _-vestir, de punto, para bebés.

6111.30.00 De fibras sintéticas.

6115 Calzas, “panty-medias”, leotardos, medias, |
calcetines y demas articulos de
‘calceteria, incluso para varices, de punto.

6115.9 Los demas: :

6115.99 De las demas materias textiles,

6115.99.90 Los demas.

6302 Ropa de cama, mesa, tocador o cocina. ©

6302.2 Las. demas ropas de cama, estampadas:

6302.22.00 De fibras sintéticas o artificiales.

6302.29.00 _ De las demas materias textiles.

6305 Sacos (bolsas) y talegas, para envasar.

6305.3 De materias textiles sintéticas o
artificiales: ;

6305.32.00 Continentes intermedios flexibles para
productos a granel.

6305.33.00 Los demas, de tiras 0 formas similares,
de polietileno.o polipropileno,

6402 Los demas calzados con suela y parte

superior de caucho o plastico.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.

. Pore.

50

50

100

100

50

50

50
50

50

100

OBSERVACION

ARTESANALES,

we lh GR

CAMISAS Y BLUSAS.

CAMISETAS.,

CAMISETAS,

PRENDAS EXTERIORES.

SACOS DE POLIPROPILENO, DE
TIRAS O FORMAS SIMILARES,

SACOS DE POLIPROPILENO.



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1677



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
{SA

6402.20.00

6403

6403.5

6403.51.00
6403.59.00

6405
6405.10

6405.10.20
6405.10.30
6405.10.40

6405.90
6405.90.10

6405.90.20
6405.90.30 -
6405.90.40
6406 .

6406.20.00

6406.9
6406.99
6406.99.10
6502

~ 6502.00.10

6504.00.00

6804

DESCRIPCION

Calzado con la parte superior de tiras
o bridas fijas a la suela por tetones
(espigas).

Calzado con suela de caucho, plastico,
cuero natural 9 regenerado y parte
superior de cuero natural.

Los demas calzados, con suela de cuero
natural:

Que cubran el tobillo.

Los demas.

Los demas calzados. .

Con la parte superior de cuero natural
o regenerado.

Con suela de caucho o plastico.

Con suela de cuero natural o regenerado.
Con suela de otras materias.

Los demas.
Con suela de caucho o plastico.

Con suela de cuero natural o regenerado.
Con suela de madera o corcho.,
Con suela de otras materias.

Partes de calzado (incluidas. las partes
superiores fijadas a las palmillas
distintas de la suela); plantillas,

’ taloneras y articulos similares,

amovibles; polainas y articulos similares,
y sus partes.

Suelas y tacones (tacos)*, de caucho o
plastico.

Los demas:

De las demas materias.

Partes de calzado; plantillas, taloneras
y articulos similares, amovibles.

Cascos para sombreros, trenzados o
fabricados por unidn de tiras de
cualquier materia, sin formar, acabar ni
guarnecer.

De paja toquilla 9 paja mocora.

Sombreros y demas tocados, trenzados o
fabricados por unidn de tiras de
cualquier materia, incluso guarnecidos.
Sombreros y demas tocados, trenzados o
fabricados por union de tiras de
cualquier materia, incluso guarnecidos.

Muelas y articulos similares, sin
bastidor, para moler, desfibrar, triturar,
afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear,

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Porc.

50 ©

100

100

OBSERVACION

PARTES DE CALZADO, EXCEPTO DE
POLIURETANOS.



1678 . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

ene En SS RES ET TCT WATE A CE SE A A A

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

Uy

NALADI/
{SA DESCRIPCION
piedras de afilar 9 pulir a mano, y sus
partes, de piedra natural, de abrasivos

(eeer aes naturales o artificiales aglomerados o de

eee: cerdmica, incluso con partes de otras
materias. :

6804.2 _ Las demds muelas y articulos similares:

6804.22 De logs demas abrasivos aglomerados o

oi de ceramica.

6804.22.10 De abrasivos aglomerados.

6804.30.00 Piedras de afilar o pulir a mano.

6805 Abrasivos naturales o artificiales en
polvo o grénulos con soporte de materia
textil. papel, cart6én u otras materias,
incluso recortados, cosidos o unidos de
otra forma.

6805.10.00 Con soporte constituido solamente por
tejido de materia textil.

6805.20.00 Con soporte constituido solamente por
papel o carton.

6908 Placas y baldosas, de ceramica,

barnizadas o esmaltadas, para
pavimentacidn 9 revestimiento; cubos,
daidos y articulos similares, de cerdmica,
para mosaicos, barnizados o esmaltados,
incluso con soporte.

6908.10.00 Plaquitas, cubos, dados y articulos
similares, incluso de forma distinta de
la cuadrada o rectangular, en los que
la superficie mayor pueda inscribirse en
un cuadrado de lado inferior a '7.cm.

6912 Vajilla y demas -articulos de uso
' doméstico, higiene o tocador, de ceramica,
; excepto porcelana.
6912.00.00 Vajilla y demas articulos de uso
doméstico, higiene o tocador, de ceramica,
excepto porcelana.

69138 Estatuillas y demas articulos para
adorno, de cerdmica.
6913.10.00 De porcelana.

6913.90.00 Los demas.

7010 Bombonas (damajuanas), botellas,
frascos, bocales, tarros, envases
tubulares, ampollas y demas recipientes
para el transporte o envasado, de vidrio;
bocales para conservas, de vidrio;
tapones, tapas y demas dispositivos de
2 cierre, de vidrio.

7010.9 Los demas, de capacidad:

7010.91 Superior a 1 1. :
7010.91.10 Bombonas (damajuanas) y botellas.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.

Pore, OBSERVACION

50 DISCO DE CORTE Y DESBASTE,
50 PIEDRAS ABRASIVAS,

50 LIJAS DE HIERRO (EMERY CLOTH).
50 LIJAS DE MADERA (GRANATE),

50

100

50

50

50 . BOTELLAS.



13 de noviembre del 2060 GACETA OFICIAL 1679

‘cE CNT MACE OTS EL AY AS I A ALA HY) te



ETO nnn 28a rN AR IRIE TE TE

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref. ;
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
7010.92 Superior a 0,331 pero inferior o igual
ail.
7010.92.10 Botellas. : 50
7010.93.00 Superior a 0,15 1 pero inferior o igual :
a 0,33 1. 50 BOTELLAS. ob
7010.94.00 Inferior o igual a 0,15 1. 50 BOTELLAS.
7113 Articulos de joyeria y sus partes, de
metal precioso o de chapado de metal
precioso (plaqué). Se ;
7113.20.00 De chapado de metal precioso (plaqué) 50 ARTICULOS DE JOYERIA CHAPADOS
sobre metal comun. H DE PLATA,
7114 _ Articulos de orfebreria y sus partes, de

metal precioso o de chapaido de metal
precioso (plaqué).

7114.1 De metal precioso, incluso revestido o
: chapado de metal precioso (plaqué):
7114.11.00 De plata, incluso revestida o chapada 3
de otro metal precioso (plaqué). 50 ARTICULOS DE ORFEBRERIA,
7321 Estufas, calderas con hogar, cocinas

(incluidas las que puedan utilizarse
accesoriamente para calefaccién central),
barbacoas (parrillas)*, braseros, hornillos
de gas, calientaplatos y aparatos no
eléctricos similares, de uso doméstico, y
sus partes, de fundicidn, hierro o acero.

7321.1 Aparatos de coccién y calientaplatos:
7321.11.00 De combustibles gaseosos, o de gas y

otros combustibles. 100 COCINAS.
7615 Articulos de uso doméstico, higiene o

tocador y sus partes, de aluminio;
esponjas, estropajos, guantes y articulos
similares para fregar, lustrar 0 usos
analogos, de aluminio.
GUS sls an Articulos de uso doméstico y sus partes;
esponjas, estropajos, guantes y
articulos similares para fregar, lustrar
o usos analogos: :

7615.11.00 Esponjas, estropajos, guantes y articulos
similares para fregar, lustrar o usos
andlogos. 50

7615.19 Los demas.

7615.19.10 Articulos de uso doméstico. 50

7615.19.90 Los. demas. 50

8201 Layas, palas, azadas, picos, binaderas,

horcas de labranza, rastrillos y raederas;
hachas, hocinos y herramientas similares
con filo; tijeras de podar de cualquier
tipo; hoces y guadafias, cuchillos para
heno o para paja, cizallas para setos,



1680

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

extent SSS SSS SE SS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA DESCRIPCION

-Cufias y demas herramientas de mano, ,
agricolas, horticolas o forestales.

Las demas herramientas de mano,
agricolas, horticolas o forestales.

8201.90.00

8301 Candados, cerraduras y cerrojos (de
llave, combinacioén o eléctricos), de metal
comun; cierres y monturas cierre, con
cerradura incorporada, de metal comun;
Tlaves de. meta] comun para estos
articulos. :

Las demas cerraduras; cerrojos.
Cerraduras.

8301.40
8301.40.10

8418 Refrigeradores, congeladores y demas
material, maquinas y aparatog para

4 produccion de frio, aunque no sean

eléctricos; bombas de calor, excepto las ,

maquinas y aparatos para

acondicionamiento de aire de la partida

numero 84.15.

Refrigeradores domésticos: OE

De absorcion, eléctricos.

8418.2
8418.22.00

3418.40.00 Congeladores verticales del tipo armario,

de capacidad inferior o igual a 900 1.

8452 Maquinas de coser, excepto las de coser
: pliegos de la partida n° 84.40; muebles,
basamentos y tapas o cubiertas
especialmente concebidos para maquinas
de coser; agujas para maquinas de coser.

8452.10.00 Maquinas de coser domésticas.

8452.2
8452.21.00

Las demas maquinas de coser:
Unidades automaticas.

8481 Articulos de griferia y érganos similares
para tuberias, calderas, depdsitos, cubas
© continentes similares, incluidas las
valvulas reductoras de presién y las
valvulas termostaticas.

8481.10.00 Valvulas reductoras de presion.

Los demas articulos de griferia y
organos similares,

Juegos o surtidos de griferia pdra salas
de bafio o cocina.

8481.80

8481.80.10

8481.90.00 Partes.

8508 Herramientas electromecdnicas con
motor eléctrico incorporado, de uso
manual. H

Taladros de todas clases, incluidas las
perforadoras rotativas.

8508.10.00

8508.80.00 | Las demas herramientas,

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref.

Pore. OBSERVACION

' 50 CERRADURAS DE POMO Y MUEBLES,

50

50 PARA SALAS DE BANO,

100 p DE ARTICULOS DE GRIFERIA,

100

100



13 de noviembre del 200€ GACETA OFICIAL 1681

| enuresis PS PN ST AE DS OAT PS SERCO EL SE aS aE eT TE I TD

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. :
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
(SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

8511 - Aparatogs y dispositivos eléctricos de
encendido o de arranque, para motores
de encendido por chispa o por
compresién (por ejemplo: magnetos,
dinamomagnetos, bobinas de encendido,
bujias de encendido o calentamiento,
motores de arranque); generadores (por
ejemplo: dinamos, alternadores) y
-reguladores disyuntores utilizados con
estos motores.

8511.10.00 Bujias de encendido. 50

8517 Aparatos eléctricos de telefonia o
telegrafia con hilos, incluidos los
teléfonos de usuario de auricular
inalambrico combinado con microfono y

los aparatos de telecomunicacién por 50 CAJAS DE DISPERSION TELEFONICA
corriente portadora o telecomunicacién DE DIEZ PARES Y MANGAS PARA
digital; videdfonos. EMPALME TELEFONICO DE 10 A
8517.80.00 Los demas aparatos. 300 PARES.
8529 Partes identificables como destinadas,

exclusiva o principalmente, a los
aparatog de las partidas n°? 85.25 ala ™\. 5 : '
85.28. 50 ANTENAS PARABOLICAS. PARA

8529.10.00 Antenas y reflectores de antena de : TRANSMISION Y RECEPCION DE SE-
cualquier tipo; partes apropiadas para WALES DE SATELLITES DE 60CM A
su utilizacidn con dichog articulos. 19 M.

9003 Monturas (armazones) de gafas
(anteojos) o articulos similares y sus
partes. i

9003.1 Monturas (armazones): aE :

9003.11.00 De plastico. nN 50 PARA ANTEOJOS.

9003.19.00 De otras materias, won 50 MONTURAS METALICAS PARA AN-

TEOJOS.
9205 - Log demas instrumentos misicales de —

viento (por ejemplo: clarinetes,
trompetas, gaitas).
9205.90.00 Los demas. - 50

9401 Asientos (excepto los de la partida
numero 94.02), incluso los:
transformables. en cama, y sus partes.

9401.6 Los demas asientos, con armazon de
madera: :
-9401.61.00 Con relleno. — ; 50 TAPIZADOS.
~ 9401.69.00 Los demas. 50
9401.80.00 Los demas asientos, 50 DE MADERA, By
9401.90 ; Partes.
9401.90.10 De madera. ’ 50 DE MADERA.
9403 Los demas muebles y sus partes.
9403.30.00 Muebles de madera del tipo de los

utilizados en oficinas, 30

-



1682 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

oe REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.

/SA DESCRIPCION Pore. -, OBSERVACION
9403.40.00 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en cocinas. 50
9403.50.00 Muebles de madera del tipo de los 50
utilizados en dormitorios.
9403.60.00 Los demas muebles de madera. 100
9403.90 Partes. Whence ;

9403.90.10 De madera, 50

.



13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1683

ESET ESET EE BE EE PE IN EEE EE OE NE TEE ESE TSS EO SEE NTE EGET TEE DIT S28 ETO LEGS EEE ATI TI EID IE BPTI: AAS TORUS SERS LTE DISTR TGS OOO SEI

ANEXO Il
PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR A CUBA

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

presentadas en agua salada, sulfurosa

NALADI/ : Pref.
{SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
0101 Caballos, asnos, mulos y burdéganos,
: vivos.

0101.1 Caballos:
0101.19 Los demas,
0101.19.90 Los demas, 50 PARA REPRODUCCION.
0102 Animales vivos de la especie bovina.
0102.90.00 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA,
0103 Animales vivos de la especie porcina,
0103.10.00 Reproductores de raza pura. 50
0104 Animales vivos de las especies ovina 0

caprina.
0104.10 De la especie ovina.
0104.10.90 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA.
0106 Los demas animales vivos. pal
0106.00.00 ‘Los demas animales vivos. 50 CONEJOS (REPRODUCTORES DE RA-

ZA PURA).
4 50 —DELFINES, :
—ANIMALES DE LABORATORIO PA-
RA INVESTIGACION,

0306 Crustaceos, incluso pelados, vivos, frescos,
refrigerados, congelados, secos, salados o

en salmuera; crustdceos sin pelar,

cocidos en agua o vapor, incluso

refrigerados, congelados, secos, salados g

en salmuera; harina, polvo y “pellets”

de crustaceos, aptos para la

alimentaciédn humana.
0306.1 Congelados: :
0306.11.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,

Jasus spp.) 50
0306.2 Sin congelar:
0306.21.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,

‘, Jasus spp.) 50 VIVAS,

0511 Productos de origen animal no

expresados ni comprendidos en otra

parte; animales muertos de los capitulos

1 6 3, impropios para la alimentaci6n

humana.
0511.10.00 Semen de bovino. 50
0511.9 Log demés: a
0511.99 Los demas. x
0511.99.40 Semen animal. 50
0814 _Cortezas de agrios (citricos), melones 0

Ai, sandias, frescas, congeladas, secas o



1684 GACETA' OFICIAT 13 de noviembre del 2000

\

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

e REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ais Pref. f
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

© adicionada de otras sustancias para su
' conservacién provisional.

0814.00.00 Cortezas de agrios (citricos) melones o
sandias, frescas, congeladas; secas o
presentadas en agua salada, sulfurosa’ '
o adicionada de otras sustancias para su

conservacion provisional. 50 HOLLEJOS DE CITRICOS,
1301 Goma. laca; gomas, resinas, gomorresinas
y oleorresinas (por ejemplo: balsamos),
: naturales. ;
1301.90 . Los demas.
1301.90.2 Gomorresinas y resinas: / ;
1301.90.29 Las demas. 50 RESINAS DE PINO.
1302 Jugos y extractos vegetales; materias

pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar
y demas mucilagos y espesativos
derivados de los vegetales, incluso

modificados.
1302.1 Jugos y extractos vegetales: 50: ACITAN.
1302.19 Los demas. f ASMACAN,
1302.19.90 Los demas. NUTRISOL.
1704 Articulos de confiteria sin cacao 3
(incluido el chocolate blanco).
1704.90 Los demas.
1704.90.20 Bombones, caramelos, confites y i
Ppastillas. ; : 100 :
1806 Chocolate y demas preparaciones
alimenticias que contengan cacao.
1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azticar u
: otro edulcorante. -100
1806.20 Las demas preparaciones, bien en

bloques o barras con peso superior a 2 kg,
bien en forma: liquida o pastosa, o en
polvo, granulos o formas similares, en
recipientes 9 envases inmediatos con un
contenido superior a 2kg.

1806.20.10 Chocolate. e 100 EN BLOQUES O BARRAS,
iy #
1806.3 Log demas, en bloques, tabletas o barras:
1806.31.00 — Rellenos, 100
1806.32 Sin rellenar.
1806.32.10 Chocolate. 100
~ 1806.90 Los demas. :
1806.90.90 , Los demas. 100
1905 Productos de panaderia, pasteleria ‘o

galleteria, incluso con adicién de cacao;
hostias, sellos vacios del tipo de los
utilizados para medicamentos, obleas
para sellar, pastas secas de harina,
almid6on o fécula, en hojas, y productos
similares.



13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL a 1685
PREFERENCIAS OTORGADAS 'POR ECUADOR,
Heats : REGIMEN DEL ACUERDO.

'

NALADI/ Pref. :
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

1905.30.00 ‘Galletas dulces (con adicidn de lev
edulcorante); barquillos y obleas, incluso ® 100: GALLETAS DULCES (AFRICANAS,
rellenos (‘“gaufrettes”, ‘“wafers”’) y rad AFRIQUITAS) Y SORBETOS
“waffles” (“gautfres’’)*. (WAFFERS),

2106 Preparaciones alimenticias no expresadas
ni comprendidas en otra parte.

2106.90 Las demas. Y

2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
utilizadas para la elaboracion de bebidas. A 0,5 % VOL.

2106.90.90 Las demas. 100 BIOPLA CD-831 COMPLEMENTO DIE-

None N TETICO.
2207 Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.; alcohol etilico y
aguardiente desnaturalizados, de
cualquier graduacion.

2207.10.00 Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico superior o

- igual al 80% vol. ' 50
2208 - Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico inferior al
80 % vol.; aguardientes, licores y demas
bebidas espirituosas.

2208.40.00. Ron y demas aguardientes de cafia, B 50
2208.70 Licores.

2208.70.20 _ Cremas. 50
2402. Cigarrogs (puros) (incluso despuntados),

cigarritos (puritos) y cigarrillos, de
tabaco o de sucedaneos del tabaco.

2402.10.00 Cigarros (puros) (incluso despuntados) y :
cigarritos (puritos), que contengan :
tabaco. 50 TABACO TORCIDO,
:
2515 Marmol, travertinos, “ecaussines” y

demas piedras calizas de talla o de
construccién de densidad aparente :

_ superior o igual a 2,5, y alabastro, ; ; t
incluso desbastados o simplemente i



‘troceados, por aserrado o de otro modo, Ree Y
en bloques o en placas cuadradas o lay
rectangulares. , :
2515.11 En bruto o desbastados. ;
2515.11.10 Marmol. : : 50 EN BRUTO.

2520 Yeso natural; anhidrita; yeso fraguable
‘! (consistente en yeso natural calcinado o
en sulfate de calcio), incluso coloreado
o con pequefias cantidades de
aceleradores o retardadores,
2520.10.00 Yeso natural; anhidrita. ; 100 YESO NATURAL,



6 GACETA OFICIAL __ 13 de noviembre del 2000




' PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. ; us
ae: reel M REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ : aes Pref,
/SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION
2523 Cementos hidrdulicos (comprendidos los ;

cementos sin pulverizar o “clinker”), #
incluso coloreados,

2523.10.00 Cementos sin pulverizar (“clinker”). 100
2523.2 Cemento Portland:
2523.21.00 Cemento blanco, incluso coloreado

artificialmente. : 100
2523.29.00 Los demas. 50 ' CEMENTO GRIS.
2530. Materias minerales no. expresadas ni

comprendidas en otra parte.
2530.90 Las demas. 3
2530.90.90 Los demas. 00) ZEOLITAS NATURALES. -
2610 Minerales de cromo y sus concentrados.
2610.00.10 Cromita (6xido de cromo y de hierro). 50 CROMITA REFRACTARIA,
2822 Oxidos e hidroxidos de cobalto; oxidos

* de cobalto comerciales.

2822.00.1 Oxidos de cobalto:
2822.00.11 Oxidos de cobalto comerciales. 50
2825 ' Hidrazina e hidroxilamina-y sus sales

jnorganicas; las demas bases inorganicas;

los demas Oxidos. hidroxidos y

peroxidos de metales, ; '
2825.40.00 Oxidos e hidréxides de niquel. 50

2937 Hormonas, naturales o reproducidas por
sintesis;.sus derivados utilizados
principalmente como hormonas; los
demas esteroides utilizados
principalmente como hormonas.

2937.10 Hormonas del l6bulo anterior de la ; : j
hipofisis y similares, y sus derivados. 50 —GONADOTROPINA CORIONICA HU-

2937.10.1 Hormonas del 16bulo anterior de la MANA.
hip6fisis: ' _GONADOTROPINA SERICA

2937.10.12 Gonadotrofinas. i : HUMANA.

2937.9 Las demas hormonag y sus decrivados;

los demas esterdides utilizados
j principalmente como hormonas:
2937.99 Los demas.

2937.99.9 Los demas: 4 a)
2937.99.99 Los demas. 50 OXIVASOPRESINA.
8001 Glandulas y demas organos pata usos

opoterapicos, desecados, incluso
pulverizados; extractos de glandulas o
de otros érganos o de sus secreciones,
para usos opoterapicos; heparina y
sus sales; las demas sustancias humanas
o animales preparadas para usos
terapéuticos o profilacticos, no
expresadas ui comprendidas en otra
parte.

3001.20 Extractos de glandulas o de otres
Srganog o de sus secreciones.



13 de noviembre del 2000 . GACETA OFICIAD - 1687

EN a eS aT

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
(SA

3001.20.10
3001.20.20
3001.20.90

3001.90
3001.90.90

3002

3002.10

3002.10.1
3002.10.12-

3002.10.19

8002.10.90

“REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION..| Porc. OBSERVACION
De higado. 100
De bilis. 100
Log demas. 100
Las demas, 5 100 --MEDULA ESPINAL.
Las demas. —MELAGENINA.
Sangre humana; sangre animal
preparada para usos terapéuticos,
profilacticos o de diagndstico; antisueros
(sueros con anticuerpos), demas :
fracciones de la sangre y productos
inmunolégicos modificados, incluso
obtenidos por proceso biotecnolégico;
vacunas, toxinas, cultivos de
microorganismos (excepto las levaduras)
y productos similares.
Antisuerogs (sueros con anticuerpos),
demas fracciones de la sangre y
productos inmunoldgicos modificados,
incluso obtenidos por proceso
biotecnologico.
Antisueros (sueros con anticuerpos):
Suero antitetanico. 100
Los demas. 100 SUEROS NORMALES Y HEMOCLASI-
FICADORES. eG
—SUERO NEGATIVO BA.
—SUERO POSITIVO BA.
_—SISTEMA ABO.
—SUERO ANTI A HUMANO.
—SUERO ANTI B HUMANO.
—SUERO ANTI AB HUMANO.
—SUERO HUMANO LIOFILIZADO.
—INMUNOGLOBULINA HUMANA
250 10.
--SUERO CONTROL NEGATIVO
NEWCASTLE.
~-SUERO CONTROL POSITIVO
BRUSELLA ABORTUS
-—-SUERO CONTROL POSITIVO
NEWCASTLE. ;
--SUERO TERNERO 250 ML,
—ANTICUERPOS MONOCLONALES,
Los demas. 100 --COMPLEJO PROTROMBINICO LIOFI-

LIZADO 200 UL.
—CONCENTRADO DE FACTOR VHI
LIOFILIZADO 250 UI.

--INMUNOGLOBULINA NORMAL 16 %.
—INTACGLOBIN 0.5 G FCO, 10 ML.
~-INTACGLOBIN 1.0 G FCO. 20 ML.
-INTACGLOBIN 2.5 G FCO. 50 ML.
—INTACGLOBIN 3.0 G FCO. 60 ML,
—GAMMA GLOBULINA BOVINA.
—GAMMA GLOBULINA HIPERIN-



1688 , . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

cn nA TI ESSE ECA TE SI A SE AES EEC Sa SES Sa SD
PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACION

MUNE ANTIMENINGOCOCCICA
(INMUNOGLOBULINAS ESPECIFI-
CAS):

—INMUNOGLOMINA ANTI-D 250 MCG

_ VIAL,

—INMUNOGLOBINA' INTACTA POULI-
VALENTE 0,5 G/1,0 G ¥ 3,0 VIAL.

