EDICION ORDINARIA
LA HABANA, LUNES 16 DE AGOSTO DE 1999
ISSN 0864-0799
ANO XCVII
SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Ministerio de Justicia, Calle O No. 216 entre 23 y 25, Plaza,
Cédigo Postal 10400. Telef. 32-45-36 al 39 ext. 220
Numero 49 — Precio $0.10
CONSEJO DE ESTADO
DIRECCION DE PROTOCOLO
A las 09:00 am., del dia 5 de agosto de 1999 y de
acuerdo con el ceremonial diplomatico vigente, fue reci-
bido en audiencia solemne por el compafiero Juan Al-
meida Bosque, vicepresidente del Consejo de Estado de
la Republica de Cuba, el excelentisimo sefor CHHIM
PRORN, para el acto de presentacién de sus cartas cre-
denciales como embajador extraordinario y plenipoten-
ciario del Reino de Cambodia ante el Gobierno de la
Republica de Cuba.
Ciudad de La Habana, 6 de agosto de 1999.—Angel
Reigosa de la Cruz, director de Protocolo.
A las 09:30 am., del dia 5 de agosto de 1999 y de
acuerdo con el ceremonial diplomatico vigente, fue reci-
bido en audiencia solemne por el compafiero Juan Al-
meida Bosque, vicepresidente del Consejo de Estado de
la Republica de Cuba, el excelentisimo sefior SLEIMAN
C. RASSI, para el acto de presentaci6n de sus cartas
credenciales como embajador extraordinario y pleni-
potenciario de la Republica del Libano ante el Gobierno
de la Reptblica de Cuba.
Ciudad de La Habana, 6 de agosto de 1999.—Angel
Reigosa de la Cruz, director de Protocolo.
A las 10:00 am., del dia 5 de agosto de 1999 y de
acuerdo con el ceremonial diplomatico vigente, fue reci-
bido en audiencia solemne por el compafiero Juan Al-
meida Bosque, vicepresidente del Consejo de Estado de
la Republica de Cuba, el excelentisimo sefior PASCAL
ONGUEMBY, para el acto de presentacién de sus cartas
credenciales como embajador extraordinario y plenipo-
tenciario de la Republica del Congo ante el Gobierno
de la Republica de Cuba,
Ciudad de La Habana, 6 de agosto de 1999.—Angel
Reigosa de la Cruz, director de Protocolo.
A las 10:30 a.m., del dia 5 de agosto de 1999 y de
acuerdo con el ceremonial diplomatico vigente, fue reci-
bido en audiencia solemne por el compafiero Juan Al-
meida Bosque, vicepresidente del Consejo de Estado de
Pagina 793
la Republica de Cuba, el excelentisimo sefior VILMOS
KOPANYI, para el acto de presentacién de sus cartas
credenciales como embajador extraordinario y plenipo-
tenciario de la Republica de Hungria ante el Gobierno
de la Republica de Cuba.
Ciudad de La Habana, 6 de agosto de 1999.—Angel
Reigosa de la Cruz, director de Protocolo.
A las 11:00 am., del dia 5 de agosto de 1999 y de
acuerdo con el ceremonial diplomatico vigente, fue reci-
bido en audiencia solemne por el compafiero Juan Al-
meida Bosque, vicepresidente del Consejo de Estado de
la Reptiblica de Cuba, el excelentisimo sefior PATRICK
de BEYTER, para el acto de presentacién de sus cartas
credenciales. como embajador extraordinario y plenipo-
tenciario del Reino de Bélgica ante el Gobierno de la
Republica de Cuba,
Ciudad de La Habana, 6 de agosto de 1999.—Angel
Reigosa de la Cruz, director de Protocolo.
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas en el articulo
90, inciso j) de la Constitucién, a propuesta de su Presi-
dente y Jefe de Gobierno, ha aprobado el siguiente
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que ROSARIO NAVAS MORA-
TA, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la
Republica, cese como acreditada ante el Gobierno de
Espania, por término de mision. °
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores que-
da encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el
presente acuerdo.
DADO en el Palacio de la Revolucién, en Ciudad de
La Habana, a 11 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas en el articulo
90, inciso j) de la Constitucién, a propuesta de su Presi-
dente y Jefe de Gobierno, ha aprobado el siguiente
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que ISABEL ALLENDE KARAM,
194
ASO LE ET YEA ORE PROS SR ETERS ET
embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la Re-
publica, se acredite ante el Gobierno de Espafia.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores que-
da encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el
presente acuerdo.
DADO en el Palacio de la Revolucion,
La Habana, a 11 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribucionies que le estan conferidas en el articulo
90, inciso j) de la Constitucién, a propuesta de su Presi-
dente y Jefe de Gobierno, ha aprobado el siguiente
ACUERDO
en Ciudad de
PRIMERO: Disponer que ESTEBAN LOBAINA RO- |
MERO, embajador extraordinario y plenipotenciario de
la Republica, cese como acreditado ante el Gobierno de
Mongolia, por término de mision.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores que-
da encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el
presente acuerdo.
DADO en el Palacio de la Revolucidén,
La Habana, a 11 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
en Ciudad de
= ~
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas en el articulo
90, inciso j) de la Constitucion, a propuesta de su Presi-
dente y Jefe de Gobierno, ha aprobado el siguiente
ACUERDO
: PRIMERO: Promover a PEDRO ARNALDO MORAN
TAPANES, al cargo de embajador extraordinario y ple-
nipotenciario de la Republica.
SEGUNDO: Disponer que PEDRO ARNALDO MORAN
TAPANES, embajador extraordinario y plenipotenciario
de la Republica, se acredite ante el Gobierno de Mon-
golia,
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores que-
da encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el
presente acuerdo.
DADO en el Palacio de la Revolucion,
La Habana, a 11 de agosto de 1999.
Fide] Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
en Ciudad de
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de Jas atribuciones que le estan conferidas y a propuesta
de la Comisién Central de Cuadros, ha aprobado el si-
Suiente ;
ACUERDO
PRIMERO: Liberar al companfero MANUEL DE JE-
SUS PIREZ PEREZ del cargo de vicepresidente del
Tribunal Supremo Pepular, por solicitud propia.
SEGUNDO: Comuniquese el presente acuerdo a la
Comisi6n Central de Cuadros, al Presidente del Tribunal
Supremo Popular, al interesado y publiquese en la Ga-
ceta Oficial de la Republica.
GACETA' OFICIAL
a Sas gin 3
16 de agosto de 1999
DADO en el Palacio de la Revolucién, en Ciudad de
La Habana, a 13 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado de la Reptiblica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas y a propuesta
de Ja Comision Central de Cuadros, ha aprobado el si-
guiente baw
ACUERDO
PRIMERO: Promover al compafiero GERONIMO OS-
VALDO SANCHEZ MARTIN, al cargo de iecpneusenite
del Tribunal Supremo Popular.
SEGUNDO: Comuniquese el presente acuerdo a la
Comisi6n Central de Cuadros, al Presidente del Tribunal
Supremo Popular, al interesado y publiquese en la Ga-
ceta Oficial de la Republica.
DADO en el Palacio de la Revolucion,
La Habana, a 13 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas y a propuesta
de la Comisi6n Central de Cuadros, ha aprohado el si-
guiente
en Ciudad de
He
ACUERDO
PRIMERO: Promover al compafiero EDUARDO RENE
RODRIGUEZ GONZALEZ al cargo de vicepresidente del
Tribunal Supremo Popular.
SEGUNDO: Comuniquese el presente acuerdo a la
Comision Central de Cuadros, al Presidente del Tribunal
Supremo Popular, al interesado y publiquese en la Ga-
ceta Oficial de la Republica.
DADO en el Palacio de la Revolucién, en’ Ciudad de
La Habana, a 13 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado de la Republica de Cuba, en uso
de las atribuciones que le estan conferidas y a propuesta
del Fiscal General de la Reptiblica, ha adoptado el si-
guiente
ACUERDO
PRIMERO: Separar del cargo de fiscal de la Fiscalia
General de la Republica a ROBERTO LUIS RODRIGUEZ
LASTRE, por incumplimiento de sus funciones.
SEGUNDO: Comuniquese este acuerdo al Fiscal Ge-
neral de la Republica y publiquese en la Gaceta Oficial
de la Republica.
DADO en el Palacio de la Revolucion, en Ciudad de
La Habana, a 13 de agosto de 1999.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
PPP LDP aLOrLLPPrLPrPAPLPDLLPDAPLRPPPAPPLP PPP DPA PPP
BANCO CENTRAL DE CUBA
RESOLUCION N® 68/99
POR CUANTO: El Presidente de la corporacién CI-
MEX 5S.A., en lo adelante CIMEX S.A., ha golicitado del
Banco .Central de Cuba se autorice la acuflacion, con
fines numismaticos, de cinco monedas que integran la
16 de agosto de 1999
serie conmemorativa con la tematica
del triunfo de la Revoluciénâ€.
POR CUANTO: La disposicién especial QUINTA del
Decreto-Ley 172 de fecha 28 de mayo de 1997, establece
que el Banco Central de Cuba aprueba y supervisa la
acufiacién con fines numismaticos de monedas conme-
morativas y la comercializacion de éstas.
POR CUANTO: Conforme al articulo 36, inciso a) del
referido Decreto-Ley 172, corresponde al Presidente del
Banco Central de Cuba en el ejercicio de sus funciones
dictar resoluciones, instrucciones y demas disposiciones
necesarias para la ejecucidn de las funciones del Banco
Central de Cuba, de caracter obligatorio para todos los
organismos, 6rganos, empresas y entidades econdmicas
estatales, organizaciones y asociaciones econdmicas o de
otro caracter, cooperativas, el sector privado y la po-
blacion.
POR CUANTO: EI que resuelve fue nombrado Mi-
nistro de Gobierno y Presidente del Banco Central de
Cuba por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 13
de junio de 1997.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
“40 aniversario
Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la Empresa Cubana de Acu-
fiaciones S.A., perteneciente a CIMEX S.A., para que
proceda a la acufiacién con fines numismaticos de la
serie de cinco monedas con la tematica “40 aniversario
del triunfo de ja Revolucién†con fecha de acunacion
1999,
SEGUNDO: La moneda cuya acufiacién se autoriza
en el apartado anterior tendra las siguientes caracteris-
ticas: tele ERT |
@ En el anverso comun de las cinco monedas: a
Como motivo central presenta las figuras de Fidel
Castro, Ernesto “Che†Guevara y Camilo Cienfuegos,
figuras cimeras de las luchas del pueblo cubano, al
fondo una estrella radiante. En el extremo superior
aparece la leyenda motivo de acufiacion “40 ANIVER-
SARIO DE LA REVOLUCIONâ€.
En el extremo inferior derecho el afio de acufiacidn:
1999 y debajo la marca de la ceca (la llave y la es-
trella). sos ggnitara ALOR, i
@ En el reverso de la primera moneda:
El motivo central es el Escudo de la Republica de
Cuba, En el extremo superior aparece la leyenda
“Republica de Cubaâ€, en el inferior la denominacion
“1 Pesoâ€.
@ En el reverso de la segunda y tercera monedas:
El motivo central es el Escudo de la Republica de
Cuba. En el extremo superior aparece. la leyenda
“Reptiblica de Cubaâ€, en el inferior la denominacion
“49 Pesosâ€. En el extremo derecho aparece el metal
y la ley: AG0.999, al extremo izquierdo, el peso en
onzas: 1 oz.
@ En el revergo de la cuarta moneda:
El motivo central es el Escudo de la Republica de
Cuba. En el extremo superior aparece la leyenda
“Republica de Cuba’, en ef inferior la denominacion
“30 Pesosâ€. En e] extremo derecho aparece el metal
GACETA OFICIAL
795
y la ley: AU0.999, al extremo izquierdo, el peso en
onzas: !/. oz.
@ En el reverso de la quinta moneda:
El motivo central es el Escudo de la Republica de
Cuba. En el extremo superior aparece la leyenda
“Republica de Cubaâ€, en el inferior la denominacién
“100 Pesosâ€. En el extremo derecho aparece el metal
y la ley: AU0.999, al extremo izquierdo, el peso en
onzas: 1 oz.
Detalles técnicos de las cinco monedas:
Metal: Plata 999
Calidad: Proof
Canto: Estriado
Peso: 31,1 g
Diametro: 38,0 mm
Valor facial: 10 pesos
Emision maxima: 10 000
Afio de acunacion: 1999
Ceca: Empresa Cubana de Acunaciones S.A.
(Casa de la Moneda)
Metal: Plata 999
Calidad: Proof
Canto: Liso
Peso: 62,2 g*
Diametro: 38,0 mm
Valor facial: 10 pesos
Emision maxima: 200
Afio de acufnacion: 1999
Ceca: Empresa Cubana de Acunaciones S.A.
(Casa de la Moneda)
Metal: Oro 999
Calidad: Proof
Canto: Estriado
Peso: 31,1 g
Diametro: 38,0 mm
Valor facial: 100 pesos
Emision maxima: 300
Afio de acufacidn: 1999
Ceca: Empresa Cubana de Acufiaciones S.A.
(Casa de la Moneda)
Metal: Oro 999
Calidad: Proof
Canto: Estriado
Peso: 15,55 ¢
Diametro: 30,0 mm
Valor facial: 50 pesos
Emision maxima: 500
Afio de acunacion: 1999
Ceca: Empresa Cubana de Acumfaciones S.A.
(Casa de la Moneda)
Metal: Cuni
Calidad: Bu
Canto: Liso
Peso: 25,0 g
Diametro: 38,0 mm
Valor facial: 1 peso
Emision maxima: 10 000
Aho de acunacion: 1999
Ceca: Empresa Cubana de Acunaciones S.A.
(Casa de la Moneda)
* piedfort fries 2
796
GACETA' OFICIAL
16 de agosto de 1999
eee
TERCERO: La Empresa Cubana de Acufiaciones S.A.,
reconocida comercialmente como Casa de la Moneda, que-
da autorizada para la comercializacié6n de estas piezas.
CUARTO: La Empresa Cubana de Acufiaciones S.A.,
queda encargada del cumplimiento y aplicacién de lo
que por la presente resolucién se dispone.
COMUNIQUESE a los vicepresidentes, al Superinten-
dente, al Auditor, a los directores, todos del Banco Cen-
tral de Cuba; al Presidente de CIMEX S.A., y al Ge-
rente General de la Empresa Cubana de Acufiaciones S.A.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la Republica
para general conocimiento y archivese el original en la
Secretaria de este banco.
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999,
Francisco Soberén Valdés
Ministro-Presidente
del Banco Central de Cuba.
RESOLUCION N® 69/99
POR CUANTO: El Banco Metropolitano S.A., que ope-
ra con licencia especial tipo “A†ha solicitado del Banco
Central de Cuba la autorizacién correspondiente para
la apertura de la nueva sede de su oficina central y
sucursal principal, manteniendo la que anteriormente po-
seia, a fin de ampliar sus actividades.
POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en el articulo
17, secci6n CUARTA “De la organizacién y funciona-
miento de las instituciones financierasâ€â€™, del Decreto-Ley
N? 173 “Sobre los bancos e instituciones financieras no
bancarias’â€, de fecha 28 de mayo de 1997, las instituciones
financieras que operan al amparo de una licencia gene-
ral pueden crear las sucursales y agencias que conside-
ren necesarias a los fines del desarrollo de sus activi-
dades, previa autorizacién y en correspondencia con las
regulaciones que al efecto dicte el Banco Central de
Cuba.
POR CUANTO: E] Decreto-Ley 172 del Banco Central
de Cuba, de fecha 28 de mayo de 1997 en su articulo 36,
inciso b), faculta al Presidente del Banco Central de
Cuba a dictar disposiciones de cumplimiento obligatorio
para todas las instituciones financieras y las oficinas
de representacion.
POR CUANTO: El que resuelve fue nombrado Mi-
nistro de Gobierno y Presidente del Banco Central de
Cuba en virtud del acuerdo del Consejo de Estado, de
fecha 13 de junio de 1997.
POR TANTO: En uso de las facultades que me han
sido conferidas, ‘
Resuelvo:
UNICO: Autorizar al Banco Metropolitano S.A., a la
apertura de la nueva sede de su oficina central y sucur-
sal principal, que estard ubicada en 5ta, avenida y calle
112, Miramar, Playa, Ciudad de La Habana; mantenien-
do la que anteriormente poseia, en calle Linea N? 63
esquina a M, Vedado, Plaza, Ciudad de La Habana.
COMUNIQUESE a los vicepresidentes, al Auditor, al
Superintendente, todos del Banco Central de Cuba, al
Presidente del Banco Popular de Ahorro y al Director
de la Oficina Nacional de Zonas Francas.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la Republica
de Cuba para conocimiento general y archivese el ori-
ginal en la Secretaria del Banco Central de Cuba.
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999.
Francisco Soberén Valdés
Ministro-Presidente
del Banco Central de Cuba
MINISTERIOS
COMERCIO EXTERIOR
RESOLUCION N?° 339/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior.