—ANTIRRABICA HUMANA 250.UI.

—ANTIHEPATITIS B.

—ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA
100 MCG.

—ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA
250 MCG.

—ANTI-SARAMPION 16 %.

—ALBUMINA HUMANA AL 5%, 20%
Y 25%. )

—FRACCION PROTEICA DEL PLASMA
AL 5%.

—ANTI-TETANICA 250 UI.

—EVIMUNK (INMUNOESTIMULANTE
PARA USO VETERINARIO),

—FACTORES DE COAGULACION VIII
Y IX.

—INTERFERON GAMMA LEUCOCITA-
RIO HUMANO.

—INTERFERON GAMMA RECOMBI-
NANTE,

3002.20.00 Vacunas para la medicing humana. 100 —VACUNA ANTIMENINGOCOCCICA
BC.
—VACUNA ANTIHEPATITIS B
RECOMBINANTE.
: _ —VACUNA HEMOPHILUS B.
; —VACUNA ANTITIFOIDICA ORAL.

—VACUNA BRONQUITIS J-A.
‘"__ANTICITOMEGALOVIRUS.
—VACUNA TOXOIDE TETANICO,
—VACUNA AUJESXKI INACTIVADA.
—VACUNA ANTIRRABICA HUMANA.
—VACUNA LEPTOSPIROSIS,

3002.30 Vacunas para la medicina veterinaria. 100 —ANEMIA INFECCIOSA EQUINA.
3002.30.90 Las demas. , —VACUNA ENCEFALOMIELITIS
AVIAR.
—VACUNA CONTRA LA PARVOVIRO-
SIS CANINA.
—VACUNA HEPATITIS CANINA,
—VACUNA COLERA PORCINO,.
—VACUNA CONTRA LA ENCEFALOI-
MIOCARDITIS VIRAL PORCINA.
—VACUNA ENCEFALOMIELITIS EQUI-
NA DEL ESTE.
—VACUNA TEBERCULINA BOVINA.
—VACUNA ANTIRRABICA CANINA,
—GUMBORO.
—VACUNA VIRUELA AVIAR.
—VACUNA PARA LA ENFERMEDAD



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1689



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/
/SA

3002.90
3002.90.60

3002.90.90

3004

3004.20.00

; Pref.
DESCRIPCION Pore,
Los demas, 50
Reactivos de origen microbiano para
diagnostico.
Los demas. 100
100

100

Medicamentos (excepto los productos de 100
las partidas n? 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados o

sin mezclar, preparados para usos

terapéuticos o profilacticos, dosificados

© acondicionados para la venta al por

menor.

Que contengan otros antibidticos.

REGIMEN DEL ACUERDO.

OBSERVACION

DE NEWCASTLE,

—VACUNA IHBB.

—VACUNA BACTERIANA CARBUNCO
SINTOMATICO.

—VACUNA HEPTINA CONTAGIOSA.

—LEPRA,

—MENINGITIS B.

—VIH (SIDA).

-—-RUBEOLA.

—REACTIVOS PARA LA DETECCION
DEL ROTAVIRUS EN HECES FECA-
LES.

—REACTIVOS PARA LA DETECCION
DEL ANTIGENO DEL HERPEX SIM-
PLEX,

—ANTIGENO BRUCELLA ABORTUS.

—ANTIGENO ANEMIA INFECCIOSA.

—ANTIGENO NEWCASTLE.

FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDER-
MICO.

FACTOR DE TRANSFERENCIA HU-
MANO.

HOMOLISINA LIOFILIZADA.

—TETRACICLINA 250 MG TABLETAS.

—TETRACICLINA UNGUENTO. OFTAL-
MICO.

—OXITETRACICLINA.

—DIHIDROESTREPTOMICINA.

—ESTREPTOMICINA COMPUESTA IN-
YECTABLE, i

—TETRACICLINA AMORTIGUADA IN-
YECTABLE,

—ANTIDIARREICOS EN POLVO.

—INFUSION MAMARIA DE ACCION
LENTA.

—INFUSION MAMARIA CON NEOMI-
CINA.

—SURFACEN (SURFACTANTE NATU-
RAL).

—GENTAMICINA OFTALMICA 3 %
FCO,

—GENTAMICINA 250 MG CAPSULAS,

—-GENTAMICINA 0,5 MG COLIRIO.

—GENTAMICINA 10/2040/30 MG__IN-
YECTABLE,

—MASTITIS (POMADA). |

—NISTATIN CREMA. |

—NEOBATIN CREMA. —

—NISTATINA TABLETAS REVESTI-
DAS.

—NISTATINA SUSPENSION 500 UI.



1690 A GACETA oFtCcTAa 18 de noviembre del 2090

ST RON SN AL



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.
' (SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

—CEFALOTINA 1 G VIAL.
—CEFATOXINA SODICA 1 G VIAL.
—CEFTRIAZONA SODICA 1 G VIAL.
—CEFUROXINA SODICA 750 MG VIAL.
—CEFAZOLINA SODICA 500 MG VIAL,
—CEFAZOLINA SODICA 1 G VIAL.
—CLORANFENICOL COLIRIO 0,5 %
FCO.
—CLORANFENICOL SODIO SUCCINA-
TO 500 MG VIAL.
| —CLORANFENICOL SODIO SUCCINA-
To 1000 MG VIAL.
—CLORANFENICOL 250 MG TABLE-
TAS REVESTIDAS.
—CLORANFENICOL 250 MG CAPSU-
LAS. ; i
—CLORANFENICOL (POLVO).
—CLORANFENICOL SUCCINATO 1 G
BBO 20 ML.
—AICCTINOMICINA-D 500 MG LIOFILI-
ZADA.
—NEOMASTRIPED,
crane ACARIFURAL-POMADA.
“ye ro ie" —PODOFURAL-POMADA.
. —FB-C-CREMA BACTERICIDA- FUNGI.
oe CIDA.
—PARVOFURAL-CAPSULAS.
—QUERATOFURAL-UNGUENTO OF-
TALMICO.
—OFTALMOFURAL-UNGUENTO Y CO-
LIRIO,
, | .OTOFURAL-GOTAS OPTICAS BAC-
TERICIDAS-FUNGICIDAS.
—TRISULFAPICIDINA.

Ob nee +





3004.3 - Que contengan hormonas u otros 100 —HIDROCORTISONA ACETATO 125 MG
productos de la partida n? 29.37, sin VIAL,
antibidticos: —HIDROCORTISONA SUCCINATO SO-
3004.32.00 Que contengan hormonas DICA 500 MG VIAL. |
corticosuprarrenales. —PREDNISONA 5 Y 20 MG TABLETAS.

3004.39.00 Les demas. eee 100 —DEXAMETASONA 0.75 MG TABLE-
TAS.
—BETANECOL 10 Y 25 MG TABLE-
TAS, :
—CREMA BIOACTIVANTE 50 % TUBO,
—DEXAMETASONA ACETATO 0.5 MG
TABLETAS.
—ESTROGENO CONJUGADO CREMA
TUBO.
—PROGESTERONA INYECTABLE.
—OXIPRESINA.
—JALEA BIOACTIVANTE TUBO,
—METILPREDNISOLONA 40/500 Y
5000 MG AMP.
. «TESTOSTERONA DEPOSITO AMP,

ti
tty
t



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1691

aR A A eS tS DAT BEES IID ETS SSS SES SE PTS CS ET NAPE TE OT EEE SERIE ET ET ET PINE IEEE ET ETD

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/

/SA

3004.50.00

3004.90.00

DESCRIPCION

Los demas medicamentos que contengan
vitaminas u otros productos de la
partida n? 29.36.

Los demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100

100

OBSERVACION

—TESTOSTERONA PROPIONATO
25 MG AMP./1 ML,
—PILOCARPINA 2% Y 4% COLIRIO,
—GONADOTROPINA SERICA.
—GONADOTROPINA CORIONICA
5000 UI VIAL.
—ESTIMUVET B 100 ML.
—ESTIMUVET H 100 ML,
—MAGNESOL.

—VITAMINA B-1 INYECTABLE.
—VITAMINA C INYECTABLE.
—VITAMINA K INYECTABLE.

—METRODINAZOL 250 MG TABLETAS,

—LEVAMISOL 150 MG TABLETAS.

—SUSTITUTOS SINTETICOS DE PLAS-
MA HUMANO.

INTERFERON ALFA LEUCOCITARIO

HUMANO.

—INTERFERON ALFA 2-B HUMANO

' RECOMBINANTE.

—ESTREPTOQUINASA RECOMBI-
NANTE.

—ATEROMIXOL (PPG).

—SULFAMETAZINA.

—ACICLOVIR 200 MG TABLETAS.

—ACICLOVIR 250 MG Y 500 MG VIAL.

—CIPROHEPTADINA 4 MG TABLETAS.

—FENITOINA 100 MG TABLETAS.

—IDOXURIDINA 0.1% COLIRIO.

—INDOMETACINA 25 MG TABLETAS.

—ISONIZIDA 100 MG TABLETAS.

—PIRAZINAMIDA 500 MG TABLETAS.

—RANITIDINA 150 MG TABLETAS.

—SULFADIAZINA 500 MG TABLETAS.

—TOLBUTAMIDA 500 MG TABLETAS.

—TINIDAZOL 500 MG VIAL.

—DIPIRONA 500 MG,

—DOBUTAMINA 250 MG VIAL,

—DOPAMINA CLORHIDRATO 10 Y
40 MG AMP.

—HEPARINA 25000 UI VIAL.

—SALBUTAMOL SULFATO 2 Y4MG
TABLETAS.

—CLORURO DE SODIO 0.9% Y 500 Y
1000 ML.

—SUBCITRATO DE BISMUTO 200 MG
TABLETAS,

--SUBCITRATO DE BISMUTO COLOT-
DAL: Q-ULCER,

—CARBOPROST METILO: PLEXA-
PROST,

—-EPOPROSTENOL SODICO: DIPROS-
MATa

~-LOBENZARIT SAL SODICA: RIBO-
FEN. r



1692 a ’ GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ va Bt Pref. y US
ISA DESCRIPCION Porc. : OBSERVACION
—QUITINA UNGUENTO 5 % TUBO.
—QUITINA POLVO 40 MG TUBO.
—TIOSULFATO DE SODIO 50 MG AMP.
—ACIDO UNDECILENICO TALCO
TUBO.
—INTERLEUKIN.
—ACIDO FOLICO 1 Y 5 MG TABLE-
TAS.
—ACIDO IOPANOICO 500 MG TABLE-
TAS.
—ACIDOQ NALIDIXICO 500 MG TABLE-
TAS.
—AMINOFILINA 500 MG VIAL.
—AMINOFILINA 250 MG INYECTABLE,
—AMIODARONA 200 MG TABLETAS.
—AMITRIPTILINA CLORHIDRATO
25 MG TABLETAS.
—ATROPINA SULFATO 0.5 % COLI-
RIO.
—AZATIOPRINA 50 MG COMP,
—BENZOATO DE- BENCILO 25 % FCO.
—BUPIVACAINA 0.5 % AMP.
—CIMETIDINA 200 MG TABLETAS.
—CIMETIDINA 150 MG INYECTABLE,
—CROMOGLICATO DE SODIO.
—DAPSONA 100 MG TABLETAS.
—FLUFENAZINA DECANOATO 25 MG
TUBO.
_CLOROQUINA FOSFATO 30 Y 250 MG
TABLETAS.
—DIAZEPAN 5 MG TABLETAS.
—DIFENOXILATO+ATROPINA SULF.
2.5 MG/0.25 MG TABLETAS,
—FENOBARBITAL 100 MG TABLETAS.
—FENOBARBITAL 15:.MG TABLETAS,
—FENOTEROL BROMHIDRATO 5 MG
TABLETAS.
_ +LIDOCAINA 2% AMP,
—LIDOCAINA 2 %.VIAL.
. —MEDAZEPAM 10 MG TABLETAS.
—MERCAPTOPURINA 50 MG
TABLETAS.
~—METOCLOPRAMIDA, 10 MG COMP.
—NITROFURANTOINA 100 MG TABLE-
TAS.
—NITROFURAZONA 0.2 CREMA TUBO,
—PIRIMETAMINA-+SULFACLOXINA,
—KETOTIFENO 1 MG TABLETAS.
—LAGRIMAS ARTIFICIALES 8 ML
FCO.
—MAGNESIO VALPROATO 190 MG
TABLETAS,
—MEPIVACAINA 2% LIOFILIZADA
BBO. 20 ML. | vo
—METILDOPA 250 Y 500 MG TABLE-
a TAS.



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1693

‘ 4 a

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/
/SA

3005

3005.90
3005.90.90

3006

3006.10

3006.10.1
3006.10.11

3006.10.19
3006.10.30

3006.10.90

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION Pore.

Guatas, gasas, vendas y articulos

analogos (por ejemplo: apdsitos, fe
esparadrapos, sinapismos), impregnados o
recubiertos de sustancias farmacéuticas

o acondicionados para la venta al por

menor con fines médicos, quirurgicos,
odontolégicos o veterinarios.

Los demas. f 50
Los demas.

Preparaciones y articulos farmacéuticos
a que se refiere la nota 4 de este
capitulo. F

Catguts estériles y ligaduras estériles
similares, para suturas quirurgicas y
adhesivos estériles para tejidos organicos
utilizados en cirugia para cerrar

heridas; laminarias estériles;
hemostaticos, reabsorbibles estériles para
cirugia u odontologia.

Catguts y ligaduras similares, estériles:
Catguts. 50

Los demas. 50

Adhesivos estériles para tejidos

organicos, utilizados en cirugia para

cerrar heridas; hemostaticos

reabsorbibles estériles para cirugia u
odontologia. 50

Los demas. __ i 50

OBSERVACION

—NIFEDIPINO 10 MG TABLETAS,

—NIFEDIPINO 10 MG, CAP,

—NITRAZEPAM 5 MG TABLETAS.

—PIROXICAM 10 MG TABLETAS.

—PROBENECIDA 500 MG TABLETAS.

—PROPANOLOL 40 Y 10 MG ‘TABLE~
TAS.

—TIMOLOL 0.5 % COLIRIO.

—TIMOLOL 0.25 % COLIRIO,

—TIOPENTAL SODICO 1G. LIOFILI-
ZADA.

—TIOPENTAL SODICO 500 MG LIOFI-
LIZADA.

—TIOPENTAL SODICO 1 G VIAL.

—TIOPENTAL SODICO 0.5 G VIAL,

—DIMENHIDRINATO 500 MG TABLE:
TAS.

—HIDROCLOROTIAZIDA 500 Y 50 MG
TABLETAS.

—QUINIDINA SULFATO 200 MG TA-
BLETAS. :

—DEXTRANO-HIERRO.

—METRIZOATO DE SODIO,

~—PIRAZINAMIDA.

—LEVAMISOL.

—VENDAS ENYESADAS. +3
—VENDAS NO ADHESIVAS,

‘os



1694 GACETA' OFICIAL 13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ ye Pref:
, /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
3006.20.00 Reactivos para la determinacion de los 100 —REACTIVOS BIOLOGICOS.

—SUERO ANTI-D HUMANO,.
—SUERO COOMBS.

grupos o de los factores sanguineos,

3006.30 Preparaciones opacificantes para 50 —HGG.
examenes radioldgicos; reactivos de —TSH.
diagnéstico concebidos para usar en el —T4,
paciente. - | IGE.
Los demas. : —PRU.
ee —CGA.
—ISOMEGALOVIRUS,
—CHAGAS.
—DENGUE.
—TETANOS.
—SARAMPION.
—TOXOPLASMOSIS.
—COMPLEMENTO LIOFILIZADO.
—ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA
ANILLO.
—ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA
LENTA.
—ANTIGENO. ANEMIA INFECCIOSA
EQUINA. ;
—ANTIGENO ROSA DE BENGALA.



8006.30.90

3006.40 Cementos y demas productos de

50 —CUBRIDEN (SELLANTE DENTAL DE
obturacion dental; cementos para la FOSAS Y FISURAS).
refeccién de los huesos. —PROFILAC (BARNIZ DE FLUOR).
3006.40.10 Cementos y demas productos de —APAFIL (BIOMATERIAL PARA
obturacion dental. 3 IMPLANTES).
: —OBTUDENT (OBTURANTE DENTAL).
—ADHESIVO DENTAL (ADENT).
3006.40.20 Cementos para la refeccién de los huesos, 100 HIDROXI APATITA (CORALINA) PA-
i RA IMPLANTES OSEOS Y CIRUGIA
RECONSTRUCTIVA.
3301 Aceites esenciales (desterpenados o no),
incluidos los “concretos” o “absolutos”;
resinoides; oleorresinds de extraccidn;
disoluciones concentradas de aceites
esenciales en grasas, aceites fijos, ceras
o materias andlogas, obtenidas por
enflorado » maceracion; subproductos
terpénicos residuales de la
desterpenacion de los accites
esenciales; destilados acuosos aromaticos
y disoluciones acuosag de aceites
esenciales. _ :
3301.1 Aceites esenciales de agrios (citricos):
3301.12.00 De naranja. 59
3301.14.00 De lima. | 50
3301.19 Los demas.
3301.19.90 Los demas, : 50
8001.30.00 Resjnoidcs, a0 —RESINA PARA LABORA'TORIO/CE-

LACKIL,



-13 de noviembre del 2000

1695

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/ “a
/SA DESCRIPCION

3302 Mezclas de sustancias odoriferas y
mezclas (incluidas las disoluciones
alcohdlicas) a base de una o varias de
estas sustancias, del tipo de las utilizadas
como materias bdsicas para la
industria; las demas preparaciones a base
de sustancias odoriferas, del tipo de las
utilizadas para la elaboracién de bebidas.

3302.10 Del tipo de las utilizadas en las
industrias alimentarias o de bebidas.

3302.10.10 Preparaciones del tipo de las utilizadas
para la elaboracion de bebidas,

“3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y
para el cuidado de la piel, excepto los
medicamentos, incluidas las
Ppreparaciones antisolares y las
bronceadoras; preparaciones para
manicuras o pedicuros. ;

“3304.9 Las demas:

3304.99.00 Las demas.

3305 Preparaciones capilares.

3305.10.00 § Champues.

3305.90.00 Las demas.

3907 Enzimas; preparaciones enzimaticas no
expresadas ni comprendidas en otra
parte. :

3507.90 Las demas.

3507.90.1 Enzimas y sus concentrados:

3507.90.14 Pepsina y sus concentrados.

3507.90.2
3507.90.29

Preparaciones enzimaticas:
Las demas.

3808 Insecticidas, raticidas y demas
antirroedores, fungicidas, herbicidas,
inhibidores de germinacion y reguladores
del crecimiento de las plantas,
desinfectantes y productos similares,
presentados en formas 0 en envases
para la venta al por menor, o como
preparaciones o articulos tales como:
cintas, mechas y velas, azufradas y
papeles matamoscas,

Insecticidas.

Los demds:

Los demas.

3808. 10-
3808.10.9
3808.10.99

3522 Reactivos de alagnostico o de laboraiorio

sobre cudiduier soporte y reactjvos de |



REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref. eed ee

Pore. OBSERVACION

50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
A 0,5 % Vol.

weg mmm eS :

50 —CREMAS DEMOTROFICAS.
—FOTOPROTECTOR.
—GEL BIOACTIVANTE DERMICO.
—CREMA DE COLAGENO.
—LECHES LIMPIADORAS.

; —TONICOS FACIALES.

—GEL PROTECTOR.

100 BLOPLA AA-851-CHAMPU BIOACTI-

VANTE A BASE DE PLACENTA HU-

MANA,

100 LOCION ANTIALOPECICA:

50 LOS DEMAS.

50 PEPSINA.

50 ENZIMAS PANCREATICAS.

50 —STABILAK (CONSERVANTE PARA

LECHE CRUDA SIN REFRIGERA-
CION).
50 LARVICIDAS BIOLOGICOS:

~GRISELESF 2632.
—BTH 14.



1696 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

ees 1 REGIMEN DEL ACUERDO.
- NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACGION

diagnéstico o de laboratorio preparados,
incluso sobre soporte, excepto los de
las partidas n° 29.02 6 30.06.

3822.00.10 Sin soporte. 50

3822.00.2 Sobre soporte:

3822.00.21 De productos del capitulo 48... 50

3922.00.29 - De las demas materias. 50

3824 Preparaciones aglutinantes para moldes ;

o ntcleos de fundicién; productos
quimicos y preparaciones de la industria
quimica o de las industrias conexas
(incluidas las mezclas de productos
naturales), no expresados ni
comprendidos en otra parte; productos
residuales de la industria quimica o de
las industrias conexas, no expresados ni
comprendidos en otra parte.

3824.90 Los demas.
3824.90.9 Los demas: \ 50 _ ESFERAS RETENTIVAS PARA PRO.
3824.90.99 Los demas. TESIS DENTALES (RETENDENT).
4203 Prendas y complementos (accesorios), de
¢ vestir, de cuero natural o cuero
. regenerado.
4203.2 \ Guantes, mitones y manoplas:
4203.21.00 Disefiados especialmente para la practica
del deporte. 50 GUANTES PARA BOXEO,
4901 Libros, folletos e impresos similares,’
incluso en hojas sueltas.
4901.9 Los: demas:
4901.99.00 Los demas. 100 LIBROS DE STOCK (LITERATURA),.
4905 Manufacturas cartograficas de todas

clases, incluidos los mapas murales,
planos topograficos y esferas, impresos.

4905.10.00 Esferas. 50
4905.9 Los demas:

4905.91.00 En forma de libros o folletos. 50
4905.99.00 Los demas. 50
6802 Piedra de talla o de construccién

trabajada (excluida la pizarra) y sus

! 'manufacturas, excepto las de la partida
% numero 68.01; cubos, dados y articulos
similares para mosaicos, de piedra
natural (incluida la pizarra), aunque
estén sobre soporte; granulos, tasquiles
(fragmentos) y polvo de piedra natural
(incluida la pizarra), coloreados
: artificialmente.
6802.9 Los demas: ; ;
6802.91.00 Marmol, travertinos y alabastro. 50 MARMOL ELABORADO,



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICTAL

1697

AE ARERR SPE SEE PEE STG SES cP RA EN PS STITT TE SS SSE PE SEO PTGS is

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
/SA

7204

7204.4
7204.41.00

7207
7207.1

7207.11.00

7207.19.00
7211

7211.1
7211.13.00

7211.14.00

7211.19.00

7211.2
7211.23.00

7211.29.00
7211.90.00

7218

7213.20.00 |

7213.9

7213.91.00 —

7213.99.00

7214

7214.9
7214.91.00

DESCRIPCION

Desperdicios y desechos (chatarra), de
fundicién, hierro o-acero; lingotes de
chatarra de hierro 0 acero.

Los demas desperdicios y desechos:
Torneaduras, virutas, esquirlas,
limaduras (de amolado, aserrado, limado)
y recortes de estampado o de corte,
incluso en paquetes.

Productos intermedios de hierro 9 acero
sin alear.

Con un contenido de carbono inferior
al 0,25 % en peso:

De seccién transversal cuadrada o

' rectangular, cuya-anchura sea inferior al
doble del espesor.

Los demas.

Productos laminados planos de hierro o
acero sin alear, de anchura inferior

a 600 mm, sin chapar ni revestir.
Simplemente laminados en caliente:
Laminados en las cuatro caras o en
acanaladuras cerradas, de anchura
superior a 150mm _ y espesor superior

o igual a 4mm, sin enrollar y sin
motivos en relieve.

Los demas, de espesor superior o igual
a 4,75mm.

Los demas.

Simplemente laminados en frio:
Con un contenido de carbong inferior
al 0,25 % en peso.

Los demas.
Los demas.

Alambron de hierro o acero sin alear,
Los demas, de acero de facil
mecanizacion. |

Los demas:
De seccidn circular con diametro
inferior a 14mm.

Los demas.

Barras de hierro o acero sin alear,
simplemente forjadas, laminadas o
extrudidas, en caliente, asi como las
sometidas a torsién después del _
laminado. A

Las demas:

De scccidn transversal rectangular.

REGIMEN DEL ACUERDO,

Pref.
Pore.

100
100

100

100

100

- .
Wine.

OBSERVACION te

CHATARRA FERROSA,

con

PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO.
PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO.

DE ACERO, ie oe

DE ACERO CON UN CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR A 0,25 %.

DE ACERO CON UN CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR O IGUAL AL

0,25 % EN PESO PERO INFERIOR :
AL 0,6 %. i.



1698 .. . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del ‘2000

PREFERENCIAS OTORGADAS’ POR ECUADOR,
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ : Pref.