POR CUANTO: Por la Resolucién N° 507, de 25 de
octubre de 1995, dictada por el que resuelve, fue esta-
blecido el procedimiento para solicitar la autorizacién
requerida para el otorgamiento de contratos de comisioén
para la venta, en el territorio nacional, de mercancias
importadas en consignaci6on,
POR CUANTO: La sociedad mercantil IMEXIN, S.A.,
ha formalizado, segtin el procedimiento establecido, soli-
citud de autorizacién para otorgar un contrato de comi-
sidn con la compafifa panamefia CORAL SEA INTER-
NACIONAL CORP., para la venta, en consignacién, de
las mercancias de importacién que en la propia solici-
tud se detallan. 2
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
; Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la sociedad mercantil IME-
XIN, S.A., para otorgar un contrato de comisién con la
compafiia panamefia CORAL SEA INTERNACIONAL
CORP., para la venta en el territorio nacional, de mer-
cancias importadas en consignacién, las que a nivel de
subpartidas arancelarias se consignan en el anexo N°? 1
que forma parte integrante de la presente resolucion.
SEGUNDO: La sociedad mercanti] IMEXIN, S.A., vie-
ne obligada, de conformidad a lo dispuesto en la Reso-.
lucién N® 44, dictada por el que resuelve en fecha 19
de febrero de 1999, a reportar mensualmente a la Di-
reccién de Estadisticas, Analisis y Planificacién la infor-
macién estadistica de las mercancias importadas que
permanecen en los almacenes bajo el régimen de con-
signacién a su cargo, segtin los modelos establecidos en
la precitada resolucion.
DISPOSICION ESPECIAL
UNICA:- Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de notificacién de la presente
resolucién, para que la entidad autorizada en el] apar-
tado PRIMERO, a otorgar contrato de comisién, forma-
lice su inscripcién en el Registro Nacional de Contratos
de Comisidn, adscrito a la Camara de Comercio de la
Republica de Cuba.
De no proceder a la inscripcién en el plazo establecido
en esta disposicién especial, se entendera por desistido
el interés de otorgar el contrato de comisidn en cuestidn
y por anulada la autorizacién por la presente concedida.
16 de agosto de 1999
GACETA OFICIAL
797
A SAO SE EE PATI TS EL EEN OEE SEPT IG ALN SE SNOT ES EP TEESE EE ETE EIT I FP TET TET SO PE SERED
COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a
los viceministros y directores del Ministerio del Comercio
Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Minis-
terio del Comercio Intericr, a la Aduana General de la
Republica, al Presidente de la Camara de Comercio de
la Republica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional
de Comercio S.A. Publiquese en la, Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivese el original de la misma
en la Direccién Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N?® 340/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién. de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucion de conceder facultades para
realizar operaciones de exportaci6n e importacion, de-
terminando en cada caso la nomenclatura de mercancias
que serdn objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N® 202, de 20
de mayo de 1999, dictada por el Ministro del Comercio
Exterior, fue establecido el procedimiento para el otor-
gamiento, ampliacién y cancelacidn de nomenclaturas
de productos de exportacién e importacién a las asocia-
ciones econdmicas internacionales constituidas al amparo
de la Ley N° 77 “Ley de la inversidn extranjeraâ€.
POR CUANTO: Mediante la Resolucién N? 321 de
fecha 10 de agosto de 1998, se ratificd la autorizacién
otorgada a la empresa mixta CUVASTEC, S.A., oportu-
namente aprobada por el término de diez afios, contados
a partir del 17 de diciembre de 1991, a ejecutar directa-
mente operaciones de comercio exterior.
POR CUANTO: La empresa mixta CUVASTEC, S.A.,
ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos
de que se le amplie la nomenclatura de productos de
importaci6n que requiere a los fines previstos en su
objeto social, por lo que el Consejo de Direccién de este
ministerio, ha considerado procedente acceder a la soli-
citud interesada por la misma.
POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una
disposicién unica la nomenclatura de los productos de
importaci6n autorizada a ejecutar a la empresa mixta
CUVASTEC, S.A.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estén
conferidas, |
Resuelvo:
PRIMERO: Ratificar la autorizacién otorgada a la
empresa mixta CUVASTEC, S.A., identificada a los efec-
tos estadisticos con el cddigo N? 078, para que ejecute
la importaci6n de las mercancias, que a nivel de sub-
partidas arancelarias, se indican en el anexo N®? 1 que
forma parte integrante de la presente resolucion, y con-
secuentemente dejar sin efecto la Resolucioén N®? 321 de
10 de agosto de 1998.
—Nomenclatura permanente, de productos de importacién
(anexo N® 1).
SEGUNDO: La importaciédn de las mercancias com-
prendidas en la nomenclatura, que por la presente se
aprueba, solo podra ser ejecutada con destino a cumplir
su objeto social, y no para su comercializacién con ter-
ceros, ES
TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no-
menclatura de importacién que se concede a la entidad
solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecucion
de la importacién, en la forma establecida para cada
caso seguin proceda,
CUARTO: La empresa mixta CUVASTEC, S.A., al
amparo de la Resolucién N® 200, dictada por el que
resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la
importacién eventual de productos, cuya nomenclatura
no se aprueba por la presente.
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N° 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo
de 1995, la empresa mixta CUVASTEC, S.A., viene obli-
gada a rendir a la Direccién de Estadisticas, Analisis y
Planificacion del Ministerio del Comercio Exterior, la
informacion que en la misma se establece.
DISPOSICION ESPECIAL :
UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de la presente resolucién, para que
la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO,
actualice su inscripcidn en el Registro Nacional de Ex-
portadores e Importadores, adscrito a la Camara de Co~
mercio de la Republica de Cuba.
COMUNIQUESE la presente resolucion al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Fi-
nanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
traci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas, Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese el original
en Ja Direccion Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 341/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
H y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucién de conceder facultades para
realizar operaciones de exportacidn e importacidén, de-
terminando en cada caso la nomenclatura de mercancias
que serdn objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N®? 202, de 20
de mayo de 1999, dictada por el Ministro de] Comercio
Exterior, fue establecido el procedimiento para el otor-
gamiento, ampliacién y cancelacién de nomenclaturas
798
GACETA! OFICIAL
16 de agosto de 1999
(es cg SRLS LE AS 8 WA SP TC RP A TA A AT OPEL YA
de productos de exportacién e importacién a las asocia-
ciones econémicas internacionales constituidas al amparo
de la Ley N°? 77 “Ley de la inversion extranjeraâ€.
POR CUANTO: La Unidén del Plastico, en virtud de
la asociacién econdémica internacional suscrita con la
entidad espafiola EXPORTADORA IMPORTADORA CA-
BRERA y TADEO, S.L., oportunamente aprobada por el
término de 10 afios contados a partir del 29 de enero
de 1999, ha solicitado autorizacién de importacién de las
mercancias que requiere para el cumplimiento del objeto
social de la misma.
POR CUANTO: El Consejo de Direccién de este mi-
nisterio, ha considerado procedente acceder a la solicitud
jnteresada por la Union del Plastico.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
, . Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la Union del Plastico, en vir-
tud de la asociacién econémica internacional suscrita con
la entidad espafiola EXPORTADORA IMPORTADORA
CABRERA y TADEO, S.L., identificada a los efectos es-
tadisticos con el cédigo N® 472, las siguientes nomencla-
turas de productos de importacién, que a nivel de sub-
partidas arancelarias, se indican en los anexos N? 1 y 2
gue forman parte integrante de la presente resolucion.
—Nomenclatura permanente, de productos de importacion
(anexo N° 1).
—Nomenclatura temporal, de productos de importacion
por el término de un (1) afio (anexo N® 2).
SEGUNDO: La importacién de las mercancias com-
prendidas en las: nomenclaturas, que por la presente se
aprueba, solo podra ser ejecutada con destino a cumplir
los fines de 1a referida asociacién econémica, y no para
su comercializacién con terceros.
TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante las no-
menclaturas de importacién que se concede a la entidad
solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecucién
de la importacién, en la forma. establecida para cada
caso segun proceda,
CUARTO: La Unién del Plastico, al amparo de la
Resolucién N? 200, dictada por el que resuelve en fecha
4 de junio de 1996, podra solicitar la jmportacién even-
tual de productos, cuyas nomenclaturas no se aprueban
por la presente.
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N° 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo
de 1995, la Unién del Plastico, viene obligada a rendir
a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Planificacién
del Ministerio del Comercio Exterior, la informacién que
en la misma se establece.
DISPOSICION ESPECIAL
UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de la presente resolucion, para que
la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO,
formalice su inscripcién en el Registro Nacional de Ex-
portadores e Importadores, adscrito a la Camara de Co-
mercio de la Republica de Cuba.
COMUNIQUESE la presente resolucion al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de
Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
tracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese el original
en la Direccién Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 342/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucién de conceder facultades
para realizar operaciones de exportacién e importacién,
determinando en cada caso la nomenclatura de mercan-
cias que serdn objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N° 202, de 20
de mayo de 1999, dictada por el Ministro del Comercio
Exterior, fue establecido el procedimiento para el otor-
gamiento, ampliacién y cancelacién de nomenclaturas
de productos de exportacidn e importacidn a las asocia-
ciones econémicas internacionales constituidas al amparo
de la Ley N° 77 “Ley de la inversion extranjeraâ€.
POR CUANTO: Mediante la Resolucién N? 322 de fe~
cha 15 de julio de 1997, se ratificd la autorizaci6n otor-
gada a la empresa mixta REAL INMOBILIARIA, S.A.,
oportunamente aprobada por el término de 15 anos, con-
tados a partir del 21 de febrero de 1996, a ejecutar di-
rectamente operaciones de comercio exterior.
POR CUANTO: La empresa mixta REAL INMOBI-
LIARIA, S.A., ha presentado la correspondiente solicitud,
a los efectos de importacidn que requiere a los fines
previstos en su objeto social, por lo que el Consejo de
Direccién de este ministerio, ha considerado procedente
acceder a la solicitud interesada por la misma.
POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una
disposicién Unica la nomenclatura de los productos de
importacién autorizada a ejecutar a la empresa mixta
REAL INMOBILIARIA, S.A.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Ratificar la autorizacidn otorgada a la
empresa mixta REAL INMOBILIARIA, S.A., identificada
a los efectos estadisticos con el cédigo N? 346, para que
ejecute la importacién de Jas mercancias, que a nivel
de subpartidas arancelarias, se indican en el anexo N? 1
que forma parte integrante de la presente resolucién, y
consecuentemente dejar sin efecto la Resolucién N? 322
de 15 de julio de 1997.
—Nomenclatura permanente, de productos de importacién
(anexo N® 1). |
SEGUNDO: La importaciédn de las mercancias com-
prendidas en la nomenclatura, que por la presente se
16 de agosto de 1999
GACETA OFICIAL 799
LY 1 a a aS
aprueba, solo podra ser ejecutada con destino a cumplir
su objeto social, y no para su comercializaci6n con ter-
ceros.
TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no-
menclatura de importacién que se concede a la entidad
solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecucion
de la importacién, en la forma establecida para cada
caso segun proceda,
CUARTO: La empresa mixta REAL INMOBILIARIA,
S.A., al amparo de la Resolucién N? 200, dictada por el
que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar
la importacién eventual de productos, cuya nomenclatura
no se aprueba por la presente,
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N® 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo
de 1995, la empresa mixta REAL INMOBILIARIA, S.A.,
viene obligada a rendir a la Direccién de Estadisticas,
Analisis y Planificacién del Ministerio del Comercio
Exterior, la informacion que en la misma se establece.
DISPOSICION ESPECIAL
UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de la presente resolucién, para que
la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO,
actualice su inscripcién en el Registro Nacional de Ex-
portadores e Importadores, adscrito a la Camara de
Comercio de la Republica de Cuba.
COMUNIQUESE la presente resolucion al, interesado, a
la Aduana General de la Reptblica, al Ministerio de
Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
tracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba,
al Banco Financiero Internacional, al Banco Internaciona]
de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese el original
en la Direccion. Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 343/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucidn de conceder facultades
para realizar operaciones de exportacién e importacion,
determinando en cada caso la nomenclatura de mercan-
cias que seran objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N® 312, dictada
por el Ministro del Comercio Exterior el 6 de agosto
de 1998, se autorizé a la firma comercial ITELIMPORT,
a ejecutar directamente operaciones de comercio exte-
rior. :
POR CUANTO: la firma comercial ITELIMPORT, ha
presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de
que se le modifique la nomenclatura de productos de
importacién que requiere a los fines previstos en su
objeto social.
POR CUANTO: Como resultado del andlisis efectua-
do, el Consejo de Direccién de este ministerio ha con-
siderado procedente acceder a la soiicitud presentada
por la firma comercial ITELIMPORT.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas, i
Resuelvo: :
PRIMERO: Ratificar la autorizacién otorgada a la
firma comercial [TELIMPORT, identificada a los efectos
estadisticos con el cédigo N? 444, para que ejecute di-
rectamente la importacién de las mercancias que a nivel
de subpartidas arancelarias se indican en el anexo N? 1
que forma parte integrante de la presente resolucion, y
que sustituye la nomenclatura aprobada.
—Nomenclatura permanente, de productos de importacién
(anexo N® 1).
SEGUNDO: La importacién de las mercancias com-
prendidas en la nomenclatura, que por la presente se
aprueba, solo podra ser ejecutada con destino a cumplir
los fines previstos dentro de su objeto social.
TERCERO: La importacioén de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no
menclatura de importacién que se concede a la entidad
solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecucion
de la importacién, en la forma establecida para cada
caso segtin proceda.
CUARTO: la firma comercial ITELIMPORT, al am-
paro de la Resolucién N® 200, dictada por el que resuel-
ve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la impor-
tacion eventual de los productos que requiera,. cuyas
nomenclaturas no se aprueban por la presente.
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucion
N° 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo
de 1995, la firma comercial ITELIMPORT, viene obli<
gada a rendir a la Direccién de Estadisticas, Analisis y
Planificacién del Ministerio del Comercio Exterior, la
informacion que en la misma se establece.
SEXTO: Se derogan cuantas disposiciones se opongan
a lo que por la presente se dispone.
COMUNIQUESE la presente resoluci6on al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de
Finanzas y Precios, y demas organismos de la Adminis4
tracion Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio S.A., a los viceministros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese el original
en Ja Direccién Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comets
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 344/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejea
800 -
GACETA OFICIAL
16 de agosto de 1599
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y de] Gobierno en cuanto a la actividad comercial ex-
terior.
POR CUANTO: El Decreto N° 206, de 10 de abril de
1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y
Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjerasâ€, estabiece
el procedimiento para la tramitaciédn de las solicitudes
de renovacién de licencias presentadas ante dicho regis-
tro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica
de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de
Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran-
jeras, ha elevado a la consideracién del que resuelve el
expediente incoado en virtud de la solicitud presentada
por la compafiia belga WALSUD, S.P.R.L.
POR TANTO: En uso de las facultades quent me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar la renovacién de la licencia en
el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-
dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de
Comercio de la Republica de Cuba, a la compafia belga
WALSUD, S.P.R.L.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compahia
WALSUD, S.P.R.L., en Cuba, a partir de la renovacion
de la licencia, sera la realizacidn de actividades comer-
ciales relacionadas con las mercancias que a nivel de
partidas y subpartidas arancelarias se describen en el
anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente
resolucion.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de
la presente resolucién, no autoriza la Tealizacion de las
actividades siguientes:
—Importar y exportar
mercial.
—Realizar el comercio mayorista y minorista en general
de productos y servicios, excepto los servicios de post-
venta y garantia, expresamente acordados en los con-
tratos que amparan las operaciones de comercio ex-
terior.
—Distribuir y transportar mercancias en el territorio
nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Su-
cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras
queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto
en la presente resolucion.
COMUNIQUESE la presente resolucion a los vicemi-
nistros y directores de] Ministerio de] Comercio Exterior,
al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agen-
'tes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la
Camara de Comercio de la Reptblica de Cuba, quien
queda responsabilizado de notificar ja presente resolucion
al interesado; a los directores de empresas, al Ministerio
de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio S.A., a Ja Aduana General de la Republica,
a la Empresa para la Prestacién de Servicios a Extran-
jeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di-
reccién de Inmigracion y Extranjeria, a ETECSA, al
Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas
otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la
directamente, con caracter co-
Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese
el original de la misma en la Direccidn Juridica. -
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas: Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N° 345/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicaciédn de la politica del Estado
y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial ex-
terior.
POR CUANTO: El Décreto N® 206, de 10 de abril de
1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y
Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjerasâ€, establece
el procedimiento para la tramitaciodn de las solicitudes
de renovacién de licencias presentadas ante dicho regis-
tro, adscrito a la Camara de Comercio de la Hepubise
de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de
Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran-
jeras, ha elevado a la consideracién del que resuelve el
expediente incoado en virtud de la solicitud presentada
por la compafiia espamola SAUNASPORT BCN, S.L.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo: :
PRIMERO:
el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-.
dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de
Comercio de la Republica de Cuba, a la compania espa-
hola SAUNASPORT BCN, S.L.