/SA DESCRIPECION Pore.. . OBSERVACION
7214.99.00 Las demas. 100 DE ACERO. CON UN -CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR © IGUAL AL

0,25 % EN PESO PERO neeeh
AL 0,6 %.
7218 Acero inoxidable en lingotes o demas
formas primarias; productos intermedios
de acere inoxidable. ;
7218.10.00 . Lingotes o demas formas primarias. 50 LINGOTES,
7219 Productos laminados planos de acero
inoxidable, de anchura superior o igual
a. 600 mm,
7219.1 Simplemente laminados en caliente,
enrollados: a
7219.11.00 De espesor superior a 10:mm. 50
7219.12.00 De espesor superior o igual a 4,75mm
pero inferior 9 igual a 10mm, 50
7219.13.00 De espesor superior o igual a 3mm pero
inferior a 4,75 mm. : 50
7219.14.00 De espesor inferior a 3mm. 50
7219.2 Simplemente laminados en caliente, sin
enrollar: poeta
7219.21.00 De’ espesor superior a 10mm. 50
7219.22.00 De espesor superior o ‘igual a 4,75mm
eee - pero inferior o igual a 10mm. 50
7219.23.00 De espesor superior 9 igual a 3mm pero
i “inferior a 4,75 mm. : - 50
7219.24.00 De espesor inferior a 3mm, 50
7219.3 Simplemente laminados en frio:
7219.31.00 ‘De espesor superior o igual a 4,75 mm. 50
7219.32.00 De espesor superior o igual a 3mm pero
x inferior a 4,75 mm. 50
7219.33.00 De espesor superior a 1mm pero inferior
a 3mm. 50
7219.34.00 De espesor superior o igual.a 0mm
pero inferior o igual a 1mm. 50
7219.35.00 De espesor inferior a 0,5 mm, - 50.
7219.90.00 Los demas. 50
7220 Productos laminados planos de acero

inoxidable, de anchura inferior a 600mm.

7220.1 Simplemente laminados en caliente:

7220.11.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm. ‘50
7220.12.00 De espesor inferior a 4,75mm., 50
7220.20.00 _Simplemente laminados en frio. 50

7220.90.00 Los demas. 50



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1699

Le a a Sa OAS,

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALAD]/
/SA

7408

7408.1
7408.19.00

8432

8432.10.00
8433

8433.5
"9433.51.00

8436

8436.80
8436.80.90

8436.9
8436.99.00

8438

8438.30.00

8438.90.00

8471

8471.10.00

DESCRIPCION

Alambre de cobre.
De cobre refinado:
Los demas.

Maquinas, aparatos y artefactos agricolas,
horticolas o silvicolas, para la
preparacion o el trabajo del suelo o para
el cultivo; rodillos para césped o
terrenos de deporte.

Arados. ;

Maquinas, aparatos y artefactos de
cosechar o trillar, incluidas las prensas
para paja o forraje; cortadoras de
césped y guadafiadoras; maquinas para
limpieza o clasificaci6n de huevos,
frutos o demas productos agricolas,
excepto las de la partida n? 84.37,

Las demas maquinas y aparatos de
cosechar; maquinas y aparatos de trillar:
Cosechadoras-trilladoras.

Las demas maquinas y aparatos para la
agricultura, horticultura, silvicultura,
avicultura o apicultura, incluidos los
germinadores con dispositivos mecanicos
o térmicos incorporados y las
incubadoras y criadoras avicolas.

Las: demas madquinas y aparatos.

Los demas.

Partes:
Las demas.

Ma4quinas y aparatos, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo, para la preparacion o
fabricacién industrial de alimentos o
bebidas, excepto las mdquinas y
aparatos para extraccién o preparacién
de aceites o grasas, animales o vegetales
fijos.

Maquinas y aparatos para la industria
azucarera. .

Partes. i

M4quinas automaticas para tratamiento
0 procesamiento de datos y sus unidades;
Jectores magnéticos u dpticos, maéquinas
para registro de datos sobre soporte en
forma codificada y maquinas para
tratamiento o procesamiento de estos
datos, No expresados ni comprendidos en
otra parte.

Maquinas automaticas para

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore,

50

50

50

50

50

50
50

50

OBSERVACION

MULTIARADO

COSECHADORAS DE CANA/COMBINA-
DAS,

EQUIPOS DE MANIPULACION Y PRE-
PARACION DE CANA Y SUS COMPO:
NENTES.

PARA EQUIPOS DE: MANIPULACION Y
PREPARACION DE CANA.

MOLINOS CARNEROS.
LOS DEMAS,.



1700 GACETA OFICIAD 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

: : REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ! Pref.

{SA DESCRIPCION "Pore, OBSERVACION
tratamiento. o procesamiento de datos,
-analégicas o hibridas, _ 50
8471.30.00 Maquinas automaticas para

tratamiento 0 procesamiento de datos,
digitales, portatiles, de peso inferior o
igual a 10kg, que estén constituidas, al
menos, por una unidad central de

proceso, un teclado y un visualizador, ; 50
8471.4 Las demds mdaquinas automaticas para
tratamiento o procesamiento de datos,
3 digitales:
8471.41.00 Que incluyan en la misma envoltura, al

menos, una unidad central de proceso
y, aunque estén combinadas, una unidad

de entrada y una de. salida. 50
8471.49.00 Las demas presentadas en forma de
sistemas, 50
8471.60.00 Unidades de entrada o salida, aunque
incluyan unidades de memoria en la
misma envoltura. 50
8471.70.00 Unidades de memoria. 50
8473, Partes y accesorios (excepto los estuches, ‘ : a : ns

fundas y similares) identificables como
destinados, exclusiva o principalmente, a
_las maquinas o aparatos de las partidas
numero 84.69 a 84.72.

8473.30.00 Partes y accesorios de maquinas de la
partida. No. 84.71. 50
8474. > Maquinas y aparatos de clasificar, cribar,

separar, lavar, quebrantar, triturar,
pulverizar, mezclar, amasar 0 sobar,
tierra, piedra u otra materia mineral
sOlida (incluidos el polvo y la pasta);
maquinas de aglomerar formar o
moldear combustibles minerales sdlidos,
pastas ceramicas, cemento yeso-o demas
materias minerales en polvo o pasta;
maquinas de hacer moldes de arena
para fundicion.

8474.3 Maquinas y aparatos de mezclar, amasar
re o sobar: i :
8474.31.00 Hormigoneras y aparatos de amasar 50 MEZCLADORES HORMIGONEROS POR-
mortero. ; TATILES,
8482 ' Rodamientos de bolas, de rodillos o de
agujas. y
8482.10.00 Rodamientos de bolas. 50
8482.30.00. Rodamientos de rodillos en forma de
tonel. i 50
8511 _ Aparatos y dispositivos eléctricos de:

encendido o de arranque, para motores



13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1701

- - .

PREFERENCIAS ‘(OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/

ISA

8511.80.00
8533

8533.10.00
8534

* 8534.00.00
8541

8541.10.00

8541.2
8541.21.00

8541.29.00
8541.40.00

pee ee

8542
8542.1

8542.12.00

' 8542.13.00

8542.14.00

8542.19.00

8542.30.00

REGIMEN DEL ACUERDO,

e Pref.
DESCRIPCION Porc.

de encendido por chispa o por

compresién (por éjemplo: magnetos,
dinamomasgnetos, bobinas de encendido,

bujias de encendido o calentamiento,

motores de arranque); Seneradores (por 50
ejemplo: dinamos, altérnadores) y

reguladores disyuntores utilizados con

estos motores.

Los demas aparatos y dispositivos.

Resistencias eléctricas, excepto las de
calentamiento (incluidos redéstatos y
potenciémetros).

Resistencias fijas de carbono,

aglomeradas o de capa. : 50

Circuitos impresos.
Circuitos impresos. 50

Diodos, transistores y dispositivos
semiconductores similares; dispositivos
semiconductores fotosensibles, incluidas |

las células fotovoltaicas, aunque estén
ensambladas en mddulos o paneles;

diodos emisores de luz; cristales

piezoeléctricos montados.

Diodos, excepto los fotodiodos y los

diodos emisores de luz. 50

Transistores, excepto los fototransistores:
Con una capacidad de disipacién

inferior a 1 W. 50
Los demas. 50
Dispositivos semiconductores 50

fotosensibles, incluidas las células
fotovoltaicas, aunque estén ensambladas
en moddulos o paneles;. diodos emisores
de luz.

Circuitos integrados y microestructuras
electrénicas.

Circuitos integrados monoliticos
digitales:

Tarjetas provistas de un circuito
integrado electrénico (‘tarjetas

inteligentes”). ime 50
Semiconductores de 6xido eee

(tecnologia MOS). 50
Circuitos de eens Hipolar. 50

Los demas, incluides los circuitos que
combinen tecndlogiag MOS y bipolar ;
(tecnologia BIMQS), 50

Los demas circuitos integrados 50
monoliticos.

OBSERVACION

CAJAS DE REGULADORES DE TEN-
SION (DISYUNTORES) PARA MOTO-
RES DE ENCENDIDO POR CHISPAS
O POR COMPRESION, DISPOSITIVOS
ELECTRONICOS DE ENCENDIDO.

EN FORMA DE CHIPS.

DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES
FOTOSENSIBLES, INCLUIDAS LAS
CELULAS FOTOVOLTAICAS, AUNQUE
ESTEN ENSAMBLADAS EN MODULOS
O PANELES,

EN FORMA DE CHIPS.



1702 ag, GACETA OFICIAR. 3=——~SCS~=«wS. de nvitemibro: deh 2000

‘RRA STATBEASTSP IE TT TPT ET ST I IL ELE REI IIT IES

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ — Pref.

/SA DESCRIPCION Porc. ; OBSERVACION
8542.40.00 Circuitos integrados hibridos. . 50 EN FORMA DE CHIPS.
8542.50.00 Microestructuras electronicas. 50
8543 Maquinas y aparatos eléctricos con

funcién propia, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este

capitulo. :
8543.8 , Laas demas maquinas y aparatos: ‘
8543.89.00 Los demas. 50
8607 Partes de vehiculos para vias férreas 0
similares.
8607.1 Bojes, “bissels’, ejes y ruedas, y sus
partes:
8607.19.00 Los demas, in¢luidas las partes. 50 &
8705 Vehiculos automoviles para usos :

especiales, excepto los concebidos

principalmente para transporte de

personas o mercancias [por ejemplo:

coches para reparaciones (auxilio

mecdanico), camiones gria, camiones de

-bomberos, camiones hormigonera, coches

barredera, coches esparcidores, coches aes
taller, coches radioldgicos). 50 MEZCLADORAS-HORMIGONERAS SO- .

8705.40.00 Camiones hormigonera. BRE CAMION-HORMIGONERA.
8708 Partes y actesorios de vehiculos
automéviles de las partidas n° 87.01 a
87.05.
8708.9 Las demas partes y. aecesorios:
8708.99.00 Los demas. Eis 50,
9013 Dispositivos de cristal liquido que no

‘eonstituyan articulos comprendidos mas

especificamente én otra parte; laseres, te '

excepto los diodes laser; los demas , E
aparatos e instrumentos de dptica, no

expresados ni comprendidos en otra

_ parte de este capitulo. 50 EQUIPOS LASER DE USO MEDICO &
9013.20.00 Laseres, excepto los diodos laser. INDUSTRIAL.
9018 Instrumentos y aparatos de medicina,

cirugia, odontologia o veterinaria,
jincluidos los de centellografia y demas
aparatos electromédicos, asi como los
aparatos para pruebas visuales.

9018.1 Aparatos ‘de electrodiagnostico :

(incluidos los aparatos de exploracién 100 —ERGOMETRICAS.

funcional o de vigilancia de parametros —ERGOCID. :

fisiolégicos): —ELECTROCARDIOGRAFO DIGITAL
9018.11.00 Electrocardidgrafos. COMPUTARIZADO PARA PRUEBAS.
9018.19.00 Los demas. 100 —SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO

DE ELECTROCARDIOGRAMAS:
CARDIOCID M.

SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
EL ANALISIS CUANTITATIVO DE



13 de noviembre del 2000 eA GACETA OFICIAL i 1703



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

REGIMEN DEL -ACUERDO.
‘NALADI/ eis Peet, :
/SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACGION

LAS BIOSENALES ORIGINADAS EN
LOS MUSCULOS ESTRIADOS Y
NERVIOS PERIFERICOS:
NEUROCID M.
—SISTEMA AUTOMATIZADO PARA
EL ESTUDIO DE LA FUNCION DIAS-
TOLICA DEL VENTRICULO IZQUIER-
DO DEL CORAZON, A PARTIR DE
‘ IMAGENES DEL ECOCARDIOGRAFO:..
ECOGRAF,
—SISTEMA DE ELECTROENCEFALO- _
GRAFIA DIGITAL: MEDICID.
'“—SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
REALIZAR ESTUDIOS DE POTEN-'
CIALES EVOCADOS AUDITIVOS,
SOMATO-SENSORIALES Y_ VISUA-
LES, ASI COMO ELECTROMIGRAFIA:
NEURONICA. :
—SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
EL PROCESAMIENTO AUTOMATICO
DE LA SENAL ELECTROCARDIO-
GRAFICA: PASEK.
—SISTEMA DE VISUALIZACION PARA
LA FORMACION, CORRECCION Y
DESARROLLO DEL LENGUAJE EN
PERSONAS CON DEFECTOS AUDITI-.
VOS Y TRASTORNOS DEL HABLA:
VIDEOVOZ. ns
—SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO
PSICOLOGICO INTEGRAL COMPU-
TARIZADO: PSICOMET,
—SISTEMA PARA LA DETERMINA-:
3 CION RAPIDA.DEL ANTIBIOGRAMA
} Y DE LA INFECCION URINARIA: _
: DIRAMIC.

9018.20.00 Aparatos de rayos ultravioletas o 100 -—LAMPARA DE FOTOTERAPIA.
infrarrojos. —TRANSILUMINADOR.

9018.3 Jeringas, agfujas, catéteres, canulas e
instrumentos similares:
9018.31.00 Jeringas, incluso con aguja. 50 JERINGA DENTAL METALICA,

9018.90.00 Log demas instrumentog y aparatos. 100 —ULTRAVIBRADOR.
—SIMULADOR DE ARRITMIAS.,
—ELECTROBISTURI.
—DETECTOR DE LATIDO FETAL.
—~—AUTOCLAVE DE MESA MODELOS

ASH-260 Y EM-1206.

—AUDIOMETRO DE PESQUISAJE.
—EQUIPO DE INDUCCION HIPNOTICA,

9019 Aparatos de mecanoterapia; aparatos para
ay masajes; aparatos de sicotecnia; aparatos
de ozonoterapia, oxigenoterapia o
aerosolterapia, aparatos respiratorios de
ie ! reanimacion y demas aparatos de
terapia respiratoria.

f



1704, GACETA OFICIAL

18 de noviembre del 2000

seen ta A PES A Ps SSS CS TT ES URSA SS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
ISA DESCRIPCION

9019.10.00 Aparatos de mecanoterapia; aparatos
para masajes; aparatos de sicotechia.

9019.20.00 Aparatos de ozonoterapia,

oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos

‘ : respiratorios de reanimacién y demas

* aparatos de terapia respiratoria,

9021 Articulos y aparatos de ortopedia,

: incluidas las fajas y vendajes

medicoquirurgicos y las muletas;
tablillas, férulas u otros articulos y
aparatos para fracturas; articulos y

5 aparatos de proétesis; audifonos y demas
aparatos que leve la propia persona o }
se le implanten para compensar un
defecto o incapacidad.

9021.1 Protesis articulares y demas articulos y
aparatos de ortopedia o para fracturas:

9021.11.00 Protesis articulares.

9021.19 Los demas. ,

9021.19.10 | Articulos y. aparatos.de ortopedia.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref,
Pore.

- 100

100

50

Pad
u

OBSERVACION

—MINIESCALERA PARA EJERCICIOS
DE DEDOS. ba

—ESCALERA PARA EJERCICIOS DE
HOMBROS.

—EQUIPOS DE TRACCION CERVICAL,

—APARATOS RESPIRATORIOS DE
-REANIMACION Y DEMAS APARA-
TOS DE TERAPIA RESPIRATORIA.

—NEBULIZADOR ULTRASONICO.

—INCUBADORA DE CUIDADOS IN-
TENSIVOS MODDI-100 Y PS-305.

RODILLERA ARTICULADA.

—FIJADORES EXTERNOS RALCA.

—SOPORTE PARA DESCARGA DE LOS
METATARSOS,

—FERULA PARA LA HEPICONDILITIS,

—FERULA SIGERGICA.

-—-MUNEQUERAS ESPECIALES,

—MUNEQUERAS ELASTICAS.

—COJIN DE FREIKA.

—FAJA LUMBOSACRA.

—MINERVA PLASTICA.

—COLLARIN DE ESPUMA DE GOMA,

'—CORSE .TAYLOR.

. —FERULA PARA HALLUS PLASTI-

CAS.

—TOBILLERA EN B.

-—FERULA PARA HALLUS VALGUS
(PBC).

—FERULA FLEXION DE DEDOS.

—FERULA DINAMICA DE MANO.

—FERULA PASIVA DE MANO.

—SOPORTE PARA ESPOLON CALCA-
REO,

—SOPORTE FLEXIBLE PARA ARCO
LONGITUDINAL Y TRANSVERSO.

-—SOPORTE CON ARCO LONGITUDI-
NAL. -

-—SOPORTE PARA PELOTA METATAR-
SIANA.

—SOPORTE PARA DEPORTISTAS:

—SOPORTE PARA ACORTAMIENTO,



13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

‘NALADI/
: ISA

9021.30.00

9027

‘9027.50.00

‘9027.80.00

9033
9033.00.00

9206

9206.00.00

9406
9406.00.90

9506

9506.6

9506.69.00

9506.9
9506.99.00

DESCRIPCION

Los demas articulos y aparatos de
protesis,

Instrumentos y aparatos para analisis
fisicos o quimicos (por ejemplo:
polarimetros, refractémetros,
espectrémetros, analizadores de gases o
humos); instrumentos y aparatos para
ensayos de viscosidad, porosidad,
dilatacién, tensiédn superficial o similares
© para medidas calorimétricas, actsticas
© fotométricas (incluidos los
exposimetros); micrétomos,

Los, demas instrumentos y aparatos que
utilicen radiaciones épticas (UV,

visibles, IR).

Los demas instrumentos y aparatos,

Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
eapitulo, para maquinas, aparatos,
instrumentos o articulos del capitulo 960.
Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo, para maquinas, aparatos,
instrumentos o articulos del capitulo 90.

Instrumentos musicales de percusién
(por ejemplo: tambores, cajas, xildfonos,
platillos, castafiuelas, maracas).
Instrumentos musicales de percusién
(por ejemplo: tambores, cajas, xiléfonos,
Platillos, castafiuelas, maracas). :

Construcciones prefabricadas,
Las demas.

Articulos y material para cultura ffsica,
gimnasia, atletismo, demas deportes
(incluido el tenis de mesa) o para

juegos al aire libre, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo; piscinas, incluso infantiles.
Balones y pelotas, excepto las de golf o
tenis de mesa:

Los demas.

Los demas:
Los demas,

GACETA OFICIAD

Pref.
Pore.

50

100

50
100

50

50

50
50

1705

' REGIMEN DEL ACUERDO.

OBSERVACION

—PROTESIS DE MAMAS,
—PROTESIS DEL PIE, :
—PROTESIS DEL BRAZO. 2s _

—LAVADOR MAS 301.

—MULTIPIPETA ERIZD 301.

—PROCESADOR DE MUESTRAS
ULTRALAB SP-4000,

—PONCHADOR P-51.

BOMBA PERISTALTICA BP-7D.

CONDUCIMETRO ANALOGO.

—LECTOR AUTOMATIZADO O DE
FLUORESCENCIA, DISPERSION DE
LUZ O TRANSMISION EN VOLUME-
NES DE 8-A 300 MICROLITROS
(SISTEMA ULTRAMICROANALITICO
SUMA).

-—LECTOR SUMA 421.

-—LECTOR SUMA 221.

ACCESORIOS PARA EQUIPOS ELEC+
TROMEDICOS,

50

MODULOS DE MATERIALES DE CONS-
TRUCCION DE HORMIGON.

PELOTAS DE BEISBOL,

PROTECTORES DE CUERO NATURAL
O REGENERADO, PARA BOXEO.,



1706 - GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

ANEXO Ill
FORMULARIO DE CERTIFICADO DE ORIGEN
CERTIFICADO DE ORIGEN IND oe ae ee
4. Nombre y direccién del exportador: 2. Nombre y direccién del productor:

3. N? de 4. Subpart.
orden* _arancel. 5. Descripcién de la mercancia 6. Cant. 7. Valor U$S



Be 5 ,
8. DECLARACION DE ORIGEN

DECLARAMOS que Jas mercancfas indicadas en el presente formulario correspondiente a la Factura Comer.
cial n? _ a... .. de fecha ..., cumplen con lo establecido en las normas de origen del Acuerdo de Alcance
Parcial entre Colombia y la Reptblica de Cuba, de conformidad con el siguiente desglose:

ce st eS PS Sei cs Si SA SS SP A A
9. N° de : : : :

orden* ; 10. Normas de origen**

QD. Feta a ccsnscssssoees a
12. Firma y sello del exportador OPO CUUIC LOS aoa tre ceca see ae cetera Sapte porters otasctoeaesaed

13. Observaciones: _





aseaeveseenee| nceunoecooneseansasenapeccasenenensnoeeesseeqveceszicosneseDs0b1see08 seen poeees tant



PUD EEPOOSEL ENGR SECOPORDDED EDS CRDLOMMESEDEDIRISICORSDECOLOLEETDDERIDEDODOREROEODDIOOURE



= |

14. Certifico la veracidad de la presente declaracién, que sello y firmo en la ciudad de:





evenerecaresovenent



a Doteeseroessessssssesisscesevessensensensecenssesecen ousvavsseaceasvanecvcesvooeacssassacansonesesesscanesnes supssteneovorsuomeseseavreseeusaneanseuan soursenrsezes so remetees

a oseeteessennoseenassenorereasassuecsazeeaseemecssnscees sasecesesesccecesconstserssee® spensazmacece: Sepnssbepeesescensneoneronsseasonez0socernunsseenunnenansniersttereenelenediDerieDeecsDesDNUEUEOD

“Firma autorizada Entidad “Certificadora Fech
* Esta columna indica el orden en que se individualizan las mercancfas comprendidas en el presente certificado..
En caso de ser insuficiente, se continuard la individualizacién de las mercancias en ejemplares suplementarios

de este certificado, numerados correlativamente.
** Fn esta columna se indicarA la norma de origen con que cumple cada mercancia individualizada por numero

de orden. :
El formulario no podrd presentar tachaduras, raspaduras o enmiendas.



Full Text
GAC]



DE LA REPUBLICA DE CUBA

ISSN 0864-0799



MINISTERIO DE JUSTICIA

EDICION ORDINARIA LA HABANA, LUNES 13 DE NOVIEMBRE DEL 2000

ANO XCVIII

SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Calle O No. 216 entre 23 y 25, Plaza, Codigo Postal 10400.
Teléf.: 55-34-50 al 59 ext. 220

Numero 85 — Precio $0.10

MINISTERIOS
FINANZAS Y PRECIOS-COMERCIO EXTERIOR
RESOLUCION CONJUNTA N?® 41/2000
MINISTERIO DE FINANZAS Y ERED E ISS ERIG
DEL COMERCIO EXTERIOR

POR CUANTO: La Reptiblica de Cuba y la Republica
del Ecuador suscribieron el 10 de mayo del 2000 en Mon-
tevideo, Uruguay, el Acuerdo de Complementacién Eco-
némica n® 46 en el marco de la Asociacién Latinoame-
ricana de Integracién (ALADI), cuyos anexos I y II
quedaron incluidos en dicho Acuerdo.

POR CUANTO: Ha sido cumplido el trdmite admi-
nistrativo de aprobacién previsto en el Decreto-Ley 191
de 8 de marzo de 1999 “De los Tratados Internacionales”.

POR CUANTO: El Decreto-Ley 124, relativo al Aran-
cel de Aduanas de la Reptiblica de Cuba de 15 de octu-
bre de 1990, en su articulo 12, inciso b), en relacién con
lo dispuesto en el Decreto-Ley 147, de la reorganizacién
de los organismos de la Administracién Central del
Estado, de 21 de abril de 1994, ha facultado a los que
resuelven para dictar de conjunto disposiciones, a fin
de modificar los derechos de aduanas, de conformidad
con los acuerdos internacionales que suscriba la Rept-
blica de Cuba.