SEGUNDO: EI objeto de la sucursal de la compafiia
SAUNASPORT BCN, S.L., en Cuba, a partir de la reno-
vacion de la licencia, sera la realizacidn de actividades
comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel
de partidas y subpartidas arancelarias se describen en el
anexo N® 1 que forma parte integrante de la presets
resolucion.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de
la presente resolucion, no autoriza la realizacién de las
actividades siguientes:
—Importar y exportar directamente, con caracter co-
mercial.
—Realizar el comercio mayorista y minorista en: general
de productos y servicios, excepto los servicios de post-
venta y garantia, expresamente acordados en los con-
tratos que eopenan Be Operaciones de comercio ex-
‘terior. 3
—Distribuir
nacional. :
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Su-
cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras
queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto
en la presente resolucion.
COMUNIQUESE la presente resolucidn a los vicemi-
nistros y directores del Ministerio del Comercio Exterior,
al encargado del Registro Nacional de-Sucursales y Agen-
y transportar mercancias en el territorio
.16:de agosto de 1999
GACETA OFICIAL
801
- tes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la
Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien
queda responsabilizado de notificar la presente resolucién
al interesado; a los directores de empresas, al Ministerio
de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio S.A., a la Aduana General de la Republica,
ala Empresa para la Prestacion de Servicios a Extran-
jeros, CUBALSE, a la compaftia ACOREC S.A., a la Di-
reccidn de Inmigracién y Extranjeria, a ETECSA, al
Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas
otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la
Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese
el original de la misma en la Direccion Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del] Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 346/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial ex-
terior. . :
-POR CUANTO: El Decreto N° 206, de 10 de abril de
1996, ‘“Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y
Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjerasâ€â€™, faculta
al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las
solicitudes de inscripcién presentadas ante dicho regis-
tro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica
de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional
de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex-
tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado
Decreto N° 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la
consideracién del que resuelve el expediente incoado en
virtud de solicitud presentada por la compania italiana
COMPANIA DE LAS ESPECIALIDADES ALIMENTA-
RIAS LEGURI, S.R.L.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar la inscripcién de la compara
italiana COMPANIA DE LAS ESPECIALIDADES ALI-
MENTARIAS LEGURI, S.R.L., en el Registro Nacional
de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex-
tranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Re-
publica de Cuba,
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compafiia
COMPANIA DE LAS ESPECIALIDADES ALIMENTA-
RIAS LEGURI, S.R.L., en Cuba, sera la realizacion de
actividades comerciales relacionadas con las mercancias
que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se
describen en el anexo N® 1 que forma parte integrante
de la presente resolucion. .
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de
la presente resolucidn, no autoriza la realizacion de las
actividades siguientes:
—Importar y exportar directamente, con caracter co-
mercial.
—Realizar el comercio mayorista y minorista en general
de productos y servicios, excepto los servicios de post-
venta y garantia, expresamente acordados en los con-
tratos que amparan las operaciones de comercio ex-
terior.
—Distribuir y transportar mercancias en el territorio
nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Su-
cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje-
ras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente resolucion.
‘DISPOSICION ESPECIAL
UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, con-
tados a partir de la fecha de la presente resolucion,
para que la entidad cuya inscripcién se autoriza en el
apartado PRIMERO, formalice su inscripcién en el Re-
gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades
Mercantiles Extranjeras e inicie los tramites para su
establecimiento.
El incumplimiento del plazo establecido en esta dis-
posicién especial implicara el desistimiento de la entidad
promovente para lo que ha sido autorizada y, conse-
cuentemente, el encargado del Registro Nacional de Su-
cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje-
ras procedera al archivo del expediente incoado.
COMUNIQUESE la presente resolucién a los vicemi-
nistros y directores de] Ministerio del Comercio Exterior,
al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agen-
tes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la
Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien
queda responsabilizado de notificar la presente resolucion
al interesado; a los directores de empresas, al Ministerio
de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio S.A., a la Aduana General de la Republica,
a la Empresa para Ja Prestacién de Servicios a Extran-
jeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di-
reccién. de Inmigracién y Extranjeria, a ETECSA, al
Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas
otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la
Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese
el original de la misma en la Direccidn Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 347/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucioOn de conceder facultades
para realizar operaciones de exportacidn e importacion,
determinando en cada caso la nomenclatura de mercan-
cias que seran objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N° 202, de 20
802
GACETA OFICIAL
16 de agosto de 1999
cn nc en 1 SS TESA SS
de mayo de 1999, dictada por el Ministro de] Comercio
Exterior, fue establecido el procedimiento para el otor-
gamiento, ampliaci6n y cancelacidn de nomenclaturas
de productos de exportaci6n e importacién a las asocia-
ciones econdmicas internacionales constituidas al amparo
de la Ley N° 77 “Ley de la inversién extranjera’’.
POR CUANTO: La empresa mixta INMOBILIARIA
DE LA ISLA, S.A., oportunamente aprobada por el
término de 10 afios contados a partir del 25 de mayo de
1999, de conformidad con lo establecido, ha presentado
la correspondiente solicitud a los efectos de que se le
conceda facultades para realizar operaciones de comer-
cio exterior, asi como se le autorice la correspondiente
nomenclatura de productos de importacion, a los fines
previstos en su objeto social.
POR CUANTO: El Consejo de Direcciédn de este mi-
nisterio ha considerado procedente acceder a la solicitud
interesada por la citada entidad.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la empresa mixta INMOBI-°
LIARIA DE LA ISLA, S.A,, identificada a los efectos
estadisticos con el cédigo N® 501, para que ejecute direc-
tamente la importacién de las mercancias que a nivel
de subpartidas arancelarias, se indica en el anexo N® 1
que forma parte integrante de la presente resolucion.
—Nomeaclatura permanente, de productos de importacion
(anexo N® 1).
SEGUNDO: La importacién de las mercancias com-
prendidas en la nomenclatura que por la presente se
aprueba, sdlo sera para el consumo dentro de su objeto
social y no para la comercializacién con terceros ni des-
tinadas a otros fines.
TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no-
menclatura de importacién que se concede a la entidad
solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecucién
de la importacién, en la forma establecida para cada
caso segiin proceda.
CUARTO: La empresa mixta INMOBILIARIA DE LA
ISLA, S.A., al amparo de la Resoluci6n N® 200, dictada
por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 4 de
junio de 1996, podra solicitar la importacién eventual
de productos, cuya nomenclatura no se aprueba por la
presente.
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N°? 237, dictada por el Ministro del Comercio Exterior
en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta INMO-
BILIARIA DE LA ISLA, S.A., viene obligada a rendir
a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Planificacién
del Ministerio del Comercio Exterior, la informacién que
en la misma se establece.
DISPOSICION ESPECIAL
UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de la presente resolucion, para’
que la entidad autorizada en virtud del apartado PRI-
MERO, formalice su inscripcién en el Registro Nacional
de Exportadores e Importadores, adscrito a la Camara
de Comercio de la Reptiblica de Cuba.
COMUNIQUESE la presente resolucion al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de
Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
tracion Central del Estado, al Banco Central de Cuba,
al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio, S.A., a los viceministros Yy directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese el original
en la Direccién Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comers
cio Exterior, a 6 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 348/99
POR CUANTO: Corresponde ai Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N°?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, ya
tal efecto tiene la atribucién de conceder facultades
para realizar operaciones de exportacion e importacion,
determinando en cada caso la nomenclatura de mercan-~
cias que serdn objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N? 199, de 28
de mayo de 1998, se autoriz6 a la empresa “Piensos
tropicalesâ€, para ejecutar de manera temporal operacio-~
nes de exportacion.
POR CUANTO: La empresa ‘“Piensos tropicales†ha
presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de
que se le prorrogue la autorizacién otorgada para la
exportacién de los productos que requiere a los fines
previstos en su objeto social, por lo que el Consejo
de Direccién de este ministerio, ha considerado proce-
dente acceder a la solicitud interesada por la misma,
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Ratificar la autorizacién otorgada a la
empresa “Piensos tropicales’, identificada a los efectos
estadisticos con el cédigo N° 438, para que ejecute tem
poralmente la exportacioén de las mercancias que a nivel
de subpartidas arancelarias se indican en el anexo N® 1
que forma parte integrante de la presente resolucion,
—Nomenclatura temporal de productos de exportacidn,
por e] término de un (1) afio (anexo N® 1). '
SEGUNDO: La empresa ‘“Piensos tropicalesâ€, al am-~
paro de la Resolucién N° 200, dictada por el que resuel-~
ve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la expor-
tacidén eventual de los productos que requiera, cuya
nomenclatura no se aprueba por la presente.
TERCERO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N® 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo
de 1995, la empresa “Piensos tropicalesâ€, viene obligada
a rendir a la Direcciédn de Estadisticas, Analisis y Pla-
nificacién del Ministerio del Comercio Exterior, la in~
formacién que en la misma se establece.
CUARTO: Se derogan cuantas disposiciones se opon
gan a lo que por la presente se dispone.
+
16 de agosto de 1999
COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de
Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
tracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional
de Comercio S.A., a los vicemiistros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
. cial para general conocimiento y archivese el original
en la Direccién Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 9 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 349/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo
N° 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo
de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir,
ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucidn de conceder facultades
para realizar operaciones de exportaciédn e importacion,
determinando en cada caso la nomenclatura de mercan-
cias que serdn objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolucién N° 202, de 20
de mayo de 1999, dictada por el Ministro del Comercio
Exterior, fue establecido el procedimiento para el otor-
gamiento, ampliacién y cancelacién de nomenclaturas
de productos de exportacién e importacién a las asocia-
ciones econémicas internacionales constituidas al amparo
de la Ley N® 77 “Ley de la inversiédn extranjera’â€â€™.
POR CUANTO: La empresa mixta INMOBILIARIA'
RESIDENCIAL AMERICA, S.A., oportunamente aprobada
por el término de 10 afios contados a partir del 10 de
marzo de 1999, de conformidad con lo establecido, ha
presentado la correspondiente solicitud a los efectos de
que se le conceda facultades para realizar operaciones
de comercio exterior, asi como se le autorice la corres-
pondiente nomenclatura de productos de importacidn, a
los fines previstos en su objeto social.
POR CUANTO: El Consejo de Direccién de este mi-
nisterio ha considerado procedente acceder a la solicitud
interesada por la citada entidad.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la empresa mixta INMOBI-
LIARIA RESIDENCIAL AMERICA, S.A., identificada a
los efectos estadisticos con el céddigo N® 503, para que
ejecute directamente la importacidn de las mercancias
que a nivel de subpartidas arancelarias, se indica en el
anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente
resolucion.
—Nomenclatura permanente, de productos de importacién
(anexo N® 1).
SEGUNDO: La importaci6én de las mercancias com-
prendidas en las nomenclaturas, que por la presente se
aprueba, sdlo sera para el consumo dentro de su objeto
GACETA OFICIAL
803
social y no para la comercializacién con terceros ni
destinadas a otros fines.
TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a
autorizaciones adicionales a la otorgada mediante las
nomenclaturas de importacién que se concede a la enti-
dad solicitante, deberad interesarse, previamente a la
ejecucién de la importacidn, en la forma establecida
para cada caso segtin proceda.
CUARTO: La empresa mixta INMOBILIARIA RESI-
DENCIAL AMERICA, S.A., al amparo de la Resolucién
N® 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en
fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la importacién
eventual de productos, cuya nomenclatura no se aprueba
por la presente.
QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién
N® 237, dictada por el Ministro del Comercio Exterior
en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta INMOBI-
LIARIA RESIDENCIAL AMERICA, S.A., viene obligada
a rendir a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Pla-
nificacioén del Ministerio del Comercio Exterior, la infor-
macioén que en la misma se establece.
DISPOSICION 'ESPECIAL
UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de la presente resolucién, para que
la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO,
formalice su inscripcién en el Registro Nacional de Ex-
portadores e Importadores, adscrito a la Camara de
Comercio de la Reptiblica de Cuba.
COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a
la Aduana General de la Republica, al Ministerio de
Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis-
tracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba,
al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional!
de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del
ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a
los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-
cial para general conocimiento y archivese e! original
en la Direcci6n Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 9 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 350/99
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo
N° 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo
de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir,
ejecutar y controlar la aplicacion de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior.
POR CUANTO: Por la Resolucién N® 507, de 25 de
octubre de 1995, dictada por el que resuelve, fue esta-
blecido el procedimiento para solicitar la autorizacién
requerida para el otorgamiento de contratos de comisién
para la venta, en el territorio nacional, de mercancias
importadas en consignaci6n.
POR CUANTO: La firma comercial importadora EM-
SUNEX, ha formalizado, segin el procedimiento esta-
blecido, solicitud de autorizaciédn para otorgar un con-
trato de comisién con la compafiia uruguaya SUPLAY,
S.A., para la venta, en consignacién, de las mercancias
804
GACETA OFICIAL
16 de agosto de 1999
LLL I TE PPLE SASH FM RI EET POTTY EP BOTOSANI OAS LAL DRESS ATSDR Y IEF WO PPS PR NPA, SS ESP WPM IY A
de importacién que en la propia solicitud se detallan.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
; Resuelvo:
PRIMERO: Autorizar a la firma comercial importado-
ra EMSUNEX, para otrogar un contrato de comisién
con la compafiia uruguaya SUPLAY, S.A., para la venta
en el territorio: nacional, de mercancias importadas en
consignacion, las que a nivel de subpartidas arancelarias
se consignan en el anexo N? 1 que forma parte inte-
grante de la presente resolucidén.
SEGUNDO: La firma comercial importadora EMSU-
NEX, viene obligada, de conformidad a lo dispuesto en-
la Resolucién N? 44, dictada por el que resuelve en fe-
cha 1° de febrero de 1999, a reportar mensualmente
a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Planificacién
la informacién estadistica de las mercancias importadas
que. permanecen en los almacenes bajo el régimen de
consignacion a su cargo, segiin los modelos establecidos
en la precitada resolucién.
DISPOSICION ESPECIAL
UNICA: Se concede un piazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de notificacidn de la presente
resolucién, para que la entidad autorizada en el apar-
tado PRIMERO, a otorgar contrato de comisién, forma-
lice su inscripcioOn en el Registro Nacional de Contratos
de Comision, adscrito a la Camara de Comercio de la
Republica de Cuba.
De no proceder a la inscripcién en el plazo establecido
en esta disposicidén especial, se entendera por desistido
el interés de otorgar el contrato de comisidn en cuestién
y por anulada la autorizaci6n por la presente concedida.
COMUNIQUESE la presente resolucién al irteresado, a
los viceministros y directores del Ministerio del Comercio
Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, a] Minis-
terio del Comercio Interior, a la Aduana General de la
Republica, al Presidente de la Camara de Comercio de
la Republica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional
de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivese el original de la misma
en la Direccion Juridica.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer-
cio Exterior, a 9 de agosto de 1999.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
COMUNICACIONES
RESOLUCION N® 62/99
POR CUANTO: El Acuerdo N® 2834 de 25 de noviem-
bre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-
sejo de Ministros (CECM), faculta al Ministerio de Co-
municaciones para disponer, regular y supervisar la
emision, distribucion, circulaci6n, vigencia, valor nominal
y demas caracteristicas de las especies postales.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la Republica
de Cuba, mediante acuerdo de fecha 3 de agosto de
1993, designéd al que resuelve, Ministro de Comunica-
ciones.
POR CUANTO: En la Resolucion Ministerial N? 42
de fecha 25 de junio de 1998, que contempla la planifi-
cacién de emisiones de sellos para el afo 1999, entre
otras, aparece la destinada a conmemorar e] “TURISMOâ€,
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulacién
una emision de sellos de correos, destinada a conmemorar
el “TURISMOâ€, con los siguientes valores y cantidades:
306.880 sellos de 10¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio un ejemplar de la es-
pecie Anetia Numidia y una vista del Morro
de La Habana.
316.880 sellos de 15¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su diseno un ejemplar de la es-
pecie Papilio Polyxenes y una vista de la Ca-
tedral de La Habana.
316.880 sellos de 65¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio un ejemplar de la es-
pecie Dryas Julia y una vista del Convento de
San Francisco de Asis.
316.880 sellos de 75¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su diseflo un ejemplar de la es-
pecie Eueides Cleobaea y una vista del Capito-
lio Nacional.
SEGUNDO: El viceministro a cargo de la actividad
postal, por conducto del Director de Correos, sefalara
el primer dia de circulacién de esta emision, distribu-
yendo las cantidades necesarias a las empresas Correos
de Cuba y Coprefil. Ambos quedan encargados de velar
por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: Comuniquese la presente resolucién al vi-
ceministro que atiende el area postal, al. Director de
Correos, y por su conducto a cuantas personas naturales
y juridicas deban conocerlas. Archivese el original en ‘a
Direccién Juridica del Ministerio de Comunicaciones. Pu-
bliquese en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba |
para su general conocimiento.