“Pagina 1653

POR TANTO: En uso de las facultades que nos estén
conferidas,

Resolvemos:

PRIMERO: Poner en vigor las concesiones arancela-
rias otorgadas por la Republica de Cuba a la Republica
del Ecuador en virtud del Acuerdo de Complementacién
Econémica n° 46 suscrito en Montevideo, Uruguay, el 10
de mayo del 2000, por los representantes de los gobier-
nos de ambos paises antela ALADI —

SEGUNDO: Los anexos I y II referidos a las conce«
siones otorgadas entre la Republica de Cuba y la Repu-
blica del Ecuador, correspondientes al méncionado Acuer-
do de Complementacién Econémica, se adjuntan a la
presente Resolucién Conjunta.

Comuniquese la presente Resolucién a la Aduana Ge-
neral dela Republica de Cuba y al Ministerio de Rela
ciones Exteriores. Publiquese en la Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivense los originales de la
misma en las direcciones juridicas de ambos ministerios,

Dada en Ciudad de La Habana, a 10 de noviembre
del 2000.

Manuel Millares Rodriguez
Ministro
de Finanzas y Precios

Ratil de Ja Nuez Ramfrez
Ministro
del Comercio Exterior

ANEXO 1 :
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA A ECUADOR

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/ k
{SA DESCRIPCION

0302 Pescado fresco 9 refrigerado, excepto los
filetes y demds carne de pescado de la
partida n® 03.04,

0302.1 Salménidos, excepto los higados, huevas
y lechas: “

0302.11.00 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus

mykiss, Oncorhynchus clarki,
Oncorhynchus aguabonita,
Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus
apache y Oncorhynchus chrysogaster.)

- Pore.

REGIMEN elle ACUERDO.
‘Pref.

OBSERVACION

100
1654

GACETA OFICIAL | 13 de noviembre del 2000

IAEA SET BST I DNS SPS EPS TSS PTY TE BM RO TREY PSPC BRESCIA RSRISTED,

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/

{Sa

0302.19.00
0303

0303.2

0303.21.00

0303.29.00
0709

0709.5
0709.51.00

0713

0713.3
0713.33

0713.33.90

0803
0803.00.00

0810
0810.10.00

0902

0902.20.00 -

0902.40.00

1005
1005.90
1005.90.90

1008
1006.30

1006.30.10
1006.30.20
1008

1008.90.00
1102

1102.90

DESCRIPCION
Los demas.

Pescado congelado, excepto los filetes y
demas carne de pescado de la partida
numero 03.04.

Los demas salménidos, excepto los
higados, huevas y lechas:

fruchas (Salmo trutta, Oncorhynchus
mykiss, Oncorhynchus clarki,

“Oncorhynchus aguabonita,

Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus
apache y Oncorhynchus chrysogaster.)

Los demas,

Las demas hortalizas (incluso silvestres),

frescas o refrigeradas.
Setas y demas hongos; trufas:
Setas y demas hongos.

Hortalizas (incluso silvestres) de vaina
seca, desvainadas, aunque estén
mondadas o partidas.

Porotos (frijoles, fréjoles, alubias,
judias)* (Vigna spp., Phaseolus spp.):
Poroto (frijol, fréjol, alubia, judia)*
tomtin (Phaseolus vulgaris.)

Los demas.

Bananas o platanos, frescos o secos,
Bananas o platanos, frescos o secos,.

Las demas frutas u otros frutos, frescos.
Frutillas (fresas)*. _ ;

Té, incluso aromatizado.
Té. verde (sin fermentar) presentado de
otra forma.

Té negro (fermentado) y té parcialmente

‘fermentado, presentados de otra forma.

Maiz. Ee:
Los demas.
Los demas.

Arroz. _ ee
‘Arroz semiblanqueado o blanqueada,
incluso pulido o glaseado,

Sin pulir ni glasear.

Pulido o giaseado,

Alforfén, mijo y alpiste; los demas
cereales.
Los demas cereales,

Harina de cereales, excepto de trigo o
de morcajo (tranqui!lén),
Las demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref,
Porc. OBSERVACION

100

100

100

50 FRESCOS.

100
100

100

100

100

100

100
100

100 — QUINUA,
13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
[SA

1102.80.90

1103
1103.1
1103.13.00

1106

1106.30.00

~ 1108
1108.1
1108.12.00

1108.14.00
1201

1201.00.90
1208

1208.90
1208.90.90

1302

1302.1
1302.14

1302.14.10
1507

1507.10.00
1507.90.00

1511

1511.10.00
1511.80.00
1512

1512.1

1512.19
1512.19.10

DESCRIPCION
Las demas.

Grafiones, sémola y “pellets”, de cereales.
Grafiones y sémola:
De maiz.

Harina, sémola y polvo de las hortalizas ©

(incluso silvestres) de la partida n° 07.13,
de sagt o de las raices o tubérculos de
Ja partida n® 07.14 6 de los productos
del capitulo 8.

De los productos del capitulo 8.

Almidén y fécula; inulina.
Almidén y fécula:
Almidén de maiz,

Fécula de mandioca (yuca)*.

Habas (porotos, frijoles, fréjoles)* de
soja (soya), incluso quebrantadas.
Las demas,

Harina de semillas o de frutos
oleaginosos, excepto la harina de
mostaza.

Las demas,

Las demas.

Jugos y extractos vegetales; materias
pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar
y demas mucilagos y espesativos
derivados de los vegetales, incluso
modificados.

Jugos y extractos vegetales:

De piretro (pelitre)* o de raices que
contengan rotenona.

De piretro (pelitre)*.

Aceite de soja (soya) y sus fracciones,
4ncluso refinado, pero sin modificar
quimicamente.

Aceite en bruto, incluso desgomado.

Log demas,

Aceite de palma y sus fracciones,
4ncluso refinado, pero sin modificar
quimicamente, :

Aceite en bruto.

Los demas.

Aceites de girasol, cartamo o algodén, y
sus fracciones, incluso refinados, pero
sin modificar quimicamente.

Aceites de giraso] o cartamo, y sus
fracciones:

Los demas.

De girasolL

‘GACETA OFICIAL 1655

REGIMEN DEL ACUERDO,
Pref, :
Pore. OBSERVACION

100

100 MAICENA,

100 HARINA DE BANANOS © PLATANOS,

100
100

100

100

100

100

100

100

100

100
1656

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2600

a al

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

1515

1515.2
1515.29.00

1515.30
1515.30.10

1515.30.90

1516

1516.20

1516.20.1
1516.20.19

1517

1517.10.00

1517.90
1517.90.90

1518

1518.00.00

DESCRIPCION

- Las demds grasas y aceites vegetales

fiJos (incluido el aceite de jojoba), y sus
fracciones, incluso refinados, pero sin
modificar quimicamente. 2

Aceite de maiz y sus fracciones: .

Los demas,

_Aceite de ricino y sus fracciones.

Aceite en bruto.

Los demas.

Grasas y aceites, animales 0 vegetales, y
sus fracciones, parcial o totalmente
hidrogenados, interesterificados,
reesterificados o elaidinizados, incluso
refinados, pero sin preparar de otro
modo. :

Grasas y aceites, vegetales, y sus
fracciones.

Que no presentan el cardcter de ceras:
Los demas.

Margarina; mezclas o preparaciones
alimenticias de grasas o aceites, animales
© vegetales, o de fracciones de diferentes
grasas o aceites, de este capitulo, excepto
las grasas y aceites alimenticios y sus

" fracciones, de la partida n? 15.16.

Margarina, excepto la margarina liquida,

Las demas.
Las demas,

Grasas y aceités, animales o vegetales, y
sus fracciones, cocidos,. oxidados,
deshidratados, sulfurados, soplados,
polimerizados por calor en vacio o
atmosfera inerte (“estandolizados”), o
modificados quimicamente de otra forma,
excepto los de la partida n° 15.16;
mezclas o preparaciones no alimenticias °
de grasas o de aceites, animales o
vegetales, o de fracciones de diferentes
@rasas 0 aceites de este capitulo, no
expresadas ni comprendidas en otra
parte,

Grasas y aceites, animales o vegetales, y
sus fracciones, cocidos, oxidados,
deshidratados, sulfurados, sop!ados,
Ppolimerizados por calor en vacio o
atmosfera inerte (“estandolizados”), o
modificados quimicamente de otra forma,
excepto los de la partida n° 15.16;
mezclas o preparaciones no alimenticias
de grasas go aceites, animales o

vegetales, o de fracciones de diferentes

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100

100
100

100

100

100

OBSERVACION

MANTECA,

MEZCLAS DE GRASAS O DE ACEITES
ANIMALES O VEGETALES.
13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

1604,

1604.1

1604.13
1604.13.10

1604.15.00
1604.20

1604.20.9
1604.20.94

1605

1605.20.00

’

1704

1704.10.00

1704.90
1704.90.20

1704.90.30

1801

1801.00.10
1801.00.20
1802

1802.00.10
1802.00.20

1803
1803.10.00

, 1803.20.00

1804
1804.00.00

1805

1805.00.00

DESCRIPCION

grasas o aceites de este capitulo, no
expresadas ni comprendidas en otra
parte.

Preparaciones y conservas de pescado;
caviar y sus suceddneos preparados con
huevas de pescado.

Pescado entero o en trozos, excepto el
pescado picado:

Sardinas, sardinelas y espadines.
Sardinas.

Caballas.

Las demas preparaciones y conservas de
pescado,

Las demas:

De sardinas, de sardinelas o de espadines,

Crustaceos, moluscos y demas
invertebrados acuaticos, preparados o
conservados. ;
Camarones, langostinos y demas
Decapodos natantia.

Articulos de confiteria sin cacao
(incluido el chocolate blanco).
Chicles y demas gomas de mascar,
incluso recubiertos de azticar.

Los demas,
Bombones, caramelos, confites y
pastillas. Che :

Jaleas y pastas de frutos presentados
como articulos de confiteria.

Cacao en grano, entero o partido, crudo
o tostado,
Crudo.

Tostado.

Cascara, peliculas y demas residuos de
cacao.
Cascara y peliculas (cascarillas).

Tortas residuales.

Pasta de cacao, incluso desgrasada.
Sin desgrasar.

Desgrasada total o parcialmente.

Manteca, grasa y aceite de cacao. .
Manteca, grasa y aceite de cacao.

Cacao en polvo sin adicién de azticar ‘ni
otro edulcorante.
(Cacao en polvo sin adicién de aztcar ni
otro edulcorante.

GACETA OFICIAL | 1657

REGIMEN DEL ACUERDO,
Pref. ae
Pore. OBSERVACION

100 GRASAS Y ACEITES ANIMALES O
VEGETALES Y SUS FRACCIONES,

100
100

180 DE SARDINAS. hig ‘

100

100

100

100

100
100

100
100

400

"100

100

100
dea _GACETA OFICIAT 19 de noviembre’ det 2000




PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

_* REGIMEN DEL ACUERDO.

' NALADI/ 5 | Pret,
ISA DESCRIPCION Por. «= OBSERVACION
1806 Chocolate y demas preparaciones | oe
alimenticias que coritengan cacao.
1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azicar u
otro edulcorante. 100
1806.20 Las demas preparaciones, bien en bloques

o barras con peso superior a 2kg, bien
en. forma liquida o pastosa, o en polvo,
granulos o formas similares, én

recipientes o envases inmediatos con un

( contenido superior a 2 kg. 100 i EN BLOQUE Oo BARRAS, PESO SUPE-
4806.20.10 Chocolate, RIOR A 2KG.

. 1806.3 Los demas, en bloques, tabletas 6 barras: i say bee '
1806.31.00 Rellenos. - 60 CHOCOLATES, ieee
1806.32 Sin rellenar. ; : t
1806.32.10 Chocolate. 100
1806.90 Los demas. :
2806.90.90 Los demas. ; : 100
1902 Pastas alimenticias, incluso cocidas o

rellenas (de carne u otras sustancias)
© preparadas de otra forma, tales como:
. espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, .
7 . lasafias, fiouis, ravioles, canelones;
cuscus, incluso preparado. :
1902.1 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni

preparar de otra forma:
1902.11.00 Que contengan huevo. - - 100
1902.19.00 Las demas. 100
1902.20.00. Pastas alimenticias rellenas, incluso

cocidas o preparadas de otra forma. . ~ 100
1902.30.00 Las demas pastas alimenticias. 100
. 1904 Productos a base de cereales obtenidos

por inflado o tostado (por ejemplo:
hojuelas o copos de maiz); cereales
(excepto el maiz) en grano'o en forma

de copos u otro grano trabajado (excepto

# la harina y sémola), precocidos o

A preparados de otro modo, no expresados

: : ni.comprendidos en otra parte.
1904.90.00 Los demas. 100

2001 ' Hortalizas (incluso silvestres), frutas u
otros frutos y demas partes comestibles
de plantas, preparados ‘9 conservados en

: vinagre o en acido acético.

2001.90 Los demas.

2001.90.30 . Palmitos. . ; 100
2002 Tomates preparados o conservados

(excepto en vinagre o en acido acético).
2002.90.00 Los demas. 100


13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAD ta 1659

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ._ Pref.

ISA DESCRIPCION 5 Porc. OBSERVACION

2003 Setas y demas hongos, y trufas,
: preparados 9 conservados (excepto en
vinagre o en acido acético), :
2003.10.00 Setas y demas hongos. 50

2005 Las demas hortalizas (incluso
silvestres) preparadas o conservadas
(excepto en vinagre o en acido ‘acético),
sin congelar, excepto los productos de la
partida n° 20.06.

2005.40.00 Arvejas (chicharos, guisantes)* (Pisum
sativum.) : 100
2005.60.00 Esparragos. 100
2005.80.00 Maiz dulce (Zea mays var. saccharata.) 100
2005.90 Las demas hortalizag (incluso silvestres)
y las mezclas de hortalizas (incluso
silvestres),
2005.90.10 Alcachofas (alcauciles), 100
2005.90.90 Las demas. 100
2007 ‘ Confituras, jaleas y mermeladas, purés
y pastas de frutas u otros frutos,
obtenidos por cdcciédn, incluso con
adici6n de azucar u otro edulcorante.
2007.9 Los demas:
2007.91 De agrios (citricos).
2007.91.10 Confituras, jaleas y mermeladas, 100
2007.99 Los demas.
2007.99.10 Confituras, jaleas y mermeladas. : 100
2008 : Frutas u otros frutos y demas partes
comestibles de plantas, preparados o
_conservados de otro modo, incluso con
adicién de aztcar u otro edulcorante o
alcohol, no expresados ni comprendidos
en otra parte.
2008.1 Frutos de cascara, manies (cacahuates,
: cacahuetes)* y demas semillas, incluso
mezclados entre si: :
2008.11.00 Manies (cacahuates, cacahuetes)*, 50 MANTECA, _
100 LOS DEMAS, EXCEPTO TOSTABOS.
2008.20 Pifias (anandas).
2008.20.10 En agua con adicién de azticar u otro
edulcorante, o en jarabe. 100 INCLUSO COMPOTAS.
2008.70 Duraznos (melocotones)*.
2008.70.10 En agua con adicion de azucar u otro
: edulcorante, o en jarabe. 100
2008.9 Los demas, incluidas las mezclas, excepto

ae las mezclas de la subpartida n® 2008.19:
2008.91.00 Palimitos. : ~ 100
x

1660 GACETA OFICIAL: 13 de noviembre del 2000

en nena

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
‘ REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ ¥ as) Glee, :
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
2008.99.00 Los demas, oa "400 EN AGUA EDULCORADA, EXCEPTO
: : CIRUELAS, MAMEY, MANGOS, MAN-
ZANAS Y PAPAYAS.
2009 Jugog de frutas u otros frutos (incluido

el mosto de uva) o de hortalizas (incluso
silvestres) sin fermentar y sin adicidn de
alcohol, incluso con adicién de azticar u
otro edulcorante.:

2009.1 Jugo de naranja:
2009.19.00 Los demas. 50
2009.20.00 Jugo de toronja o pomelo. i 50
2009.50.00 Jugo de tomate, , 100 ey
2009.80 . | Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u
hortaliza (incluso silvestre). ;
2009.80.10 De frutos. ; 100 CONCENTRADO DE MARACUYA,
100 LOS DEMAS, ee
2102 Levaduras (vivas o muertas); los demas
microorganismos monocelulares’ muertos
(excepto las vacunas de la partida
numero 30.02); polvos de levantar
preparados.
2102.10 Levaduras vivas.
2102.10.10 Levaduras madres de cultivo. 100
2102.20 . Levaduras muertas; los demas
microorganismogs monocelulares muertos.
2102.20.10 Levaduras muertas. i 100
‘2103 Preparaciones para salsas y salsas
preparadas; condimentos y sazonadores,
compuestos; harina de mostaza y mostaza ;
, preparada.
2103.20 “Ketchup” y demas salsas de tomate.
2103.20.10 | “Ketchup”. 50
2103.30 Harina de mostaza y mostaza preparada,
2103.30.20 Mostaza preparada. BU
2103.90 Los demas. 4
- 2103.90.10 Mayonesa. SE 100
2103.90.90 Los demas, tates 100 CONDIMENTOS Y SAZONADORES
; COMPUESTOS. '
2106 Preparaciones alimenticias no expresadas
ni comprendidas en otra parte.
2108.90 Las demas.
2106.90.30 Polvos, incluso con adiciédn de azticar u
otro edulcorante, para la fabricacién de
budines, cremas, helados, flanes, 4
gelatinas o preparaciones similares, 100 DE BUDINES.
2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 100 CONCENTRADOS A BASE DE EXTRAC-
utilizadas para la: elaboracion de TOS VEGETALES DE LA PARTIDA

bebidas, __. . 1302, NO ALCOHOLICOS 0 DE GRADO
13 de noviembre del 2000

GACETE OFICIAT ‘ 1661

ER SRLS TS DS TRIOS DLO LEE DE IIIT IE TET TT ETE TE IEE IC SIT OTE TIES IO TTT EE LOI EI

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

2207

2207.10.00

2208

2208.40.00

2208.70
2208.70.10

2301

2301.20

2301.20.10

2513

2513.1
2513.11.00

2817
2817.00.10

2905 -

2905.4
2905.44.00

2916

2916.20

DESCRIPCION

Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohdlico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.; alcohol etilico y
aguardiente desnaturalizados, de
cualquier graduacion.
Alcoho]. etilico. sin. desnaturalizar con
grado alcohdlico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.

Alcohol etilico sin desnaturalizar con
grado alcohdlico volumétrico inferior al
80% vol.; aguardientes, licores y demas
bebidas espirituosas.
Ron y demas aguardientes de cafia.

Licores.
De anis.

Harina, polvo y “pellets”, de carne,
despojos, pescado o de crustaceos,
moluscos o demas invertebrados .
acuaticos, impropios para la alimentacién

. humana; chicharrones.’

Harina, polvo y “pellets”, de pescado o
de crustaceos; moluscos o demas
invertebrados acuaticos.

. De pescado.

Piedra pomez; esmeril; corindén natural,
granate natural -y demas abrasivos
naturales, incluso tratados térmicamente.
Piedra pomez:

En bruto o en trozos irregulares.
incluida la quebrantada (grava de piedra
pomez o “bimskies’”). :

Oxido de cinc; perdxido de cine,
Oxido de cine (blanco de cinc).

Alcoholes aciclicos y sug derivados
halogenados, sulfonados, nitrados o
nitrosados.

Los demas polialcoholes:

D-glucitol (sorbitol).

Acidos monocarboxilicos aciclicos no
saturados y acidos monocarboxilicos
ciclicos, sus anhidridos, haJogenuros,
perdxidos y peroxidcidos; sus derivados
halogenados, sulfonados, nitrados 0
nitrosados.

Acidos Tena Ne ites ciclanicos,
ciclénicos o cicloterpénicos, sus .

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
ALCOHOLICO INFERIOR O IGUAL AL
05% VOL.
100 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
AL 0,5 % VOL.
50
50
50
100 HARINA.
. 100
50
50


PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

2916.20.20
2916.20.90
2918

2918.2

2918.21
2918.21.10

2918.21.20
2918.21.30
2918.22

2918.22.10
2918.23

2918.23.10
2918.23.30
2825

2925.1

2925.19.00
2926
2926.90.00
2932

2932.1

2932.19.00

2935
2935.00.90

2939

‘2939.90
2939.90.50

2939.90.9
2939.90.99

DESCRIPCION

anhidridos, halogenuros, peréxidos,

peroxidcidos y sus derivados. ee
Aletrinas. ae
Los demas.

Acidos carboxilicos con funciones
oxigenadas suplementarias y sus
anhidridos, halogenuros, peréxidos y
peroxiacidos; sus derivados halogenados,
sulfonados, nitrados o nitrosados.
Acidos carboxilicos con funcién fenol,
pero sin otra funcién oxigenada, sus
anhidridos, halogenuros, peréxidos,
peroxidcidos y sus derivados:

Acido salicilico y sus sales,

Acido salicflico.

Salicilato de sodio.
Salicilato de bismuto.

‘Acido O-acetilsalicilico, sus sales y sus
ésteres,

Acido O-acetilsalicilico (aspirina).

Los demas ésteres del Acido salicilico y
sus sales. ; :
Salicilato de metilo.

Salicilato de fenilo.

Compuestos con funcién carboxiimida
\(incluida la sacarina y sus sales) o con
funcién imina,

Imidas y sus derivados; sales de estos
productos:

Los demas.

Compuestos con funcién nitrilo.
Los demas.

Compuestos heterociclicos con
heterodtomo (s) de oxigeno
exclusivamente.

Compuestos cuya estructura contenga
ciclo furano (incluso hidrogenado), sin
condensar: |

Los demas.

Sulfonamidas.
Las demas.

' Alcaloides vegetales, naturales o

reproducidos por sintesis, sus sales,
éteres, ésteres y demas derivados.

Los demas. :

Escopolamina y sus derivados; sales de
estos productos.

Los demas:
Los demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref.

Pore. ~ OBSERVACION

50.
50 ACIDOS MONOCARBOXILICOS.

50
50
50

- 100

50
50.

13 de noviembre: del. 2000:

ee

50) aes TETRAMETRINA, NEOPINAMINA.

50

50

50

50 . ESCOPOLAMINA.

50 COLQUICINA (CONCHICINA).

50 VERATRINA,


13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL. © 1663

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.

/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

3003 Medicamentos (excepto los productos de
~ Jas partidas n® 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados
entre si, preparados para usos
terapéuticos o profilacticos, sin dosificar
ni acondicionar para la venta al por
menor. ;

3003.10 Que contengan penicilinas 9 derivados
de estos productos con la estructura del
acido penicildnico, o estreptomicinas o i
derivados de estos productos.

3003.10.20 Que contengan penicilinas o sus ;
derivados. 100 - A BASE DE PENICILINAS,.

3003.20.00 Que contengan otros antibidticos, 100

3003.90 Los demas. ;

- 3003.90.20 Que contengan vitaminas o demas

productos de la partida n? 29.36. 100 A BASE DE COMPLEIO B.

3004 Medicamentos (excepto los productos de

f las partidas n° 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados ‘ =

o sin mezclar, preparados. para usos
eee terapéuticos o profilacticos, dosificados o
Set acondicionados para la venta al por

: menor.

3004.10 . Que contengan penicilinas o derivados
de estos productos con la estructura del
acido peniciladnico, o estreptomicinas 0
derivados de estos productos.

3004.10.20 Que contengan penicilinas o sus :

derivados. 100 A BASE DE PENICILINAS.
3004.50.00: .. . Los demas medicamentos que contengan

vitaminas u otros productos de la :

partida n® 29.36. 100 A BASE DE COMPLEJO B.
3005 . Guatas, gasas, vendas y articulos analogos

(por ejemplo: apésitos, esparadrapos,
sinapismos), impregnados o recubiertos.
de sustancias farmacéuticas o
"i" aeondicionados para la venta al por -
Pas saree menor con fines médicos, quimirgicos,
odontoldgicos o veterinarios.

3005.10.00 .. Apdédsitos y demas articulos, con una capa
adhesiva. 100
3005.90 Los demas. t
3005.90.90 Los demas. 100 VENDAS NO ADHESIVAS.
3202 ‘Productos curtientes organicos sintéticos;

productos curtientes inorgdnicos;
preparaciones curtientes, incluso con
productos curtientes naturales;
preparaciones enzimaticas para



precurtido?
3202.90 ’ Los demas, sage
3202.90.20 Preparaciones curtientes. 50
y

1664 : GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. on
: REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Lae «Pref. |
ISA DESCRIPCION 5 Pore. OBSERVACION
8203. Materias colorantes' de origen vegetal o
animal (incluidos los extractos tintdreos,
excepto los negros de origen animal), (

aunque sean de constitucién quimica

definida; preparaciones a que ge refiere

la nota 3 de este capitulo a base de

materias colorantes de origen vegetal o

animal, . : (

3203.00.12 Materias colorantes de origen vegetal y

preparaciones a que se refiere la nota 3

de este capitulo, a base de dichas a
Materias colorantes:

3203.00.12 Bixina (achiote). 100
3203.00.19 Las ‘demas. 100 COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL. —
3208 Pinturas y barnices a base de polimeros

sintéticos 9 naturales modificados,
dispersos o disueltos en un medio no
acuoso; disoluciones definidas en la
nota 4 de este capitulo.

3208.90 Los demas. yeaa a
’ 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS.

3208.90.10 Pinturas. Bible.
3208.90.20 Barnices. "y : 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS.
3302 Mezclas de sustancias odoriferas y

mezclas (incluidas las disoluciones
alcohlicas) a base de una o varias de
estas sustancias, del tipo de las utilizadas

He como materias basicas para la industria;

ee las demas preparaciones a base de
h sustancias odoriferas, del tipo de las

utilizadas para la elaboracién de bebidas, -
3302.10 Del tipo de las utilizadas en las

industrias alimentarias o de bebidas, _
3302.10.10 Preparaciones de] tipo de las utilizadas

para la elaboracién de bebidas, 50-
3302.10.90 Las demas. 50
3305, Preparaciones capilares.
3305.90.00 Las demas. 50
3403 Preparaciones lubricantes (incluidos los

aceites de corte, las preparaciones para
aflojar tuercas, las preparacioneg ;
antiherrumbre 9 anticorrosion y las
preparaciones para el desmoldeo, a base
de lubricantes) y preparaciones del tipo
de las utilizadas para el ensimado de:
materias textiles o el aceitado o engrasado
de cueros y pieles, peleteria u otras
materias, excepto las que contengan como
componente basico 70.% o mas en peso
de aceites de petréleo o de mineral
_bituminoso.
3403.1 Que contengan aceites de petrdleo o de
; ** mineral bituminoso;


13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

3403.11

3403.11.90

3405

3405.10.00

3405.40.00

3802

3802.10.00
3808

3808.10
3808.10.9
3808.10.91

3808.20
3808. 20.9
3808.20.99

3808.30

3808. 30.2
3808.30.29

3808.40
3808.40.20

3823

3823.1

3823.11.00

DESCRIPCION

Preparaciones para el tratamiento de
materias textiles, cueros y pieles,
peleteria u otras materias.

Las demas.

Betunes y cremas para el calzado,
encausticos, abrillantadores (lustres) para
earrocerias, vidrio 0 metal, pastas y
polvos para fregar y preparaciones
similares (incluso papel, guata, fieltro,
tela sin tejer, plastico o caucho celulares,
impregnados, recubiertos 9 revestidos de
estas preparaciones), excepto las ceras de
la partida n° 34.04,

Betunes, cremas y preparaciones
similares para el calzado o para cueros
y pieles.

Pastas, polvos y demas preparaciones
para fregar. ji

Carbén activado; materias minerales
naturales activadas; negro. de origen
animal, incluido el agotado.

‘Carbon activado.

Insecticidas, raticidas y demas
antirroedores, fungicidas, herbicidas,
inhibidores de germinacién y reguladores
del crecimiento de las. plantas,
desinfectantes y productos similares,
presentados en formas 0 en envases para
la venta al por menor, o como
preparaciones o articulos tales como:
cintas, mechas y velas, azufradas y
papeles matamoscas.

Insecticidas.

Los demas:

A base de piretro.

Fungicidas.
Los demas:
Los demas.

Herbicidas, inhibidores de germinacién y
reguladores del crecimiento de las
plantas.

Herbicidas, presentados de otro modo:
Los demas.

Desinfectantes,
Presentados de otro modo.

Acidos grasos monocarboxilicos
industriales; aceites dcidos del refinado;
alcoholes grasos industriales.

Acidos grasos monocarboxilicos
industriales; aceites Acidos del refinado:
Acido estedrico,

GACETA OFICIAL 1665
IC ADR NRT



REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
50 PARA EL TRATAMIENTO DE CUEROS,
50
50
50 DE ORIGEN VEGETAL, APTOS PARA
PURIFICAGION DE AGUA.
50
100
50
50 A BASE DE PIRETRO.
100
1666 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ _ Pref.

(SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
3823.12.00 Acido oleico. 100
3907 Poliacetales, los demas poliéteres y

resinas epoxi, en forrhas primarias;
policarbonatos, resinas alcidicas,
poliésteres alilicos y demas poliésteres,
en formas primarias.

3907.50.00 Resinas alcidicas. 50

3909 Resinas aminicas, resinas fendlicas y
poliuretanos, en formas primarias.

3809.40.00 Resinas fendlicas. : 50

3918 - Revestimientos de plistico para suelos,

incluso autoadhesivos, en rollos o
losetas; revestimientos de pladstico para
paredes o techos, definidos en la nota 9
de este capitulo.

3918.90 De los demas plasticos.
3918.90.10 Revestimientos para suelos. . \ ~ 50
3921 "Las demas placas, laminas, hojas y tiras,
ech de plastico.
3921.90.00 Los demas. : 100
‘ ‘
3923 ‘Articulos para el transporte o ertvasado,

de pldstico; tapones, tapas, capsulas y
f demas dispositivos de cierre, de plastico. las
3923.90.00 Los demas. 50 PARA ENVASADO.

3924 Vajilla y demas articulos de uso
doméstico y articulos de higiene 0
tocador, de plastico.

3924.10.00 Vajilla y demas articulos para ai servicio ae
de-mesa o de cocina. 50 BIBERONES DE POLICARBONATO.

3924.90 Los demas.

3924.90.10 Articulos de higiene o tocador. be 50

3924.90.90 Los demas. 50

4008 ’ Placas, hojas, tiras, varillas y perfiles,

es de caucho vulcanizado sin endurecer.

4008.1 De caucho celular:

4008.11.00 Placas, hojas y tiras. t 50

4008 .'19.00 Los demas. . 50

4008.2 De caucho no celular: ;

4008.21.00 Placas, hojas y tiras. ~ 50

4008.29.00 Los demas. : 50

4016 Las demas manufacturas de caucho
vulcanizado sin endurecer.

4016.9 Las demas:

4016.91.00 Revestimientos para el sueio y alfombras. 50

4202 Batiles, maleias (valijas), maletincs,

incluidos ies de aseo y los |
_portadocumentos, portafolios (carteras ae
13 de noviembre del 2000 |

_ en LAE EPO ETH SA ST TIS TS A IS ESS PEE HARD PS A TN PS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

4202.1

4202.11.00

4202.12.00

4202.19.00
4407

4407.2

4407.24.00

4408

4408.3
4408.31

4403.31.10

4408.39
4408.39.10

DESCRIPCION

mano), cartapacios, fundas y estuches
para gafas (anteojos), binoculares,
camaras fotograficas 9 cinematograficas,
instrumentos musicales 0 armas y
continentes similares; sacos de viaje,
bolsag de aseo, mochilas, bolsos de mano
(carteras), bolsas para la compra,
billeteras, portamonedas, portamapas,
petacas, pitilleras y bolsas para tabaco,
bolsas para herramientas y para
articulos de deporte, estuches para
frascos y botellas, estuches para joyas,
polveras, estuches para orfebreria y
continentes similares, de cuero natural o
regenerado, hojas de plastico, materia
textil, fibra vulcanizada o cartén, o
recubiertos totalmente o en su mayor
parte con estas materias o papel.

Batles, maletas (valijas) y maletines,
incluidos los de aseo y los
portadocumentos, portafolios (carteras de
mano), cartapacios y continentes
similares:

Con la superficie exterior de cuero
natural, cuero regenerado o cuero
charolado.

Con la superticie exterior de plastico o
materia textil.

Los demas.

Madera aserrada o desbastada
longitudinalmente, cortada o
desenrollada, incluso cepillada, lijada o
unida por entalladuras multiples, de
espesor superior a 6mm.

De las maderas tropicales citadas en la
nota de Ja subpartida 1 de este capitulo:
Virola, Mahogany (Swietenia spp),
Imbuia y Balsa.

Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas) y demas maderas
aserradas longitudinalmente, cortadas, 0
desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas
o unidas por entalladuras multiples, de
espesor inferior o igual a 6mm.

De las maderas tropicales citadas en la
nota de subpartida 1 de este capitulo:
Dark Red Meranti, Light Red Meranti y
Meranti Bakau. :
Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas).

Las demas.
Hojas para chapade 9 contrachapado
(incluso unidas),

GACETA OFICIAL

1667

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100
100

100

100
106

OBSERVACION

BAULES,. MALETAS Y SIMILARES,

MALETAS Y SIMILARES CON’SUPER-—
FICIE DE PLASTICO,

MALETAS, MALETINES Y SIMILARES.

BALSA, |

MERANTI BAKAY.

ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN,
ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE,

. AZOBE, BALAU, BALSA; BOSSE
1668

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

ann nn A SSS STOLEN A TPP RIP PES EEE SOTA IO LE NE ET TT

y

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA

4408.90
4408.90.10

4409

4409.10
4409.10.90

4409.20
4409.20.10

4410

4410.1
4410.11.00

4410.19.00
4412

4412.1

4412.13.00

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION Pore.

Las demas. ;
Hojas para chapado o contrachapado
(incluso unidas). - 100

Madera (incluidas las tablillas y frisog
para parqués, sin ensamblar) perfilada
longitudinalmente (con lengtietas,

' ranuras ,rebajes, acanalados, biselados,

con juntas en v, moldurados,

redondeados o similares) en una 0

varias caras o cantos, incluso cepillada,

lijada o unida por entalladuras

multiples.

De coniferas. ; ,
Las demas. ‘ 100

Distinta de la de coniferas,
Tablillas y frisos para parqués, sin

‘ensamblar, 50

Talbleros de particulas y tableros
similares, de madera u otras materias
lefiosas, incluso aglomeradas con

resinas 0 demas aglutinantes organicos.
De madera:

Tableros llamados “waferboard”,
incluidos los llamados “oriented strand

board”, : 100

Los demas, 100

Madera contrachapada, madera chapada

y madera estratificada similar.

Madera contrachapada constituida 100
exclusivamente por hojas de madera de
espesor unitario inferior o igual a 6mm:

Que tenga, por lo menos, una hoja.

externa de las maderas tropicales citadas

en la nota de subpartida 1-de este

capitulo.

OBSERVACION

CLAIR, BOSSE FONCE, CATIVO, CE-
DRO, DABEMA, DIBETOU, DOUSSIE,
FRAMIRE, FREIJO, FROMAGER, FUMA,
GERONGGANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE,
IROKO, JABOTY, JELUTONG, JEQUI-
TIBA, JONGKONG, KAPUR, KEMPAS,
KERUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO,
LOURO, MACARANDUBA, MAKORE,
MANSONIA, MENGKULANG, MERA-
WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA-
WA, MOABI, NIANGON, NYATOH,, ON-
ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO,
PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE
GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA-
RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH,
RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, 'SU-
CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA,
WHITE MERANTI, WHITE SERAYA,
YELLOW MERANTI.

.

_ MADERA MOLDURADA.

ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN,
ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE, AZO-
BE, BALAU, BALSA, BOSSE CLAIR,

BOSSE FONCE, CATIVO, CEDRO, DA-
BEMA ,DIBETOU; DOUSSIE, FRAMIRE,
FREIJO, FROMAGER, FUMA, GERONG-
GANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE, IROKO,

\
13, de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/

4412.

4412.

4412.

4412.

4412.
4412.

4412.
4412.

4412.

4414

4414.

4417

4417.

4418

4418.10.

14.

23

23.

92

92.
92.

99.

00.

00.1

/SA

00

90

99
00

00

00

DESCRIPCION

Las demas, que tengan, por lo menos,
una hoja e&terna de madera distinta de
la de coniferas.

Lag demas, que tengan, por lo menos
una hoja externa de madera distinta de
la de coniferas:

Las demas, que contengan, por lo menos,
un tablero de particulas,

Las demas.

Las demas:

Que tengan, por lo menos, una hoja de
las maderas tropicales citadas en la
nota de subpartida 1 de este capitulo.
Las demas:

Las demas.

Las demas.

Marcos de madera para cuadros,
fotografias, espejos u objetos similares.
Marcos de madera para cuadros,
fotografias, espejos u objetos similares.

Herramientas, monturas y mangos de
herramientas, monturas y mangos de
cepillos, brochas o escobas, de madera;
hormas, ensanchadores y tensores para
el calzado, de madera,

Herramientas, monturas y mangos de
herramientas,

Obras y piezas de carpinteria para
construcciones, incluidos los tableros ~
celulares, los tableros para parqués y
tablillas para cubierta de tejados o
fachadas (“‘shingles” y “shakes”), de
madera.

Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos
y contramarcos.

GACETA OFICIAD

5 RS SS CUES WSUS 2 STI rn

1669

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore,

100

100

50

50

50

OBSERVACION

JABOTY, JELUTONG, JEQUITIBA,
JONGKONG, KAPUR, KEMPAS, KE-
RUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO,
LOURO, MACARANDUBA, MAKORE,
MANSONIA, MENGKULANG, MERA-
WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA-
WA, MOABI, NIANGON, NYATOH, ON-
ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO
PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE
GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA-_
RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH,
RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, SU-
CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA,_.
WHITE MERANTI, WHITE SERAYA,
YELLOW MERANTI.

MADERA CONTRACHAPADA.

CON UNA HOJA EXTERNA POR LO
MENOS DE OTRAS CONIFERAS,
EXCEPTO DE PINO.
1670

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

SAA RS ET SE EET ET NS SS EI LTT I LP TE EA I OT ES LOT ER TE IO EL LID TE TE TEBE I Te EA EN EAE TSIEN

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADY/

ISA

4418.20.00
4418.30.00
4419

4419.00.00

4420

4420.10.00
4420.90.00

4421
4421.90
4421.90.90

4601

4601.20

4601.20.10
4602

4602.10.00
4602.90.00
4814

4814.90
4814.90.1 .

4814.90.19

4818 .

DESCRIPCION

Puertas y sus marcos, contramarcos y
umbrales.

Tableros para parqués.

Articulos de mesa o de cocina, de
madera.
Articulos de mesa o de cocina, de
madera.

Marqueteria y taracea; cofrecillos y
estuches para joyeria u orfebreria y
manufacturas similares, de madera;
estatuillas y demas objetos de adorno,
de madera; articulos de mobiliario, de
madera, no See en el

Capitulo 94.

Estatuillas y demds objetos de adorno,
de madera.

Los demas.

Las demas manufacturas de. madera,
Las demas.
Las demas.

Trenzas y articulos similares de materia
trenzable, incluso ensamblados en tiras;
materia trenzable, trenzas y articulos
similares de materia trenzable, tejidos o
paralelizados, en forma plana, incluso
terminados (por ejemplo: esterillas,
esteras, Cafiizos). ;

Esterillas, esteras y cafiizos, de materia
vegetal.

Tejidos.

Articulos de cesteria obtenidos
directamente en su forma con materia
trenzable o confeccionados con articulos
de la partida n® 46.01; manufacturas de
esponja vegetal (paste o “lufa”),

De materia vegetal.

Los demas.

Papel para decorar y revestimientos
similares de paredes; papel Dare
vidrieras.

Los demas. ’

Papeles para decorar y revestimientos
similares de paredes:

Los demas.

Papel del tipo de los utilizados para
papel higiénico y papeles similares,

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Porc.

50

50

50

50

50

50

50

50
50

50

OBSERVACION

ARTICULOS DE MARQUETERIA Y DE
PEQUENA EBANISTERIA.

PALILLOS DE DIENTES.

PALITOS Y CUCHARITAS PARA DUL-
CES Y HELADOS.

DE PAJA TOQUILLA Y MOCORA.

ARTICULOS DE CESTERIA.
ARTICULOS DE CESTERIA.

PARA DECORAR HABITACIONES,
13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL . - 1671

PREFERENCIAS OTORGADAS POR, CUBA.

: REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.
ISA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION

guata de celulosa o napa de fibras de
celulosa, del tipo de los utilizados para
fines domésticos © sanitarios, en bobinas
(rollos) de una anchura inferior o igual
a 36cm o cortados en formato; pafiuelos,
toallitas, de desmaquillar, toallas,
manteles, servilletas, pafiales para bebés,
compresas y tampones higiénicos,
sabanas y articulos similares para uso
doméstico, de tocador, higiénico o de
hospital, prendas y complementos
(accesorios), de vestir, de pasta de papel,
papel, guata de celulosa o napa de

fibras de celulosa. ;

4818.40.00 Compresas y tampones higiénicos,
pafiales para bebés-y articulos higiénicos 50 PANALES, TAMPONES HIGIENICOS Y
similares. ARTICULOS HIGIENICOS SIMILARES.
4901 Libros, folletos e impresos similares,
incluso en hojas sueltas.
4901.9 Los demas: ;
4901.99.00 Los demas. 100
5204 Hilo de coser de algod6n, incluso
acondicionado para la venta al por
menor.
5204.1 Sin acondicionar para la venta al por
-menor:
5204.11.00 Con un contenido de algodén superior o
igual al 85 % en peso. 50
5208 Tejidos de algodén con un contenido de

algodén superior o igual al 85 % en peso,
de peso inferior 9 igual a 200 g/m’.

5208.1 Crudos:
5208.11.00 De ligamento. tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m’. 50
5208.12.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.13.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5208.19.00 Los demas tejidos. : 50
5208.2 Blanqueados:
5208.21.00 De ligamento tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m?, 50
5208.22.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.23.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior 0 igual a 4. 50
5208.29.00 Los demas tejidos. 50

5208.3 Tefnidos:

5208.31.00 De ligamento tafetan, de peso inferior }

o igual a 100 g/m?. 50
1672 > GACETA OFICIAL ' 13:-de noviembre del 2000
arene pegs eemmnr nrg On A Sa ES EA OE 2 SS

“PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ * . : Pref.
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

5208.32.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.33.00 De ligamento sarga; incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5208.39.00 Logs demas tejidos. He 50
5208.4 Con hilados de distintos colores:
5208.41.00 De ligamento tafetan, de gramaje inferior

o igual a 100 g/m’. 50)
5208.42.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m?. 50
5208.49.00 Los demas tejidos. 50
5208.5 Estampados:
5208.51.00 De ligamento tafetan, de peso inferior

o igual a 100 g/m?. 50
5208.52.00 De ligamento tafetan, de peso superior

a 100 g/m’. 50
5208.53.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4, 50
5208.59.00 Los demas tejidos. ; 50
5209 Tejidos de algodon con un contenido de

algodon superior o igual al 85 % en peso,
de peso superior a 200 g/m’.

5209.1 Crudos:
5209.11.00 De ligamento tafetan. 50
5209.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, > 50
5209.19.00 Los demas tejidos. - 50 £
5209.2 Blanqueados:
5209.21.00 De ligamento tafetan. 50
5209 22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, 50

de curso inferior o igual a 4,

5209.29.00 . Los demas tejidos. 50
5209.3 Tenidos: :
5209.32.00 De ligamento sarga, incluide el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5209.39.00 Los demas tejidos. 50
5209.4 ~ Con hilados de distintos colores:
5209.41.00 De ligamento tafetan. 50
5209.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50°
5209.43.00 Los demas tejidos de ligamento sarga,

incluido el cruzado, de curso inferior o

igual a 4, 50

5209.49.00 Los demas tejidos. : 50
13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1673

ee ES TT SSS SSE AS SSS ART AS SD
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA,
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
/SA ; DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

5209.5 Estampados: 50
5209.51.00 De ligamento tafetan.
5209.52.00 De ligamento sarga, incluido el ecruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5209.59.00 Los demas tejidos. 50
5210 Tejidos de algodén con un contenido de

algod6n inferior al 85 % en peso,
mezclado exclusiva o principalmente con
fibras sintéticas o artificiales, de peso
inferior o igual a 200 g/m?.

5210.1 Crudos:
* 5210.11.00 De ligamento tafetan. 50
5210.12.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, 50
5210.19.00 Los demas tejidos. 50
5210.2 Blanqueados:
5210.21.00, De ligamento tafetan. 50
5210.22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4, 50
5210.29.00 Los demas tejidos. 50 ‘
5210.3 Tefiidos:
5210.31.00 De ligamento tafetan. 50
5210.32.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.39.00 Los demas tejidos. 50
5210.4 Con hilados de distintos colores:
5210.41.00 De ligamento tafetan, ; 50
5210.42.00. De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.49.00 . Los demas tejidos. 50
5210.5 Estampados: °
5210.51.00 De ligamento tafetan. ete)
5210.52.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,
de curso inferior o igual a 4. 50
5210.59.00 Los demas tejidos. 50
5211 Tejidos de algodén con wn contenido de

algodon inferior al 85 % en peso,
mezclado exclusiva o principalmente con
fibras sintéticas o artificiales, de peso
superior a 200 g/m”. -

5211.1 Crudos:
5211.11.00 De ligamento tafetan. 50
* §211.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado,

de curso inférior 0 igual a 4, 50
1674 : GACETA OFICIAL — 13 de noviembre del 2000
(enc NN a a

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA, ae
REGIMEN DEL ACUERDO.



NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION

5211.19.00 Los demas tejidos. 50
5211.2 Blanqueados: Bee ies 50
5211.21.00 De ligamento tafetan,
5211.22.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50 ; ;
5211.29.00 Los demas tejidos. 50
5211.3 Tefiidos:
5211.31.00 De ligamento tafetan. ‘50
5211.39.00 - Los demas tejidos. 50
5211.4 Con hilados de distintos colores:
5211.41.00 De ligamento tafetan. : ie 250
5211.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50
5211.43.00 Log demas tejidos de ligamento sarga,

incluido el eruzado, de curso inferior

o igual a 4. 50
5211.49.00 ‘Los demas tejidos. 50
5211 aD Estampados:
5211.51.00 De ligamento tafetan. 4 50
§211.52.00 De ligamento sarga, ineluido el cruzado,

de curso inferior o igual a 4. 50
5211.59.00 Los demas tejidos. 50
5212 Los demas tejidos de algodon.
5212.1 — De peso inferior o igual a 200:g/m?:
5212.11.00 Crudos. ee "BO

' 5212.12.00 Blanqueados. 50

5212.13.00 Teflidos. see 50
5212.14.00 Con hilados de distintos colores. 50
§212.15.00 Estampados. 00
5212.2 De peso superior a 200 g/m’:
6212.21.00 Crudos, 50
5212.22.00 Blanqueados. : 50.
5212.23.00 Tefiidos. : 50
5212.24.00 = Con hilddos de distintos colores. ' 50
5212.25.00 Estampados. _ 50
5305 _ Coco, abaca [cafiamo de Manila (Musa
textilis Nee)], ramio y demas fibras
\ textiles vegetales no expresadas ni

comprendidas en otra parte, en bruto o
trabajados, pero sin hilar; estopas y
desperdicios de estas fibras (incluides
los desperdicios de hilados y las

¢ hilachas).
13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA,

NALADI/ it CY

: /jSSA â„¢ DESCRIPCION

5305.2 De abaca:

5305.21.00 En bruto.

95607 Cordeles, cuerdas y cordajes, estén o no

trenzados, incluso impregnados,
recubiertos, revestidos o enfundados con
caucho o plastico.

5607.10.00 De yute o demas fibras textiles del liber
de la partida n? 53.03. :

5607.30.00 De abaca [cafamo de Manila (Musa
textilis. Nee)] 9 demas fibras duras de
hojas. :

5701 Alfombras de nudo de materia textil,

s incluso confeccionadas.

5701.10.00 De lana o Delo fino.

5702 Alfombras y demas revestimientos para
el suelo, de materia textil, tejidos,
excepto los de mechon insertado y los
flocados, aunque estén confeccionados,
incluidas las alfombras llamadas
“Kelim” o “Kilim’”, “Schumacks” o
“Soumak”, “Karamanie” y alfombras
similares tejidas a mano.

5702.3 Los demas, aterciopelados, sin.
confeccionar:

5702.31.00 De lana o pelo fino,

5702.32.00 De materia textil sintética o artificial.

5806 Cintas, excepto los articulos de la
partida n°? 58.07; cintas sin trama, de
hilados o fibras paralelizados y
aglutinados.

5806.3 Las demas cintas:

5806.31.00 De algoddn.

5806.39 De las demas materias textiles,

5806.39.30 De seda.

5806.39.90 Los demas.

6103 Trajes (ambos o ternos), conjuntos,
chaquetas (sacos), pantalones largos,
pantalones con peto, pantalones cortos
(calzones) y “shorts” (excepto de bamio),
de punto, para hombres o nifios.

6103.4 Pantalones largos, pantalones con peto,

: pantalones cortos (calzones) y “shorts”:

6103.41.00 De lana o pelo fino.

6103.42.00 De algodon.

6103.43.00 De fibras sintéticas.

6104 Trajes sastre, conjuntos, chaquetas

(sacos), vestidos, faldas, faldas pantalon,
pantalones largos, pantalones con peto,

mer

GACETA OFICIAL

1675

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore. OBSERVACION
100

50

50 CORDELES.

50 ARTESANALES.

AN SN
50 ALFOMBRAS ¥ 'TAPICES ARTESANA-
LES.