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999,
Silvano Colas Sanchez
Ministro de Comunicaciones
RESOLUCION N?® 63/99 .
POR CUANTO: El] Acuerdo N® 2834 de 25 de noviem-
bre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-
sejo de Ministros (CECM), faculta al Ministerio de Co-
municaciones para disponer, regular y supervisar la
emision, distribucion, circulacién, vigencia, valor nominal
y demas caracteristicas de las especies postales.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la Republica
de Cuba, mediante acuerdo de fecha 38 de agosto de
1993, designd al que resuelve, Ministro de Comunica-
ciones.
POR CUANTO: En la Resolucién Ministerial N? 42
de fecha 25 de junio de 1998, que contempla la planifi-
cacién de emisiones de sellos para el afio 1999, entre
‘ otras, aparece la destinada a divulgar la “EXPOSICION
HANNOVER-2000†II SERIE.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulacion
16 de agosto de 1999
GACETA OFICIAL
805
SS REE SET IE ET PPS 2 I PS DY I I BS SENSE IE SII TEI CE I EES
una emisidn de sellos de correos, destinada a divulgar
la “EXPOSICION HANNOVER-2000†II SERIE, con los
siguientes valores y cantidades:
336.980 sellos de 5¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la reproduccién del
globo terrdqueo y Ja leyenda Hannover-2000.
sellos de 15¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando ‘en su disefio la reproduccién de la
mascota Twipsy y la leyenda Hannover-2000.
sellos de 15¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la- reproduccién de un
edificio de Philadelphia donde se realizéd la ex-
posici6n Hannover en 1876-2000.
sellos de 15¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la reproduccién de un
edificio en Osaka donde se realizé la exposici6n
Hannover en 1970-2000.
sellos de 65¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefo la reproduccio6n de un
edificio en Alemania donde se realizara la ex-
posicidn Hannover 2000.
sellos de 75¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la repraduccién de un
edificio de Montreal donde se realizé6 la expo-
sici6n Hannover en 1967-2000.
SEGUNDO: El viceministro a cargo de la actividad
postal, por conducto del Director de Correos, sefialara
el primer dia de circulacién de esta emisién, distribu-
yendo las cantidades necesarias a las empresas Correos
de Cuba y Coprefil. Ambos quedan encargados de velar
-por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: Comuniquese la presente resolucion al vi-
ceministro que atiende el drea postal, al Director de
Correos, y por su conducto a cuantas personas naturales
y juridicas deban conocerlas, Archivese el original en la
Direccién Juridica de] Ministerio de Comunicaciones. Pu-
bliquese en la Gaceta Oficial de la Reptiblica de Cuba
para su general conocimiento.
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999.
Silvano Colas Sanchez
Ministro de Comunicaciones
316.980
326.980
326.980
326.980
326.980
RESOLUCION N® 64/99
POR CUANTO: El Acuerdo N® 2834 de 25 de noviem-
bre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-
sejo de Ministros (CECM), faculta al Ministerio de Co-
municaciones para disponer, regular y supervisar la
emision, distribucion, circulacién, vigencia, valor nominal
y demas caracteristicas de las especies postales.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la Republica
de Cuba, mediante acuerdo de fecha 3 de agosto de
1993, designéd al que resuelve, Ministro de Comunica-
ciones. CONONE
POR CUANTO: En la Resolucién Ministerial N® 42
de fecha 25 de junio de 1998, que contempla la planifi-
cacién de emisiones de sellos para el afio 1999, entre
otras, aparece la destinada a conmemorar el “125 ANI-
VERSARIO DE LA UNION POSTAL UNIVERSALâ€
UPU. a
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulacién
una emisién de sellos de correos, destinada a conmemorar
el “125 ANIVERSARIO DE LA UNION POSTAL UNI-
VERSAL†UPU, con el siguiente valor y cantidad:
246.880 sellos de 75¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefo la efigie de Heinrich
von Stephan, y el logotipo de la UPU.
SEGUNDO: El viceministro a cargo de la actividad
postal, por conducto del Director de Correos, sefialara
el primer dia de circulacién de esta emision, distribu-
yendo las cantidades necesarias a las empresas Correos
de Cuba y Coprefil. Ambos quedan encargados de velar
por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: Comuniquese la presente resolucion al vi-
ceministro que atiende el area postal, al Director de
Correos, y por su conducto a cuantas personas naturales
y juridicas deban conocerlas. Archivese el] original en la
Direccién Juridica del Ministerio de Comunicaciones. Pu-
bliquese en la Gaceta Oficial de la Reptiblica de Cuba
para su general conocimiento. ’
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999.
Silvano Colas Sanchez
Ministro de Comunicaciones
RESOLUCION N® 65/99
POR CUANTO: El Acuerdo N° 2834 de 25 de noviem-
bre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-
sejo de Ministros (CECM), faculta al Ministerio de Co-
municaciones para disponer, regular y supervisar la
emision, distribucién, circulacién, vigencia, valor nominal
y dem4s caracteristicas de las especies postales.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la Republica
de Cuba, mediante acuerdo, de fecha 3 de agosto de
1993, designd al que resuelve, Ministro de Comunica-
ciones. Sa
POR CUANTO: En la Resolucién Ministerial N° 42
de fecha 25 de junio de 1998, que contempla la planifi-
cacién de emisiones de sellos para el afio 1999, entre
otras, aparece la destinada a divulgar “AMERICAâ€,
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulacién
una emisién de sellos de correos, destinada a divulgar
“AMERICAâ€, con los siguientes valores y cantidades:
306.830 sellos de 65¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la representacién del
simbolo de la prohibicién de armas nucleares.
326.830 sellos de 75¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio la representacién del
simbolo de la protecciédn del planeta y su en-
torno.
SEGUNDO: El viceministro a cargo de la actividad
postal, por conducto del Director de Correos, senalara
el primer dia de circulacién de esta emisi6n, distribu-
yendo las cantidades necesarias a las empresas Correos
de Cuba y Coprefil. Ambos quedan encargados de velar
por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: Comuniquese la presente resolucién al vi-
ceministro que atiende el area postal, al Director de
806
GACETA OFICIAL
16 de agosto de 1999
eer er RE TREC PES SL WS ESS ASP TSS
Correos, y por su conducto a cuantas personas naturales
y juridicas deban conocerlas. Archivese el original en ia
Direccion Juridica del Ministerio de Comunicaciones. Pu-
bliquese en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba
para su general conocimiento.
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999,
Silvano Colas Sanchez
p Ministro de Comunicaciones
RESOLUCION N® 66/99
POR CUANTO: El Acuerdo N? 2834 de 25 de noviem-
bre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-
sejo de Ministros (CECM), faculta al Ministerio de Co-
municaciones para disponer, regular. y supervisar la
emision, distribucién, circulacién, vigencia, valor nominal
y demas caracteristicas de las especies postales.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la Republica
de Cuba, mediante acuerdo de fecha 3 de agosto de
1993, designod al que resuelve, Ministro de Comunica-
clones. 4 \
POR CUANTO: En la Resolucion Ministerial N° 42
de fecha 25 de junio de 1998, que contempla la planifi-
cacién de emisiones de sellos para el afo 1999, entre
otras, aparece la destinada a conmemorar el “70 ANi-
VERSARiO DE CUBANA DE AVIACIONâ€.
POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulacién
una emision de sellos de correos, destinada a conmemorar
el “70 ANIVERSARIO DE CUBANA DE AVIACIONâ€,
con los siguientes valores y cantidades:
306.880 sellos de 15¢ dé valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio un avidn Kokker y el
logotipo del 70 aniversario.
sellos de 15¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefio un avion DC-10 y el
logotipo del 70 aniversario.
sellos de 65¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefo un avidn A-320 y el
logotipo del 70 aniversario.
sellos de 75¢ de valor, impresos en multicolor,
ostentando en su disefo un avion DC-3 y el
logotipo del 70 aniversario.
SEGUNDO: El viceministro a cargo de la actividad
postal, por conducto de] Director de Correos, senalara
el primer dia de circulacion de esta emision, distribu-
yendo las cantidades necesarias a las empresas Correos
de Cuba y Coprefil. Ambos quedan encargados de velar
por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: Comuniquese la presente resolucion al vi-
ceministro que atiende el area postal, al Director de
Correos, y por su conducto a cuantas personas naturales
y juridicas déban conocerlas, Archivese el original en ‘a
Direccién Juridica del Ministerio de Comunicaciones. Pu-
bliquese en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba
para su general conocimiento.