50 ALFOMBRAS Y TAPICES.

50

50

60

J

50 PANTALONES Y CALZONES.
50 PANTALONES Y CALZONES.
50 PANTALONES Y CALZONES.
1676 3 . GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.’

NALADI/ : ;
/SA DESCRIPCION
pantalones cortos (calzones) y “shorts”
7s (excepto de bafio), de punto, para
%. mujeres o nifias.

6104.4 Vestidos:

6104.42.00 De algodon.

6105 Camisas de punto para hombres o nifios,

6105.10.00 De algodon. ‘

6105.20.00 De fibras sintéticas o artificiales.

_ 6106 Camisas, blusas y blusas camiseras, de
punto, para mujeres o nifias,

6106.10.00 De algod6én.

6107 Calzoncillos .(incluidos los largos y los
“slips”), camisones, pijamas, albornoces
de bafio, batas de casa y articulos
similares, de punto, para hombres 0°

; niflos.

6107.1 Calzoncillos (incluidos logs largos y los
“slips’’):

6107.12.00 De fibras sintéticas o artificiales.

6107.9 Los demas:

6107.91.00 . De algodon.

6109 “T-shirts” y camisetas interiores, de
punto.

6109.10.00 De algodoén.

6109.90 De las demas materias textiles.

6109.90.90 Las demas.

6111 Prendas y complementos (accesorios), de

- _-vestir, de punto, para bebés.

6111.30.00 De fibras sintéticas.

6115 Calzas, “panty-medias”, leotardos, medias, |
calcetines y demas articulos de
‘calceteria, incluso para varices, de punto.

6115.9 Los demas: :

6115.99 De las demas materias textiles,

6115.99.90 Los demas.

6302 Ropa de cama, mesa, tocador o cocina. ©

6302.2 Las. demas ropas de cama, estampadas:

6302.22.00 De fibras sintéticas o artificiales.

6302.29.00 _ De las demas materias textiles.

6305 Sacos (bolsas) y talegas, para envasar.

6305.3 De materias textiles sintéticas o
artificiales: ;

6305.32.00 Continentes intermedios flexibles para
productos a granel.

6305.33.00 Los demas, de tiras 0 formas similares,
de polietileno.o polipropileno,

6402 Los demas calzados con suela y parte

superior de caucho o plastico.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.

. Pore.

50

50

100

100

50

50

50
50

50

100

OBSERVACION

ARTESANALES,

we lh GR

CAMISAS Y BLUSAS.

CAMISETAS.,

CAMISETAS,

PRENDAS EXTERIORES.

SACOS DE POLIPROPILENO, DE
TIRAS O FORMAS SIMILARES,

SACOS DE POLIPROPILENO.
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1677



PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
{SA

6402.20.00

6403

6403.5

6403.51.00
6403.59.00

6405
6405.10

6405.10.20
6405.10.30
6405.10.40

6405.90
6405.90.10

6405.90.20
6405.90.30 -
6405.90.40
6406 .

6406.20.00

6406.9
6406.99
6406.99.10
6502

~ 6502.00.10

6504.00.00

6804

DESCRIPCION

Calzado con la parte superior de tiras
o bridas fijas a la suela por tetones
(espigas).

Calzado con suela de caucho, plastico,
cuero natural 9 regenerado y parte
superior de cuero natural.

Los demas calzados, con suela de cuero
natural:

Que cubran el tobillo.

Los demas.

Los demas calzados. .

Con la parte superior de cuero natural
o regenerado.

Con suela de caucho o plastico.

Con suela de cuero natural o regenerado.
Con suela de otras materias.

Los demas.
Con suela de caucho o plastico.

Con suela de cuero natural o regenerado.
Con suela de madera o corcho.,
Con suela de otras materias.

Partes de calzado (incluidas. las partes
superiores fijadas a las palmillas
distintas de la suela); plantillas,

’ taloneras y articulos similares,

amovibles; polainas y articulos similares,
y sus partes.

Suelas y tacones (tacos)*, de caucho o
plastico.

Los demas:

De las demas materias.

Partes de calzado; plantillas, taloneras
y articulos similares, amovibles.

Cascos para sombreros, trenzados o
fabricados por unidn de tiras de
cualquier materia, sin formar, acabar ni
guarnecer.

De paja toquilla 9 paja mocora.

Sombreros y demas tocados, trenzados o
fabricados por unidn de tiras de
cualquier materia, incluso guarnecidos.
Sombreros y demas tocados, trenzados o
fabricados por union de tiras de
cualquier materia, incluso guarnecidos.

Muelas y articulos similares, sin
bastidor, para moler, desfibrar, triturar,
afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear,

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Porc.

50 ©

100

100

OBSERVACION

PARTES DE CALZADO, EXCEPTO DE
POLIURETANOS.
1678 . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

ene En SS RES ET TCT WATE A CE SE A A A

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

Uy

NALADI/
{SA DESCRIPCION
piedras de afilar 9 pulir a mano, y sus
partes, de piedra natural, de abrasivos

(eeer aes naturales o artificiales aglomerados o de

eee: cerdmica, incluso con partes de otras
materias. :

6804.2 _ Las demds muelas y articulos similares:

6804.22 De logs demas abrasivos aglomerados o

oi de ceramica.

6804.22.10 De abrasivos aglomerados.

6804.30.00 Piedras de afilar o pulir a mano.

6805 Abrasivos naturales o artificiales en
polvo o grénulos con soporte de materia
textil. papel, cart6én u otras materias,
incluso recortados, cosidos o unidos de
otra forma.

6805.10.00 Con soporte constituido solamente por
tejido de materia textil.

6805.20.00 Con soporte constituido solamente por
papel o carton.

6908 Placas y baldosas, de ceramica,

barnizadas o esmaltadas, para
pavimentacidn 9 revestimiento; cubos,
daidos y articulos similares, de cerdmica,
para mosaicos, barnizados o esmaltados,
incluso con soporte.

6908.10.00 Plaquitas, cubos, dados y articulos
similares, incluso de forma distinta de
la cuadrada o rectangular, en los que
la superficie mayor pueda inscribirse en
un cuadrado de lado inferior a '7.cm.

6912 Vajilla y demas -articulos de uso
' doméstico, higiene o tocador, de ceramica,
; excepto porcelana.
6912.00.00 Vajilla y demas articulos de uso
doméstico, higiene o tocador, de ceramica,
excepto porcelana.

69138 Estatuillas y demas articulos para
adorno, de cerdmica.
6913.10.00 De porcelana.

6913.90.00 Los demas.

7010 Bombonas (damajuanas), botellas,
frascos, bocales, tarros, envases
tubulares, ampollas y demas recipientes
para el transporte o envasado, de vidrio;
bocales para conservas, de vidrio;
tapones, tapas y demas dispositivos de
2 cierre, de vidrio.

7010.9 Los demas, de capacidad:

7010.91 Superior a 1 1. :
7010.91.10 Bombonas (damajuanas) y botellas.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.

Pore, OBSERVACION

50 DISCO DE CORTE Y DESBASTE,
50 PIEDRAS ABRASIVAS,

50 LIJAS DE HIERRO (EMERY CLOTH).
50 LIJAS DE MADERA (GRANATE),

50

100

50

50

50 . BOTELLAS.
13 de noviembre del 2060 GACETA OFICIAL 1679

‘cE CNT MACE OTS EL AY AS I A ALA HY) te



ETO nnn 28a rN AR IRIE TE TE

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref. ;
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
7010.92 Superior a 0,331 pero inferior o igual
ail.
7010.92.10 Botellas. : 50
7010.93.00 Superior a 0,15 1 pero inferior o igual :
a 0,33 1. 50 BOTELLAS. ob
7010.94.00 Inferior o igual a 0,15 1. 50 BOTELLAS.
7113 Articulos de joyeria y sus partes, de
metal precioso o de chapado de metal
precioso (plaqué). Se ;
7113.20.00 De chapado de metal precioso (plaqué) 50 ARTICULOS DE JOYERIA CHAPADOS
sobre metal comun. H DE PLATA,
7114 _ Articulos de orfebreria y sus partes, de

metal precioso o de chapaido de metal
precioso (plaqué).

7114.1 De metal precioso, incluso revestido o
: chapado de metal precioso (plaqué):
7114.11.00 De plata, incluso revestida o chapada 3
de otro metal precioso (plaqué). 50 ARTICULOS DE ORFEBRERIA,
7321 Estufas, calderas con hogar, cocinas

(incluidas las que puedan utilizarse
accesoriamente para calefaccién central),
barbacoas (parrillas)*, braseros, hornillos
de gas, calientaplatos y aparatos no
eléctricos similares, de uso doméstico, y
sus partes, de fundicidn, hierro o acero.

7321.1 Aparatos de coccién y calientaplatos:
7321.11.00 De combustibles gaseosos, o de gas y

otros combustibles. 100 COCINAS.
7615 Articulos de uso doméstico, higiene o

tocador y sus partes, de aluminio;
esponjas, estropajos, guantes y articulos
similares para fregar, lustrar 0 usos
analogos, de aluminio.
GUS sls an Articulos de uso doméstico y sus partes;
esponjas, estropajos, guantes y
articulos similares para fregar, lustrar
o usos analogos: :

7615.11.00 Esponjas, estropajos, guantes y articulos
similares para fregar, lustrar o usos
andlogos. 50

7615.19 Los demas.

7615.19.10 Articulos de uso doméstico. 50

7615.19.90 Los. demas. 50

8201 Layas, palas, azadas, picos, binaderas,

horcas de labranza, rastrillos y raederas;
hachas, hocinos y herramientas similares
con filo; tijeras de podar de cualquier
tipo; hoces y guadafias, cuchillos para
heno o para paja, cizallas para setos,
1680

GACETA OFICIAL

13 de noviembre del 2000

extent SSS SSS SE SS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

NALADI/
/SA DESCRIPCION

-Cufias y demas herramientas de mano, ,
agricolas, horticolas o forestales.

Las demas herramientas de mano,
agricolas, horticolas o forestales.

8201.90.00

8301 Candados, cerraduras y cerrojos (de
llave, combinacioén o eléctricos), de metal
comun; cierres y monturas cierre, con
cerradura incorporada, de metal comun;
Tlaves de. meta] comun para estos
articulos. :

Las demas cerraduras; cerrojos.
Cerraduras.

8301.40
8301.40.10

8418 Refrigeradores, congeladores y demas
material, maquinas y aparatog para

4 produccion de frio, aunque no sean

eléctricos; bombas de calor, excepto las ,

maquinas y aparatos para

acondicionamiento de aire de la partida

numero 84.15.

Refrigeradores domésticos: OE

De absorcion, eléctricos.

8418.2
8418.22.00

3418.40.00 Congeladores verticales del tipo armario,

de capacidad inferior o igual a 900 1.

8452 Maquinas de coser, excepto las de coser
: pliegos de la partida n° 84.40; muebles,
basamentos y tapas o cubiertas
especialmente concebidos para maquinas
de coser; agujas para maquinas de coser.

8452.10.00 Maquinas de coser domésticas.

8452.2
8452.21.00

Las demas maquinas de coser:
Unidades automaticas.

8481 Articulos de griferia y érganos similares
para tuberias, calderas, depdsitos, cubas
© continentes similares, incluidas las
valvulas reductoras de presién y las
valvulas termostaticas.

8481.10.00 Valvulas reductoras de presion.

Los demas articulos de griferia y
organos similares,

Juegos o surtidos de griferia pdra salas
de bafio o cocina.

8481.80

8481.80.10

8481.90.00 Partes.

8508 Herramientas electromecdnicas con
motor eléctrico incorporado, de uso
manual. H

Taladros de todas clases, incluidas las
perforadoras rotativas.

8508.10.00

8508.80.00 | Las demas herramientas,

REGIMEN DEL ACUERDO.
Pref.

Pore. OBSERVACION

' 50 CERRADURAS DE POMO Y MUEBLES,

50

50 PARA SALAS DE BANO,

100 p DE ARTICULOS DE GRIFERIA,

100

100
13 de noviembre del 200€ GACETA OFICIAL 1681

| enuresis PS PN ST AE DS OAT PS SERCO EL SE aS aE eT TE I TD

PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. :
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
(SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

8511 - Aparatogs y dispositivos eléctricos de
encendido o de arranque, para motores
de encendido por chispa o por
compresién (por ejemplo: magnetos,
dinamomagnetos, bobinas de encendido,
bujias de encendido o calentamiento,
motores de arranque); generadores (por
ejemplo: dinamos, alternadores) y
-reguladores disyuntores utilizados con
estos motores.

8511.10.00 Bujias de encendido. 50

8517 Aparatos eléctricos de telefonia o
telegrafia con hilos, incluidos los
teléfonos de usuario de auricular
inalambrico combinado con microfono y

los aparatos de telecomunicacién por 50 CAJAS DE DISPERSION TELEFONICA
corriente portadora o telecomunicacién DE DIEZ PARES Y MANGAS PARA
digital; videdfonos. EMPALME TELEFONICO DE 10 A
8517.80.00 Los demas aparatos. 300 PARES.
8529 Partes identificables como destinadas,

exclusiva o principalmente, a los
aparatog de las partidas n°? 85.25 ala ™\. 5 : '
85.28. 50 ANTENAS PARABOLICAS. PARA

8529.10.00 Antenas y reflectores de antena de : TRANSMISION Y RECEPCION DE SE-
cualquier tipo; partes apropiadas para WALES DE SATELLITES DE 60CM A
su utilizacidn con dichog articulos. 19 M.

9003 Monturas (armazones) de gafas
(anteojos) o articulos similares y sus
partes. i

9003.1 Monturas (armazones): aE :

9003.11.00 De plastico. nN 50 PARA ANTEOJOS.

9003.19.00 De otras materias, won 50 MONTURAS METALICAS PARA AN-

TEOJOS.
9205 - Log demas instrumentos misicales de —

viento (por ejemplo: clarinetes,
trompetas, gaitas).
9205.90.00 Los demas. - 50

9401 Asientos (excepto los de la partida
numero 94.02), incluso los:
transformables. en cama, y sus partes.

9401.6 Los demas asientos, con armazon de
madera: :
-9401.61.00 Con relleno. — ; 50 TAPIZADOS.
~ 9401.69.00 Los demas. 50
9401.80.00 Los demas asientos, 50 DE MADERA, By
9401.90 ; Partes.
9401.90.10 De madera. ’ 50 DE MADERA.
9403 Los demas muebles y sus partes.
9403.30.00 Muebles de madera del tipo de los

utilizados en oficinas, 30

-
1682 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000
PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.

oe REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.

/SA DESCRIPCION Pore. -, OBSERVACION
9403.40.00 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en cocinas. 50
9403.50.00 Muebles de madera del tipo de los 50
utilizados en dormitorios.
9403.60.00 Los demas muebles de madera. 100
9403.90 Partes. Whence ;

9403.90.10 De madera, 50

.
13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1683

ESET ESET EE BE EE PE IN EEE EE OE NE TEE ESE TSS EO SEE NTE EGET TEE DIT S28 ETO LEGS EEE ATI TI EID IE BPTI: AAS TORUS SERS LTE DISTR TGS OOO SEI

ANEXO Il
PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR A CUBA

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

presentadas en agua salada, sulfurosa

NALADI/ : Pref.
{SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
0101 Caballos, asnos, mulos y burdéganos,
: vivos.

0101.1 Caballos:
0101.19 Los demas,
0101.19.90 Los demas, 50 PARA REPRODUCCION.
0102 Animales vivos de la especie bovina.
0102.90.00 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA,
0103 Animales vivos de la especie porcina,
0103.10.00 Reproductores de raza pura. 50
0104 Animales vivos de las especies ovina 0

caprina.
0104.10 De la especie ovina.
0104.10.90 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA.
0106 Los demas animales vivos. pal
0106.00.00 ‘Los demas animales vivos. 50 CONEJOS (REPRODUCTORES DE RA-

ZA PURA).
4 50 —DELFINES, :
—ANIMALES DE LABORATORIO PA-
RA INVESTIGACION,

0306 Crustaceos, incluso pelados, vivos, frescos,
refrigerados, congelados, secos, salados o

en salmuera; crustdceos sin pelar,

cocidos en agua o vapor, incluso

refrigerados, congelados, secos, salados g

en salmuera; harina, polvo y “pellets”

de crustaceos, aptos para la

alimentaciédn humana.
0306.1 Congelados: :
0306.11.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,

Jasus spp.) 50
0306.2 Sin congelar:
0306.21.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp.,

‘, Jasus spp.) 50 VIVAS,

0511 Productos de origen animal no

expresados ni comprendidos en otra

parte; animales muertos de los capitulos

1 6 3, impropios para la alimentaci6n

humana.
0511.10.00 Semen de bovino. 50
0511.9 Log demés: a
0511.99 Los demas. x
0511.99.40 Semen animal. 50
0814 _Cortezas de agrios (citricos), melones 0

Ai, sandias, frescas, congeladas, secas o
1684 GACETA' OFICIAT 13 de noviembre del 2000

\

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

e REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ais Pref. f
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

© adicionada de otras sustancias para su
' conservacién provisional.

0814.00.00 Cortezas de agrios (citricos) melones o
sandias, frescas, congeladas; secas o
presentadas en agua salada, sulfurosa’ '
o adicionada de otras sustancias para su

conservacion provisional. 50 HOLLEJOS DE CITRICOS,
1301 Goma. laca; gomas, resinas, gomorresinas
y oleorresinas (por ejemplo: balsamos),
: naturales. ;
1301.90 . Los demas.
1301.90.2 Gomorresinas y resinas: / ;
1301.90.29 Las demas. 50 RESINAS DE PINO.
1302 Jugos y extractos vegetales; materias

pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar
y demas mucilagos y espesativos
derivados de los vegetales, incluso

modificados.
1302.1 Jugos y extractos vegetales: 50: ACITAN.
1302.19 Los demas. f ASMACAN,
1302.19.90 Los demas. NUTRISOL.
1704 Articulos de confiteria sin cacao 3
(incluido el chocolate blanco).
1704.90 Los demas.
1704.90.20 Bombones, caramelos, confites y i
Ppastillas. ; : 100 :
1806 Chocolate y demas preparaciones
alimenticias que contengan cacao.
1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azticar u
: otro edulcorante. -100
1806.20 Las demas preparaciones, bien en

bloques o barras con peso superior a 2 kg,
bien en forma: liquida o pastosa, o en
polvo, granulos o formas similares, en
recipientes 9 envases inmediatos con un
contenido superior a 2kg.

1806.20.10 Chocolate. e 100 EN BLOQUES O BARRAS,
iy #
1806.3 Log demas, en bloques, tabletas o barras:
1806.31.00 — Rellenos, 100
1806.32 Sin rellenar.
1806.32.10 Chocolate. 100
~ 1806.90 Los demas. :
1806.90.90 , Los demas. 100
1905 Productos de panaderia, pasteleria ‘o

galleteria, incluso con adicién de cacao;
hostias, sellos vacios del tipo de los
utilizados para medicamentos, obleas
para sellar, pastas secas de harina,
almid6on o fécula, en hojas, y productos
similares.
13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL a 1685
PREFERENCIAS OTORGADAS 'POR ECUADOR,
Heats : REGIMEN DEL ACUERDO.

'

NALADI/ Pref. :
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

1905.30.00 ‘Galletas dulces (con adicidn de lev
edulcorante); barquillos y obleas, incluso ® 100: GALLETAS DULCES (AFRICANAS,
rellenos (‘“gaufrettes”, ‘“wafers”’) y rad AFRIQUITAS) Y SORBETOS
“waffles” (“gautfres’’)*. (WAFFERS),

2106 Preparaciones alimenticias no expresadas
ni comprendidas en otra parte.

2106.90 Las demas. Y

2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
utilizadas para la elaboracion de bebidas. A 0,5 % VOL.

2106.90.90 Las demas. 100 BIOPLA CD-831 COMPLEMENTO DIE-

None N TETICO.
2207 Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico superior o
igual al 80 % vol.; alcohol etilico y
aguardiente desnaturalizados, de
cualquier graduacion.

2207.10.00 Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico superior o

- igual al 80% vol. ' 50
2208 - Alcohol etilico sin desnaturalizar con

grado alcohélico volumétrico inferior al
80 % vol.; aguardientes, licores y demas
bebidas espirituosas.

2208.40.00. Ron y demas aguardientes de cafia, B 50
2208.70 Licores.

2208.70.20 _ Cremas. 50
2402. Cigarrogs (puros) (incluso despuntados),

cigarritos (puritos) y cigarrillos, de
tabaco o de sucedaneos del tabaco.

2402.10.00 Cigarros (puros) (incluso despuntados) y :
cigarritos (puritos), que contengan :
tabaco. 50 TABACO TORCIDO,
:
2515 Marmol, travertinos, “ecaussines” y

demas piedras calizas de talla o de
construccién de densidad aparente :

_ superior o igual a 2,5, y alabastro, ; ; t
incluso desbastados o simplemente i



‘troceados, por aserrado o de otro modo, Ree Y
en bloques o en placas cuadradas o lay
rectangulares. , :
2515.11 En bruto o desbastados. ;
2515.11.10 Marmol. : : 50 EN BRUTO.

2520 Yeso natural; anhidrita; yeso fraguable
‘! (consistente en yeso natural calcinado o
en sulfate de calcio), incluso coloreado
o con pequefias cantidades de
aceleradores o retardadores,
2520.10.00 Yeso natural; anhidrita. ; 100 YESO NATURAL,
6 GACETA OFICIAL __ 13 de noviembre del 2000




' PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. ; us
ae: reel M REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ : aes Pref,
/SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION
2523 Cementos hidrdulicos (comprendidos los ;

cementos sin pulverizar o “clinker”), #
incluso coloreados,

2523.10.00 Cementos sin pulverizar (“clinker”). 100
2523.2 Cemento Portland:
2523.21.00 Cemento blanco, incluso coloreado

artificialmente. : 100
2523.29.00 Los demas. 50 ' CEMENTO GRIS.
2530. Materias minerales no. expresadas ni

comprendidas en otra parte.
2530.90 Las demas. 3
2530.90.90 Los demas. 00) ZEOLITAS NATURALES. -
2610 Minerales de cromo y sus concentrados.
2610.00.10 Cromita (6xido de cromo y de hierro). 50 CROMITA REFRACTARIA,
2822 Oxidos e hidroxidos de cobalto; oxidos

* de cobalto comerciales.

2822.00.1 Oxidos de cobalto:
2822.00.11 Oxidos de cobalto comerciales. 50
2825 ' Hidrazina e hidroxilamina-y sus sales

jnorganicas; las demas bases inorganicas;

los demas Oxidos. hidroxidos y

peroxidos de metales, ; '
2825.40.00 Oxidos e hidréxides de niquel. 50

2937 Hormonas, naturales o reproducidas por
sintesis;.sus derivados utilizados
principalmente como hormonas; los
demas esteroides utilizados
principalmente como hormonas.

2937.10 Hormonas del l6bulo anterior de la ; : j
hipofisis y similares, y sus derivados. 50 —GONADOTROPINA CORIONICA HU-

2937.10.1 Hormonas del 16bulo anterior de la MANA.
hip6fisis: ' _GONADOTROPINA SERICA

2937.10.12 Gonadotrofinas. i : HUMANA.

2937.9 Las demas hormonag y sus decrivados;

los demas esterdides utilizados
j principalmente como hormonas:
2937.99 Los demas.

2937.99.9 Los demas: 4 a)
2937.99.99 Los demas. 50 OXIVASOPRESINA.
8001 Glandulas y demas organos pata usos

opoterapicos, desecados, incluso
pulverizados; extractos de glandulas o
de otros érganos o de sus secreciones,
para usos opoterapicos; heparina y
sus sales; las demas sustancias humanas
o animales preparadas para usos
terapéuticos o profilacticos, no
expresadas ui comprendidas en otra
parte.

3001.20 Extractos de glandulas o de otres
Srganog o de sus secreciones.
13 de noviembre del 2000 . GACETA OFICIAD - 1687

EN a eS aT

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
(SA

3001.20.10
3001.20.20
3001.20.90

3001.90
3001.90.90

3002

3002.10

3002.10.1
3002.10.12-

3002.10.19

8002.10.90

“REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION..| Porc. OBSERVACION
De higado. 100
De bilis. 100
Log demas. 100
Las demas, 5 100 --MEDULA ESPINAL.
Las demas. —MELAGENINA.
Sangre humana; sangre animal
preparada para usos terapéuticos,
profilacticos o de diagndstico; antisueros
(sueros con anticuerpos), demas :
fracciones de la sangre y productos
inmunolégicos modificados, incluso
obtenidos por proceso biotecnolégico;
vacunas, toxinas, cultivos de
microorganismos (excepto las levaduras)
y productos similares.
Antisuerogs (sueros con anticuerpos),
demas fracciones de la sangre y
productos inmunoldgicos modificados,
incluso obtenidos por proceso
biotecnologico.
Antisueros (sueros con anticuerpos):
Suero antitetanico. 100
Los demas. 100 SUEROS NORMALES Y HEMOCLASI-
FICADORES. eG
—SUERO NEGATIVO BA.
—SUERO POSITIVO BA.
_—SISTEMA ABO.
—SUERO ANTI A HUMANO.
—SUERO ANTI B HUMANO.
—SUERO ANTI AB HUMANO.
—SUERO HUMANO LIOFILIZADO.
—INMUNOGLOBULINA HUMANA
250 10.
--SUERO CONTROL NEGATIVO
NEWCASTLE.
~-SUERO CONTROL POSITIVO
BRUSELLA ABORTUS
-—-SUERO CONTROL POSITIVO
NEWCASTLE. ;
--SUERO TERNERO 250 ML,
—ANTICUERPOS MONOCLONALES,
Los demas. 100 --COMPLEJO PROTROMBINICO LIOFI-

LIZADO 200 UL.
—CONCENTRADO DE FACTOR VHI
LIOFILIZADO 250 UI.

--INMUNOGLOBULINA NORMAL 16 %.
—INTACGLOBIN 0.5 G FCO, 10 ML.
~-INTACGLOBIN 1.0 G FCO. 20 ML.
-INTACGLOBIN 2.5 G FCO. 50 ML.
—INTACGLOBIN 3.0 G FCO. 60 ML,
—GAMMA GLOBULINA BOVINA.
—GAMMA GLOBULINA HIPERIN-
1688 , . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

cn nA TI ESSE ECA TE SI A SE AES EEC Sa SES Sa SD
PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACION

MUNE ANTIMENINGOCOCCICA
(INMUNOGLOBULINAS ESPECIFI-
CAS):

—INMUNOGLOMINA ANTI-D 250 MCG

_ VIAL,

—INMUNOGLOBINA' INTACTA POULI-
VALENTE 0,5 G/1,0 G ¥ 3,0 VIAL.

—ANTIRRABICA HUMANA 250.UI.

—ANTIHEPATITIS B.

—ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA
100 MCG.

—ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA
250 MCG.

—ANTI-SARAMPION 16 %.

—ALBUMINA HUMANA AL 5%, 20%
Y 25%. )

—FRACCION PROTEICA DEL PLASMA
AL 5%.

—ANTI-TETANICA 250 UI.

—EVIMUNK (INMUNOESTIMULANTE
PARA USO VETERINARIO),

—FACTORES DE COAGULACION VIII
Y IX.

—INTERFERON GAMMA LEUCOCITA-
RIO HUMANO.

—INTERFERON GAMMA RECOMBI-
NANTE,

3002.20.00 Vacunas para la medicing humana. 100 —VACUNA ANTIMENINGOCOCCICA
BC.
—VACUNA ANTIHEPATITIS B
RECOMBINANTE.
: _ —VACUNA HEMOPHILUS B.
; —VACUNA ANTITIFOIDICA ORAL.

—VACUNA BRONQUITIS J-A.
‘"__ANTICITOMEGALOVIRUS.
—VACUNA TOXOIDE TETANICO,
—VACUNA AUJESXKI INACTIVADA.
—VACUNA ANTIRRABICA HUMANA.
—VACUNA LEPTOSPIROSIS,

3002.30 Vacunas para la medicina veterinaria. 100 —ANEMIA INFECCIOSA EQUINA.
3002.30.90 Las demas. , —VACUNA ENCEFALOMIELITIS
AVIAR.
—VACUNA CONTRA LA PARVOVIRO-
SIS CANINA.
—VACUNA HEPATITIS CANINA,
—VACUNA COLERA PORCINO,.
—VACUNA CONTRA LA ENCEFALOI-
MIOCARDITIS VIRAL PORCINA.
—VACUNA ENCEFALOMIELITIS EQUI-
NA DEL ESTE.
—VACUNA TEBERCULINA BOVINA.
—VACUNA ANTIRRABICA CANINA,
—GUMBORO.
—VACUNA VIRUELA AVIAR.
—VACUNA PARA LA ENFERMEDAD
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1689



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/
/SA

3002.90
3002.90.60

3002.90.90

3004

3004.20.00

; Pref.
DESCRIPCION Pore,
Los demas, 50
Reactivos de origen microbiano para
diagnostico.
Los demas. 100
100

100

Medicamentos (excepto los productos de 100
las partidas n? 30.02, 30.05 6 30.06)

constituidos por productos mezclados o

sin mezclar, preparados para usos

terapéuticos o profilacticos, dosificados

© acondicionados para la venta al por

menor.

Que contengan otros antibidticos.

REGIMEN DEL ACUERDO.

OBSERVACION

DE NEWCASTLE,

—VACUNA IHBB.

—VACUNA BACTERIANA CARBUNCO
SINTOMATICO.

—VACUNA HEPTINA CONTAGIOSA.

—LEPRA,

—MENINGITIS B.

—VIH (SIDA).

-—-RUBEOLA.

—REACTIVOS PARA LA DETECCION
DEL ROTAVIRUS EN HECES FECA-
LES.

—REACTIVOS PARA LA DETECCION
DEL ANTIGENO DEL HERPEX SIM-
PLEX,

—ANTIGENO BRUCELLA ABORTUS.

—ANTIGENO ANEMIA INFECCIOSA.

—ANTIGENO NEWCASTLE.

FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDER-
MICO.

FACTOR DE TRANSFERENCIA HU-
MANO.

HOMOLISINA LIOFILIZADA.

—TETRACICLINA 250 MG TABLETAS.

—TETRACICLINA UNGUENTO. OFTAL-
MICO.

—OXITETRACICLINA.

—DIHIDROESTREPTOMICINA.

—ESTREPTOMICINA COMPUESTA IN-
YECTABLE, i

—TETRACICLINA AMORTIGUADA IN-
YECTABLE,

—ANTIDIARREICOS EN POLVO.

—INFUSION MAMARIA DE ACCION
LENTA.

—INFUSION MAMARIA CON NEOMI-
CINA.

—SURFACEN (SURFACTANTE NATU-
RAL).

—GENTAMICINA OFTALMICA 3 %
FCO,

—GENTAMICINA 250 MG CAPSULAS,

—-GENTAMICINA 0,5 MG COLIRIO.

—GENTAMICINA 10/2040/30 MG__IN-
YECTABLE,

—MASTITIS (POMADA). |

—NISTATIN CREMA. |

—NEOBATIN CREMA. —

—NISTATINA TABLETAS REVESTI-
DAS.

—NISTATINA SUSPENSION 500 UI.
1690 A GACETA oFtCcTAa 18 de noviembre del 2090

ST RON SN AL



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ Pref.
' (SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION

—CEFALOTINA 1 G VIAL.
—CEFATOXINA SODICA 1 G VIAL.
—CEFTRIAZONA SODICA 1 G VIAL.
—CEFUROXINA SODICA 750 MG VIAL.
—CEFAZOLINA SODICA 500 MG VIAL,
—CEFAZOLINA SODICA 1 G VIAL.
—CLORANFENICOL COLIRIO 0,5 %
FCO.
—CLORANFENICOL SODIO SUCCINA-
TO 500 MG VIAL.
| —CLORANFENICOL SODIO SUCCINA-
To 1000 MG VIAL.
—CLORANFENICOL 250 MG TABLE-
TAS REVESTIDAS.
—CLORANFENICOL 250 MG CAPSU-
LAS. ; i
—CLORANFENICOL (POLVO).
—CLORANFENICOL SUCCINATO 1 G
BBO 20 ML.
—AICCTINOMICINA-D 500 MG LIOFILI-
ZADA.
—NEOMASTRIPED,
crane ACARIFURAL-POMADA.
“ye ro ie" —PODOFURAL-POMADA.
. —FB-C-CREMA BACTERICIDA- FUNGI.
oe CIDA.
—PARVOFURAL-CAPSULAS.
—QUERATOFURAL-UNGUENTO OF-
TALMICO.
—OFTALMOFURAL-UNGUENTO Y CO-
LIRIO,
, | .OTOFURAL-GOTAS OPTICAS BAC-
TERICIDAS-FUNGICIDAS.
—TRISULFAPICIDINA.

Ob nee +





3004.3 - Que contengan hormonas u otros 100 —HIDROCORTISONA ACETATO 125 MG
productos de la partida n? 29.37, sin VIAL,
antibidticos: —HIDROCORTISONA SUCCINATO SO-
3004.32.00 Que contengan hormonas DICA 500 MG VIAL. |
corticosuprarrenales. —PREDNISONA 5 Y 20 MG TABLETAS.

3004.39.00 Les demas. eee 100 —DEXAMETASONA 0.75 MG TABLE-
TAS.
—BETANECOL 10 Y 25 MG TABLE-
TAS, :
—CREMA BIOACTIVANTE 50 % TUBO,
—DEXAMETASONA ACETATO 0.5 MG
TABLETAS.
—ESTROGENO CONJUGADO CREMA
TUBO.
—PROGESTERONA INYECTABLE.
—OXIPRESINA.
—JALEA BIOACTIVANTE TUBO,
—METILPREDNISOLONA 40/500 Y
5000 MG AMP.
. «TESTOSTERONA DEPOSITO AMP,

ti
tty
t
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1691

aR A A eS tS DAT BEES IID ETS SSS SES SE PTS CS ET NAPE TE OT EEE SERIE ET ET ET PINE IEEE ET ETD

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/

/SA

3004.50.00

3004.90.00

DESCRIPCION

Los demas medicamentos que contengan
vitaminas u otros productos de la
partida n? 29.36.

Los demas.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore.

100

100

OBSERVACION

—TESTOSTERONA PROPIONATO
25 MG AMP./1 ML,
—PILOCARPINA 2% Y 4% COLIRIO,
—GONADOTROPINA SERICA.
—GONADOTROPINA CORIONICA
5000 UI VIAL.
—ESTIMUVET B 100 ML.
—ESTIMUVET H 100 ML,
—MAGNESOL.

—VITAMINA B-1 INYECTABLE.
—VITAMINA C INYECTABLE.
—VITAMINA K INYECTABLE.

—METRODINAZOL 250 MG TABLETAS,

—LEVAMISOL 150 MG TABLETAS.

—SUSTITUTOS SINTETICOS DE PLAS-
MA HUMANO.

INTERFERON ALFA LEUCOCITARIO

HUMANO.

—INTERFERON ALFA 2-B HUMANO

' RECOMBINANTE.

—ESTREPTOQUINASA RECOMBI-
NANTE.

—ATEROMIXOL (PPG).

—SULFAMETAZINA.

—ACICLOVIR 200 MG TABLETAS.

—ACICLOVIR 250 MG Y 500 MG VIAL.

—CIPROHEPTADINA 4 MG TABLETAS.

—FENITOINA 100 MG TABLETAS.

—IDOXURIDINA 0.1% COLIRIO.

—INDOMETACINA 25 MG TABLETAS.

—ISONIZIDA 100 MG TABLETAS.

—PIRAZINAMIDA 500 MG TABLETAS.

—RANITIDINA 150 MG TABLETAS.

—SULFADIAZINA 500 MG TABLETAS.

—TOLBUTAMIDA 500 MG TABLETAS.

—TINIDAZOL 500 MG VIAL.

—DIPIRONA 500 MG,

—DOBUTAMINA 250 MG VIAL,

—DOPAMINA CLORHIDRATO 10 Y
40 MG AMP.

—HEPARINA 25000 UI VIAL.

—SALBUTAMOL SULFATO 2 Y4MG
TABLETAS.

—CLORURO DE SODIO 0.9% Y 500 Y
1000 ML.

—SUBCITRATO DE BISMUTO 200 MG
TABLETAS,

--SUBCITRATO DE BISMUTO COLOT-
DAL: Q-ULCER,

—CARBOPROST METILO: PLEXA-
PROST,

—-EPOPROSTENOL SODICO: DIPROS-
MATa

~-LOBENZARIT SAL SODICA: RIBO-
FEN. r
1692 a ’ GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ va Bt Pref. y US
ISA DESCRIPCION Porc. : OBSERVACION
—QUITINA UNGUENTO 5 % TUBO.
—QUITINA POLVO 40 MG TUBO.
—TIOSULFATO DE SODIO 50 MG AMP.
—ACIDO UNDECILENICO TALCO
TUBO.
—INTERLEUKIN.
—ACIDO FOLICO 1 Y 5 MG TABLE-
TAS.
—ACIDO IOPANOICO 500 MG TABLE-
TAS.
—ACIDOQ NALIDIXICO 500 MG TABLE-
TAS.
—AMINOFILINA 500 MG VIAL.
—AMINOFILINA 250 MG INYECTABLE,
—AMIODARONA 200 MG TABLETAS.
—AMITRIPTILINA CLORHIDRATO
25 MG TABLETAS.
—ATROPINA SULFATO 0.5 % COLI-
RIO.
—AZATIOPRINA 50 MG COMP,
—BENZOATO DE- BENCILO 25 % FCO.
—BUPIVACAINA 0.5 % AMP.
—CIMETIDINA 200 MG TABLETAS.
—CIMETIDINA 150 MG INYECTABLE,
—CROMOGLICATO DE SODIO.
—DAPSONA 100 MG TABLETAS.
—FLUFENAZINA DECANOATO 25 MG
TUBO.
_CLOROQUINA FOSFATO 30 Y 250 MG
TABLETAS.
—DIAZEPAN 5 MG TABLETAS.
—DIFENOXILATO+ATROPINA SULF.
2.5 MG/0.25 MG TABLETAS,
—FENOBARBITAL 100 MG TABLETAS.
—FENOBARBITAL 15:.MG TABLETAS,
—FENOTEROL BROMHIDRATO 5 MG
TABLETAS.
_ +LIDOCAINA 2% AMP,
—LIDOCAINA 2 %.VIAL.
. —MEDAZEPAM 10 MG TABLETAS.
—MERCAPTOPURINA 50 MG
TABLETAS.
~—METOCLOPRAMIDA, 10 MG COMP.
—NITROFURANTOINA 100 MG TABLE-
TAS.
—NITROFURAZONA 0.2 CREMA TUBO,
—PIRIMETAMINA-+SULFACLOXINA,
—KETOTIFENO 1 MG TABLETAS.
—LAGRIMAS ARTIFICIALES 8 ML
FCO.
—MAGNESIO VALPROATO 190 MG
TABLETAS,
—MEPIVACAINA 2% LIOFILIZADA
BBO. 20 ML. | vo
—METILDOPA 250 Y 500 MG TABLE-
a TAS.
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1693

‘ 4 a

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/
/SA

3005

3005.90
3005.90.90

3006

3006.10

3006.10.1
3006.10.11

3006.10.19
3006.10.30

3006.10.90

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
DESCRIPCION Pore.

Guatas, gasas, vendas y articulos

analogos (por ejemplo: apdsitos, fe
esparadrapos, sinapismos), impregnados o
recubiertos de sustancias farmacéuticas

o acondicionados para la venta al por

menor con fines médicos, quirurgicos,
odontolégicos o veterinarios.

Los demas. f 50
Los demas.

Preparaciones y articulos farmacéuticos
a que se refiere la nota 4 de este
capitulo. F

Catguts estériles y ligaduras estériles
similares, para suturas quirurgicas y
adhesivos estériles para tejidos organicos
utilizados en cirugia para cerrar

heridas; laminarias estériles;
hemostaticos, reabsorbibles estériles para
cirugia u odontologia.

Catguts y ligaduras similares, estériles:
Catguts. 50

Los demas. 50

Adhesivos estériles para tejidos

organicos, utilizados en cirugia para

cerrar heridas; hemostaticos

reabsorbibles estériles para cirugia u
odontologia. 50

Los demas. __ i 50

OBSERVACION

—NIFEDIPINO 10 MG TABLETAS,

—NIFEDIPINO 10 MG, CAP,

—NITRAZEPAM 5 MG TABLETAS.

—PIROXICAM 10 MG TABLETAS.

—PROBENECIDA 500 MG TABLETAS.

—PROPANOLOL 40 Y 10 MG ‘TABLE~
TAS.

—TIMOLOL 0.5 % COLIRIO.

—TIMOLOL 0.25 % COLIRIO,

—TIOPENTAL SODICO 1G. LIOFILI-
ZADA.

—TIOPENTAL SODICO 500 MG LIOFI-
LIZADA.

—TIOPENTAL SODICO 1 G VIAL.

—TIOPENTAL SODICO 0.5 G VIAL,

—DIMENHIDRINATO 500 MG TABLE:
TAS.

—HIDROCLOROTIAZIDA 500 Y 50 MG
TABLETAS.

—QUINIDINA SULFATO 200 MG TA-
BLETAS. :

—DEXTRANO-HIERRO.

—METRIZOATO DE SODIO,

~—PIRAZINAMIDA.

—LEVAMISOL.

—VENDAS ENYESADAS. +3
—VENDAS NO ADHESIVAS,

‘os
1694 GACETA' OFICIAL 13 de noviembre del 2000

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ ye Pref:
, /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION
3006.20.00 Reactivos para la determinacion de los 100 —REACTIVOS BIOLOGICOS.

—SUERO ANTI-D HUMANO,.
—SUERO COOMBS.

grupos o de los factores sanguineos,

3006.30 Preparaciones opacificantes para 50 —HGG.
examenes radioldgicos; reactivos de —TSH.
diagnéstico concebidos para usar en el —T4,
paciente. - | IGE.
Los demas. : —PRU.
ee —CGA.
—ISOMEGALOVIRUS,
—CHAGAS.
—DENGUE.
—TETANOS.
—SARAMPION.
—TOXOPLASMOSIS.
—COMPLEMENTO LIOFILIZADO.
—ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA
ANILLO.
—ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA
LENTA.
—ANTIGENO. ANEMIA INFECCIOSA
EQUINA. ;
—ANTIGENO ROSA DE BENGALA.



8006.30.90

3006.40 Cementos y demas productos de

50 —CUBRIDEN (SELLANTE DENTAL DE
obturacion dental; cementos para la FOSAS Y FISURAS).
refeccién de los huesos. —PROFILAC (BARNIZ DE FLUOR).
3006.40.10 Cementos y demas productos de —APAFIL (BIOMATERIAL PARA
obturacion dental. 3 IMPLANTES).
: —OBTUDENT (OBTURANTE DENTAL).
—ADHESIVO DENTAL (ADENT).
3006.40.20 Cementos para la refeccién de los huesos, 100 HIDROXI APATITA (CORALINA) PA-
i RA IMPLANTES OSEOS Y CIRUGIA
RECONSTRUCTIVA.
3301 Aceites esenciales (desterpenados o no),
incluidos los “concretos” o “absolutos”;
resinoides; oleorresinds de extraccidn;
disoluciones concentradas de aceites
esenciales en grasas, aceites fijos, ceras
o materias andlogas, obtenidas por
enflorado » maceracion; subproductos
terpénicos residuales de la
desterpenacion de los accites
esenciales; destilados acuosos aromaticos
y disoluciones acuosag de aceites
esenciales. _ :
3301.1 Aceites esenciales de agrios (citricos):
3301.12.00 De naranja. 59
3301.14.00 De lima. | 50
3301.19 Los demas.
3301.19.90 Los demas, : 50
8001.30.00 Resjnoidcs, a0 —RESINA PARA LABORA'TORIO/CE-

LACKIL,
-13 de noviembre del 2000

1695

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/ “a
/SA DESCRIPCION

3302 Mezclas de sustancias odoriferas y
mezclas (incluidas las disoluciones
alcohdlicas) a base de una o varias de
estas sustancias, del tipo de las utilizadas
como materias bdsicas para la
industria; las demas preparaciones a base
de sustancias odoriferas, del tipo de las
utilizadas para la elaboracién de bebidas.

3302.10 Del tipo de las utilizadas en las
industrias alimentarias o de bebidas.

3302.10.10 Preparaciones del tipo de las utilizadas
para la elaboracion de bebidas,

“3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y
para el cuidado de la piel, excepto los
medicamentos, incluidas las
Ppreparaciones antisolares y las
bronceadoras; preparaciones para
manicuras o pedicuros. ;

“3304.9 Las demas:

3304.99.00 Las demas.

3305 Preparaciones capilares.

3305.10.00 § Champues.

3305.90.00 Las demas.

3907 Enzimas; preparaciones enzimaticas no
expresadas ni comprendidas en otra
parte. :

3507.90 Las demas.

3507.90.1 Enzimas y sus concentrados:

3507.90.14 Pepsina y sus concentrados.

3507.90.2
3507.90.29

Preparaciones enzimaticas:
Las demas.

3808 Insecticidas, raticidas y demas
antirroedores, fungicidas, herbicidas,
inhibidores de germinacion y reguladores
del crecimiento de las plantas,
desinfectantes y productos similares,
presentados en formas 0 en envases
para la venta al por menor, o como
preparaciones o articulos tales como:
cintas, mechas y velas, azufradas y
papeles matamoscas,

Insecticidas.

Los demds:

Los demas.

3808. 10-
3808.10.9
3808.10.99

3522 Reactivos de alagnostico o de laboraiorio

sobre cudiduier soporte y reactjvos de |



REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref. eed ee

Pore. OBSERVACION

50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR
A 0,5 % Vol.

weg mmm eS :

50 —CREMAS DEMOTROFICAS.
—FOTOPROTECTOR.
—GEL BIOACTIVANTE DERMICO.
—CREMA DE COLAGENO.
—LECHES LIMPIADORAS.

; —TONICOS FACIALES.

—GEL PROTECTOR.

100 BLOPLA AA-851-CHAMPU BIOACTI-

VANTE A BASE DE PLACENTA HU-

MANA,

100 LOCION ANTIALOPECICA:

50 LOS DEMAS.

50 PEPSINA.

50 ENZIMAS PANCREATICAS.

50 —STABILAK (CONSERVANTE PARA

LECHE CRUDA SIN REFRIGERA-
CION).
50 LARVICIDAS BIOLOGICOS:

~GRISELESF 2632.
—BTH 14.
1696 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

ees 1 REGIMEN DEL ACUERDO.
- NALADI/ Pref.
/SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACGION

diagnéstico o de laboratorio preparados,
incluso sobre soporte, excepto los de
las partidas n° 29.02 6 30.06.

3822.00.10 Sin soporte. 50

3822.00.2 Sobre soporte:

3822.00.21 De productos del capitulo 48... 50

3922.00.29 - De las demas materias. 50

3824 Preparaciones aglutinantes para moldes ;

o ntcleos de fundicién; productos
quimicos y preparaciones de la industria
quimica o de las industrias conexas
(incluidas las mezclas de productos
naturales), no expresados ni
comprendidos en otra parte; productos
residuales de la industria quimica o de
las industrias conexas, no expresados ni
comprendidos en otra parte.

3824.90 Los demas.
3824.90.9 Los demas: \ 50 _ ESFERAS RETENTIVAS PARA PRO.
3824.90.99 Los demas. TESIS DENTALES (RETENDENT).
4203 Prendas y complementos (accesorios), de
¢ vestir, de cuero natural o cuero
. regenerado.
4203.2 \ Guantes, mitones y manoplas:
4203.21.00 Disefiados especialmente para la practica
del deporte. 50 GUANTES PARA BOXEO,
4901 Libros, folletos e impresos similares,’
incluso en hojas sueltas.
4901.9 Los: demas:
4901.99.00 Los demas. 100 LIBROS DE STOCK (LITERATURA),.
4905 Manufacturas cartograficas de todas

clases, incluidos los mapas murales,
planos topograficos y esferas, impresos.

4905.10.00 Esferas. 50
4905.9 Los demas:

4905.91.00 En forma de libros o folletos. 50
4905.99.00 Los demas. 50
6802 Piedra de talla o de construccién

trabajada (excluida la pizarra) y sus

! 'manufacturas, excepto las de la partida
% numero 68.01; cubos, dados y articulos
similares para mosaicos, de piedra
natural (incluida la pizarra), aunque
estén sobre soporte; granulos, tasquiles
(fragmentos) y polvo de piedra natural
(incluida la pizarra), coloreados
: artificialmente.
6802.9 Los demas: ; ;
6802.91.00 Marmol, travertinos y alabastro. 50 MARMOL ELABORADO,
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICTAL

1697

AE ARERR SPE SEE PEE STG SES cP RA EN PS STITT TE SS SSE PE SEO PTGS is

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
/SA

7204

7204.4
7204.41.00

7207
7207.1

7207.11.00

7207.19.00
7211

7211.1
7211.13.00

7211.14.00

7211.19.00

7211.2
7211.23.00

7211.29.00
7211.90.00

7218

7213.20.00 |

7213.9

7213.91.00 —

7213.99.00

7214

7214.9
7214.91.00

DESCRIPCION

Desperdicios y desechos (chatarra), de
fundicién, hierro o-acero; lingotes de
chatarra de hierro 0 acero.

Los demas desperdicios y desechos:
Torneaduras, virutas, esquirlas,
limaduras (de amolado, aserrado, limado)
y recortes de estampado o de corte,
incluso en paquetes.