DADA en Ciudad de La Habana, a $ de agosto de 1999.
Silvano Colas Sanchez
Ministro de Cumunicaciones
316.880
316.880
316.880
ECONOMIA Y PLANIFICACION
RESOLUCION N® 201/99
POR CUANTO: El plan de ingreso a la educacién su-
perior correspondiente al curso escolar diurno 1999-2000,
fue aprobado por la maxima direccién del pais el 28
de abril de 1999.
POR CUANTO: Con vista a ejercer el control sobre
el plan de ingreso a la educaciOn superior, se hace nece-~
sario que los organismos formadores: Ministerio de Edu-
cacién Superior, Ministerio de Educacioh, Ministerio de
Salud Publica, Ministerio de Economia y Planificacion,
Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente,
Instituto Nacional de Deportes, Educacion Fisica y Re-
creacién y Ministerio de Cultura, realicen un conjunto
de tareas encaminadas al analisis de su cumplimiento,
POR CUANTO: El Ministerio de Economia y Planifi-
cacion es el organismo de la Administracion Central del
Estado encargado de dirigir, ejecutar y controlar la apli-
cacion de la politica del Estado y del Gobierno en ma-
teria de economia y planificaciédn, conforme a lo dis-
puesto en los incisos 1 al 4 del apartado SEGUNDO del
Acuerdo 2818 del Comité Ejecutivo del Consejo de Mi-
nistros, de 25 de noviembre de 1994, adoptado de con-
formidad con las disposiciones finales SEXTA y SEPTI-
MA del Decreto-Ley 147, de la reorganizacién de los
organismos de la Administracidén Central del Estado, de
2i de abril de 1994.
POR TANTO: En uso de las facultades conferidas al
cargo a mi asignado por acuerdo del Consejo de Estado
de la Reptiblica de Cuba, de fecha 11 de mayo de 1995.
Resuelvo:
PRIMERO: Poner en vigor el procedimiento y los in-
dicadores con que se ejercera el control del plan de
ingreso a la educacion superior del curso regular 1999-
2000, parte integrante de esta resolucidon.
SEGUNDO: Facultar al viceministro de este organis-
mo que tiene a su cargo la atencién de la Direccion
Central para dictar cuantas instrucciones se requieran
para el mejor cumplimiento de lo que por la presente
resolucion se establece.
TERCERO: Notifiquese esta resolucion al Comité Eje-
cutivo del Consejo de Ministros, a los organismos de la
Administracién Central del Estado, consejos de Adminis-
tracidn provinciales del] Poder Popular y demas entidades
economicas, a los viceministros y directores de este or-
ganismo y 4 cuantas personas juridicas y naturales pro-
ceda. Archivese el original firmado en el Departamento
Independiente de Organizacién y Asesoria Juridica de
este ministerio, Publiquese en la Gaceta Oficial de la
Republica. sg:
DADA en Ciudad de La Habana, a 9 de agosto de 1999.
José Luis Rodriguez
Ministro de Economia y Planificacion
ANEXO N? 1
CONTROL DEL PLAN DE INGRESO
A LA EDUCACION SUPERIOR
CORRESPONDIENTE AL CURSO REGULAR DIURNO
1999-2000
El control del plan de ingreso a la educacion superior,
debe prepiciar la informacion necesaria que posibilite la
16 de agosto de 1999
GACETA OFICIAL
807
medicién de su cumplimiento y la focalizacion de los
factores que han incidido en posibles desviaciones.
En tal sentido, corresponde a los organismos formado-
res: Ministerio de Educacién Superior, Ministerio de
Educacion, Ministerio de Salud Publica, Ministerio de
Economia y Planificacion, Ministerio de Ciencia, Tecno-
logia y Medio Ambiente, Instituto Nacional de Deportes,
Educacién Fisica y Recreacién y Ministerio de Cultura,
a partir de lo que aqui se instruye, emitir las orienta-
ciones pertinentes a la red de centros a ellos subordi-
nados, a los fines de captar la informacion solicitada.
1. Elementos de control. :
El control se hara por fuentes de ingreso a la educa-
cién superior/carrera/provincia de residencia/centro de
educacién superior, cuya informacion ha de fluir desde
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PLANIFICACION
Direcci6n Central
eH Sie Been certo
los centros de educaciOn superior hacia los organismos
a los que se encuentran subordinados, en la fecha que
éstos determinen en funcion de] momento en que tienen
que presentar al Ministerio de Economia y Planificacion,
la valoracion del cumplimiento del plan de ingreso.
La informacion necesaria para el control del plan de
ingreso, se obtiene a partir de las indicaciones que ela-
boren los organismos formadores, y las pautas indicadas
en este procedimiento.
2. Informacion a presentar al Ministerio de EconoMia y
Planificacion por los organismos formadores.
Los organismos formadores entregaran al MEP el 30
de octubre de 1999, el cumplimiento de] plan de ingreso
de las carreras a ellos subordinadas (segun anexo), con
el siguiente formato:
CONTROL PLAN DE INGRESO
A LA EDUCACION SUPERIOR
OLaNisMO? wcrc COD se veeseag atin (CLO) OE aie enters: Hose
Fuente de ingreso de eCducacCiOn SUPEYIOL: cscs
Carrera Codigo Plan Real % Causas incumplimiento
ANEXO N° 2 Forestal.
MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR. Forestal (Plan Turquino).
Geologia. Medicina Veterinaria.
Mineria. Medicina Veterinaria (Plan Turquino).
Metalurgia. Mecanizacién de la produccion agropecuaria.
Mecanica. Mecanizacion de la produccion agropecuaria (Plan Tur-
Eléctrica. quino).
Automatica. Economia.
Telecomunicaciones. Contabilidad,
Informatica. Historia.
Ingenieria Quimica. Filosofia,
Ingenieria Industrial.
Organizacion de empresas.
Hidraulica.
Civil.
‘Arquitectura.
Ciencias de la computacion.
Matematica.
Fisica.
Lic. Quimica.
Geografia.
Bioquimica.
Biologia.
Microbiologia.
Alimentos.
Ciencias farmacetticas,
‘Agronomia.
Agronomia (Plan Turquine).
Historia del Arte.
Lic. en Derecho.
Comunicacion Social.
Lengua rusa.
Lengua inglesa.
Lengua alemana.
Lengua francesa.
Letras,
Informacion cientifico-tecnica y bibliotecologia.
Sociologia.
Psicologia.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PLANIFICACION.
Diseno Industrial.
Disefo Informacional.
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO
AMBIENTE.
Fisica Nuclear.
808
Radioquimica Nuclear.
Ingenieria Nuclear.
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA,
Medicina,
Estomatologia.
Licenciatura en Enfermeria.
GACETA OFICIAL :
LL aE ALTE ELIE Es 0 SS SS eS SE,
MINISTERIO DE EDUCACION,
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
toria.
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
Licenciatura
en Educacion,
en Educac:dui,
en Educaci6én,
Matematica y Computacién,
Espafiol y Literatura.
Fisica y Electronica.
en Educacion, Quimica.
en Educaci6n, Biologia.
en Educacion,
en Educacion,
‘Geografia.
Educacién Laboral.
en Educacion, Defectologia.
en Educacién, Marxismo-Leninismo e His-
en Educaci6n,
en Educacion,
en Educacion,
en Educaci6n,
en Educacion,
en Educacion,
en Educaci6n,
Lengua extranjera inglesa.
Primaria.
Educacion Musical,
Educaci6én Plastica.
Prescolar.
Eléctrica.
Mecanica.
16 de agosto de 1999
Licenciatura en Educaci6én, Veterinaria.
Licenciatura en Educacién, Agropecuaria.
Licenciatura en Educacién, Mecanizacién.
Licenciatura en Educacién, Economia,
Licenciatura en Educacién, Construccién.
MINISTERIO DE CULTURA.
Licenciatura en Musica.
Licenciatura en Arte Teatral.
Licenciatura en Artes Plasticas.
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION FISICA ¥
-RECREACION,
Licenciatura en Educacién Fisica. ;
FUENTES DE INGRESO A LA EDUCACION SUPERIOR.
CURSO REGULAR DIURNO.
Preuniversitario.
Preuniversitario Militar (orden 18).
Institutos politécnicos agropecuarios.
Institutos politécnicos de Economia.
Institutos politécnicos, :
Escuela Vocacional de Arte.
Escuela de Perfeccionamiento Atlético,
Decreto N® 91.
Concurso.