Productos intermedios de hierro 9 acero
sin alear.

Con un contenido de carbono inferior
al 0,25 % en peso:

De seccién transversal cuadrada o

' rectangular, cuya-anchura sea inferior al
doble del espesor.

Los demas.

Productos laminados planos de hierro o
acero sin alear, de anchura inferior

a 600 mm, sin chapar ni revestir.
Simplemente laminados en caliente:
Laminados en las cuatro caras o en
acanaladuras cerradas, de anchura
superior a 150mm _ y espesor superior

o igual a 4mm, sin enrollar y sin
motivos en relieve.

Los demas, de espesor superior o igual
a 4,75mm.

Los demas.

Simplemente laminados en frio:
Con un contenido de carbong inferior
al 0,25 % en peso.

Los demas.
Los demas.

Alambron de hierro o acero sin alear,
Los demas, de acero de facil
mecanizacion. |

Los demas:
De seccidn circular con diametro
inferior a 14mm.

Los demas.

Barras de hierro o acero sin alear,
simplemente forjadas, laminadas o
extrudidas, en caliente, asi como las
sometidas a torsién después del _
laminado. A

Las demas:

De scccidn transversal rectangular.

REGIMEN DEL ACUERDO,

Pref.
Pore.

100
100

100

100

100

- .
Wine.

OBSERVACION te

CHATARRA FERROSA,

con

PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO.
PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO.

DE ACERO, ie oe

DE ACERO CON UN CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR A 0,25 %.

DE ACERO CON UN CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR O IGUAL AL

0,25 % EN PESO PERO INFERIOR :
AL 0,6 %. i.
1698 .. . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del ‘2000

PREFERENCIAS OTORGADAS’ POR ECUADOR,
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ : Pref.

/SA DESCRIPECION Pore.. . OBSERVACION
7214.99.00 Las demas. 100 DE ACERO. CON UN -CONTENIDO DE
CARBONO INFERIOR © IGUAL AL

0,25 % EN PESO PERO neeeh
AL 0,6 %.
7218 Acero inoxidable en lingotes o demas
formas primarias; productos intermedios
de acere inoxidable. ;
7218.10.00 . Lingotes o demas formas primarias. 50 LINGOTES,
7219 Productos laminados planos de acero
inoxidable, de anchura superior o igual
a. 600 mm,
7219.1 Simplemente laminados en caliente,
enrollados: a
7219.11.00 De espesor superior a 10:mm. 50
7219.12.00 De espesor superior o igual a 4,75mm
pero inferior 9 igual a 10mm, 50
7219.13.00 De espesor superior o igual a 3mm pero
inferior a 4,75 mm. : 50
7219.14.00 De espesor inferior a 3mm. 50
7219.2 Simplemente laminados en caliente, sin
enrollar: poeta
7219.21.00 De’ espesor superior a 10mm. 50
7219.22.00 De espesor superior o ‘igual a 4,75mm
eee - pero inferior o igual a 10mm. 50
7219.23.00 De espesor superior 9 igual a 3mm pero
i “inferior a 4,75 mm. : - 50
7219.24.00 De espesor inferior a 3mm, 50
7219.3 Simplemente laminados en frio:
7219.31.00 ‘De espesor superior o igual a 4,75 mm. 50
7219.32.00 De espesor superior o igual a 3mm pero
x inferior a 4,75 mm. 50
7219.33.00 De espesor superior a 1mm pero inferior
a 3mm. 50
7219.34.00 De espesor superior o igual.a 0mm
pero inferior o igual a 1mm. 50
7219.35.00 De espesor inferior a 0,5 mm, - 50.
7219.90.00 Los demas. 50
7220 Productos laminados planos de acero

inoxidable, de anchura inferior a 600mm.

7220.1 Simplemente laminados en caliente:

7220.11.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm. ‘50
7220.12.00 De espesor inferior a 4,75mm., 50
7220.20.00 _Simplemente laminados en frio. 50

7220.90.00 Los demas. 50
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1699

Le a a Sa OAS,

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALAD]/
/SA

7408

7408.1
7408.19.00

8432

8432.10.00
8433

8433.5
"9433.51.00

8436

8436.80
8436.80.90

8436.9
8436.99.00

8438

8438.30.00

8438.90.00

8471

8471.10.00

DESCRIPCION

Alambre de cobre.
De cobre refinado:
Los demas.

Maquinas, aparatos y artefactos agricolas,
horticolas o silvicolas, para la
preparacion o el trabajo del suelo o para
el cultivo; rodillos para césped o
terrenos de deporte.

Arados. ;

Maquinas, aparatos y artefactos de
cosechar o trillar, incluidas las prensas
para paja o forraje; cortadoras de
césped y guadafiadoras; maquinas para
limpieza o clasificaci6n de huevos,
frutos o demas productos agricolas,
excepto las de la partida n? 84.37,

Las demas maquinas y aparatos de
cosechar; maquinas y aparatos de trillar:
Cosechadoras-trilladoras.

Las demas maquinas y aparatos para la
agricultura, horticultura, silvicultura,
avicultura o apicultura, incluidos los
germinadores con dispositivos mecanicos
o térmicos incorporados y las
incubadoras y criadoras avicolas.

Las: demas madquinas y aparatos.

Los demas.

Partes:
Las demas.

Ma4quinas y aparatos, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo, para la preparacion o
fabricacién industrial de alimentos o
bebidas, excepto las mdquinas y
aparatos para extraccién o preparacién
de aceites o grasas, animales o vegetales
fijos.

Maquinas y aparatos para la industria
azucarera. .

Partes. i

M4quinas automaticas para tratamiento
0 procesamiento de datos y sus unidades;
Jectores magnéticos u dpticos, maéquinas
para registro de datos sobre soporte en
forma codificada y maquinas para
tratamiento o procesamiento de estos
datos, No expresados ni comprendidos en
otra parte.

Maquinas automaticas para

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref.
Pore,

50

50

50

50

50

50
50

50

OBSERVACION

MULTIARADO

COSECHADORAS DE CANA/COMBINA-
DAS,

EQUIPOS DE MANIPULACION Y PRE-
PARACION DE CANA Y SUS COMPO:
NENTES.

PARA EQUIPOS DE: MANIPULACION Y
PREPARACION DE CANA.

MOLINOS CARNEROS.
LOS DEMAS,.
1700 GACETA OFICIAD 13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

: : REGIMEN DEL ACUERDO.
NALADI/ ! Pref.

{SA DESCRIPCION "Pore, OBSERVACION
tratamiento. o procesamiento de datos,
-analégicas o hibridas, _ 50
8471.30.00 Maquinas automaticas para

tratamiento 0 procesamiento de datos,
digitales, portatiles, de peso inferior o
igual a 10kg, que estén constituidas, al
menos, por una unidad central de

proceso, un teclado y un visualizador, ; 50
8471.4 Las demds mdaquinas automaticas para
tratamiento o procesamiento de datos,
3 digitales:
8471.41.00 Que incluyan en la misma envoltura, al

menos, una unidad central de proceso
y, aunque estén combinadas, una unidad

de entrada y una de. salida. 50
8471.49.00 Las demas presentadas en forma de
sistemas, 50
8471.60.00 Unidades de entrada o salida, aunque
incluyan unidades de memoria en la
misma envoltura. 50
8471.70.00 Unidades de memoria. 50
8473, Partes y accesorios (excepto los estuches, ‘ : a : ns

fundas y similares) identificables como
destinados, exclusiva o principalmente, a
_las maquinas o aparatos de las partidas
numero 84.69 a 84.72.

8473.30.00 Partes y accesorios de maquinas de la
partida. No. 84.71. 50
8474. > Maquinas y aparatos de clasificar, cribar,

separar, lavar, quebrantar, triturar,
pulverizar, mezclar, amasar 0 sobar,
tierra, piedra u otra materia mineral
sOlida (incluidos el polvo y la pasta);
maquinas de aglomerar formar o
moldear combustibles minerales sdlidos,
pastas ceramicas, cemento yeso-o demas
materias minerales en polvo o pasta;
maquinas de hacer moldes de arena
para fundicion.

8474.3 Maquinas y aparatos de mezclar, amasar
re o sobar: i :
8474.31.00 Hormigoneras y aparatos de amasar 50 MEZCLADORES HORMIGONEROS POR-
mortero. ; TATILES,
8482 ' Rodamientos de bolas, de rodillos o de
agujas. y
8482.10.00 Rodamientos de bolas. 50
8482.30.00. Rodamientos de rodillos en forma de
tonel. i 50
8511 _ Aparatos y dispositivos eléctricos de:

encendido o de arranque, para motores
13 de noviembre del 2000

GACETA OFICIAL

1701

- - .

PREFERENCIAS ‘(OTORGADAS POR ECUADOR,

NALADI/

ISA

8511.80.00
8533

8533.10.00
8534

* 8534.00.00
8541

8541.10.00

8541.2
8541.21.00

8541.29.00
8541.40.00

pee ee

8542
8542.1

8542.12.00

' 8542.13.00

8542.14.00

8542.19.00

8542.30.00

REGIMEN DEL ACUERDO,

e Pref.
DESCRIPCION Porc.

de encendido por chispa o por

compresién (por éjemplo: magnetos,
dinamomasgnetos, bobinas de encendido,

bujias de encendido o calentamiento,

motores de arranque); Seneradores (por 50
ejemplo: dinamos, altérnadores) y

reguladores disyuntores utilizados con

estos motores.

Los demas aparatos y dispositivos.

Resistencias eléctricas, excepto las de
calentamiento (incluidos redéstatos y
potenciémetros).

Resistencias fijas de carbono,

aglomeradas o de capa. : 50

Circuitos impresos.
Circuitos impresos. 50

Diodos, transistores y dispositivos
semiconductores similares; dispositivos
semiconductores fotosensibles, incluidas |

las células fotovoltaicas, aunque estén
ensambladas en mddulos o paneles;

diodos emisores de luz; cristales

piezoeléctricos montados.

Diodos, excepto los fotodiodos y los

diodos emisores de luz. 50

Transistores, excepto los fototransistores:
Con una capacidad de disipacién

inferior a 1 W. 50
Los demas. 50
Dispositivos semiconductores 50

fotosensibles, incluidas las células
fotovoltaicas, aunque estén ensambladas
en moddulos o paneles;. diodos emisores
de luz.

Circuitos integrados y microestructuras
electrénicas.

Circuitos integrados monoliticos
digitales:

Tarjetas provistas de un circuito
integrado electrénico (‘tarjetas

inteligentes”). ime 50
Semiconductores de 6xido eee

(tecnologia MOS). 50
Circuitos de eens Hipolar. 50

Los demas, incluides los circuitos que
combinen tecndlogiag MOS y bipolar ;
(tecnologia BIMQS), 50

Los demas circuitos integrados 50
monoliticos.

OBSERVACION

CAJAS DE REGULADORES DE TEN-
SION (DISYUNTORES) PARA MOTO-
RES DE ENCENDIDO POR CHISPAS
O POR COMPRESION, DISPOSITIVOS
ELECTRONICOS DE ENCENDIDO.

EN FORMA DE CHIPS.

DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES
FOTOSENSIBLES, INCLUIDAS LAS
CELULAS FOTOVOLTAICAS, AUNQUE
ESTEN ENSAMBLADAS EN MODULOS
O PANELES,

EN FORMA DE CHIPS.
1702 ag, GACETA OFICIAR. 3=——~SCS~=«wS. de nvitemibro: deh 2000

‘RRA STATBEASTSP IE TT TPT ET ST I IL ELE REI IIT IES

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.
REGIMEN DEL ACUERDO.

NALADI/ — Pref.

/SA DESCRIPCION Porc. ; OBSERVACION
8542.40.00 Circuitos integrados hibridos. . 50 EN FORMA DE CHIPS.
8542.50.00 Microestructuras electronicas. 50
8543 Maquinas y aparatos eléctricos con

funcién propia, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este

capitulo. :
8543.8 , Laas demas maquinas y aparatos: ‘
8543.89.00 Los demas. 50
8607 Partes de vehiculos para vias férreas 0
similares.
8607.1 Bojes, “bissels’, ejes y ruedas, y sus
partes:
8607.19.00 Los demas, in¢luidas las partes. 50 &
8705 Vehiculos automoviles para usos :

especiales, excepto los concebidos

principalmente para transporte de

personas o mercancias [por ejemplo:

coches para reparaciones (auxilio

mecdanico), camiones gria, camiones de

-bomberos, camiones hormigonera, coches

barredera, coches esparcidores, coches aes
taller, coches radioldgicos). 50 MEZCLADORAS-HORMIGONERAS SO- .

8705.40.00 Camiones hormigonera. BRE CAMION-HORMIGONERA.
8708 Partes y actesorios de vehiculos
automéviles de las partidas n° 87.01 a
87.05.
8708.9 Las demas partes y. aecesorios:
8708.99.00 Los demas. Eis 50,
9013 Dispositivos de cristal liquido que no

‘eonstituyan articulos comprendidos mas

especificamente én otra parte; laseres, te '

excepto los diodes laser; los demas , E
aparatos e instrumentos de dptica, no

expresados ni comprendidos en otra

_ parte de este capitulo. 50 EQUIPOS LASER DE USO MEDICO &
9013.20.00 Laseres, excepto los diodos laser. INDUSTRIAL.
9018 Instrumentos y aparatos de medicina,

cirugia, odontologia o veterinaria,
jincluidos los de centellografia y demas
aparatos electromédicos, asi como los
aparatos para pruebas visuales.

9018.1 Aparatos ‘de electrodiagnostico :

(incluidos los aparatos de exploracién 100 —ERGOMETRICAS.

funcional o de vigilancia de parametros —ERGOCID. :

fisiolégicos): —ELECTROCARDIOGRAFO DIGITAL
9018.11.00 Electrocardidgrafos. COMPUTARIZADO PARA PRUEBAS.
9018.19.00 Los demas. 100 —SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO

DE ELECTROCARDIOGRAMAS:
CARDIOCID M.

SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
EL ANALISIS CUANTITATIVO DE
13 de noviembre del 2000 eA GACETA OFICIAL i 1703



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

REGIMEN DEL -ACUERDO.
‘NALADI/ eis Peet, :
/SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACGION

LAS BIOSENALES ORIGINADAS EN
LOS MUSCULOS ESTRIADOS Y
NERVIOS PERIFERICOS:
NEUROCID M.
—SISTEMA AUTOMATIZADO PARA
EL ESTUDIO DE LA FUNCION DIAS-
TOLICA DEL VENTRICULO IZQUIER-
DO DEL CORAZON, A PARTIR DE
‘ IMAGENES DEL ECOCARDIOGRAFO:..
ECOGRAF,
—SISTEMA DE ELECTROENCEFALO- _
GRAFIA DIGITAL: MEDICID.
'“—SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
REALIZAR ESTUDIOS DE POTEN-'
CIALES EVOCADOS AUDITIVOS,
SOMATO-SENSORIALES Y_ VISUA-
LES, ASI COMO ELECTROMIGRAFIA:
NEURONICA. :
—SISTEMA COMPUTARIZADO PARA
EL PROCESAMIENTO AUTOMATICO
DE LA SENAL ELECTROCARDIO-
GRAFICA: PASEK.
—SISTEMA DE VISUALIZACION PARA
LA FORMACION, CORRECCION Y
DESARROLLO DEL LENGUAJE EN
PERSONAS CON DEFECTOS AUDITI-.
VOS Y TRASTORNOS DEL HABLA:
VIDEOVOZ. ns
—SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO
PSICOLOGICO INTEGRAL COMPU-
TARIZADO: PSICOMET,
—SISTEMA PARA LA DETERMINA-:
3 CION RAPIDA.DEL ANTIBIOGRAMA
} Y DE LA INFECCION URINARIA: _
: DIRAMIC.

9018.20.00 Aparatos de rayos ultravioletas o 100 -—LAMPARA DE FOTOTERAPIA.
infrarrojos. —TRANSILUMINADOR.

9018.3 Jeringas, agfujas, catéteres, canulas e
instrumentos similares:
9018.31.00 Jeringas, incluso con aguja. 50 JERINGA DENTAL METALICA,

9018.90.00 Log demas instrumentog y aparatos. 100 —ULTRAVIBRADOR.
—SIMULADOR DE ARRITMIAS.,
—ELECTROBISTURI.
—DETECTOR DE LATIDO FETAL.
—~—AUTOCLAVE DE MESA MODELOS

ASH-260 Y EM-1206.

—AUDIOMETRO DE PESQUISAJE.
—EQUIPO DE INDUCCION HIPNOTICA,

9019 Aparatos de mecanoterapia; aparatos para
ay masajes; aparatos de sicotecnia; aparatos
de ozonoterapia, oxigenoterapia o
aerosolterapia, aparatos respiratorios de
ie ! reanimacion y demas aparatos de
terapia respiratoria.

f
1704, GACETA OFICIAL

18 de noviembre del 2000

seen ta A PES A Ps SSS CS TT ES URSA SS

PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR.

NALADI/
ISA DESCRIPCION

9019.10.00 Aparatos de mecanoterapia; aparatos
para masajes; aparatos de sicotechia.

9019.20.00 Aparatos de ozonoterapia,

oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos

‘ : respiratorios de reanimacién y demas

* aparatos de terapia respiratoria,

9021 Articulos y aparatos de ortopedia,

: incluidas las fajas y vendajes

medicoquirurgicos y las muletas;
tablillas, férulas u otros articulos y
aparatos para fracturas; articulos y

5 aparatos de proétesis; audifonos y demas
aparatos que leve la propia persona o }
se le implanten para compensar un
defecto o incapacidad.

9021.1 Protesis articulares y demas articulos y
aparatos de ortopedia o para fracturas:

9021.11.00 Protesis articulares.

9021.19 Los demas. ,

9021.19.10 | Articulos y. aparatos.de ortopedia.

REGIMEN DEL ACUERDO.

Pref,
Pore.

- 100

100

50

Pad
u

OBSERVACION

—MINIESCALERA PARA EJERCICIOS
DE DEDOS. ba

—ESCALERA PARA EJERCICIOS DE
HOMBROS.

—EQUIPOS DE TRACCION CERVICAL,

—APARATOS RESPIRATORIOS DE
-REANIMACION Y DEMAS APARA-
TOS DE TERAPIA RESPIRATORIA.

—NEBULIZADOR ULTRASONICO.

—INCUBADORA DE CUIDADOS IN-
TENSIVOS MODDI-100 Y PS-305.

RODILLERA ARTICULADA.

—FIJADORES EXTERNOS RALCA.

—SOPORTE PARA DESCARGA DE LOS
METATARSOS,

—FERULA PARA LA HEPICONDILITIS,

—FERULA SIGERGICA.

-—-MUNEQUERAS ESPECIALES,

—MUNEQUERAS ELASTICAS.

—COJIN DE FREIKA.

—FAJA LUMBOSACRA.

—MINERVA PLASTICA.

—COLLARIN DE ESPUMA DE GOMA,

'—CORSE .TAYLOR.

. —FERULA PARA HALLUS PLASTI-

CAS.

—TOBILLERA EN B.

-—FERULA PARA HALLUS VALGUS
(PBC).

—FERULA FLEXION DE DEDOS.

—FERULA DINAMICA DE MANO.

—FERULA PASIVA DE MANO.

—SOPORTE PARA ESPOLON CALCA-
REO,

—SOPORTE FLEXIBLE PARA ARCO
LONGITUDINAL Y TRANSVERSO.

-—SOPORTE CON ARCO LONGITUDI-
NAL. -

-—SOPORTE PARA PELOTA METATAR-
SIANA.

—SOPORTE PARA DEPORTISTAS:

—SOPORTE PARA ACORTAMIENTO,
13 de noviembre del 2000



PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR,

‘NALADI/
: ISA

9021.30.00

9027

‘9027.50.00

‘9027.80.00

9033
9033.00.00

9206

9206.00.00

9406
9406.00.90

9506

9506.6

9506.69.00

9506.9
9506.99.00

DESCRIPCION

Los demas articulos y aparatos de
protesis,

Instrumentos y aparatos para analisis
fisicos o quimicos (por ejemplo:
polarimetros, refractémetros,
espectrémetros, analizadores de gases o
humos); instrumentos y aparatos para
ensayos de viscosidad, porosidad,
dilatacién, tensiédn superficial o similares
© para medidas calorimétricas, actsticas
© fotométricas (incluidos los
exposimetros); micrétomos,

Los, demas instrumentos y aparatos que
utilicen radiaciones épticas (UV,

visibles, IR).

Los demas instrumentos y aparatos,

Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
eapitulo, para maquinas, aparatos,
instrumentos o articulos del capitulo 960.
Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo, para maquinas, aparatos,
instrumentos o articulos del capitulo 90.

Instrumentos musicales de percusién
(por ejemplo: tambores, cajas, xildfonos,
platillos, castafiuelas, maracas).
Instrumentos musicales de percusién
(por ejemplo: tambores, cajas, xiléfonos,
Platillos, castafiuelas, maracas). :

Construcciones prefabricadas,
Las demas.

Articulos y material para cultura ffsica,
gimnasia, atletismo, demas deportes
(incluido el tenis de mesa) o para

juegos al aire libre, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capitulo; piscinas, incluso infantiles.
Balones y pelotas, excepto las de golf o
tenis de mesa:

Los demas.

Los demas:
Los demas,

GACETA OFICIAD

Pref.
Pore.

50

100

50
100

50

50

50
50

1705

' REGIMEN DEL ACUERDO.

OBSERVACION

—PROTESIS DE MAMAS,
—PROTESIS DEL PIE, :
—PROTESIS DEL BRAZO. 2s _

—LAVADOR MAS 301.

—MULTIPIPETA ERIZD 301.

—PROCESADOR DE MUESTRAS
ULTRALAB SP-4000,

—PONCHADOR P-51.

BOMBA PERISTALTICA BP-7D.

CONDUCIMETRO ANALOGO.

—LECTOR AUTOMATIZADO O DE
FLUORESCENCIA, DISPERSION DE
LUZ O TRANSMISION EN VOLUME-
NES DE 8-A 300 MICROLITROS
(SISTEMA ULTRAMICROANALITICO
SUMA).

-—LECTOR SUMA 421.

-—LECTOR SUMA 221.

ACCESORIOS PARA EQUIPOS ELEC+
TROMEDICOS,

50

MODULOS DE MATERIALES DE CONS-
TRUCCION DE HORMIGON.

PELOTAS DE BEISBOL,

PROTECTORES DE CUERO NATURAL
O REGENERADO, PARA BOXEO.,
1706 - GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000

ANEXO Ill
FORMULARIO DE CERTIFICADO DE ORIGEN
CERTIFICADO DE ORIGEN IND oe ae ee
4. Nombre y direccién del exportador: 2. Nombre y direccién del productor:

3. N? de 4. Subpart.
orden* _arancel. 5. Descripcién de la mercancia 6. Cant. 7. Valor U$S



Be 5 ,
8. DECLARACION DE ORIGEN

DECLARAMOS que Jas mercancfas indicadas en el presente formulario correspondiente a la Factura Comer.
cial n? _ a... .. de fecha ..., cumplen con lo establecido en las normas de origen del Acuerdo de Alcance
Parcial entre Colombia y la Reptblica de Cuba, de conformidad con el siguiente desglose:

ce st eS PS Sei cs Si SA SS SP A A
9. N° de : : : :

orden* ; 10. Normas de origen**

QD. Feta a ccsnscssssoees a
12. Firma y sello del exportador OPO CUUIC LOS aoa tre ceca see ae cetera Sapte porters otasctoeaesaed

13. Observaciones: _





aseaeveseenee| nceunoecooneseansasenapeccasenenensnoeeesseeqveceszicosneseDs0b1see08 seen poeees tant



PUD EEPOOSEL ENGR SECOPORDDED EDS CRDLOMMESEDEDIRISICORSDECOLOLEETDDERIDEDODOREROEODDIOOURE



= |

14. Certifico la veracidad de la presente declaracién, que sello y firmo en la ciudad de:





evenerecaresovenent



a Doteeseroessessssssesisscesevessensensensecenssesecen ousvavsseaceasvanecvcesvooeacssassacansonesesesscanesnes supssteneovorsuomeseseavreseeusaneanseuan soursenrsezes so remetees

a oseeteessennoseenassenorereasassuecsazeeaseemecssnscees sasecesesesccecesconstserssee® spensazmacece: Sepnssbepeesescensneoneronsseasonez0socernunsseenunnenansniersttereenelenediDerieDeecsDesDNUEUEOD

“Firma autorizada Entidad “Certificadora Fech
* Esta columna indica el orden en que se individualizan las mercancfas comprendidas en el presente certificado..
En caso de ser insuficiente, se continuard la individualizacién de las mercancias en ejemplares suplementarios

de este certificado, numerados correlativamente.
** Fn esta columna se indicarA la norma de origen con que cumple cada mercancia individualizada por numero

de orden. :
El formulario no podrd presentar tachaduras, raspaduras o enmiendas.